Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores
aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
A) Equipo a utilizar (Modelo de Equipo, Horas de c/ equipo, Costo Horario Gs., Costo Total Hora Horario Gs.)
B) Mano de Obra (Cantidad de Trabajadores, Horas de c/ Trabajador, Costo Horario Gs., Costo Total Hora Horario Gs.)
C) Producción de equipo
D)Costo Unitario de la Ejecución (A+B)/C =D
E) Materiales (Unidad, Consumo, Costo Horario Gs., Costo Total Hora Horario Gs.)
F) Transporte (DMT KM, Consumo, Costo Horario Gs., Costo Total Hora Horario Gs.)
Costo Directo Total [D+E+F]
Gastos Generales [% s/ (CDT)] (GG)
Beneficio e Impuestos [% s/ (CDT)] (Bel)
Costo Unitario [CDT + G.G. + BEL] (CU)
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.)
COSTO UNITARIO ADOPTADO [CU + IVA]
Explicación detallada del Formulario de Composición de Precios Unitarios, incluyendo documentación respaldatoria de los materiales, equipos, etc.
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Recursos Financieros: Deberá demostrar que dispone de acceso a recursos financieros, los mismos deben estar compuestos por el Capital Operativo pudiendo ser complementado por Carta de Crédito emitida por una entidad Bancaria y/o Financiera debidamente reconocida y supervisada.
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Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir por lo menos con el 25% (veinticinco por ciento) del requisito mínimo. |
Debe cumplir por lo menos con el 40% (cuarenta por ciento) del requisito mínimo |
Completar el formulario "Situación Financiera" y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
El mínimo de recursos financieros será igual o superior al: 20% (veinte por ciento) del monto de la oferta de precio presentada por el oferente en cada lote.
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El Capital Operativo será calculado como el monto obtenido de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente, extraídos del último Balance General (incluyendo los balances correspondientes a los contratos en los cuales ha participado en calidad de Contratista principal, integrante de un Consorcio o Subcontratista, afectado por su participación en dicho contrato), correspondiente al último ejercicio fiscal cerrado y presentado ante la autoridad tributaria respectiva. (Año 2022).
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El capital operativo podrá ser complementado en caso que lo requiera con una Carta de Crédito emitida por una entidad bancaria y/o financiera debidamente reconocida y supervisada por el Banco Central del Paraguay, en la misma se debe indicar claramente que el oferente tiene Aprobada una línea de crédito para ser utilizada; con la siguiente descripción: (a)- Entidad u organismo que otorga el financiamiento. (b)- Monto Total y Moneda de la Línea de Crédito Aprobada, Otorgada y/o Disponible en caso que resulte ser adjudicada en el presente llamado. (c)- La carta de la entidad bancaria y/o financiera debe estar dirigida al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC); (d)- Identificar el llamado para el cual emiten la línea de crédito. (e)- Fecha de Emisión de la Línea de Crédito. |
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Observación sobre Línea de Crédito: - La Línea de Crédito Aprobada debe estar vigente durante el proceso de evaluación y adjudicación. - No serán consideradas líneas de créditos con fechas posteriores a la fecha de apertura. - No serán consideradas las Líneas de Crédito No Comprometida o que estén sujetas a condicionamientos para su aprobación. - No serán consideradas las cartas de crédito emitidas por entidades que no estén debidamente reconocida de acuerdo a las normativas dada por el Banco Central del Paraguay, para lo que deberán indicar el link a fin de realizar la verificación. - No serán consideradas aquellas cartas de créditos que no cumplan con las descripciones indicadas en los incisos (a), (b), (c), (d) y (e). |
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En caso de Consorcios, a los efectos de calificación se sumarán los Recursos Financieros de cada integrante.
Analizado cada lote por separado, si un Licitante resultare como el evaluado más bajo, en más de un lote, el mismo deberá cumplir con el equivalente a la sumatoria de los requisitos establecidos en dos lotes en los que el oferente haya presentado ofertas.
En el caso, que cumpla con la oferta presentada de forma individual y no cumpla con el equivalente a la sumatoria de los requisitos establecidos en dos lotes en los que el oferente haya presentado ofertas, no implicara su descalificación pudiendo de este modo ser adjudicado de forma individual en cualquiera de los lotes en los que haya presentado oferta y cumplido las exigencias mínimas de ese lote. |
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Volumen Anual de Negocios: Haber generado, durante los mejores cinco (5) años de los últimos diez (10) años (2013 - 2022), en promedio un volumen anual de negocio igual o mayor al: 35 % (treinta y cinco porciento) del monto de la oferta de precio presentada por el oferente en cada lote. |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir por lo menos con el 25% (veinticinco por ciento) de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el 40% (cuarenta por ciento) de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formularios: Experiencia general en construcción y Facturación anual media en construcción. |
El promedio del volumen anual de negocios se define como el total de ingresos operativos; verificables en el estado de resultado y notas a los estados contables. Los ingresos operativos podrán corresponder a los realizados en su calidad de contratista principal, subcontratista, o integrante de un consorcio afectado por su participación en dicho contrato, los mismos serán promediados y divididos por el número de 5 (cinco) años. |
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En caso de consorcios, a los efectos de la calificación, se sumarán los promedios del volumen anual de negocios obtenidos por cada integrante, de manera tal de alcanzar el total del requisito mínimo exigido.
Analizado cada lote por separado, si un Licitante resultare como el evaluado más bajo, en más de un lote, el mismo deberá cumplir con el equivalente a la sumatoria de los requisitos establecidos en dos lotes en los que el oferente haya presentado ofertas.
En el caso, que cumpla con la oferta presentada de forma individual y no cumpla con el equivalente a la sumatoria de los requisitos establecidos en dos lotes en los que el oferente haya presentado ofertas, no implicara su descalificación pudiendo de este modo ser adjudicado de forma individual en cualquiera de los lotes en los que haya presentado oferta y cumplido las exigencias mínimas de ese lote. |
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración Contratante en al menos un (1) contrato, durante los últimos diez (10) años (2014 2023), similares a las obras propuestas. |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito. |
N/A |
N/A |
Completar el formulario de "Experiencia específica en Construcción" |
La similitud debe basarse en la escala física, la complejidad, los métodos o la tecnología, u otras características técnicas, conforme a lo descrito en la Sección Descripción de la Obra. |
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Se considerarán como contratos similares las obras con las siguientes características:
PARA LOS LOTES 1 AL 22 -Inherente a servicios de limpieza y/o mantenimiento de franjas de dominio y calzada, áreas verdes o similares; limpieza y/o mantenimiento de sistemas de drenajes, ya sea en cunetas revestidas, alcantarillas y zonas de puentes.
PARA EL LOTE 23 Inherente a servicios de limpieza y/o mantenimiento de de jardinería
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A fin de cumplir este requisito, las obras deberán estar terminadas en un 80% por lo menos, y el desempeño deberá haber sido satisfactorio. |
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La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.
1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.
2. Documento que avale la recepción definitiva de la obra.
3. Fotocopias de contratos anteriores para demostrar como mínimo el 35% de la oferta presentada.
4. Si la experiencia ha sido como subcontratista, acompañar el documento que acredite la autorización de la Administración Contratante para participar como tal en el contrato.
5. Para obras que no estén terminadas y que estén en ejecución deberán presentar Certificados de obras donde se visualice el % de avances ejecutados.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos clave: PARA LOS LOTES 1 AL 22:
No será necesaria la presentación de la nómina de los operadores de Máquina, Personales de campo y Responsable Ambiental en la presentación de la oferta. La contratante podrá solicitar al contratista la nómina una vez formalizado el contrato.
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Para el caso del Capataz, Administrador deberá presentar en su oferta Currículum Vitae, Certificados de trabajos y una Declaración Jurada de disponibilidad para realizar el trabajo Todos los personales deberán presentar copia autenticada del documento de identidad vigente. En caso de presentarse en más de un lote, mínimamente deberá presentar 2 (dos) listados de personales en forma independiente, considerando que puede ser adjudicado hasta un máximo de 2 Lotes conforme al criterio de adjudicación.
Para el Lote 23, deberán presentar todos los personales mínimos requeridos y el personal de campo mínimo 10 personas.
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1. Currículum Vitae, donde conste la experiencia de los personales, propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras a los fines del contrato, indicando el periodo en mes/año.
2. Declaración Jurada de disponibilidad y trabajo, en caso que el Oferente sea adjudicado.
3. Certificados de trabajos, donde avale la experiencia declarada en el Currículum Vitae.
4. Copia autenticada de cédula de identidad vigente
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Demostrar que puede disponer oportunamente de los equipos esenciales en propiedad o en alquiler, que a continuación se indican:
PARA LOS LOTES DEL 1 AL 22_____ - Dos (2) Tractor agrícola con rotativas (70 HP como mínimo). - Catorce (14) Desmalezadoras 35,2 cc, 2.3 HP, 7.4 Kg, herramienta de corte: cuchillo de 3 puntas, velocidad del motor 13000 rpm. - Un (1) Retro pala; mínimo de 80 hp. - Un (1) Camión volquete de 6 m3. - Un (1) minicargador frontal con sus implementos y accesorios (retropalita, barredora): peso operacional 3500 kg, carga nominal 950 kg, capacidad 053 m3. - Una (1) Motosierra. - Herramientas varias: pala, machetes, carretillas, etc.
PARA EL LOTE 23: LIMPIEZA DE PARQUES - Seis (6) Desmalezadoras 35,2 cc, 2.3 HP, 7.4 Kg, herramienta de corte: cuchillo de 3 puntas, velocidad del motor 13000 rpm. - Un (1) Camión volquete de 6 m3. - Un (1) minicargador frontal con sus implementos y accesorios (retropalita, barredora): peso operacional 3500 kg, carga nominal 950 kg, capacidad 053 m3.
- Herramientas varias: pala, machetes, carretillas, etc. |
Debe cumplir con el requisito. |
Deben cumplir con el requisito. |
N/A |
N/A |
Completar los formularios: "Lista de Equipos" y "Cronograma de Utilización de Equipos" |
Los equipos mínimos necesarios presentados por los Oferentes no deberán estar comprometidos en otras obras. Deberán quedar en obra hasta la emisión del certificado de aceptación de los servicios de mantenimiento. |
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Los equipos alquilados deberán presentar carta de compromiso de alquiler emitida por el propietario. Igualmente podrán presentar una manifestación de interés de una entidad financiera (banco, financiera, cooperativa) que manifieste que financiara la compra de equipos en caso que salga adjudicado el oferente. |
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La antigüedad máxima aceptada de los equipos, será de 15 (quince) años. |
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En caso de presentarse en más de un lote, mínimamente deberá presentar 2 (dos) listados de equipos en forma independiente, considerando que puede ser adjudicado hasta un máximo de 2 Lotes conforme al criterio de adjudicación. |
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La Contratante, a través del Comité de Evaluación de Ofertas podrá realizar verificaciones de los equipos ofrecidos, así como solicitar las documentaciones necesarias a los efectos de evaluar estos requisitos.
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1. Declaración jurada de que los equipos mencionados como propiedad de la (Empresa) se encuentran con disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada,
y que se encuentra en buen estado y en condiciones aceptables para realizar los trabajos a que serán destinados.
2. Autorización para verificar la veracidad de las informaciones señaladas en el apartado Coeficiente de Solvencia.
3. En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato de alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en alquiler o leasing.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
El oferente podrá ser adjudicado como máximo en dos lotes. En caso de que un oferente presentare la oferta más baja en más de dos lotes y cumpla con los Criterios de Evaluación y Calificación, se le será adjudicado aquellos donde la diferencia con la segunda mejor oferta sea mayor.
En caso de que la cantidad de empresas adjudicadas no sea suficiente para cubrir el total de los lotes, excepcionalmente se podrá adjudicar a un mismo oferente más de dos lotes, siempre que sea la menor oferta y cumpla sustancialmente con los requerimientos de las bases y condiciones.
En caso de que se dé la excepcionalidad, el Comité de Evaluación de Ofertas solicitará el listado de equipos y de personal, considerando que son documentos formales.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.