Solicitamos a la convocante modificar la especificación técnica del ITEM 7, donde dice DESCRIPCIÓN DEL BIEN PIROXICAM + CARISOPRODOL + ASOCIADO COMPRIMIDO (piroxicam 10 mg, Carisoprodol 250 mg, Dexametasona 1 mg, Vitamina B6 150 mg, Vitamina B12 150 mg. Caja x 10 comprimidos), para no limitar la participación de potenciales Oferentes, teniendo en cuenta de que dicha fórmula corresponde única y exclusivamente al producto PLEXIDINA B12 COMP. CAJA X 10, de Laboratorios Guayaki (División IMEG).
Solicitamos a la convocante modificar la especificación técnica del ITEM 7, donde dice DESCRIPCIÓN DEL BIEN PIROXICAM + CARISOPRODOL + ASOCIADO COMPRIMIDO (piroxicam 10 mg, Carisoprodol 250 mg, Dexametasona 1 mg, Vitamina B6 150 mg, Vitamina B12 150 mg. Caja x 10 comprimidos), para no limitar la participación de potenciales Oferentes, teniendo en cuenta de que dicha fórmula corresponde única y exclusivamente al producto PLEXIDINA B12 COMP. CAJA X 10, de Laboratorios Guayaki (División IMEG).
Con relación al ítem mencionado remitirse a la adenda N° 1. Con el fin de no limitar a la participación de potables oferentes, se aceptara las composiciones indicadas en la adenda. El mismo estará visible una vez verificado por la DNCP
12
Especificación Técnica Ítem Nro. 10
Solicitamos a la convocante modificar la especificación técnica del ITEM 10, donde dice DESCRIPCIÓN DEL BIEN DICLOFENAC POTASICO + PARACETAMOL +ASOCIADO COMPRIMIDO (diclofenac Potásico 50 mg, Paracetamol 325 mg, Papaína 10.000 U.I., Hidróxido de Aluminio 100 mg. Caja de 20 comprimidos recubiertos.), para no limitar la participación de potenciales Oferentes, teniendo en cuenta de que el Sistema de Adjudicación es por el TOTAL y dicha fórmula corresponde única y exclusivamente al producto REXALGAN GESIC N.F. COMP. CAJA x 20, de Laboratorios Guayaki (División IMEG).
Solicitamos a la convocante modificar la especificación técnica del ITEM 10, donde dice DESCRIPCIÓN DEL BIEN DICLOFENAC POTASICO + PARACETAMOL +ASOCIADO COMPRIMIDO (diclofenac Potásico 50 mg, Paracetamol 325 mg, Papaína 10.000 U.I., Hidróxido de Aluminio 100 mg. Caja de 20 comprimidos recubiertos.), para no limitar la participación de potenciales Oferentes, teniendo en cuenta de que el Sistema de Adjudicación es por el TOTAL y dicha fórmula corresponde única y exclusivamente al producto REXALGAN GESIC N.F. COMP. CAJA x 20, de Laboratorios Guayaki (División IMEG).
12- Con relación al ítem mencionado remitirse a la adenda N° 1. Con el fin de no limitar a la participación de potables oferentes, se aceptara las composiciones indicadas en la adenda. El mismo estará visible una vez verificado por la DNCP
13
Especificación Técnica Ítem Nro. 11
Solicitamos a la convocante modificar la especificación técnica del ITEM 11, donde dice DESCRIPCIÓN DEL BIEN PARACETAMOL + PSEUDOEFEDRINA + ASOCIADO JARABE (paracetamol 100 mg, Fenilefrina 2 mg, Clorfeniramina 0,75 mg, Dextrometorfan 10 mg, Vitamina C 50 mg / 5mL. Frasco x 100 ml), para no limitar la participación de potenciales Oferentes, teniendo en cuenta de que dicha fórmula corresponde única y exclusivamente al producto GRIFINIL ANTIGRIPAL Jarabe - Frasco x 100 ml., de Laboratorios Guayaki (División IMEG).
Solicitamos a la convocante modificar la especificación técnica del ITEM 11, donde dice DESCRIPCIÓN DEL BIEN PARACETAMOL + PSEUDOEFEDRINA + ASOCIADO JARABE (paracetamol 100 mg, Fenilefrina 2 mg, Clorfeniramina 0,75 mg, Dextrometorfan 10 mg, Vitamina C 50 mg / 5mL. Frasco x 100 ml), para no limitar la participación de potenciales Oferentes, teniendo en cuenta de que dicha fórmula corresponde única y exclusivamente al producto GRIFINIL ANTIGRIPAL Jarabe - Frasco x 100 ml., de Laboratorios Guayaki (División IMEG).
13- Con relación al ítem mencionado remitirse a la adenda N° 1. Con el fin de no limitar a la participación de potables oferentes, se aceptara las composiciones indicadas en la adenda. El mismo estará visible una vez verificado por la DNCP
14
Especificación Técnica Ítem Nro. 12
Solicitamos a la convocante modificar la especificación técnica del ITEM 12, donde dice DESCRIPCIÓN DEL BIEN NOEMICINA + BACITRACINA + ASOCIADO SPRAY (neomicina sulfato 500 mg, Bacitracina de Zinc 20 mg, Benzocaína HCL 250 mg. Frasco x 30 ml spray), para no limitar la participación de potenciales Oferentes, teniendo en cuenta de que dicha fórmula corresponde única y exclusivamente al producto Anginomeg Spray - Solución x 30 ml., de Laboratorios Guayaki (División IMEG).
Solicitamos a la convocante modificar la especificación técnica del ITEM 12, donde dice DESCRIPCIÓN DEL BIEN NOEMICINA + BACITRACINA + ASOCIADO SPRAY (neomicina sulfato 500 mg, Bacitracina de Zinc 20 mg, Benzocaína HCL 250 mg. Frasco x 30 ml spray), para no limitar la participación de potenciales Oferentes, teniendo en cuenta de que dicha fórmula corresponde única y exclusivamente al producto Anginomeg Spray - Solución x 30 ml., de Laboratorios Guayaki (División IMEG).
14- Con relación al ítem mencionado remitirse a la adenda N° 1. Con el fin de no limitar a la participación de potables oferentes, se aceptara las composiciones indicadas en la adenda. El mismo estará visible una vez verificado por la DNCP
15
PBC
cuestionamos a la convocante la obtención de precios referenciales de los productos, no a tenido en cuenta presupuestar el local dentro del radio de los 50km, su estructura de precio no contempla el personal que se usara para el expendio del producto, de lunes a viernes en los horarios mencionados en lo que suma no solo la oferta de bienes si no también de servicio. cuando hablan que contara con los documentos que requiere la Dirección Nacional De Vigilancia Sanitaria, no describe que documetos.. solicitamos que requiera textualmente cuales son, como la habilitacicon del comercio en la venta por mayor de especialidades farmaceitocas, el certidicado de buenas practicas de almacenamiento y deposito requisito indispensable para ofertar, y eso con lleva una regente encarga como responsable del local también pedimos sumar a la estructura de precios el costo del profesional, y cuales son los procesos operativos que contara el local y la responsabilidad del producto si es una guarda de mercaderías si las mercaderías en el local ya pertenecen a la gobernación, solicitamos tener en cuenta todos estos puntos. porque no es claro la forma de participar y recordar que las farmacias no pueden participar de licitaciones publicas nacionales en relacion a la categoría de empresa.
cuestionamos a la convocante la obtención de precios referenciales de los productos, no a tenido en cuenta presupuestar el local dentro del radio de los 50km, su estructura de precio no contempla el personal que se usara para el expendio del producto, de lunes a viernes en los horarios mencionados en lo que suma no solo la oferta de bienes si no también de servicio. cuando hablan que contara con los documentos que requiere la Dirección Nacional De Vigilancia Sanitaria, no describe que documetos.. solicitamos que requiera textualmente cuales son, como la habilitacicon del comercio en la venta por mayor de especialidades farmaceitocas, el certidicado de buenas practicas de almacenamiento y deposito requisito indispensable para ofertar, y eso con lleva una regente encarga como responsable del local también pedimos sumar a la estructura de precios el costo del profesional, y cuales son los procesos operativos que contara el local y la responsabilidad del producto si es una guarda de mercaderías si las mercaderías en el local ya pertenecen a la gobernación, solicitamos tener en cuenta todos estos puntos. porque no es claro la forma de participar y recordar que las farmacias no pueden participar de licitaciones publicas nacionales en relacion a la categoría de empresa.
Que el método de obtención de los precios referenciales de los bienes farmacéuticos que la gobernación pretende adquirir por medio del procedimiento en cuestión es válido y contempla toda las situaciones planteadas por el consultante que se reflejan en el costo disponible en la web en cada uno de los ítems a ser adquiridos todos los medicamentos objeto del contrato a celebrarse pertenecen a la convocante y deben de estar disponibles para la entrega inmediata de los mismo a los beneficiados finales del presente procedimiento, a través del cumplimiento de los indicadores del contratos a celebrarse.
16
CAPACIDAD TECNICA
Se solicita a la convocante eliminar la obligatoriedad de contar con un local dentro de los 50 km a la redonda de la convocante. Y se expida de acuerdo a derecho en referencia a la ley 7021/22 en el cual establecen los requisitos mínimos que deben contar los pliegos de bases y condiciones que en ese sentido expresa “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrá exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley. Ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables si con ellos se limitan las posibilidades de concurrencia a potenciales oferentes.
Se solicita a la convocante eliminar la obligatoriedad de contar con un local dentro de los 50 km a la redonda de la convocante. Y se expida de acuerdo a derecho en referencia a la ley 7021/22 en el cual establecen los requisitos mínimos que deben contar los pliegos de bases y condiciones que en ese sentido expresa “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrá exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley. Ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables si con ellos se limitan las posibilidades de concurrencia a potenciales oferentes.
El procedimiento que lleva a cabo la convocante considera y ampara las normativas legales emitidas por el MSPBS teniendo en cuenta que la Gobernación de Guairá no cuenta con un espacio físico apto para el almacenamiento y despacho de los productos, así como tampoco cuenta con equipamientos que garanticen la buena conservación y estabilidad de los productos almacenados, ni equipos de refrigeración. Tampoco cuenta con suficiente personal capacitado para garantizar la dispensación y correcta manipulación de los medicamentos de acuerdo al Decreto N° 8342 en su Art 16°.Direccion de Vigilancia Sanitaria. Conforme con el Art 5 de la Ley 886/80 "Código Sanitario"
Considerando el Plan de Entrega la Convocante ha establecido que los medicamentos sean retirados en ventanilla de un local habilitado por el proveedor adjudicado, en horarios de atención al Público. El objetivo de la Convocante es ofrecer respuesta pronta y rápida a la ciudadanía destinataria del beneficio de la contratación en puertas. La convocante dentro de sus prerrogativas que le faculta la Ley 7021 y su Decreto Reglamentario, responsable del llamado en puertas por todo lo expuesto se ratifica en este punto, técnicamente indispensable para la ejecución del contrato, del llamado en cuestión, en cumplimiento de las políticas públicas asumidas por el Sr. Gobernador
17
EETT ITEM 19
Se solicita a la convocante aclarar la concentración para el item 19 - enalapril comprimido
Se solicita a la convocante ampliar las presentaciones de : caja x 10 comprimidos A: caja x 10 comprimidos como mínimo. De esta manera dar mayor participación a potenciales oferentes.
Se solicita a la convocante ampliar las presentaciones de : caja x 10 comprimidos A: caja x 10 comprimidos como mínimo. De esta manera dar mayor participación a potenciales oferentes.
Se solicita la modificación para el item 11, que se visualiza esta dirigido a una marca especifica. Según la respuesta de la consulta N° 13 se realizaría la modificación pero dicha modificación no se visualiza en la adenda. Se solicita verificar.
Se solicita la modificación para el item 11, que se visualiza esta dirigido a una marca especifica. Según la respuesta de la consulta N° 13 se realizaría la modificación pero dicha modificación no se visualiza en la adenda. Se solicita verificar.
Según la consulta anterior dicha modificación fue realizada, remitirse a la Adenda Nª 1 , donde la presentación del frasco menciona A PARTIR de 100 ml, con el fin de no limitar la participación de potables oferentes
20
CAPACIDAD TECNICA
Capacidad Técnica: Solicitamos la eliminación del requisito "El oferente deberá contar con un local (matriz o sucursal) a no más de 50 km de la Convocante, para la entrega de los medicamentos en ventanilla conforme receta. El Local deberá estar habilitado por la Dirección de Vigilancia Sanitaria y por el municipio local. El Comité se reserva el derecho de realizar visitas durante la Evaluación respectiva a fin de verificar la capacidad de almacenaje que determine el buen cumplimiento del Contrato"
El mencionado requisito cercena el derecho del 100% de los laboratorios e importadores que se encuentran instalados en Asunción y el Gran Asunción, motivo por el cual estarían vedados a presentar su oferta, a pesar de cumplir con todos los requisitos legales, de Logística, económica, de experiencia y financiera.
Establecer este tipo de requisitos quebranta el principio de Igualdad y Libre Competencia consagrado en la Ley N° 7021/22 y demás principios de Razonabilidad y Pertinencia.
Llama poderosamente la atención que la Convocante pretenda dirigir su Licitación a favor del oferente que ya se encuentra instalada a menos de 50km alrededor de la Convocante.
Capacidad Técnica: Solicitamos la eliminación del requisito "El oferente deberá contar con un local (matriz o sucursal) a no más de 50 km de la Convocante, para la entrega de los medicamentos en ventanilla conforme receta. El Local deberá estar habilitado por la Dirección de Vigilancia Sanitaria y por el municipio local. El Comité se reserva el derecho de realizar visitas durante la Evaluación respectiva a fin de verificar la capacidad de almacenaje que determine el buen cumplimiento del Contrato"
El mencionado requisito cercena el derecho del 100% de los laboratorios e importadores que se encuentran instalados en Asunción y el Gran Asunción, motivo por el cual estarían vedados a presentar su oferta, a pesar de cumplir con todos los requisitos legales, de Logística, económica, de experiencia y financiera.
Establecer este tipo de requisitos quebranta el principio de Igualdad y Libre Competencia consagrado en la Ley N° 7021/22 y demás principios de Razonabilidad y Pertinencia.
Llama poderosamente la atención que la Convocante pretenda dirigir su Licitación a favor del oferente que ya se encuentra instalada a menos de 50km alrededor de la Convocante.
El Sistema de ADJUDICACION seleccionado por la Convocante es considerando las normativas legales emitidas por el MSPBS teniendo en cuenta que la Gobernación de Guairá no cuenta con un espacio físico apto para el almacenamiento y despacho de los productos, así como tampoco cuenta con equipamientos que garanticen la buena conservación y estabilidad de los productos almacenados, ni equipos de refrigeración. Tampoco cuenta con suficiente personal capacitado para garantizar la dispensación y correcta manipulación de los medicamentos de acuerdo al Decreto N° 8342 en su Art 16°.Direccion de Vigilancia Sanitaria. Conforme con el Art 5 de la Ley 886/80 "Código Sanitario"
Considerando el Plan de Entrega la Convocante ha establecido que los medicamentos sean retirados en ventanilla de un local habilitado por el proveedor adjudicado, en horarios de atención al Público. El objetivo de la Convocante es ofrecer respuesta pronta y rápida a la ciudadanía destinataria del beneficio de la contratación en puertas. La convocante dentro de sus prerrogativas que le faculta la Ley 7021 y su Decreto Reglamentario, responsable del llamado en puertas por todo lo expuesto se ratifica en este punto, técnicamente indispensable para la ejecución del contrato, del llamado en cuestión.