Consulta:
En la pagina 42 de PBC en los referente a Requisitos Capacidad Técnica ,en el ítem 2
# Listado de guardias con sus correspondientes constancias, el carnet expedido por el órgano rector cada año es la constancia que el personal se encuentra al día y habilitado para ejercer como guardia profesional. En el item 6 #Constancia laboral en que se demuestre la experiencia requerida, se solicita contratos de empresa o del personal