Me dirijo a ustedes en relación con el requisito estipulado referente a la cantidad de Técnicos en Refrigeración con Certificación en la Norma Laboral PNA 49001 11, última Versión, oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN). Amablemente, solicitamos puedan ser aceptadas empresas que cuenten con 2 (dos) técnicos certificados con la mencionada norma, atendiendo que ya se contará con un ingeniero, lo cual consideramos suficiente junto a dos técnicos con la certificación correspondiente.
Me dirijo a ustedes en relación con el requisito estipulado referente a la cantidad de Técnicos en Refrigeración con Certificación en la Norma Laboral PNA 49001 11, última Versión, oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN). Amablemente, solicitamos puedan ser aceptadas empresas que cuenten con 2 (dos) técnicos certificados con la mencionada norma, atendiendo que ya se contará con un ingeniero, lo cual consideramos suficiente junto a dos técnicos con la certificación correspondiente.
Me dirijo a ustedes en relación con el requisito estipulado referente a la necesidad de contar con un ingeniero electromecánico. Solicitamos amablemente que puedan ser aceptadas las empresas que cuenten con un ingeniero eléctrico, dado que este profesional opera en la misma rama y posee el conocimiento técnico equivalente
Me dirijo a ustedes en relación con el requisito estipulado referente a la necesidad de contar con un ingeniero electromecánico. Solicitamos amablemente que puedan ser aceptadas las empresas que cuenten con un ingeniero eléctrico, dado que este profesional opera en la misma rama y posee el conocimiento técnico equivalente
Buenas tardes, solicitamos amablemente la aclaración de la manera de llenado, referente a la planilla de precios, específicamente el apartado "características" donde solicita la descripción de procedencia.
Buenas tardes, solicitamos amablemente la aclaración de la manera de llenado, referente a la planilla de precios, específicamente el apartado "características" donde solicita la descripción de procedencia.
La Convocante aclara que la misma no requiere ser llenada por tratarse de la prestación de un servicio.
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Reconversión de Equipos de Refrigeración y A.A a Hidrocarburos
Se pide a la convocante tenga a bien desconsiderar el requisito establecido en capacidad técnica de que el personal deberá contar con el curso de: Reconversión de Equipos de Refrigeración y A.A a Hidrocarburos. Lo cual no aplica al caso del llamado. Ya que el llamado es para el mantenimiento y reparación de equipos existentes manteniendo sus características y funcionamiento originales.
06-06-2024
24-06-2024
Reconversión de Equipos de Refrigeración y A.A a Hidrocarburos
Se pide a la convocante tenga a bien desconsiderar el requisito establecido en capacidad técnica de que el personal deberá contar con el curso de: Reconversión de Equipos de Refrigeración y A.A a Hidrocarburos. Lo cual no aplica al caso del llamado. Ya que el llamado es para el mantenimiento y reparación de equipos existentes manteniendo sus características y funcionamiento originales.
Empleados Requeridos como mínimo: 1 Ingeniero y/o Electromecánico, 3 Técnicos
Empleados Requeridos como mínimo: 1 Ingeniero y/o Electromecánico, 3 Técnicos en refrigeración. El oferente deberá contar con el personal operativo necesario para el cumplimiento en la prestación de los servicios licitados, y deberá contener listado de al menos 3 (tres) Técnicos en Refrigeración con Certificación en la Norma Laboral PNA 49001 11, última Versión que fuera oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) y además un curso de Reconversión de Equipos de Refrigeración y A.A a Hidrocarburos. A mi parecer ya es mucho lo que pide a un llamado,solicitamos a la convocante bajar la dimensión para dar oportunidades a las pequeñas y medianas empresas y como las MIPYMES base Art. 35 inc. C Art. de la ley 7021/2022 y del art. 4 inc. c de la ley 7021/2022
07-06-2024
24-06-2024
Empleados Requeridos como mínimo: 1 Ingeniero y/o Electromecánico, 3 Técnicos
Empleados Requeridos como mínimo: 1 Ingeniero y/o Electromecánico, 3 Técnicos en refrigeración. El oferente deberá contar con el personal operativo necesario para el cumplimiento en la prestación de los servicios licitados, y deberá contener listado de al menos 3 (tres) Técnicos en Refrigeración con Certificación en la Norma Laboral PNA 49001 11, última Versión que fuera oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) y además un curso de Reconversión de Equipos de Refrigeración y A.A a Hidrocarburos. A mi parecer ya es mucho lo que pide a un llamado,solicitamos a la convocante bajar la dimensión para dar oportunidades a las pequeñas y medianas empresas y como las MIPYMES base Art. 35 inc. C Art. de la ley 7021/2022 y del art. 4 inc. c de la ley 7021/2022
La consulta va dirigida en relación con la disposición que establece la necesidad de contar con un listado de al menos 3 (tres) Técnicos en Refrigeración con Certificación en la Norma Laboral PNA 49001 11, última versión, oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) y además un curso de Reconversión de Equipos de Refrigeración y A.A a Hidrocarburos.
Amablemente, solicitamos que se acepte a empresas que cuenten con un mínimo de 2 (dos) técnicos certificados en la Norma Laboral PNA 49001 11, última versión, atendiendo que contarán con la supervisión de un ingeniero. Consideramos que la combinación de un ingeniero y 2 técnicos certificados será suficiente para la magnitud del llamado.
Adicionalmente, solicitamos que se deje sin efecto el requisito del curso de reconversión de equipos de refrigeración y AA a Hidrocarburos, ya que el costo de estos trabajos incrementaría significativamente, superando en más del 40% los costos por mantenimiento, límite establecido por el área de patrimonio, lo cual representaría un mayor costo para la convocante. Además implica salir del rubro 243 y pasar al rubro 500, saliendo así del rubro del contrato.
La consulta va dirigida en relación con la disposición que establece la necesidad de contar con un listado de al menos 3 (tres) Técnicos en Refrigeración con Certificación en la Norma Laboral PNA 49001 11, última versión, oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) y además un curso de Reconversión de Equipos de Refrigeración y A.A a Hidrocarburos.
Amablemente, solicitamos que se acepte a empresas que cuenten con un mínimo de 2 (dos) técnicos certificados en la Norma Laboral PNA 49001 11, última versión, atendiendo que contarán con la supervisión de un ingeniero. Consideramos que la combinación de un ingeniero y 2 técnicos certificados será suficiente para la magnitud del llamado.
Adicionalmente, solicitamos que se deje sin efecto el requisito del curso de reconversión de equipos de refrigeración y AA a Hidrocarburos, ya que el costo de estos trabajos incrementaría significativamente, superando en más del 40% los costos por mantenimiento, límite establecido por el área de patrimonio, lo cual representaría un mayor costo para la convocante. Además implica salir del rubro 243 y pasar al rubro 500, saliendo así del rubro del contrato.
Donde dice:
"Demostrar la experiencia en Servicio de Mantenimiento y Reparación de Acondicionadores de Aire, con contratos y/o facturaciones de
venta de servicios, por un monto equivalente al 30 % como mínimo del monto máximo del presente llamado, de los últimos 3 (tres) años 2021, 2022 y 2023. Cada año deberá ser acreditado", consulto amablemente a que se refiere con la acreditación?, podría ser acreditación por medio de facturas o copias de contratos?
Donde dice:
"Demostrar la experiencia en Servicio de Mantenimiento y Reparación de Acondicionadores de Aire, con contratos y/o facturaciones de
venta de servicios, por un monto equivalente al 30 % como mínimo del monto máximo del presente llamado, de los últimos 3 (tres) años 2021, 2022 y 2023. Cada año deberá ser acreditado", consulto amablemente a que se refiere con la acreditación?, podría ser acreditación por medio de facturas o copias de contratos?
Se aclara que, la acreditación refiere a la necesidad de demostrar la experiencia mediante la presentación de facturas o contratos de cada año solicitado en el PBC.
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Empleados Requeridos como mínimo: 1 Ingeniero y/o Electromecánico, 3 Técnicos
Empleados Requeridos como mínimo: 1 Ingeniero y/o Electromecánico, 3 Técnicos en refrigeración. El oferente deberá contar con el personal operativo necesario para el cumplimiento en la prestación de los servicios licitados, y deberá contener listado de al menos 3 (tres) Técnicos en Refrigeración con Certificación en la Norma Laboral PNA 49001 11, última Versión que fuera oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) y además un curso de Reconversión de Equipos de Refrigeración y A.A a Hidrocarburos.
Dicha solicitud por parte de la convocante provoca la reducción significativa de los potenciales oferentes, lo cual indica que dicho pliego de bases y condiciones fue elaborada con bases a beneficiar a determinados oferentes ,solicitamos a la convocante eliminar dichos requerimientos para así dar oportunidades a las pequeñas y medianas empresas y como las MIPYMES en base al Art. 35 inc. C Art. de la ley 7021/2022 y del art. 4 inc. c de la ley 7021/2022
19-06-2024
24-06-2024
Empleados Requeridos como mínimo: 1 Ingeniero y/o Electromecánico, 3 Técnicos
Empleados Requeridos como mínimo: 1 Ingeniero y/o Electromecánico, 3 Técnicos en refrigeración. El oferente deberá contar con el personal operativo necesario para el cumplimiento en la prestación de los servicios licitados, y deberá contener listado de al menos 3 (tres) Técnicos en Refrigeración con Certificación en la Norma Laboral PNA 49001 11, última Versión que fuera oficializada por la Resolución 56/11 del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) y además un curso de Reconversión de Equipos de Refrigeración y A.A a Hidrocarburos.
Dicha solicitud por parte de la convocante provoca la reducción significativa de los potenciales oferentes, lo cual indica que dicho pliego de bases y condiciones fue elaborada con bases a beneficiar a determinados oferentes ,solicitamos a la convocante eliminar dichos requerimientos para así dar oportunidades a las pequeñas y medianas empresas y como las MIPYMES en base al Art. 35 inc. C Art. de la ley 7021/2022 y del art. 4 inc. c de la ley 7021/2022
Contar con Un Recuperador de Gas R22-R-424A (RS-44) Y/O 134 A
Deberán contar con Un Recuperador de Gas R22-R-424A (RS-44) Y/O 134 A, necesarias para el acopiado, filtrado
y reciclado del Gas refrigerante, el tanque colector de gas deberá contar con la correspondiente constancia de adquisición de la
firma proveedora o bien deberá contar con el comprobante de venta dentro del presente año como prueba de que el oferente
cuenta con dicho tanque recolector, con el fin de contribuir a la disminución de emisión de gases que dañan la capa de ozono.
donde dice "comprobante de venta" se refieren a la presentación de la factura de compra de dicho recuperador?
20-06-2024
24-06-2024
Contar con Un Recuperador de Gas R22-R-424A (RS-44) Y/O 134 A
Deberán contar con Un Recuperador de Gas R22-R-424A (RS-44) Y/O 134 A, necesarias para el acopiado, filtrado
y reciclado del Gas refrigerante, el tanque colector de gas deberá contar con la correspondiente constancia de adquisición de la
firma proveedora o bien deberá contar con el comprobante de venta dentro del presente año como prueba de que el oferente
cuenta con dicho tanque recolector, con el fin de contribuir a la disminución de emisión de gases que dañan la capa de ozono.
donde dice "comprobante de venta" se refieren a la presentación de la factura de compra de dicho recuperador?
En ninguna parte de la norma paraguaya para el manejo de sustancias refrigerantes hace mención sobre la vejez de los tanques de recuperación. El requerir que se presente la factura de este año de la compra de los tanques de recuperación es una limitación injustificada, ya que los mismos se pudieron haber adquiridos en años anteriores. Pedimos tengan a bien aceptar la presentación de factura de compra de los tanques de cualquier año.
En ninguna parte de la norma paraguaya para el manejo de sustancias refrigerantes hace mención sobre la vejez de los tanques de recuperación. El requerir que se presente la factura de este año de la compra de los tanques de recuperación es una limitación injustificada, ya que los mismos se pudieron haber adquiridos en años anteriores. Pedimos tengan a bien aceptar la presentación de factura de compra de los tanques de cualquier año.