Consulta:
Con respecto a los documentos requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección Capacidad técnica, el inciso g pide Copia autenticada de habilitación de la casa de optica o laboratorio Optico por el MSP y BS, y el inciso i Habilitación de la Dirección de Establecimientos de Salud, Afines y Tecnología Sanitaria, dependiente del MSP y BS, denominado Certificado de Registro y Habilitación. Favor aclarar, debido a que hay un único documento que habilita a las casas de Óptica, el cual es el CERTIFICADO DE REGISTRO Y HABILITACIÓN.
En el inciso K solicita en plantel profesional Lic. en Óptica y Contactología, el cual dar también la opción de que sea Técnico en Óptica, ya que son también profesionales debidamente habilitados por el MSP y BS para regir las casas de óptica, según el Decreto N° 12714/1992 el cual reglamenta el ejercicio de la profesión de Óptico.