RESOLUCIÓN DNCP 453/2024 Artículo 11: Modificación del art.3 de la Resolución DNCP N'4401/23
"Por el cual se modifica el art. 3 de la Resolución DNCP Ne 4401/23 "POR LA CUAL SE REGLAMENTAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN REGIDOS POR LA LEY N" 7O21/22 'DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS", quedando cuanto sigue:
Los oferentes podrán adoptar cualquiera de las formas de instrumentación de las garantías dispuestas por la Ley, el Decreto y las reglamentaciones que la DNCP emita al efecto.
En los procedimientos de contratación de menor cuantía Inferiores a los dos mil (2.000) jornales mínimos, se admitirá la
Instrumentación de las garantías de mantenimiento de ofertas a través de Declaraciones Juradas".
Y en cuanto a la declaración jurada en la resolución DNCP 1230/2024.
Artículo 2°. Modificar y ampliar el inciso m) del art. 1° de la Resolución DNCP N° 4401/23
"Por el cual se modifica el inciso m) del art. 1° de la Resolución DNCP N° 4401/23, quedando cuanto sigue:
"m) Garantías instrumentadas a través de Declaración Jurada: Documento por el cual se instrumenta una garantía en el
marco de los procedimientos de contratación de menor cuantía y en procedimientos especiales de contrataciones, según
se establezca en las bases de la contracción de conformidad al marco regulatorio vigente. La misma deberá acompañar la
CERTIFICACIÓN DE FIRMAS respectiva, la DNCP podrá establecer excepciones a la certificación de firmas para determinados
casos".
POR TANTO SE DÁ LAS OPCIONES Y QUEDA A ELECCIÓN DEL OFERENTE EL TIPO DE GARANTÍA A UTILIZAR a fin de no limitar las formas de presentación de las garantías.
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Capacidad Financiera
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aceptar la Capacidad Financiera años 2022 y 2023.
Teniendo en cuenta la fecha de elaboración del pliego y la Resolución General DNIT N° 07/2024 se establecieron los años de los ejercicios.
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Para los ítems 37, 40, 45, 49 de Tóners. Autorización del fabricante
Solicitamos sea considerada e incluida la presentación de la Autorización del Fabricante demostrando efectivamente la cadena de autorizaciones para la comercializar de los bienes en la República del Paraguay, el presente requerimiento es de suma importancia para la institución, con lo cual garantiza que el oferente posea la capacidad de proveer los insumos en tiempo y por sobretodo brindar una garantía real con tiempo de respuesta y reposición/cambio adecuados en caso de necesidad. Además, se garantiza la recepción de insumos o bienes que fueron importados directamente desde el fabricante, los cuales sean originales y autorizados para su distribución en el país. Con el fin de salvaguardar los intereses de la institución. Los diferentes fabricantes de insumos y/o bienes no limitan la posibilidad de otorgar la autorización o distribución oficial de los productos a las empresas de cada país, por lo que no es una limitante real
31-05-2024
04-06-2024
Para los ítems 37, 40, 45, 49 de Tóners. Autorización del fabricante
Solicitamos sea considerada e incluida la presentación de la Autorización del Fabricante demostrando efectivamente la cadena de autorizaciones para la comercializar de los bienes en la República del Paraguay, el presente requerimiento es de suma importancia para la institución, con lo cual garantiza que el oferente posea la capacidad de proveer los insumos en tiempo y por sobretodo brindar una garantía real con tiempo de respuesta y reposición/cambio adecuados en caso de necesidad. Además, se garantiza la recepción de insumos o bienes que fueron importados directamente desde el fabricante, los cuales sean originales y autorizados para su distribución en el país. Con el fin de salvaguardar los intereses de la institución. Los diferentes fabricantes de insumos y/o bienes no limitan la posibilidad de otorgar la autorización o distribución oficial de los productos a las empresas de cada país, por lo que no es una limitante real
Hemos notado que, en el apartado de autorización del fabricante, han indicado No aplica.
Recomendamos que sea requerida la autorización para los toners de marcas de renombre internacional como Lexmark, Canon, Epson, etc., para que la entidad tenga la garantía adecuada, como bien ha sido incluido en llamados anteriores de insumos, cubriendo las necesidades satisfactoriamente, solicitamos que la institución mantenga esta visión y no bajen los requerimiento ni corran riesgos innecesarios.
Hemos notado que, en el apartado de autorización del fabricante, han indicado No aplica.
Recomendamos que sea requerida la autorización para los toners de marcas de renombre internacional como Lexmark, Canon, Epson, etc., para que la entidad tenga la garantía adecuada, como bien ha sido incluido en llamados anteriores de insumos, cubriendo las necesidades satisfactoriamente, solicitamos que la institución mantenga esta visión y no bajen los requerimiento ni corran riesgos innecesarios.
Solo remitirse a las especificaciones del PBC solicitado por el área requiriente.
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Para los ítems 42,43,44 y 47 -
Consultamos respetuosamente a la Convocante la inclusión de la exigencia de Autorización del fabricante para los ítems 42,43,44 y 47 correspondientes a la marca Lexmark, ya que existen en el mercado distribuidores no autorizados que cuentan con insumos de dudosas procedencias, sin soporte ante fallas, falsificaciones o productos adulterado. De manera a resguardar la inversión de los recursos de la Institución solicitamos dicha inclusión ya que con la Autorización del Fabricante la Convocante tendrá la seguridad y el respaldo de lo que esta adquiriendo es lo correcto y con el soporte necesario, bajo comercialización legal por los representantes AUTORIZADOS, además de ser original de la marca.
Consultamos respetuosamente a la Convocante la inclusión de la exigencia de Autorización del fabricante para los ítems 42,43,44 y 47 correspondientes a la marca Lexmark, ya que existen en el mercado distribuidores no autorizados que cuentan con insumos de dudosas procedencias, sin soporte ante fallas, falsificaciones o productos adulterado. De manera a resguardar la inversión de los recursos de la Institución solicitamos dicha inclusión ya que con la Autorización del Fabricante la Convocante tendrá la seguridad y el respaldo de lo que esta adquiriendo es lo correcto y con el soporte necesario, bajo comercialización legal por los representantes AUTORIZADOS, además de ser original de la marca.