Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM | DESCRIPCION DEL BIEN | ESPECIFICACIONES TECNICAS |
1 | SERVICIO DE HEMODIALISIS PARA ADULTOS DEL HOSPITAL GENERAL DE CORONEL OVIEDO | SE ANEXA |
2 | SERVICIO DE HEMODIALISIS PARA ADULTOS DEL GRAN HOSPITAL GENERAL DEL SUR | SE ANEXA |
Descripción | Monto Mínimo | Monto Maximo |
Servicio de Hemodiálisis, para la atención a pacientes atendidos en el Gran Hospital de Coronel Oviedo | 45.000.000.000 | 90.000.000.000 |
Descripción | Monto Mínimo | Monto Maximo |
Servicio de Hemodiálisis, para la atención a pacientes atendidos en el Gran Hospital del Sur | 45.000.000.000 | 90.000.000.000 |
ESPECIFICACIONES TECNICAS -
PARA EL ITEM 1: GRAN HOSPITAL DE CORONEL OVIEDO
El proceso de contratación tiene por finalidad la tercerización de los servicios de Hemodiálisis del Gran Hospital de Coronel Oviedo del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Esto es a fin a satisfacer la necesidad de realizar Hemodiálisis para pacientes adultos, mayores de 18 años, de escasos recursos que tengan el peso necesario para ser dializados como adultos (por encima de 35 kilogramos), con insuficiencia renal crónica en etapa de diálisis (insuficiencia renal crónica terminal). Para tal efecto, el MSPyBS deberá asignar un área para el montaje de los equipos biomédicos de la empresa adjudicada, que la misma deberá proveer e instalar, estando a cargo de la empresa adjudicada la adecuación de los espacios para el fiel cumplimiento del contrato.
El Servicio de Hemodiálisis deberá contar con Unidades de Hemodiálisis que incluyan 24 (veinticuatro) Máquinas de Hemodiálisis y 24 (veinticuatro) Sillones de Hemodiálisis en Comodato. La infraestructura de las salas, están provistas de bocas de agua tratada, de desagüe y tomas eléctricas, respectivas, individuales que aseguren la personalización del tratamiento que cumplan las especificaciones técnicas estipuladas.
Todos los equipos deberán ser nuevos de fábrica, con una antigüedad de fabricación no mayor a 12 (doce) meses de su instalación y puesta en marcha, con garantía y certificada en origen para este contrato puntual, no pudiendo ser en ningún caso equipos remanufacturado o con uso previo de ningún tipo.
La provisión será por la modalidad del contrato abierto, por un plazo de 5 (cinco) años.
En la planilla de precios, el oferente deberá presentar oferta según el siguiente cuadro:
Ítem N° |
DESCRIPCION |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACION |
1 |
Servicio de Hemodiálisis para Adultos Hospital de Coronel Oviedo |
Unidad |
Evento |
DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE HEMODIALISIS:
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social destinará un área dentro del predio del Gran Hospital de Coronel Oviedo, donde se pueda adecuar el área para la instalación y puesta en funcionamiento del Centro de Hemodiálisis. La infraestructura deberá adecuarse a las Normas Básicas para la Habilitación de Servicios de Nefrología, aprobadas por la Resolución S.G. Nº 235/2019 y controladas por un auditor cada vez que el Instituto Nacional de Nefrología lo crea necesario.
DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUA Y CALIDAD DEL AGUA:
Debe estar en conformidad a las Normas Básicas para la Habilitación de Servicios de Nefrología , Resolución S.G. Nº 235/2019 que se detalla a continuación:
DE LA SALA DE HEMODIALISIS:
Debe contar mínimamente con los siguientes equipamientos, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución S.G. Nº 235/2019, que se detalla a continuación:
*Los equipos descriptos son requeridos como mínimo 1 (una) unidad por sala.
DE LOS EQUIPOS:
Monitor/Maquina de Hemodiálisis: La marca debe estar registrada en el País en las instancias correspondientes. La máquina debe tener un funcionamiento que resulte eficaz y minimice los riesgos para los pacientes y operadores. Por lo tanto, deben poseer:
DE LOS INSUMOS:
El Servicio deberá incluir, todos los insumos y los mismos deben contar con el Registro Sanitario, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
DE LOS SILLONES DE HEMODIALISIS:
Así mismo el Servicio solicitado, deberá incluir los sillones de Hemodiálisis y los mismos deben contar con el Registro Sanitario, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Descripción del Artículo:
DIMENSIONES |
|
Alto: |
50 65 cm |
Ancho: |
50 60 cm (tener en cuenta pacientes obesos) |
Altura Total: |
120 135 cm |
Ancho Total: |
75 90 cm |
Huella descanso: |
180 200 cm |
Queda a cargo del proveedor el mantenimiento, arreglo o cambio del equipo en caso de avería.
El Servicio de Hemodiálisis deberá proveer lo siguiente para cada sesión de hemodiálisis:
DE LOS RECURSOS HUMANOS
PERSONAL DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL
El Administrador del Contrato designará a encargados para el control de las planillas respectivas; así mismo designará funcionarios responsables para las autorizaciones de los servicios. Esto será comunicado por escrito a la empresa adjudicada.
Así mismo el Hospital de Coronel Oviedo, deberá encargarse de la designación de dos personales administrativos los cuales se responsabilizarán de los contratos de derivación de los pacientes, fiscalizados por el Instituto Nacional de nefrología.
PERSONAL DEL OFERENTE DOTACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
El Centro de Hemodiálisis deberá estar a cargo de un Jefe o Director con Título de Especialista en Nefrología, acreditado por el Círculo Paraguayo de Médicos, Certificado por la Sociedad Paraguaya de Nefrología y registrado por la Dirección de Control de Profesiones dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. La atención médica (Control mensual) en los Centros de Hemodiálisis estará a cargo solamente por Nefrólogos acreditados, en lo que respecta a tratamiento específico de un paciente con diagnóstico de Enfermedad Renal Crónica en Hemodiálisis. Deberán tener 1 medico nefrólogo por cada 50 pacientes.
Cada Centro de Hemodiálisis debe contar como mínimo con:
Jefe de enfermería: un Lic. en Enfermería que será responsable de coordinar acciones de enfermería. Encargado de diseñar los protocolos asistenciales, definir y distribuir los turnos y guardias de enfermería del centro. Debe contar con las documentaciones legales vigentes y poseer una experiencia de 2 años en tratamiento dialítico como mínimo.
Enfermeros asistenciales: Contar con un enfermero o Técnico en diálisis hasta 4 pacientes como máximo.
Todos los profesionales, personal de apoyo y limpieza deben estar vacunados de conformidad con la legislación vigente, específicamente la vacuna contra la Hepatitis B, para ello se deberá adjuntar copia autenticada del Certificado de Vacunación. (código sanitario capítulo III de las enfermedades transmisibles y articulo 34. Es obligatoria la vacunación de las personas en casos y normas que determine el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Según las Normas Básicas de habilitación, control y regulación del funcionamiento de los centros de diálisis. Resolución S.G. N° 235/2019, en la sección de personal.
Todos los profesionales deben contar con las documentaciones legales vigentes y poseer una experiencia en tratamiento dialítico.
La movilización o cambio de personal de enfermería de los centros, debe ser informada por nota al Administrador del Contrato, de manera a actualizar permanentemente la nómina real del personal operativo de hemodiálisis. Los registros profesionales del personal de blanco deben estar vigentes.
PROCESOS ASISTENCIALES, RESPONSABILIDADES Y RESULTADOS:
Es responsabilidad del Nefrólogo Encargado del Centro de Hemodiálisis adjudicado:
Exámenes Laboratoriales MENSUALES comprenden:
Exámenes Laboratoriales TRIMESTRALES comprenden los ANÁLISIS MENSUALES más:
Exámenes Laboratoriales SEMESTRALES, comprenden los ANÁLISIS TRIMESTRALES más:
Exámenes Laboratoriales ANUALES, comprenden los ANÁLISIS SEMESTRALES, más
Los análisis de sangre mensuales, trimestrales, semestrales y anuales deberán estar a cargo (realización y costo) del oferente.
ACCESO A RECURSOS ASISTENCIALES EN SITUACIONES DE URGENCIAS
Los Centros de Hemodiálisis en situaciones de URGENCIAS deben garantizar el acceso en tiempo real de:
EL OXIGENO DEBE SER PUESTO POR LA EMPRESA ADJUDICADA.
En caso de complicaciones del Paciente y que requiera internación, el Médico Nefrólogo Encargado del Centro de Hemodiálisis, debe comunicarse con la urgencia del Gran Hospital de Coronel Oviedo, y será obligatorio hacer una HOJA DE DERIVACIÓN, donde se coloque los datos del paciente y la causa de su derivación. En situaciones en que paciente o familiar responsable, decidan su internación en el sector privado, el costo quedará bajo exclusiva responsabilidad del mismo.
BIOSEGURIDAD
Todo el personal de diálisis debe cumplir con las normas de bioseguridad básicas para protección de los pacientes y del equipo de atención. Ver en el Manual de prevención y Control de infecciones asociadas a la Atención de la salud Py 2017 MSP y BS, que puede ser encontrado en http://dgvs.mspbs.gov.py/files/paginas/Manual_IAAS.pdf
SEGURIDAD DEL PACIENTE
CON RELACIÓN AL SERVICIO DE HEMODIÁLISIS DEL CENTRO DE HEMODIÁLISIS, DEBE:
Los Domisanitarios para uso hospitalario y los productos usados en los procesos de limpieza y desinfección, deben ser utilizados según las Especificaciones del Fabricante y contar con la autorización del órgano competente.
CON RELACIÓN AL PACIENTE DEL CENTRO DE HEMODIÁLISIS, DEBE:
CONDICIONES EXIGIDAS POR EL MSPyBS
PARA EL ITEM 2: GRAN HOSPITAL DEL SUR
El proceso de contratación tiene por finalidad la tercerización de los servicios de Hemodiálisis del Gran Hospital del Sur del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Esto es a fin a satisfacer la necesidad de realizar Hemodiálisis para pacientes adultos, mayores de 18 años, de escasos recursos que tengan el peso necesario para ser dializados como adultos (por encima de 35 kilogramos), con insuficiencia renal crónica en etapa de diálisis (insuficiencia renal crónica terminal). Para tal efecto, el MSPyBS deberá asignar un área para el montaje de los equipos biomédicos de la empresa adjudicada, que la misma deberá proveer e instalar, estando a cargo de la empresa adjudicada la adecuación de los espacios para el fiel cumplimiento del contrato.
El Servicio de Hemodiálisis deberá contar con Unidades de Hemodiálisis que incluyan 24 (veinticuatro) Máquinas de Hemodiálisis y 24 (veinticuatro) Sillones de Hemodiálisis en Comodato. La infraestructura de las salas, están provistas de bocas de agua tratada, de desagüe y tomas eléctricas, respectivas, individuales que aseguren la personalización del tratamiento que cumplan las especificaciones técnicas estipuladas.
Todos los equipos deberán ser nuevos de fábrica, con una antigüedad de fabricación no mayor a 12 (doce) meses de su instalación y puesta en marcha, con garantía y certificada en origen para este contrato puntual, no pudiendo ser en ningún caso equipos remanufacturado o con uso previo de ningún tipo.
La provisión será por la modalidad del contrato abierto, por un plazo de 5 (cinco) años.
En la planilla de precios, el oferente deberá presentar oferta según el siguiente cuadro:
Ítem N° |
DESCRIPCION |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACION |
1 |
Servicio de Hemodiálisis para Adultos Hospital del Sur |
Unidad |
Evento |
DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE HEMODIALISIS:
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social destinará un área dentro del predio del Gran Hospital del Sur, donde se pueda adecuar el área para la instalación y puesta en funcionamiento del Centro de Hemodiálisis. La infraestructura deberá adecuarse a las Normas Básicas para la Habilitación de Servicios de Nefrología, aprobadas por la Resolución S.G. Nº 235/2019 y controladas por un auditor cada vez que el Instituto Nacional de Nefrología lo crea necesario.
DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUA Y CALIDAD DEL AGUA:
Debe estar en conformidad a las Normas Básicas para la Habilitación de Servicios de Nefrología , Resolución S.G. Nº 235/2019 que se detalla a continuación:
DE LA SALA DE HEMODIALISIS:
Debe contar mínimamente con los siguientes equipamientos, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución S.G. Nº 235/2019, que se detalla a continuación:
*Los equipos descriptos son requeridos como mínimo 1 (una) unidad por sala.
DE LOS EQUIPOS:
Monitor/Maquina de Hemodiálisis: La marca debe estar registrada en el País en las instancias correspondientes. La máquina debe tener un funcionamiento que resulte eficaz y minimice los riesgos para los pacientes y operadores. Por lo tanto, deben poseer:
DE LOS INSUMOS:
El Servicio deberá incluir, todos los insumos y los mismos deben contar con el Registro Sanitario, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
DE LOS SILLONES DE HEMODIALISIS:
Así mismo el Servicio solicitado, deberá incluir los sillones de Hemodiálisis y los mismos deben contar con el Registro Sanitario, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria.
Descripción del Artículo:
DIMENSIONES |
|
Alto: |
50 65 cm |
Ancho: |
50 60 cm (tener en cuenta pacientes obesos) |
Altura Total: |
120 135 cm |
Ancho Total: |
75 90 cm |
Huella descanso: |
180 200 cm |
Queda a cargo del proveedor el mantenimiento, arreglo o cambio del equipo en caso de avería.
El Servicio de Hemodiálisis deberá proveer lo siguiente para cada sesión de hemodiálisis:
DE LOS RECURSOS HUMANOS
PERSONAL DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL
El Administrador del Contrato designará a encargados para el control de las planillas respectivas; así mismo designará funcionarios responsables para las autorizaciones de los servicios. Esto será comunicado por escrito a la empresa adjudicada.
Así mismo el Hospital del Sur deberá encargarse de la designación de dos personales administrativos los cuales se responsabilizarán de los contratos de derivación de los pacientes, fiscalizado por el Instituto Nacional de Nefrología.
PERSONAL DEL OFERENTE DOTACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
El Centro de Hemodiálisis deberá estar a cargo de un Jefe o Director con Título de Especialista en Nefrología, acreditado por el Círculo Paraguayo de Médicos, Certificado por la Sociedad Paraguaya de Nefrología y registrado por la Dirección de Control de Profesiones dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. La atención médica (Control mensual) en los Centros de Hemodiálisis estará a cargo solamente por Nefrólogos acreditados, en lo que respecta a tratamiento específico de un paciente con diagnóstico de Enfermedad Renal Crónica en Hemodiálisis. Deberán tener 1 medico nefrólogo por cada 50 pacientes.
Cada Centro de Hemodiálisis debe contar como mínimo con:
Jefe de enfermería: un Lic. en Enfermería que será responsable de coordinar acciones de enfermería. Encargado de diseñar los protocolos asistenciales, definir y distribuir los turnos y guardias de enfermería del centro. Debe contar con las documentaciones legales vigentes y poseer una experiencia de 2 años en tratamiento dialítico como mínimo.
Enfermeros asistenciales: Contar con un enfermero o Técnico en diálisis hasta 4 pacientes como máximo.
Todos los profesionales, personal de apoyo y limpieza deben estar vacunados de conformidad con la legislación vigente, específicamente la vacuna contra la Hepatitis B, para ello se deberá adjuntar copia autenticada del Certificado de Vacunación. (código sanitario capítulo III de las enfermedades transmisibles y articulo 34. Es obligatoria la vacunación de las personas en casos y normas que determine el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Según las Normas Básicas de habilitación, control y regulación del funcionamiento de los centros de diálisis. Resolución S.G. N° 235/2019, en la sección de personal.
Todos los profesionales deben contar con las documentaciones legales vigentes y poseer una experiencia en tratamiento dialítico.
La movilización o cambio de personal de enfermería de los centros, debe ser informada por nota al Administrador del Contrato, de manera a actualizar permanentemente la nómina real del personal operativo de hemodiálisis. Los registros profesionales del personal de blanco deben estar vigentes.
PROCESOS ASISTENCIALES, RESPONSABILIDADES Y RESULTADOS:
Es responsabilidad del Nefrólogo Encargado del Centro de Hemodiálisis adjudicado:
Exámenes Laboratoriales MENSUALES comprenden:
Exámenes Laboratoriales TRIMESTRALES comprenden los ANÁLISIS MENSUALES más:
Exámenes Laboratoriales SEMESTRALES, comprenden los ANÁLISIS TRIMESTRALES más:
Exámenes Laboratoriales ANUALES, comprenden los ANÁLISIS SEMESTRALES, más
Los análisis de sangre mensuales, trimestrales, semestrales y anuales deberán estar a cargo (realización y costo) del oferente.
ACCESO A RECURSOS ASISTENCIALES EN SITUACIONES DE URGENCIAS
Los Centros de Hemodiálisis en situaciones de URGENCIAS deben garantizar el acceso en tiempo real de:
EL OXIGENO DEBE SER PUESTO POR LA EMPRESA ADJUDICADA.
En caso de complicaciones del Paciente y que requiera internación, el Médico Nefrólogo Encargado del Centro de Hemodiálisis, debe comunicarse con la urgencia del Gran Hospital del Sur, y será obligatorio hacer una HOJA DE DERIVACIÓN, donde se coloque los datos del paciente y la causa de su derivación. En situaciones en que paciente o familiar responsable, decidan su internación en el sector privado, el costo quedará bajo exclusiva responsabilidad del mismo.
BIOSEGURIDAD
Todo el personal de diálisis debe cumplir con las normas de bioseguridad básicas para protección de los pacientes y del equipo de atención. Ver en el Manual de prevención y Control de infecciones asociadas a la Atención de la salud Py 2017 MSP y BS, que puede ser encontrado en http://dgvs.mspbs.gov.py/files/paginas/Manual_IAAS.pdf
SEGURIDAD DEL PACIENTE
CON RELACIÓN AL SERVICIO DE HEMODIÁLISIS DEL CENTRO DE HEMODIÁLISIS, DEBE:
Los Domisanitarios para uso hospitalario y los productos usados en los procesos de limpieza y desinfección, deben ser utilizados según las Especificaciones del Fabricante y contar con la autorización del órgano competente.
CON RELACIÓN AL PACIENTE DEL CENTRO DE HEMODIÁLISIS, DEBE:
CONDICIONES EXIGIDAS POR EL MSPyBS
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
ITEM | DESCRIPCION DEL BIEN | ESPECIFICACIONES TECNICAS |
1 | SERVICIO DE HEMODIALISIS PARA ADULTOS DEL HOSPITAL GENERAL DE CORONEL OVIEDO | SE ANEXA |
2 | SERVICIO DE HEMODIALISIS PARA ADULTOS DEL GRAN HOSPITAL GENERAL DEL SUR | SE ANEXA |
Descripción | Monto Mínimo | Monto Maximo |
Servicio de Hemodiálisis, para la atención a pacientes atendidos en el Gran Hospital de Coronel Oviedo | 45.000.000.000 | 90.000.000.000 |
Descripción | Monto Mínimo | Monto Maximo |
Servicio de Hemodiálisis, para la atención a pacientes atendidos en el Gran Hospital del Sur | 45.000.000.000 | 90.000.000.000 |
ESPECIFICACIONES TECNICAS -
PARA EL ITEM 1: GRAN HOSPITAL DE CORONEL OVIEDO
El proceso de contratación tiene por finalidad la tercerización de los servicios de Hemodiálisis del Gran Hospital de Coronel Oviedo del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Esto es a fin a satisfacer la necesidad de realizar Hemodiálisis para pacientes adultos, mayores de 18 años, de escasos recursos que tengan el peso necesario para ser dializados como adultos (por encima de 35 kilogramos), con insuficiencia renal crónica en etapa de diálisis (insuficiencia renal crónica terminal). Para tal efecto, el MSPyBS deberá asignar un área para el montaje de los equipos biomédicos de la empresa adjudicada, que la misma deberá proveer e instalar, estando a cargo de la empresa adjudicada la adecuación de los espacios para el fiel cumplimiento del contrato.
El Servicio de Hemodiálisis deberá contar con Unidades de Hemodiálisis que incluyan 24 (veinticuatro) Máquinas de Hemodiálisis y 24 (veinticuatro) Sillones de Hemodiálisis en Comodato. La infraestructura de las salas, están provistas de bocas de agua tratada, de desagüe y tomas eléctricas, respectivas, individuales que aseguren la personalización del tratamiento que cumplan las especificaciones técnicas estipuladas.
Todos los equipos deberán ser nuevos de fábrica, con una antigüedad de fabricación no mayor a 12 (doce) meses de su instalación y puesta en marcha, con garantía y certificada en origen para este contrato puntual, no pudiendo ser en ningún caso equipos remanufacturado o con uso previo de ningún tipo.
La provisión será por la modalidad del contrato abierto, por un plazo de 5 (cinco) años.
En la planilla de precios, el oferente deberá presentar oferta según el siguiente cuadro:
Ítem N° |
DESCRIPCION |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACION |
1 |
Servicio de Hemodiálisis para Adultos Hospital de Coronel Oviedo |
Unidad |
Evento |
DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE HEMODIALISIS:
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social destinará un área dentro del predio del Gran Hospital de Coronel Oviedo, donde se pueda adecuar el área para la instalación y puesta en funcionamiento del Centro de Hemodiálisis. La infraestructura deberá adecuarse a las Normas Básicas para la Habilitación de Servicios de Nefrología, aprobadas por la Resolución S.G. Nº 235/2019 y controladas por un auditor cada vez que el Instituto Nacional de Nefrología lo crea necesario.
DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUA Y CALIDAD DEL AGUA:
Debe estar en conformidad a las Normas Básicas para la Habilitación de Servicios de Nefrología , Resolución S.G. Nº 235/2019 que se detalla a continuación:
DE LA SALA DE HEMODIALISIS:
Debe contar mínimamente con los siguientes equipamientos, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución S.G. Nº 235/2019, que se detalla a continuación:
*Los equipos descriptos son requeridos como mínimo 1 (una) unidad por sala.
DE LOS EQUIPOS:
Monitor/Maquina de Hemodiálisis: La marca debe estar registrada en el País en las instancias correspondientes. La máquina debe tener un funcionamiento que resulte eficaz y minimice los riesgos para los pacientes y operadores. Por lo tanto, deben poseer:
DE LOS INSUMOS:
El Servicio deberá incluir, todos los insumos y los mismos deben contar con el Registro Sanitario, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
DE LOS SILLONES DE HEMODIALISIS:
Así mismo el Servicio solicitado, deberá incluir los sillones de Hemodiálisis y los mismos deben contar con el Registro Sanitario, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Descripción del Artículo:
DIMENSIONES |
|
Alto: |
50 65 cm |
Ancho: |
50 60 cm (tener en cuenta pacientes obesos) |
Altura Total: |
120 135 cm |
Ancho Total: |
75 90 cm |
Huella descanso: |
180 200 cm |
Queda a cargo del proveedor el mantenimiento, arreglo o cambio del equipo en caso de avería.
El Servicio de Hemodiálisis deberá proveer lo siguiente para cada sesión de hemodiálisis:
DE LOS RECURSOS HUMANOS
PERSONAL DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL
El Administrador del Contrato designará a encargados para el control de las planillas respectivas; así mismo designará funcionarios responsables para las autorizaciones de los servicios. Esto será comunicado por escrito a la empresa adjudicada.
Así mismo el Hospital de Coronel Oviedo, deberá encargarse de la designación de dos personales administrativos los cuales se responsabilizarán de los contratos de derivación de los pacientes, fiscalizados por el Instituto Nacional de nefrología.
PERSONAL DEL OFERENTE DOTACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
El Centro de Hemodiálisis deberá estar a cargo de un Jefe o Director con Título de Especialista en Nefrología, acreditado por el Círculo Paraguayo de Médicos, Certificado por la Sociedad Paraguaya de Nefrología y registrado por la Dirección de Control de Profesiones dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. La atención médica (Control mensual) en los Centros de Hemodiálisis estará a cargo solamente por Nefrólogos acreditados, en lo que respecta a tratamiento específico de un paciente con diagnóstico de Enfermedad Renal Crónica en Hemodiálisis. Deberán tener 1 medico nefrólogo por cada 50 pacientes.
Cada Centro de Hemodiálisis debe contar como mínimo con:
Jefe de enfermería: un Lic. en Enfermería que será responsable de coordinar acciones de enfermería. Encargado de diseñar los protocolos asistenciales, definir y distribuir los turnos y guardias de enfermería del centro. Debe contar con las documentaciones legales vigentes y poseer una experiencia de 2 años en tratamiento dialítico como mínimo.
Enfermeros asistenciales: Contar con un enfermero o Técnico en diálisis hasta 4 pacientes como máximo.
Todos los profesionales, personal de apoyo y limpieza deben estar vacunados de conformidad con la legislación vigente, específicamente la vacuna contra la Hepatitis B, para ello se deberá adjuntar copia autenticada del Certificado de Vacunación. (código sanitario capítulo III de las enfermedades transmisibles y articulo 34. Es obligatoria la vacunación de las personas en casos y normas que determine el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Según las Normas Básicas de habilitación, control y regulación del funcionamiento de los centros de diálisis. Resolución S.G. N° 235/2019, en la sección de personal.
Todos los profesionales deben contar con las documentaciones legales vigentes y poseer una experiencia en tratamiento dialítico.
La movilización o cambio de personal de enfermería de los centros, debe ser informada por nota al Administrador del Contrato, de manera a actualizar permanentemente la nómina real del personal operativo de hemodiálisis. Los registros profesionales del personal de blanco deben estar vigentes.
PROCESOS ASISTENCIALES, RESPONSABILIDADES Y RESULTADOS:
Es responsabilidad del Nefrólogo Encargado del Centro de Hemodiálisis adjudicado:
Exámenes Laboratoriales MENSUALES comprenden:
Exámenes Laboratoriales TRIMESTRALES comprenden los ANÁLISIS MENSUALES más:
Exámenes Laboratoriales SEMESTRALES, comprenden los ANÁLISIS TRIMESTRALES más:
Exámenes Laboratoriales ANUALES, comprenden los ANÁLISIS SEMESTRALES, más
Los análisis de sangre mensuales, trimestrales, semestrales y anuales deberán estar a cargo (realización y costo) del oferente.
ACCESO A RECURSOS ASISTENCIALES EN SITUACIONES DE URGENCIAS
Los Centros de Hemodiálisis en situaciones de URGENCIAS deben garantizar el acceso en tiempo real de:
EL OXIGENO DEBE SER PUESTO POR LA EMPRESA ADJUDICADA.
En caso de complicaciones del Paciente y que requiera internación, el Médico Nefrólogo Encargado del Centro de Hemodiálisis, debe comunicarse con la urgencia del Gran Hospital de Coronel Oviedo, y será obligatorio hacer una HOJA DE DERIVACIÓN, donde se coloque los datos del paciente y la causa de su derivación. En situaciones en que paciente o familiar responsable, decidan su internación en el sector privado, el costo quedará bajo exclusiva responsabilidad del mismo.
BIOSEGURIDAD
Todo el personal de diálisis debe cumplir con las normas de bioseguridad básicas para protección de los pacientes y del equipo de atención. Ver en el Manual de prevención y Control de infecciones asociadas a la Atención de la salud Py 2017 MSP y BS, que puede ser encontrado en http://dgvs.mspbs.gov.py/files/paginas/Manual_IAAS.pdf
SEGURIDAD DEL PACIENTE
CON RELACIÓN AL SERVICIO DE HEMODIÁLISIS DEL CENTRO DE HEMODIÁLISIS, DEBE:
Los Domisanitarios para uso hospitalario y los productos usados en los procesos de limpieza y desinfección, deben ser utilizados según las Especificaciones del Fabricante y contar con la autorización del órgano competente.
CON RELACIÓN AL PACIENTE DEL CENTRO DE HEMODIÁLISIS, DEBE:
CONDICIONES EXIGIDAS POR EL MSPyBS
PARA EL ITEM 2: GRAN HOSPITAL DEL SUR
El proceso de contratación tiene por finalidad la tercerización de los servicios de Hemodiálisis del Gran Hospital del Sur del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Esto es a fin a satisfacer la necesidad de realizar Hemodiálisis para pacientes adultos, mayores de 18 años, de escasos recursos que tengan el peso necesario para ser dializados como adultos (por encima de 35 kilogramos), con insuficiencia renal crónica en etapa de diálisis (insuficiencia renal crónica terminal). Para tal efecto, el MSPyBS deberá asignar un área para el montaje de los equipos biomédicos de la empresa adjudicada, que la misma deberá proveer e instalar, estando a cargo de la empresa adjudicada la adecuación de los espacios para el fiel cumplimiento del contrato.
El Servicio de Hemodiálisis deberá contar con Unidades de Hemodiálisis que incluyan 24 (veinticuatro) Máquinas de Hemodiálisis y 24 (veinticuatro) Sillones de Hemodiálisis en Comodato. La infraestructura de las salas, están provistas de bocas de agua tratada, de desagüe y tomas eléctricas, respectivas, individuales que aseguren la personalización del tratamiento que cumplan las especificaciones técnicas estipuladas.
Todos los equipos deberán ser nuevos de fábrica, con una antigüedad de fabricación no mayor a 12 (doce) meses de su instalación y puesta en marcha, con garantía y certificada en origen para este contrato puntual, no pudiendo ser en ningún caso equipos remanufacturado o con uso previo de ningún tipo.
La provisión será por la modalidad del contrato abierto, por un plazo de 5 (cinco) años.
En la planilla de precios, el oferente deberá presentar oferta según el siguiente cuadro:
Ítem N° |
DESCRIPCION |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACION |
1 |
Servicio de Hemodiálisis para Adultos Hospital del Sur |
Unidad |
Evento |
DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE HEMODIALISIS:
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social destinará un área dentro del predio del Gran Hospital del Sur, donde se pueda adecuar el área para la instalación y puesta en funcionamiento del Centro de Hemodiálisis. La infraestructura deberá adecuarse a las Normas Básicas para la Habilitación de Servicios de Nefrología, aprobadas por la Resolución S.G. Nº 235/2019 y controladas por un auditor cada vez que el Instituto Nacional de Nefrología lo crea necesario.
DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUA Y CALIDAD DEL AGUA:
Debe estar en conformidad a las Normas Básicas para la Habilitación de Servicios de Nefrología , Resolución S.G. Nº 235/2019 que se detalla a continuación:
DE LA SALA DE HEMODIALISIS:
Debe contar mínimamente con los siguientes equipamientos, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución S.G. Nº 235/2019, que se detalla a continuación:
*Los equipos descriptos son requeridos como mínimo 1 (una) unidad por sala.
DE LOS EQUIPOS:
Monitor/Maquina de Hemodiálisis: La marca debe estar registrada en el País en las instancias correspondientes. La máquina debe tener un funcionamiento que resulte eficaz y minimice los riesgos para los pacientes y operadores. Por lo tanto, deben poseer:
DE LOS INSUMOS:
El Servicio deberá incluir, todos los insumos y los mismos deben contar con el Registro Sanitario, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
DE LOS SILLONES DE HEMODIALISIS:
Así mismo el Servicio solicitado, deberá incluir los sillones de Hemodiálisis y los mismos deben contar con el Registro Sanitario, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria.
Descripción del Artículo:
DIMENSIONES |
|
Alto: |
50 65 cm |
Ancho: |
50 60 cm (tener en cuenta pacientes obesos) |
Altura Total: |
120 135 cm |
Ancho Total: |
75 90 cm |
Huella descanso: |
180 200 cm |
Queda a cargo del proveedor el mantenimiento, arreglo o cambio del equipo en caso de avería.
El Servicio de Hemodiálisis deberá proveer lo siguiente para cada sesión de hemodiálisis:
DE LOS RECURSOS HUMANOS
PERSONAL DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL
El Administrador del Contrato designará a encargados para el control de las planillas respectivas; así mismo designará funcionarios responsables para las autorizaciones de los servicios. Esto será comunicado por escrito a la empresa adjudicada.
Así mismo el Hospital del Sur deberá encargarse de la designación de dos personales administrativos los cuales se responsabilizarán de los contratos de derivación de los pacientes, fiscalizado por el Instituto Nacional de Nefrología.
PERSONAL DEL OFERENTE DOTACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
El Centro de Hemodiálisis deberá estar a cargo de un Jefe o Director con Título de Especialista en Nefrología, acreditado por el Círculo Paraguayo de Médicos, Certificado por la Sociedad Paraguaya de Nefrología y registrado por la Dirección de Control de Profesiones dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. La atención médica (Control mensual) en los Centros de Hemodiálisis estará a cargo solamente por Nefrólogos acreditados, en lo que respecta a tratamiento específico de un paciente con diagnóstico de Enfermedad Renal Crónica en Hemodiálisis. Deberán tener 1 medico nefrólogo por cada 50 pacientes.
Cada Centro de Hemodiálisis debe contar como mínimo con:
Jefe de enfermería: un Lic. en Enfermería que será responsable de coordinar acciones de enfermería. Encargado de diseñar los protocolos asistenciales, definir y distribuir los turnos y guardias de enfermería del centro. Debe contar con las documentaciones legales vigentes y poseer una experiencia de 2 años en tratamiento dialítico como mínimo.
Enfermeros asistenciales: Contar con un enfermero o Técnico en diálisis hasta 4 pacientes como máximo.
Todos los profesionales, personal de apoyo y limpieza deben estar vacunados de conformidad con la legislación vigente, específicamente la vacuna contra la Hepatitis B, para ello se deberá adjuntar copia autenticada del Certificado de Vacunación. (código sanitario capítulo III de las enfermedades transmisibles y articulo 34. Es obligatoria la vacunación de las personas en casos y normas que determine el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Según las Normas Básicas de habilitación, control y regulación del funcionamiento de los centros de diálisis. Resolución S.G. N° 235/2019, en la sección de personal.
Todos los profesionales deben contar con las documentaciones legales vigentes y poseer una experiencia en tratamiento dialítico.
La movilización o cambio de personal de enfermería de los centros, debe ser informada por nota al Administrador del Contrato, de manera a actualizar permanentemente la nómina real del personal operativo de hemodiálisis. Los registros profesionales del personal de blanco deben estar vigentes.
PROCESOS ASISTENCIALES, RESPONSABILIDADES Y RESULTADOS:
Es responsabilidad del Nefrólogo Encargado del Centro de Hemodiálisis adjudicado:
Exámenes Laboratoriales MENSUALES comprenden:
Exámenes Laboratoriales TRIMESTRALES comprenden los ANÁLISIS MENSUALES más:
Exámenes Laboratoriales SEMESTRALES, comprenden los ANÁLISIS TRIMESTRALES más:
Exámenes Laboratoriales ANUALES, comprenden los ANÁLISIS SEMESTRALES, más
Los análisis de sangre mensuales, trimestrales, semestrales y anuales deberán estar a cargo (realización y costo) del oferente.
ACCESO A RECURSOS ASISTENCIALES EN SITUACIONES DE URGENCIAS
Los Centros de Hemodiálisis en situaciones de URGENCIAS deben garantizar el acceso en tiempo real de:
EL OXIGENO DEBE SER PUESTO POR LA EMPRESA ADJUDICADA.
En caso de complicaciones del Paciente y que requiera internación, el Médico Nefrólogo Encargado del Centro de Hemodiálisis, debe comunicarse con la urgencia del Gran Hospital del Sur, y será obligatorio hacer una HOJA DE DERIVACIÓN, donde se coloque los datos del paciente y la causa de su derivación. En situaciones en que paciente o familiar responsable, decidan su internación en el sector privado, el costo quedará bajo exclusiva responsabilidad del mismo.
BIOSEGURIDAD
Todo el personal de diálisis debe cumplir con las normas de bioseguridad básicas para protección de los pacientes y del equipo de atención. Ver en el Manual de prevención y Control de infecciones asociadas a la Atención de la salud Py 2017 MSP y BS, que puede ser encontrado en http://dgvs.mspbs.gov.py/files/paginas/Manual_IAAS.pdf
SEGURIDAD DEL PACIENTE
CON RELACIÓN AL SERVICIO DE HEMODIÁLISIS DEL CENTRO DE HEMODIÁLISIS, DEBE:
Los Domisanitarios para uso hospitalario y los productos usados en los procesos de limpieza y desinfección, deben ser utilizados según las Especificaciones del Fabricante y contar con la autorización del órgano competente.
CON RELACIÓN AL PACIENTE DEL CENTRO DE HEMODIÁLISIS, DEBE:
CONDICIONES EXIGIDAS POR EL MSPyBS
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 y 2 |
SERVICIO DE HEMODIALISIS PARA ADULTOS |
1 |
Unidad |
Hospital General de Coronel Oviedo y Gran Hospital del Sur |
La orden de inicio de las adecuaciones requeridas para la instalación de los equipos podrá ser emitida dentro de los 5 dias posteriores una vez firmado el contrato. Las adecuaciones y la instalación de los equipos deberán estar operativos dentro de los 180 días corridos. Una vez finiquitado o cumplido este plazo, inmediatamente se dará inicio a la prestación de los servicios y emisión de las ordenes de los servicios correspondientes. Una vez montado y cumplido con lo establecido será Habilitado por el Instituto Nacional de Nefrología. |
Las Órdenes de Servicios serán emitidas por la DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO DE SERVICIOS Y REDES DE SALUD DEPENDIENTE DEL MSPBS.
Procedimiento de Entrega de Órdenes de Servicio: Sera comunicado al proveedor vía correo electrónico y/o de forma física la existencia de órdenes de servicios para la realización del servicio que le fueran adjudicados en el presente llamado.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe Técnico Mensual (n) |
INFORME TECNICO |
Tal como se indica en el punto de Plan de prestación de los servicios. Luego una vez cumplido el tiempo estipulado para las adecuaciones y la instalación de los equipos dentro de los 180 días corridos. El mismo será considerado hasta 5 días cerrado cada mes. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.