Consulta:
¨El equipo o Agencia de comunicación debe contar como mínimo con el siguiente perfil: Debe tener una solvencia y estabilidad en materia de Recursos Humanos demostrados con al menos veinte (20) personas inscriptas en el IPS con un (1) año de antigüedad en la Empresa. ¨
Sobre este punto solicitamos a la convocante tener en cuenta el Artículo 45°.- Pliego de bases y condiciones, establece que en los procedimientos de contratación será obligación de las Convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra EL MAYOR NUMERO DE OFERETES y deberán ser suficientemente claras, objetivas e IMPARCIALES para evitar favorecer a algún participante y en consecuencia el Artículo 4°.- Principios rectores, inciso d) Igualdad y Libre Competencia de la LEY 7021/22 siendo este requerimiento limitante para los oferentes, esa cantidad de personal en IPS es arbitrario y no incide en el correcto desarrollo de los servicios solicitados, teniendo en cuenta también el objeto del presente llamado ¨Servicio de CONSULTORIA para servicios de comunicación en el marco del proyecto Atención Integral a niños y niñas de 0 a 3 años con enfoque comunitario en capital y 10 departamentos¨ , siendo que en los procesos de consultoría se pueden contratar profesionales específicos para el desempeño de funciones por un plazo determinado.