En el apartado de Experiencia Específica - Requisitos Mínimos, tercer párrafo se hace mención a que "A fin de cumplir este requisito, las obras deberán ESTAR TERMINADAS EN UN UN [70%] POR LO MENOS, y el desempeño deberá haber sido satisfactorio.", sin embargo más adelante en el mismo apartado se menciona que el oferente deberá "Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos, ejecutados en el período 2018-2023 en las siguientes actividades clave: Mantenimiento y/o hermoseamiento de avenidas, plazas, ciclovías Deberá presentar como mínimo 3 contratos anteriores CON SUS RESPECTIVAS ACTAS DE RECEPCIÓN FINAL Y NOTA DE DESEMPEÑO FAVORABLE POST CONTRATO. Se solicita unificar criterio considerando como válida la ejecución mínima del 70% de un contrato de similar escala escala física, la complejidad, los métodos o la tecnología, u otras características técnicas, conforme a lo descrito en la Sección Descripción de la Obra, con un desempeño satisfactorio y omitir así el requisito de presentación de tres contratos con acta de recepción definitiva.
En el apartado de Experiencia Específica - Requisitos Mínimos, tercer párrafo se hace mención a que "A fin de cumplir este requisito, las obras deberán ESTAR TERMINADAS EN UN UN [70%] POR LO MENOS, y el desempeño deberá haber sido satisfactorio.", sin embargo más adelante en el mismo apartado se menciona que el oferente deberá "Contar con experiencia mínima para el contrato que antecede u otros contratos, ejecutados en el período 2018-2023 en las siguientes actividades clave: Mantenimiento y/o hermoseamiento de avenidas, plazas, ciclovías Deberá presentar como mínimo 3 contratos anteriores CON SUS RESPECTIVAS ACTAS DE RECEPCIÓN FINAL Y NOTA DE DESEMPEÑO FAVORABLE POST CONTRATO. Se solicita unificar criterio considerando como válida la ejecución mínima del 70% de un contrato de similar escala escala física, la complejidad, los métodos o la tecnología, u otras características técnicas, conforme a lo descrito en la Sección Descripción de la Obra, con un desempeño satisfactorio y omitir así el requisito de presentación de tres contratos con acta de recepción definitiva.
AJUSTARSE A LO SOLICITADO EN EL PBC. LA CONSTANCIA DE VISITA DEBE SER A NOMBRE DE LA EMPRESA O CONSORCIO QUE PRESENTARÁ LA OFERTA. EL LLAMADO SE ENCUENTRA PUBLICO DESDE LA FECHA 17/04/2024, PLAZO EN EL CUAL SE PODRIA HABER SOLICITADO LO MENCIONADO ANTES DE LA VISITA ESTABLECIDA.-
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Documentación complementaria visita técnica
El PBC establece que: "La visita técnica deberá ser realizada por un personal calificado, nombrado por la firma interesada en participar de la presente convocatoria, para el efecto, el personal que realiza la visita técnica, deberá ser indefectiblemente un Arquitecto o un Ingeniero Civil matriculado con registro del MOPC vigente que deberá presentar en el momento de la visita técnica una autorización firmada por el responsable de la firma y copia de título universitario y matricula MOPC vigente, otorgando al profesional que actuara en representación de la empresa durante la visita guiada al sitio de la obra."
Y a su vez el pliego de bases, en su apartado de "Disconformidad, errores y omisiones" establece que "SIEMPRE Y CUANDO UNA OFERTA SE AJUSTE SUSTANCIALMENTE A LAS BASES DE LA CONTRATACIÓN, EL COMITÉ DE EVALUACIÓN, REQUERIRÁ QUE CUALQUIER DISCONFORMIDAD U OMISIÓN QUE NO CONSTITUYA UNA DESVIACIÓN SIGNIFICATIVA, SEA SUBSANADA EN CUANTO A LA INFORMACIÓN O DOCUMENTACIÓN QUE PERMITA AL COMITÉ DE EVALUACIÓN REALIZAR LA CALIFICACIÓN DE LA OFERTA.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad."
Considerando lo anteriormente expuesto y que al inicio de la visita técnica realizada en la fecha solo dos de los ocho participantes contaban con la documentación complementaria de copia título universitario y patente profesional y entendiendo que éstos no representan una documentación sustancial que no pueda ser fácilmente contrastable y subsanable por parte el Comité de Evaluación, y de fácil verificación en cualquier momento de la etapa de evaluación de que la persona autorizada y enviada por parte de los oferentes cuentan con el aval y el respaldo documental que demuestran la capacidad y requerimientos de titulación exigidos, se solicita que se considere como válida la participación de la visita técnica de toda persona técnicamente habilitada (con título universitario, patentes y registro del MOPC al día), con su respectiva acta de visita y que cualquier documento de respaldo en cuanto a copias de título universitario y patentes profesionales, registros del MOPC necesarios sean aceptados por parte del comité como documentación complementaria en cualquier etapa de evaluación de las ofertas.
El PBC establece que: "La visita técnica deberá ser realizada por un personal calificado, nombrado por la firma interesada en participar de la presente convocatoria, para el efecto, el personal que realiza la visita técnica, deberá ser indefectiblemente un Arquitecto o un Ingeniero Civil matriculado con registro del MOPC vigente que deberá presentar en el momento de la visita técnica una autorización firmada por el responsable de la firma y copia de título universitario y matricula MOPC vigente, otorgando al profesional que actuara en representación de la empresa durante la visita guiada al sitio de la obra."
Y a su vez el pliego de bases, en su apartado de "Disconformidad, errores y omisiones" establece que "SIEMPRE Y CUANDO UNA OFERTA SE AJUSTE SUSTANCIALMENTE A LAS BASES DE LA CONTRATACIÓN, EL COMITÉ DE EVALUACIÓN, REQUERIRÁ QUE CUALQUIER DISCONFORMIDAD U OMISIÓN QUE NO CONSTITUYA UNA DESVIACIÓN SIGNIFICATIVA, SEA SUBSANADA EN CUANTO A LA INFORMACIÓN O DOCUMENTACIÓN QUE PERMITA AL COMITÉ DE EVALUACIÓN REALIZAR LA CALIFICACIÓN DE LA OFERTA.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad."
Considerando lo anteriormente expuesto y que al inicio de la visita técnica realizada en la fecha solo dos de los ocho participantes contaban con la documentación complementaria de copia título universitario y patente profesional y entendiendo que éstos no representan una documentación sustancial que no pueda ser fácilmente contrastable y subsanable por parte el Comité de Evaluación, y de fácil verificación en cualquier momento de la etapa de evaluación de que la persona autorizada y enviada por parte de los oferentes cuentan con el aval y el respaldo documental que demuestran la capacidad y requerimientos de titulación exigidos, se solicita que se considere como válida la participación de la visita técnica de toda persona técnicamente habilitada (con título universitario, patentes y registro del MOPC al día), con su respectiva acta de visita y que cualquier documento de respaldo en cuanto a copias de título universitario y patentes profesionales, registros del MOPC necesarios sean aceptados por parte del comité como documentación complementaria en cualquier etapa de evaluación de las ofertas.
AJUSTARSE A LO SOLICITADO EN EL PBC. LAS BASES DEL LLAMADO ESTABLECIDAS SE ENCUENTRAN PUBLICAS DESDE LA FECHA 17/04/2024 Y CADA ETAPA CONTIENE REQUISITOS A CUMPLIR. LO MENCIONADO POR LA EMPRESA CORRESPONDE A LA ETAPA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS NO ASI DE LA CONVOCATORIA ETAPA EN LA QUE SE ENCUENTRA EL LLAMADO.-