Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Metodo de Evaluación

Basado únicamente en precio

Análisis de precios ofertados

La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

    1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

 

Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

Para el desglose de composición de los precios ofertados, se tomará en cuenta los siguientes parámetros: Utilidad, Impuestos, Mano de Obra, Materiales y Gastos administrativos.

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.

        1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.

En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) 

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”,   de conformidad con el formulario estándar  - Sección Formularios (**)
        2.  Documentos legales .Oferentes.

8.1. Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  2. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (*)
  3. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  1.  

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

 

 

En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:Para Lote 1 y Lote 2

A) para contribuyente de IRACIS.

Deberán cumplir con el siguiente parámetro:

a.    Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los [3 (tres)] últimos años de ejercicios cerrados. (2020-2021-2022)

b.    Endeudamiento: pasivo total / activo total

No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los [3 (tres) últimos años de ejercicios cerrados. (2020-2021-2022)

c.    Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.

El promedio en los en los [3 (tres)] últimos años], no deberá ser negativo de ejercicios cerrados. (2020-2021-2022)

b) para contribuyentes de IRPC

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020-2021-2022)

c) para contribuyentes de IRP

Deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (2020-2021-2022)

d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General

Deberá cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).

Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales (2020-2021-2022)

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

 

  1. Certificado de Cumplimiento Tributario.
  1. Balance General y Cuadro de Resultados de los ejercicios fiscales (2020-2021-2022)
  1. Fotocopia simple de la cédula tributaria, de la constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC y de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la Sociedad.
  1. Formulario 106 de los años  (2020- 2021-2022)para contribuyentes del IRPC
  1. Formulario 104 de los años  (2020-2021-2022)contribuyentes del IRP
  1. Formulario 120 de los años  (2020-2021-2022)contribuyentes del IVA

 

En caso de Consorcios en todas las evidencias documentadas presentadas se deberán indicar en la oferta cuál es el Líder del Consorcio quien deberá cumplir con al menos el 60% de los criterios de calificación y el 40% restante lo cumplirán él o los demás integrantes del Consorcio. Todos los integrantes del Consorcio deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales, de seguridad social y las específicas para el cumplimiento de los servicios solicitados

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

- Demostrar la experiencia en Venta de sistemas de comprobación técnica del espectro radioeléctrico y/o sistema de medición de espectro radioeléctrico con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3 últimos  años. (2021, 2022 y 2023) Se considerará la sumatorio total de los años solicitados en base a copias de contratos ejecutados y/o certificados y/o actas de recepción definitivas, tanto a empresas públicas como privadas 

 - La empresa debe demostrar experiencia comprobable de haber trabajado previamente en la instalación y puesta en operación correcta y exitosa de sistemas de comprobación técnica del espectro radioeléctrico, o de sistemas de medición del espectro radioeléctrico, en los últimos tres (3) años

 

- La Empresa oferente deberá contar con una antigüedad mínima de 3 años en el mercado.-

 

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

 

El Oferente deberá poseer venta de sistemas de comprobación técnica del espectro radioeléctrico y/o de sistemas de medición del espectro radioeléctrico, y/o de sistemas de medición de calidad de servicio del servicio de telefonía móvil, por un volumen mínimo de 50% del monto total de la oferta, en los 3 (tres) últimos años (se considerará la sumatoria total de los tres últimos años 2021, 2022 y 2023; en base a las copias de contratos ejecutados y/o certificados y/o actas de recepción definitivas, tanto a empresas públicas como privadas

Copias de contratos ejecutados y/o certificados y/o actas de recepción definitivas, tanto a empresas públicas como privadas, Se solicita la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado y/o acta de recepción definitiva

Constancia de RUC emitida por la SET.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

 

LOTE 1:

    1. La Oferente deberá presentar en su oferta la acreditación del fabricante que respalde la experiencia y capacidad del Oferente para proveer los bienes y servicios exigidos, así como la autorización del fabricante para presentarse en el presente PBC
    2. La Oferente deberá presentar en su oferta el diseño técnico de todo el sistema: equipos de monitoreo, componentes y los sistemas de comunicación con las capacidades necesarias para asegurar la conexión entre la estación y el Sistema de la CONATEL.

1.3. La Oferente deberá proveer las especificaciones técnicas de cada uno de los equipos ofertados con el propósito de comprobar si se encuentran dentro de los rangos establecidos en las especificaciones técnicas del presente PBC. 

 1.4 La Oferente deberá presentar en su oferta la propuesta de su plantel técnico, con una antigüedad mínima de dos (2) años en dicha empresa, compuesto por lo menos de dos (2) ingenieros en electrónica o en telecomunicaciones, con conocimientos de funcionamiento y configuración de los equipos y softwares ofertados, con las debidas capacitaciones certificadas por el fabricante.

En el caso de que la Oferente presente una propuesta con equipos de marca distinta a Rohde & Schwarz, deberá incorporar adicionalmente a  su plantel técnico un (1) Ingeniero en electrónica o en telecomunicaciones que permanecerá vinculado a la empresa oferente hasta la fecha de recepción definitiva del contrato, que cuente con la experiencia verificable de haber trabajado previamente en la integración satisfactoria de los equipos ofertados (en Software y Hardware) a un sistema de monitoreo con equipos de marca Rohde & Schwarz de las mismas características a los que componen el Sistema de la CONATEL, con idéntica funcionalidad  y con las mismas funcionalidades del Software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL (R&S®ARGUS 6.1), que se encuentren operando como mínimo desde los últimos tres (3) años, con la debida certificación del organismo regulador que administra dicho Sistema de Monitoreo.

Todos estos profesionales deben contar con las debidas capacitaciones certificadas por el fabricante adjuntando cada uno en sus respectivos currículos las copias de los correspondientes certificados expedidos por la firma fabricante de la capacitación que hayan recibido específicamente de los equipos y softwares ofertados. Además, deberán residir en Paraguay hasta la fecha de recepción definitiva del contrato y hablar fluidamente el idioma español (idioma nativo o deberá presentar certificación de cursos en español).

1.5    La Oferente deberá presentar constancia de un (1) organismo organismo nacional o internacional (preferentemente de un ente encargado de la regulación de las telecomunicaciones en un país o región),  al cual proveyó de una o varias Estaciones Fijas de Monitoreo de la marca Rohde & Schwarz, con las mismas especificaciones técnicas solicitadas en el presente PBC y que se hayan integrado  satisfactoriamente a un sistema con las mismas funcionalidades del actual Sistema de Control y Monitoreo del Espectro Radioeléctrico de la CONATEL y con idéntica funcionalidad del Software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL (R&S®ARGUS 6.1) y que se encuentre operativa desde su integración como mínimo tres (3) años antes de la presentación del presente PBC.

 

  1. Las propuestas de oferentes con equipos de fabricantes distintos a Rohde & Schwarz, deberán presentar con su oferta los siguientes documentos:

 

2.1    Constancia  de  al menos  un  (1)  organismo nacional o internacional (preferentemente de un ente encargado de la regulación de las telecomunicaciones en un país o región),  certificando  la  correcta  y  exitosa integración de los equipos ofertados a un sistema de monitoreo con equipos de marca Rohde & Schwarz que posee las mismas funcionalidades del actual Sistema de Control y Monitoreo del Espectro Radioeléctrico de la CONATEL y con las mismas funcionalidades del Software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL (R&S®ARGUS 6.1), que se encuentre operativa desde su integración como mínimo tres (3) años antes de la presentación del presente llamado. Para el efecto la Oferente deberá presentar una Constancia en idioma español o traducido al español por un organismo certificado expedido por el ente administrador de dicho sistema indicando: Nombre del ente que administra el Sistema, dirección, Ciudad, País, nombre del responsable, Número de teléfono y correo electrónico para contacto, la marca y el modelo de los equipos del sistema implementado, los cuales deben ser los mismos que los ofertados, y las características del Sistema de la marca Rohde & Schwarz a los que se integraron los equipos y el periodo de tiempo que se encuentra operando dicho sistema integrado.

 

2.2    Autorización del ente regulador que emitió la constancia indicada en el apartado 2.1 para que el personal que designe la Convocante realice una verificación de sus instalaciones con el objetivo de comprobar la funcionalidad y operatividad de la integración de los equipos ofertados a su Sistema de Monitoreo de la marca Rohde & Schwarz con el ambiente del software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL.

 

2.3    Documentaciones que contengan una descripción detallada de los procedimientos que deberán realizarse para la integración de los equipos ofertados al Sistema de Monitoreo de la CONATEL, así como las necesidades requeridas para realizar la completa integración.

 

2.4    Manuales con los procedimientos de operación y gestión de los equipos ofertados. Proveer el listado de fallos o errores que pueden sufrir los equipos ofertados, los diagnósticos locales y a distancia que pueden realizarse para la detección de dichos fallos, los requisitos de mantenimiento y calibración exigidos por el fabricante y los costos de reparación, mantenimiento y calibración de dichos equipos.

LOTE 2:

 

3.1    La Oferente deberá presentar en su oferta la acreditación del fabricante Rohde & Schwarz que respalde la experiencia y capacidad de la oferente para realizar las tareas exigidas para el presente LOTE, así como la autorización de dicho fabricante para presentarse en el presente llamado.

3.2    La Oferente deberá presentar en su oferta la propuesta de su plantel técnico, con una antigüedad mínima de dos (2) años en dicha empresa, compuesto por lo menos de dos (2) ingenieros en electrónica o en telecomunicaciones, con conocimientos de funcionamiento y configuración de los equipos y softwares ofertados, con las debidas capacitaciones certificadas

 

Todos estos profesionales deben contar con las debidas capacitaciones certificadas por el fabricante adjuntando cada uno en sus respectivos currículos las copias de los correspondientes certificados expedidos por la firma fabricante de la capacitación que hayan recibido específicamente de los equipos y softwares ofertados. Además, deberán residir en Paraguay hasta la fecha de recepción definitiva del contrato y hablar fluidamente el idioma español (idioma nativo o deberá presentar certificación de cursos en español). Si la Oferente presentó oferta para el Lote 1, no es necesario duplicar la documentación referida a este ítem.

 

3.3    La Oferente deberá presentar documentos que demuestren haber proveído a uno o varios organismos (preferentemente que se trate de entidades encargadas de la regulación de las telecomunicaciones en un país o región) los trabajos de mantenimiento o de reparación de equipos de la marca Rohde & Schwarz, específicamente de equipo UMS300 o de caracteristicas similares a las Estaciones Fijas de Monitoreo que conforman el Sistema de Monitoreo de la CONATEL en los últimos 3 años, o de haber integrado de forma satisfactoria una o varias Estaciones Fijas de Monitoreo de la marca Rohde & Schwarz a un Sistema de Monitoreo igual al de la CONATEL.-

 

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

CAPACIDAD TÉCNICA. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA LOTE 1

  1. Acreditación y autorización emitida por el fabricante, que facultan y habilitan al oferente para ofertar el sistema de monitoreo segun las especificaciones tecnicas del presente PBC.
  1. La Oferente deberá presentar  en  su  oferta  el  diseño  técnico de cada una de las Estaciones Fijas de Monitoreo y sus conexiones con el Sistema de Monitoreo de la CONATEL,  incluyendo la información de los requisitos mínimos de los sistemas de comunicación para asegurar la conexión entre las nuevas Estaciones de Monitoreo y el Sistema existente.
  1. Proveer las especificaciones técnicas de cada uno de los equipos que conforman las nuevas estaciones de monitoreo
  2. Currículo de cada personal del plantel técnico propuesto por la Oferente. El currículo deberá contar con los títulos de los estudios terciarios, información de la nacionalidad, el idioma nativo (en caso de ser de nacionalidad extranjera y no tener el español de lengua materna, proveer evidencias que demuestren que habla y escribe en español), lugar de residencia, periodo de tiempo que se encuentra trabajando en la empresa de la Oferente, certificados del fabricante que avalen las capacitaciones en la operación y funcionamiento de los equipos ofertados.
  3. Constancia de un (1) organismo organismo nacional o internacional (preferentemente de un ente encargado de la regulación de las telecomunicaciones en un país o región) de haber proveído una o varias Estaciones Fijas de Monitoreo de la marca Rohde & Schwarz, con las mismas especificaciones técnicas solicitadas en el presente PBC y que se hayan integrado  satisfactoriamente a un sistema con las mismas funcionalidades del actual Sistema de Control y Monitoreo del Espectro Radioeléctrico de la CONATEL

 

  1. Las propuestas de oferentes con equipos de fabricantes distintos a Rohde & Schwarz, deberán presentar con su oferta los siguientes documentos:
    1. Certificado expedido por un organismo administrador en el cual dan fe de la satisfactoria integración de los equipos ofertados a un sistema de monitoreo con equipos de marca Rohde & Schwarz iguales a los que componen el actual Sistema de Control y Monitoreo del Espectro Radioeléctrico de CONATEL y con todas las funcionalidades del Software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL (R&S®ARGUS 6.1) El certificado deberá contener: Nombre del Organismo que administra el Sistema, dirección, Ciudad, País, nombre del responsable, Número de teléfono y correo electrónico para contacto, la marca y el modelo de los equipos del sistema implementado, los cuales deben ser los mismos que los ofertados,  las características del Sistema de la marca Rohde & Schwarz a los que se integraron los equipos, fecha de culminación de los trabajos de integración del sistema y su puesta en funcionamiento

 

    1. Autorización del organismo regulador que emitió el certificado para que el personal designado por la Convocante realice una verificación del Sistema de Monitoreo perteneciente al organismo regulador con el objetivo de comprobar la funcionalidad y operatividad de la integración

 

Currículo de 1 (un) Ingeniero que haya trabajado previamente en la integración satisfactoria de los equipos ofertados (en Software y Hardware) a un sistema de monitoreo con equipos de marca Rohde & Schwarz de las mismas características a los que componen el Sistema de la CONATEL. El currículo deberá incluir: títulos de estudios terciarios, información de la nacionalidad, el idioma nativo (en caso de ser de nacionalidad extranjera y no tener el español de lengua materna, proveer evidencias que demuestren que habla y escribe en español), lugar de residencia, certificados del fabricante que avalen las capacitaciones realizadas por el personal en la operación y funcionamiento de los equipos ofertados; certificación del organismo regulador para da fe que el personal trabajó en la integración de los equipos ofertados con el Sistema de Monitoreo del citado organismo regulador con las mismas funcionalidades del Software de monitoreo con el que cuenta la CONATEL (R&S®ARGUS 6.1), que se encuentren operando como mínimo desde los últimos tres (3) años.

 

    1. Presentar una descripción detallada de los procedimientos para la integración de las estaciones ofertadas al Sistema de Monitoreo de la CONATEL, así como las necesidades requeridas para realizar la completa integración.
    2. Manuales con los procedimientos de operación y gestión de los equipos ofertados. Proveer el listado de fallos que pueden sufrir los equipos ofertados, los diagnósticos locales y a distancia que pueden realizarse para la detección de dichos fallos, los requisitos de mantenimiento y calibración exigidas por el fabricante y los costos de reparación, mantenimiento y calibración de dichos equipos

 

 

CAPACIDAD TÉCNICA. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA LOTE 2

  1. Acreditación del fabricante Rohde & Schwarz que respalde las capacidades y las habilitaciones de la oferente para realizar las tareas exigidas en el presente LOTE.
  1. Currículo de cada personal del plantel técnico propuesto por la Oferente. El currículo deberá contar con los títulos de los estudios terciarios, información de la nacionalidad, el idioma nativo (en caso de ser de nacionalidad extranjera y no tener el español de lengua materna, proveer evidencias que demuestren que habla y escribe en español), lugar de residencia, periodo de tiempo que se encuentra trabajando en la empresa de la Oferente, certificados del fabricante que avalen las capacitaciones en la operación y funcionamiento de los equipos ofertados. Si la Oferente presenta oferta para el Lote 1, no es necesario duplicar la documentación referida a este ítem.
  1. Documentaciones que evidencien haber suministrado a uno o varios organismos el sopoerte de mantenimiento o de reparación de equipos de la marca Rohde & Schwarz, específicamente de equipo UMS300 que conforman el Sistema de Monitoreo de  la CONATEL  en los últimos 3 años, o de haber integrado de forma satisfactoria una o varias Estaciones Fijas de Monitoreo de la marca Rohde & Schwarz a un sistema de Monitoreo similar al de la CONATEL.-

 

Para corroborar la información proporcionada por los Oferentes, la Convocante podrá contactar con las empresas fabricantes, así como con los organismos que considere necesario.

De comprobarse cualquier falsedad o error en los datos suministrados por cualquiera de los Oferentes de los LOTES 1 y 2, la Convocante procederá a descalificar a dicho Oferente de este proceso por la presentación de información y documentación de contenido falso, independientemente de las acciones ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y ante la justicia ordinaria que la Oferente pudiera emprender.

 

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

Para corroborar la información proporcionada por los Oferentes, la Convocante podrá contactar con las empresas fabricantes, así como con los organismos que considere necesario

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:

a)            Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.

b)           Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.

c)            En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.

Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.

En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.