Solicitamos a la convocante AMPLIAR la presentación de entrega del ítem 2 Risperidona Solución a presentación de FRASCO GOTERO X 20 ML COMO MINIMO a los efectos de contar con mayor número de oferentes.
Solicitamos a la convocante AMPLIAR la presentación de entrega del ítem 2 Risperidona Solución a presentación de FRASCO GOTERO X 20 ML COMO MINIMO a los efectos de contar con mayor número de oferentes.
En cuanto al vencimiento de los productos el PBC establece lo siguiente “El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud. Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los insumos 6 a 3 meses antes de su vencimiento, previo informe de los Responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos.”
Solicitamos a la convocante que por la naturaleza de los productos solicitados dicho requisito sea modificado de la siguiente manera: “El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud.
Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 12 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los medicamentos 6 a 3 meses antes de su vencimiento, previo informe de los Responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos”.
En cuanto al vencimiento de los productos el PBC establece lo siguiente “El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud. Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los insumos 6 a 3 meses antes de su vencimiento, previo informe de los Responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos.”
Solicitamos a la convocante que por la naturaleza de los productos solicitados dicho requisito sea modificado de la siguiente manera: “El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud.
Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 12 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los medicamentos 6 a 3 meses antes de su vencimiento, previo informe de los Responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos”.
La entidad convocante aclara que el RUC es 80000905-3.-
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PLAZO DE REPOSICION DE BIENES
El PBC establece 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de la notificación por escrito por parte de la convocante. Solicitamos a la Convocante aumentar el plazo de reposición a por lo menos 10 (diez) días hábiles a partir de la notificación por parte de la Convocante.
El PBC establece 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de la notificación por escrito por parte de la convocante. Solicitamos a la Convocante aumentar el plazo de reposición a por lo menos 10 (diez) días hábiles a partir de la notificación por parte de la Convocante.
Solicitamos a la Convocante unificar el porcentaje de Multa con el porcentaje de la Tasa de Interés por Mora para parte de la Contratante a 0.001% a fin de brindar igualdad de condiciones entre el oferente y la Convocante.
Solicitamos a la Convocante unificar el porcentaje de Multa con el porcentaje de la Tasa de Interés por Mora para parte de la Contratante a 0.001% a fin de brindar igualdad de condiciones entre el oferente y la Convocante.
El PBC establece Cantidades mínimas solicitadas
1. 1º Entrega. Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada: El proveedor tendrá hasta los 10 (diez) días corridos para la entrega contados a partir de la recepción de la orden de compra, solicitada por la Dirección de Logística de la DGGIES en base a lo solicitado por la Dirección Nacional de Salud Mental. Solicitamos a la Convocante ampliar el plazo de entrega a por los 30 (treinta) días calendarios para la entrega de los productos, teniendo en cuenta el proceso de fabricación de los productos.
El PBC establece Cantidades mínimas solicitadas
1. 1º Entrega. Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada: El proveedor tendrá hasta los 10 (diez) días corridos para la entrega contados a partir de la recepción de la orden de compra, solicitada por la Dirección de Logística de la DGGIES en base a lo solicitado por la Dirección Nacional de Salud Mental. Solicitamos a la Convocante ampliar el plazo de entrega a por los 30 (treinta) días calendarios para la entrega de los productos, teniendo en cuenta el proceso de fabricación de los productos.
Ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones ya que el plazo de entrega fue realizado en base a las necesidades de la Dirección de Salud Mental.
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PLAZO DE ENTREGA
El PBC establece 2da Entrega. Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada: El proveedor tendrá hasta los 12 (doce) días corridos para la entrega contados a partir de la recepción de la orden de compra, solicitada por la Dirección de Logística de la DGGIES en base a lo solicitado por la Dirección Nacional de Salud Mental. Solicitamos a la Convocante ampliar el plazo de entrega a por los 20 (veinte) días corridos, teniendo en cuenta el proceso de fabricación de los productos.
El PBC establece 2da Entrega. Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada: El proveedor tendrá hasta los 12 (doce) días corridos para la entrega contados a partir de la recepción de la orden de compra, solicitada por la Dirección de Logística de la DGGIES en base a lo solicitado por la Dirección Nacional de Salud Mental. Solicitamos a la Convocante ampliar el plazo de entrega a por los 20 (veinte) días corridos, teniendo en cuenta el proceso de fabricación de los productos.
Ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones ya que el plazo de entrega fue realizado en base a las necesidades de la Dirección de Salud Mental.
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VENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS
En cuanto al vencimiento de los productos el PBC establece lo siguiente “El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud. Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los insumos 6 a 3 meses antes de su vencimiento, previo informe de los Responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos.”
Solicitamos a la convocante que por la naturaleza de los productos solicitados dicho requisito sea modificado de la siguiente manera: “El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud.
Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 12 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los medicamentos 6 a 3 meses antes de su vencimiento, previo informe de los Responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos”.
En cuanto al vencimiento de los productos el PBC establece lo siguiente “El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud. Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los insumos 6 a 3 meses antes de su vencimiento, previo informe de los Responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos.”
Solicitamos a la convocante que por la naturaleza de los productos solicitados dicho requisito sea modificado de la siguiente manera: “El vencimiento mínimo medicamentos no deberá ser inferior a 18 (diez y ocho) meses al momento de la entrega en los parques sanitarios, si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por la Dirección Logística de la Dirección General de Gestión en Insumos Estratégicos en Salud.
Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 12 meses, además de la autorización de la DGGIES, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento del artículo a entregar. Además, deberán presentar Declaración Jurada por la cual el oferente se compromete en caso de ser adjudicados a canjear los medicamentos 6 a 3 meses antes de su vencimiento, previo informe de los Responsables de la Dirección Logística dependiente de la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos”.
Ajustarse al Pliego de Bases y condiciones, ya que el vencimiento es establecido de acuerdo a las necesidades de la Dirección de Salud Mental.
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Criterio de Muestras
En el punto de muestras la Convocante establece lo siguiente: "Las muestras deberán llevar impresa: marca, origen, fabricante, N° de lote, procedencia y vencimiento conforme a requisitos de DINAVISA." Al respecto, entendemos que al referirse a llevar impresos los datos, se considera válido también las etiquetas autoadhesivas para los casos por ejemplo de frascos goteros que llevan exclusivamente etiquetas autoadhesivas con todos los datos requeridos y aprobados por la DINAVISA. Favor confirmar el entendimiento.
En el punto de muestras la Convocante establece lo siguiente: "Las muestras deberán llevar impresa: marca, origen, fabricante, N° de lote, procedencia y vencimiento conforme a requisitos de DINAVISA." Al respecto, entendemos que al referirse a llevar impresos los datos, se considera válido también las etiquetas autoadhesivas para los casos por ejemplo de frascos goteros que llevan exclusivamente etiquetas autoadhesivas con todos los datos requeridos y aprobados por la DINAVISA. Favor confirmar el entendimiento.
La convocante aclara que se consideran válidas las etiquetas autoadhesivas.-
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica.
Recomendamos a la Convocante requerir el certificado de buenas practicas del fabricante conforme a lo dispuesto en la Ley 7256/2024 y la Resolución DINAVISA Nº 148/2024 “Por la cual se emite el listado anual oficial de los países en cumplimiento al artículo 3º de la Ley 7256/2024”. Esto a fin de dar fiel cumplimiento a la normativa vigente.
12-08-2024
19-08-2024
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica.
Recomendamos a la Convocante requerir el certificado de buenas practicas del fabricante conforme a lo dispuesto en la Ley 7256/2024 y la Resolución DINAVISA Nº 148/2024 “Por la cual se emite el listado anual oficial de los países en cumplimiento al artículo 3º de la Ley 7256/2024”. Esto a fin de dar fiel cumplimiento a la normativa vigente.
Ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones. Ya se encuentra solicitado el siguiente requisito en el PBC: Para productos importados sintéticos, además del Registro Sanitario emitido por DINAVISA, se debe presentar copia Legalizada y consularizada y/o apostillada del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente y/o Certificado de Registro Sanitario y/o, CLV y/o, CPP Vigente, otorgado por alguna de las Agencias regulatorias previstas en la lista anual oficial de los países emitida por DINAVISA y/o agencias regulatorias del MERCOSUR dando cumplimiento a la Ley 7256/2024 y Ley 3283/07.