Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

    1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

 

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

1

COSTO DE PRODUCTO Y/O MANO DE OBRA

2

IMPUESTOS

3

GASTOS OPERACIONALES

4

GASTOS ADMINISTRATIVOS

5

UTILIDAD

6

PRECIO TOTAL

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. Para contribuyente de IRACIS/IRE RG
    Deberán cumplir el siguiente parámetro:
    a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
    Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2020, 2021 y 2022)
    b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
    No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años (2020, 2021 y 2022)
    c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
    El promedio de los años (2020, 2021 y 2022) no deberá ser negativo
  2. Para contribuyente de IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE
    Deberán cumplir el siguiente parámetro:
    Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
    Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2020, 2021 y 2022)
  3. Para contribuyente de IRP/IRP RSP
    Deberán cumplir el siguiente parámetro:
    Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
    Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2020, 2021 y 2022)
  4. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
    Deberán cumplir el siguiente parámetro:
    Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
    Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2020, 2021 y 2022)
    Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado, deberán presentar los documentos que se indican en los requisitos
    documentales.
    Observación: Si en alguno de los tres años, o los tres años presentados por la Empresa, su pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento.
    Esta salvedad en el PBC hace posible calcular el promedio del índice de liquidez de los 3 (tres) ejercicios analizados, debido a que se otorga un valor que puede ser promediado.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la apertura de ofertas.
b Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los tres años (2020, 2021 y 2022) para contribuyente de IRACIS/IRE RG.
c IVA General de 36 (treinta y seis) meses (2020, 2021 y 2022), para contribuyentes sólo del IVA General.
d. Formulario 106 IRPC, Formulario 501 IRE Simple de los 3 (tres) años (2020, 2021 y 2022) para contribuyentes del IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE.
e. Formulario 104 IRP, Formulario 515 IRP-RSP de los 3 (tres) años (2020, 2021 y 2022) para contribuyentes de IRP/IRP-RSP.

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Para cada uno de los Lotes:

Lote: 1 Zona Asunción y Departamento Central;

Lote 2: Zona Sur;

Lote 3: Zona Este;

Lote 4: Zona Norte;

Lote 5: Zona Centro;

  • Demostrar la experiencia en la prestación de servicio de transporte de caudales, con contratos, facturas, y/o recepciones finales u otros documentos por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto máximo establecido para cada lote de la presente licitación de los últimos 3 años. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año (Año: 2021, 2022, 2023).
  • Demostrar experiencia en la prestación de servicio de transporte aéreo de valores.
  • Haber brindado el Servicio de Transporte de Caudales en forma satisfactoria, en los últimos 3 años (Año: 2021, 2022, 2023).  

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

1. Copia de contratos, facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.

2. En caso de transporte vía aérea, de ser titular de la aeronave, el oferente deberá presentar declaración jurada de las aeronaves propias y detallar las cantidades y modelos que se utilizarán para el cumplimiento del servicio. Si la experiencia del servicio ha sido subcontratada presentar mínimo 1 (una) copia de contrato y/o factura en la que acredite el servicio contratado en el último año (2023).

3. Presentar 3 (tres) Constancias emitidas por empresas Públicas y/o Privadas en la cual ha brindado el Servicio de Transporte de Caudales, donde conste su satisfacción, en los últimos 3 años (Año: 2021, 2022, 2023). 

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

Para cada uno de los Lotes:

Capacidad técnica:

  1. Contar con permiso vigente de Tenencia de Armas.
  2. El oferente debe dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 5424/2015 y reglamentaciones correspondientes.
  3. El oferente debe estar habilitado por el órgano de aplicación y fiscalización de empresas de seguridad y afines de la Policía Nacional conforme lo estable la Ley N° 5424/2015.
  4. El oferente se compromete a presentar Póliza de Seguro o Certificado de Cobertura de Seguro dentro de los 10 días siguientes a partir de la fecha de suscripción del Contrato que ampare las siguientes coberturas:
  • Seguro contra robo de valores en tránsito y/o custodia con una cobertura igual o superior a la suma de USD 3.000.000.- (Dólares Americanos Tres Millones) por vehículo. En ningún caso, la cobertura del seguro durante el traslado de valores podrá ser inferior al monto total transportado en cada evento. -
  • Seguro de responsabilidad civil por eventuales daños a personas o cosas de terceros: hasta un monto equivalente de G. 220.000.000.- por camión.
  • Seguro de fidelidad de empleados: hasta un monto equivalente a G. 200.000.000.- por persona.
  • Seguro para valores en vuelo nacionales en tránsito y/o custodia con una cobertura igual o superior a la suma de U$D 3.000.000 (dólares americanos tres millones) por avión.
  • Seguro de la responsabilidad en caso de pérdida o sustracción de cheques: por un monto de hasta USD 15.000 (Dólares Americanos Quince Mil) para casos de sustracción y/o perdida de cheques o títulos de crédito, debiendo la póliza cubrir los gastos de reconstrucción de dichos documentos. La cobertura deberá ser extendida por viaje y por acontecimiento.
  • La Póliza de Seguro o Certificado de Cobertura de Seguro deberá contener expresamente las coberturas antes descriptas o ser superior al importe requerido en cada lote.

 

Para el Lote: 1 Zona Asunción y Departamento Central;

  • Seguro contra robo de dinero en caja fuerte o tesoro de la empresa adjudicada, igual o superior a la suma de U$D 25.000.000 (dólares americanos veinticinco millones). Durante la ejecución contractual, el Banco se reserva el derecho de solicitar la ampliación de la cobertura en caso de necesidad.

 

Para los Lote 2: Zona Sur; Lote 3: Zona Este; Lote 4: Zona Norte y Lote 5: Zona Centro;

  • Seguro contra robo de dinero en caja fuerte o tesoro de la empresa adjudicada, igual o superior a la suma de U$D 15.000.000 (dólares americanos quince millones). Durante la ejecución contractual, el Banco se reserva el derecho de solicitar la ampliación de la cobertura en caso de necesidad.

Aclaración:

 El seguro contra robo en caja fuerte o tesoro de la empresa adjudicada es una póliza genérica (no exclusiva para el BNF) y será contratado por la empresa oferente una sola vez sobre el monto máximo de la póliza requerida para cada lote adjudicado y por el tiempo que dure el contrato.

 

Para cada uno de los lotes:

Capacidad en materia de personal

  1. El oferente debe contar con personal debidamente calificado para ejecutar y coordinar los servicios, medios de transporte y cobertura de seguros, conforme a lo requerido en las Especificaciones Técnicas.
  2. En cada vehículo blindado el oferente dispondrá como mínimo de una dotación de 3 (tres) funcionarios: 1 (un) chofer y 2 (dos) funcionarios responsables de los valores transportados.
  3. Aprobación de curso básico de formación de vigilantes privados, conforme establece la Ley N° 5424/15 (Articulo N° 17)
  4. Conformidad en la prestación del Servicio de los personales asignados en las empresas donde realizaron trabajos como vigilantes o porta valor.

 

Infraestructura

  • Para los Lote: 1 Zona Asunción y Departamento Central y Lote 5: Zona Centro;

Contar con la cantidad mínima de 8 (ocho) vehículos blindados para cada lote, debidamente habilitados por el Órgano competente que serán utilizados para garantizar el cumplimiento de los servicios contratados.

 

  • Para los Lote 2: Zona Sur; Lote 3: Zona Este; Lote 4: Zona Norte;

Contar con la cantidad mínima de 4 (cuatro) vehículos blindados para cada lote, debidamente habilitados por el Órgano competente que serán utilizados para garantizar el cumplimiento de los servicios contratados.

 

Para todos los Lotes:

  1. El oferente debe disponer de bases con bóveda operativas propias o subarrendadas, ubicada en la ciudad dentro de la zona geográfica del lote a ser adjudicado.

Lote: 1 Zona Asunción y Departamento Central;

Lote 2: Zona Sur;

Lote 3: Zona Este;

Lote 4: Zona Norte;

Lote 5: Zona Centro;

 

Observación sobre bases con bóveda:

  • Este requerimiento surge por la operativa del Banco, en razón de disponer de Sucursales del BNF ubicadas estratégicamente en cada zona geográfica de los lotes a ser adjudicados, realizando la función de Centros de Distribución.
  • Disponiendo de base con bóveda operativa se podrá realizar el Atesoramiento y posibilitará cubrir el traslado de valores desde un punto a otro, favoreciendo la operativa de la institución atendiendo que los vehículos blindados estarán en la base de la zona geográfica del lote adjudicado.
  • Al cumplir con el requisito se podrá llegar en tiempo y forma para el suministro y asistencia técnica de los cajeros automáticos ubicados dentro de la zona geográfica del lote a ser adjudicado, con lo cual se evitará reclamos de tarjetahabientes y una mala imagen reputacional del Banco cuando los ATM´s quedan sin operar.

 

Observación: El BNF en cualquier etapa de la evaluación a través de su Comité de Evaluación en conjunto con la Gerencia Departamental de Tesorería, podrá realizar visitas para la verificación del cumplimiento de todas las condiciones establecidas en las especificaciones técnicas, para el efecto se labrará acta de todo lo constatado.

Todo oferente que no cumpla con las condiciones establecidas en esta convocatoria será descalificada exponiendo en el Informe de Evaluación las razones.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Capacidad técnica:

Para todos los Lotes:

1. Presentar Permiso vigente de Tenencia de Armas, expedido por la Dirección de Material Bélico dependiente del Ministerio de Defensa Nacional.

2. Declaración Jurada donde conste que la empresa oferente da cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 5424/2015 y reglamentaciones correspondientes.

3. Presentar habilitación del órgano de aplicación y fiscalización de empresas de seguridad y afines de la Policía Nacional conforme lo estable la Ley N° 5424/2015.

4. Declaración Jurada en donde el oferente se compromete a presentar Póliza de Seguro o Certificado de Cobertura de Seguro dentro de los 10 días siguientes a partir de la fecha de suscripción del Contrato que ampare las siguientes coberturas:

  • Seguro contra robo de valores en tránsito y/o custodia con una cobertura igual o superior a la suma de USD 3.000.000.- (Dólares Americanos tres millones) por vehículo. En ningún caso la cobertura del seguro durante el traslado de valores podrá ser inferior al monto total transportado en cada evento.
  • Seguro de responsabilidad civil por eventuales daños a personas o cosas de terceros: hasta un monto equivalente de G. 220.000.000.- por camión.
  • Seguro de fidelidad de empleados: hasta un monto equivalente de G. 200.000.000.- por persona.
  • Seguro para valores en vuelo nacionales en tránsito y/o custodia con una cobertura igual o superior a la suma de U$D 3.000.000 (dólares americanos tres millones) por avión.
  • Seguro de la responsabilidad en caso de pérdida o sustracción de cheques: por un monto de hasta USD 15.000 (Dólares Americanos Quince Mil) para casos de sustracción y/o perdida de cheques o títulos de crédito, debiendo la póliza cubrir los gastos de reconstrucción de dichos documentos. La cobertura deberá ser extendida por viaje y por acontecimiento.
  • La Póliza de Seguro o Certificado de Cobertura de Seguro deberá contener expresamente las coberturas antes descriptas o ser superior al importe requerido en cada lote. 

 

 

Lote: 1 Zona Asunción y Departamento Central;

  • Seguro contra robo de dinero en caja fuerte o tesoro de la empresa adjudicada, igual o superior a la suma de U$D 25.000.000 (dólares americanos veinticinco millones). Durante la ejecución contractual, el Banco se reserva el derecho de solicitar la ampliación de la cobertura en caso de necesidad.

 

Para los Lote 2: Zona Sur; Lote 3: Zona Este; Lote 4: Zona Norte y Lote 5: Zona Centro;

  • Seguro contra robo de dinero en caja fuerte o tesoro de la empresa adjudicada, igual o superior a la suma de U$D 15.000.000 (dólares americanos quince millones). Durante la ejecución contractual, el Banco se reserva el derecho de solicitar la ampliación de la cobertura en caso de necesidad.

 

Aclaración:

 El seguro contra robo en caja fuerte o tesoro de la empresa adjudicada es una póliza genérica (no exclusiva para el BNF) y será contratado por la empresa oferente una sola vez sobre el monto máximo de la póliza requerida para cada lote adjudicado y por el tiempo que dure el contrato.

 

Capacidad en materia de personal

Para todos los Lotes:

  1. Declaración Jurada en la que manifieste que cuenta con personal debidamente calificado para ejecutar y coordinar los servicios, medios de transporte y cobertura de seguros, conforme a lo requerido en las Especificaciones Técnicas.
  2. Declaración Jurada en la que manifieste que en cada vehículo blindado dispondrá como mínimo de una dotación de 3 (tres) funcionarios: 1 (un) chofer y 2 (dos) funcionarios responsables de los valores transportados.
  3. Presentar certificado de aprobación de curso básico de formación de vigilantes privados, conforme establece la Ley N° 5424/15 (Articulo N° 17)
  4. Presentar Certificación de Conformidad en la prestación del Servicio de los personales asignados en las empresas donde realizaron trabajos como vigilantes o porta valor.

 

Infraestructura

Para los Lote: 1 Zona Asunción y Departamento Central y Lote 5: Zona Centro;

Declaración Jurada en la que manifieste contar con la cantidad mínima de 8 (ocho) vehículos blindados para cada lote, debidamente habilitados, por el Órgano competente que serán utilizados para garantizar el cumplimiento de los servicios contratados; así mismo, deberá detallar los vehículos disponibles para el efecto (marca, modelo, año).

 

Para los Lote 2: Zona Sur; Lote 3: Zona Este; Lote 4: Zona Norte;

Declaración Jurada en la que manifieste contar con la cantidad mínima de 4 (cuatro) vehículos blindados para cada lote, debidamente habilitados, por el Órgano competente que serán utilizados para garantizar el cumplimiento de los servicios contratados; así mismo, deberá detallar los vehículos disponibles para el efecto (marca, modelo, año).

 

Para todos los Lotes:

  1. Copia autenticada de cédula del automotor por la que se pueda acreditar que el oferente es propietario de los móviles habilitados por la Policía Nacional.
  2. Copia autenticada de Resolución de habilitación y/o certificado de renovación vigente de la flota de móviles habilitados por la Policía Nacional conforme a la Ley Nro. 5424/2015 Art 50.
  3. En caso de transporte vía aérea, de ser titular de la aeronave, el oferente deberá detallar las cantidades, modelos de aeronaves que se utilizarán para el cumplimiento del servicio. Sin embargo, no se requerirá que el oferente posea transporte propio para el servicio vía aérea, pudiendo las mismas ser fletadas por el oferente, siempre y cuando se encuentre debidamente habilitado por el Órgano competente y en cumplimiento con las especificaciones técnicas requeridas para la prestación del servicio. Si la experiencia del servicio ha sido subcontratada presentar mínimo 1 (una) copia de contrato y/o factura en la que acredite el servicio contratado en el último año (2023).
  4. Declaración Jurada en la que manifieste que los vehículos cuentan con blindaje de conformidad a la Ley 5424/15, a fin de ofrecer una seguridad razonable del fiel cumplimiento de los servicios a ser contratados, la oferta será descalificada si no cumple con este requisito.
  5. Declaración Jurada de que el oferente disponga bases con bóveda operativas propias o subarrendadas, ubicada en la ciudad dentro de la zona geográfica del lote a ser adjudicado.

Lote: 1 Zona Asunción y Departamento Central;

Lote 2: Zona Sur;

Lote 3: Zona Este;

Lote 4: Zona Norte;

Lote 5: Zona Centro

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

No Aplica.

 

Observación: El Margen de Preferencia Local - NO APLICA considerando que el Banco Nacional de Fomento tiene su domicilio en la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, la cual no pertenece a ningún Departamento según el Art. 157 de la Constitución Nacional, por ende el presupuesto o la condición prevista en el Art. 64 del Decreto, en los llamados que realice el Banco Nacional de Fomento no se presenta en ningún caso. Para tal efecto mencionamos las Resoluciones DNCP 306/2021 y 511/2021, para lo que hubiera lugar

 

Para los oferentes consorciados:

  1. CAPACIDAD FINANCIERA

Los índices financieros deberán ser cumplidos el 100% por cada uno de los integrantes.

  1. EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA

Todas las partes combinadas deberán cumplir con el 100% de los requisitos solicitados.

  1. CALIFICACIÓN LEGAL

El socio líder y cada socio deberá cumplir con el 100% de lo exigido

 

OTROS DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO:

  • De conformidad al Art. 33 de la Resolución N° 70 de la SEPRELAD, el oferente adjudicado deberá proveer los datos y documentos respaldatorios solicitado en la misma.

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.