En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes, para el Ítem 1 y 2 se solicita
DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DIAS HÁBILES, POSTERIOR A LA FIRMA DEL CONTRATO
Al respecto, y en vista a que los equipos solicitados en la presente convocatoria son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega de los bienes a un mínimo de 45 (cuarenta y cinco) días corridos posterior a la firma del contrato
Todo potencial oferente comprende la necesidad de cada convocante por satisfacer sus necesidades en los tiempos más breves posibles, no obstante, dicho factor de tiempo no puede estar por encima ni excluir a otros que deben ser considerados por su conveniencia, tales como calidad de los bienes a incluir en las propuestas, apertura a competencia de precios con las mejores tarifas para racionalizar los recursos públicos, entre otros. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una empresa o empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca en el uso de los recursos del Estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría una mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”, además también por lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes, para el Ítem 1 y 2 se solicita
DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DIAS HÁBILES, POSTERIOR A LA FIRMA DEL CONTRATO
Al respecto, y en vista a que los equipos solicitados en la presente convocatoria son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, y considerando los tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay se solicita la ampliación del plazo de entrega de los bienes a un mínimo de 45 (cuarenta y cinco) días corridos posterior a la firma del contrato
Todo potencial oferente comprende la necesidad de cada convocante por satisfacer sus necesidades en los tiempos más breves posibles, no obstante, dicho factor de tiempo no puede estar por encima ni excluir a otros que deben ser considerados por su conveniencia, tales como calidad de los bienes a incluir en las propuestas, apertura a competencia de precios con las mejores tarifas para racionalizar los recursos públicos, entre otros. Lo solicitado contribuirá a garantizar que la convocante reciba en tiempo y forma los productos que necesita y será más apropiado a los efectos de estimular la competencia, ya que no se estará direccionando la convocatoria a una empresa o empresas específicas con existencia en su inventario actual de estos bienes pero tengan precios tal vez muy superiores a los que se puedan ofrecer en una sana, amplia e imparcial competencia, todo ello en observancia de la economía y la eficiencia que se busca en el uso de los recursos del Estado, permitiendo un mayor rango de tiempo para la entrega de los equipos, considerando que este factor establecido originalmente en el PBC limitaría una mayor participación de oferentes y la subsecuente variedad en propuestas.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”, además también por lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”