En Consideración de lo expresado en la Adenda Nº04 publicada el día 01/07/24, en la cual establece en inciso 1, Lote 2, el cambio con la incorporación del Ítem “Pintura Acrílica Base Agua” y lo establecido más debajo de la misma adenda donde expresa “ En las especificaciones Técnicas del Lote 2 se modifica el Ítem Nº01 Pintura a Base de Metil Metacrilacto Monocomponente MMA por el Item Nº01 Pintura Acrílica Base Agua – Maquina”, se solicita ampliar el Plazo de Consulta establecido para día 02/07/24 del presente llamado en razón de que la publicación de la adenda ha sido presentada en el portal de la DNCP el 01/07/24, y es necesario tener el plazo suficiente que permita poder corroborar las característica técnicas solicitadas en las nuevas especificaciones técnicas de los materiales y poder verificar si tales productos se encuentra en el mercado, permitiendo realizar las consultas y aclaraciones de los fabricantes que permitan no incurrir en interpretaciones erróneas por parte del oferente al realizar la presentación de la oferta.
En Consideración de lo expresado en la Adenda Nº04 publicada el día 01/07/24, en la cual establece en inciso 1, Lote 2, el cambio con la incorporación del Ítem “Pintura Acrílica Base Agua” y lo establecido más debajo de la misma adenda donde expresa “ En las especificaciones Técnicas del Lote 2 se modifica el Ítem Nº01 Pintura a Base de Metil Metacrilacto Monocomponente MMA por el Item Nº01 Pintura Acrílica Base Agua – Maquina”, se solicita ampliar el Plazo de Consulta establecido para día 02/07/24 del presente llamado en razón de que la publicación de la adenda ha sido presentada en el portal de la DNCP el 01/07/24, y es necesario tener el plazo suficiente que permita poder corroborar las característica técnicas solicitadas en las nuevas especificaciones técnicas de los materiales y poder verificar si tales productos se encuentra en el mercado, permitiendo realizar las consultas y aclaraciones de los fabricantes que permitan no incurrir en interpretaciones erróneas por parte del oferente al realizar la presentación de la oferta.
Con relación a la ampliación del plazo de consulta, se mantienen los plazos establecidos.
72
Consulta Nº02: Ampliación de Plazo de Presentación
En Consideración de lo expresado en la Adenda Nº04 publicada el día 01/07/24, en la cual establece en inciso 1, Lote 2, el cambio con la incorporación del Ítem “Pintura Acrílica Base Agua” y lo establecido más debajo de la misma adenda donde expresa “ En las especificaciones Técnicas del Lote 2 se modifica el Ítem Nº01 Pintura a Base de Metil Metacrilacto Monocomponente MMA por el Item Nº01 Pintura Acrílica Base Agua – Maquina”,, se solicita ampliar el Plazo de Presentación de la oferta establecido para día 09/07/24 del presente llamado en razón de que la publicación de la adenda en el portal de la DNCP ha sido el 01/07/24, y es necesario contar con el tiempo suficiente para la cotización de los materiales del ítem nuevo incluido en la presente adenda, el cual resulta totalmente distinto al considerado en la licitación original, inclusive afectando el objeto inicial de licitación y variando necesariamente los precios, obligando a un nuevo estudio de materiales, proveedores y condiciones de aplicación.
01-07-2024
04-07-2024
Consulta Nº02: Ampliación de Plazo de Presentación
En Consideración de lo expresado en la Adenda Nº04 publicada el día 01/07/24, en la cual establece en inciso 1, Lote 2, el cambio con la incorporación del Ítem “Pintura Acrílica Base Agua” y lo establecido más debajo de la misma adenda donde expresa “ En las especificaciones Técnicas del Lote 2 se modifica el Ítem Nº01 Pintura a Base de Metil Metacrilacto Monocomponente MMA por el Item Nº01 Pintura Acrílica Base Agua – Maquina”,, se solicita ampliar el Plazo de Presentación de la oferta establecido para día 09/07/24 del presente llamado en razón de que la publicación de la adenda en el portal de la DNCP ha sido el 01/07/24, y es necesario contar con el tiempo suficiente para la cotización de los materiales del ítem nuevo incluido en la presente adenda, el cual resulta totalmente distinto al considerado en la licitación original, inclusive afectando el objeto inicial de licitación y variando necesariamente los precios, obligando a un nuevo estudio de materiales, proveedores y condiciones de aplicación.
Con relación a la ampliación del plazo de presentación, se mantienen los plazos establecidos.
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Consulta Nº03: Determinar los Tramos Nuevos de Aplicación
En Consideración de lo expresado en la Adenda Nº04 publicada el día 01/07/24, en la cual establece en inciso 2 el cambio de la incorporación del Ítem “Pintura Acrílica Base Agua” y a la modificación de las cantidades de señalización horizontal a realizar, solicitamos nos indiquen si existe variación de los tramos de aplicación, dado que se ha duplicado la cantidad prevista en la planilla original, pero no ha habido ninguna detalle o aclaración sobre tramos nuevos incorporados que justifiquen los nuevos cómputos señalados en la planilla.
01-07-2024
04-07-2024
Consulta Nº03: Determinar los Tramos Nuevos de Aplicación
En Consideración de lo expresado en la Adenda Nº04 publicada el día 01/07/24, en la cual establece en inciso 2 el cambio de la incorporación del Ítem “Pintura Acrílica Base Agua” y a la modificación de las cantidades de señalización horizontal a realizar, solicitamos nos indiquen si existe variación de los tramos de aplicación, dado que se ha duplicado la cantidad prevista en la planilla original, pero no ha habido ninguna detalle o aclaración sobre tramos nuevos incorporados que justifiquen los nuevos cómputos señalados en la planilla.
Con relación a los tramos de aplicación, se consideran los del entorno previsto.
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Consulta Nº04: Capacidad en Materia de Equipos
En Consideración de lo expresado en la Adenda Nº04 publicada el día 01/07/24, en la cual establece las condiciones de Capacidad de Materia de Equipos, donde se indica que en la condición establece que se deben contar con Equipos Mínimos (Propios o Alquilados), y en la presenta adenda se han agregado en algunos equipos particulares que equipos mínimos deben ser propios. Solicitamos que se mantenga el criterio indicado en el título, es decir que dichos equipos mínimos puedan ser “propios o alquilados”, en razón que dicho cambio condiciona la participación de mayores oferentes, dando una limitación no establecida originalmente, impidiendo obtener al comitente la oferta técnica más conveniente, y dando solo participación a determinado oferentes, si un respaldo técnico que justifique tal limitación.
En Consideración de lo expresado en la Adenda Nº04 publicada el día 01/07/24, en la cual establece las condiciones de Capacidad de Materia de Equipos, donde se indica que en la condición establece que se deben contar con Equipos Mínimos (Propios o Alquilados), y en la presenta adenda se han agregado en algunos equipos particulares que equipos mínimos deben ser propios. Solicitamos que se mantenga el criterio indicado en el título, es decir que dichos equipos mínimos puedan ser “propios o alquilados”, en razón que dicho cambio condiciona la participación de mayores oferentes, dando una limitación no establecida originalmente, impidiendo obtener al comitente la oferta técnica más conveniente, y dando solo participación a determinado oferentes, si un respaldo técnico que justifique tal limitación.
Con relación a la capacidad en materia de equipos, los mismos que requieran ser propios serán bajo las condicionantes establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Consulta Nº05: Experiencia Especifica de Obra
En Consideración de lo expresado en la Adenda Nº04 publicada el día 01/07/24, en la cual modifican las condiciones Experiencia especifica, donde se observa para el lote 1 el aumento de la experiencia en la colocación de baranda , triplicando el valor indicado inicialmente, y limitando a la ejecución en un máximo de cuatro obras, sin haber observado cambio en la cantidad de la planillas indicadas; en tanto se observa que para el caso del lote 2 , las cantidades a ejecutar se han incrementado en la adenda, duplicando las cantidades a hacer según lo establecido en las originales, pero las cantidades requeridas de experiencia especifica no sufren variación. Por tal motivo solicitamos mantener la ecuanimidad de los criterios establecidos en los requisitos iniciales, y que las cantidades establecidos en la experiencia especifica de obra según mantenga los criterios anteriores.
En Consideración de lo expresado en la Adenda Nº04 publicada el día 01/07/24, en la cual modifican las condiciones Experiencia especifica, donde se observa para el lote 1 el aumento de la experiencia en la colocación de baranda , triplicando el valor indicado inicialmente, y limitando a la ejecución en un máximo de cuatro obras, sin haber observado cambio en la cantidad de la planillas indicadas; en tanto se observa que para el caso del lote 2 , las cantidades a ejecutar se han incrementado en la adenda, duplicando las cantidades a hacer según lo establecido en las originales, pero las cantidades requeridas de experiencia especifica no sufren variación. Por tal motivo solicitamos mantener la ecuanimidad de los criterios establecidos en los requisitos iniciales, y que las cantidades establecidos en la experiencia especifica de obra según mantenga los criterios anteriores.
Con relación a la experiencia específica en obras, serán requeridas de acuerdo al PBC en relación a la Adenda 4.
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Experiencia especifica
Experiencia especifica en obras – Lote 1 y 2
En el PBC se indica que “Se deberá mostrar dichas cantidades en un máximo de 4 (cuatro) contratos”. En el caso de oferentes de consorcio, consultamos si cada integrante podría sumar 4 contratos o el consorcio debería presentar 4 contratos como máximo.
Experiencia especifica en obras – Lote 1 y 2
En el PBC se indica que “Se deberá mostrar dichas cantidades en un máximo de 4 (cuatro) contratos”. En el caso de oferentes de consorcio, consultamos si cada integrante podría sumar 4 contratos o el consorcio debería presentar 4 contratos como máximo.
Con relación a la experiencia específica de hasta cuatro contratos en obras, en casos de consorcios, serán tenidos en cuenta los contratos por integrante.