Se solicita a la convocante adecuar las exigencias del llamado en cuanto al requerimiento del que el oferente se encuentre debidamente habilitado de conformidad a los articulos 33 34 y 35 de la Ley 5424 / 2015 .
Se solicita a la convocante adecuar las exigencias del llamado en cuanto al requerimiento del que el oferente se encuentre debidamente habilitado de conformidad a los articulos 33 34 y 35 de la Ley 5424 / 2015 .
La Ley 5424/2015 regula los servicios de vigilancia y seguridad privada, en particular aquellos destinados a la protección de personas y bienes. Dado que la licitación trata sobre el mantenimiento del sistemas CCTV instalada, no incluye servicios de seguridad privada o vigilancia humana. Por lo tanto, los artículos 33, 34 y 35 de dicha ley no son aplicables a este tipo de servicios. Se solicita ajustarse a los requerimientos de la PBC, la cual reflejar adecuadamente la naturaleza del servicio solicitado.
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Visita Tecnica
Solicitamos tengan a bien conceder mas tiempo para la realizacion de la visita tecnica
En relación con la autorización del fabricante, además de las autorizaciones necesarias para las cámaras que serán reemplazadas conforme a las EETT, ¿se solicitará también la Carta del fabricante por la actualización del sistema de gestión de video.?
En relación con la autorización del fabricante, además de las autorizaciones necesarias para las cámaras que serán reemplazadas conforme a las EETT, ¿se solicitará también la Carta del fabricante por la actualización del sistema de gestión de video.?
Se aclara que En CONDICIONES PARTICULARES Y DEFINICIONES menciona en el punto e. Carta del fabricante por la actualización del sistema de gestión de video.
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Cláusula Garantía
En relación a la cláusula que indica que "la cámara ofertada deberá poseer garantía contra defectos de fabricación, proporcionada por el fabricante, de al menos 5 años, verificable en la página de la marca ofertada", quisiera aclarar lo siguiente:
1- ¿Se requiere que la página web del fabricante indique específicamente la garantía de 5 años, o es suficiente que se mencione la garantía contra defectos de fabricación?
2- ¿Se aceptaría también una carta del fabricante que certifique la garantía, en lugar de la verificación en su sitio web?
En relación a la cláusula que indica que "la cámara ofertada deberá poseer garantía contra defectos de fabricación, proporcionada por el fabricante, de al menos 5 años, verificable en la página de la marca ofertada", quisiera aclarar lo siguiente:
1- ¿Se requiere que la página web del fabricante indique específicamente la garantía de 5 años, o es suficiente que se mencione la garantía contra defectos de fabricación?
2- ¿Se aceptaría también una carta del fabricante que certifique la garantía, en lugar de la verificación en su sitio web?
Lo que se busca es que la marca demuestre que seguirá fabricando el modelo ofertado, y será aceptado, la cámara ofertada deberá poseer garantía contra defectos de fabricación, proporcionada por el fabricante, de al menos 5 años, verificable en la página de la marca ofertada y/o una carta del fabricante que certifique la garantía contra defectos de fabricación de al menos 5 años. (ver adenda)
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TÉCNICOS CERTIFICADOS EN LA MARCA OFERTADA
EN EL APARTADO "Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica", LA CONVOCANTE MENCIONA:
El Oferente deberá presentar 3 técnicos con Certificación de la marca de la nueva Cámara ofertada y que serán personal permanentes demostrado con documentaciones de IPS."
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE MODIFICAR LA EXIGENCIA A 2 (DOS) TÉCNICOS CERTIFICADOS DE LAS MARCAS DE LOS EQUIPOS EXISTENTES, O BIEN QUE EL TECERO SE PUEDA INTEGRAR EN EL TRANSCURSO DEL CONTRATO. ESTO NO SUPONE UN RIESGO NI PARA LA CONVOCANTE NI EL PRESENTE LLAMADO, Y PERMITE LA PARTICIPACION DE MAYOR CANTIDAD DE OFERENTES.
EN EL APARTADO "Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica", LA CONVOCANTE MENCIONA:
El Oferente deberá presentar 3 técnicos con Certificación de la marca de la nueva Cámara ofertada y que serán personal permanentes demostrado con documentaciones de IPS."
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE MODIFICAR LA EXIGENCIA A 2 (DOS) TÉCNICOS CERTIFICADOS DE LAS MARCAS DE LOS EQUIPOS EXISTENTES, O BIEN QUE EL TECERO SE PUEDA INTEGRAR EN EL TRANSCURSO DEL CONTRATO. ESTO NO SUPONE UN RIESGO NI PARA LA CONVOCANTE NI EL PRESENTE LLAMADO, Y PERMITE LA PARTICIPACION DE MAYOR CANTIDAD DE OFERENTES.
El Oferente deberá presentar 2 técnicos con Certificación de la marca de la nueva Cámara ofertada y que serán personal permanentes demostrado con documentaciones de IPS - ver adenda
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REEMPLAZO DE EQUIPOS
EN EL APARTADO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LA CONVOCANTE INDICA: "La resolución de averías en equipos será efectuado por sustitución del elemento averiado, no estando el oferente obligado a restituir el elemento original sino otro de características similares y compatibles con el sistema. Para realizar la sustitución el oferente remitirá un informe técnico sobre la avería y la propuesta de sustitución, el cual deberá ser aprobado por LA CONVOCANTE y sin costo para LA CONVOCANTE."
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR SI EL ELEMENTO APLICA PARA LAS PARTES O SE REFIERE AL EQUIPO EN SU TOTALIDAD, CON TODOS SUS COMPONENTES. ESTO CONSIDERANDO QUE ALGUNOS EQUIPOS YA NO CUENTAN CON REPUESTOS DEL FABRICANTE, POR LO QUE UNA AVERÍA PODRÍA SIGNIFICAR EL REEMPLAZO TOTAL DEL EQUIPO.
Fundamento normativo: El artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 establece que: “…En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.”
EN EL APARTADO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LA CONVOCANTE INDICA: "La resolución de averías en equipos será efectuado por sustitución del elemento averiado, no estando el oferente obligado a restituir el elemento original sino otro de características similares y compatibles con el sistema. Para realizar la sustitución el oferente remitirá un informe técnico sobre la avería y la propuesta de sustitución, el cual deberá ser aprobado por LA CONVOCANTE y sin costo para LA CONVOCANTE."
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR SI EL ELEMENTO APLICA PARA LAS PARTES O SE REFIERE AL EQUIPO EN SU TOTALIDAD, CON TODOS SUS COMPONENTES. ESTO CONSIDERANDO QUE ALGUNOS EQUIPOS YA NO CUENTAN CON REPUESTOS DEL FABRICANTE, POR LO QUE UNA AVERÍA PODRÍA SIGNIFICAR EL REEMPLAZO TOTAL DEL EQUIPO.
Fundamento normativo: El artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 establece que: “…En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.”
Se aclara que la resolución de averías debe ser realizado de acuerdo a lo establecido en Detalle de los bienes y/o servicios donde se establece el listado de servicio requerido.
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CARACTERÍSTICAS DE SERVIDORES
EN EL APARTADO "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - SERVIDORES DE GRABACIÓN" LA CONVOCANTE MENCIONA: SERVIDOR PARA GESTION DE GRABACION CISCO UCS C240 M3 | UCS C240 M4
SOLICITANDO EL REEMPLAZO DE PARTES, TALES COMO PROCESADOR, DISCO DURO, MEMORIA. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ESPECIFICAR LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS EQUIPOS EXISTENTES A FIN DE DIMENSIONAR LAS PARTES NECESARIAS.
Fundamento normativo: El artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 establece que: “…En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.”
EN EL APARTADO "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - SERVIDORES DE GRABACIÓN" LA CONVOCANTE MENCIONA: SERVIDOR PARA GESTION DE GRABACION CISCO UCS C240 M3 | UCS C240 M4
SOLICITANDO EL REEMPLAZO DE PARTES, TALES COMO PROCESADOR, DISCO DURO, MEMORIA. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ESPECIFICAR LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS EQUIPOS EXISTENTES A FIN DE DIMENSIONAR LAS PARTES NECESARIAS.
Fundamento normativo: El artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 establece que: “…En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.”
Se aclara que estos datos forman parte de la visita técnica:
Server Cisco UCS C240 M3 SN: FCH1844V027, Sistema Operativo Windows Sever 2016, Procesador Intel® Xenon® CPU ES-2650 dos procesadores de 2.00 GHz, Memoria de 16 slots DDR3 instalada 16 GB, 2 discos sata de 2.5 pulgada de 500 GB configurable en RAID 1, fuente de poder redundante, Expansión para 2 slots PCIe, 2 Puertos de red de 1 GE, 2 puertos FC de 8 Gbps, factor de forma de 1 RU.
Servidor Cisco UCS C220 M4S SN: FCH2048V2FE, Sistema Operativo Vmware vSphere 6.0, Procesador Intel® Xenon® CPU ES-2650 v4 dos procesadores de 2.2 GHz, Memoria de 16 slots DDR3 instalada 16 GB, 2 discos sata de 2.5 pulgada de 500 GB configurable en RAID 1, fuente de poder redundante, Expansión para 2 slots PCIe, 2 Puertos de red de 1 GE, 2 puertos FC de 8 Gbps, factor de forma de 1 RU.
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SERVIDORES DE GRABACIÓN
EN EL APARTADO "EN EL APARTADO "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - SERVIDORES DE GRABACIÓN" LA CONVOCANTE MENCIONA: STORAGE SAN GRABACION HITACHI HUS-VM.
SOLICITANDO EL REEMPLAZO DE PARTES, TALES COMO PROCESADOR, DISCO DURO, MEMORIA, MODULO CONTROLADOR RAID DE DISCOS, CONTROLADOR FC8GB, TARJETA PARA EXPANSIÓN STORAGE CHASSIS 2U12, CABLE SAS. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ESPECIFICAR LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS EQUIPOS EXISTENTES A FIN DE DIMENSIONAR LAS PARTES NECESARIAS.
Fundamento normativo: El artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 establece que: “…En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.”
EN EL APARTADO "EN EL APARTADO "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - SERVIDORES DE GRABACIÓN" LA CONVOCANTE MENCIONA: STORAGE SAN GRABACION HITACHI HUS-VM.
SOLICITANDO EL REEMPLAZO DE PARTES, TALES COMO PROCESADOR, DISCO DURO, MEMORIA, MODULO CONTROLADOR RAID DE DISCOS, CONTROLADOR FC8GB, TARJETA PARA EXPANSIÓN STORAGE CHASSIS 2U12, CABLE SAS. SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ESPECIFICAR LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS EQUIPOS EXISTENTES A FIN DE DIMENSIONAR LAS PARTES NECESARIAS.
Fundamento normativo: El artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 establece que: “…En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.”
Se aclara que estos datos forman parte de la visita técnica:
El Storage Hitachi HUS VM con número de serie 240456 con 11 cajoneras
140 DISCOS de 4TB SAS Standard, PN 3285067-R
16 Puertos FC a 8Gbps con sus correspondientes patchcords de conexión de 10 mts
4 Fan Assembly for Main Blade, PN 3284394-D
2 Main Blade Assembly, PN 3284394-C
4 Fan Assembly for MP Blade, PN 3284394-H
1 Controller Chasis (CBX) DW700-CBXC, PN 3284394-A
2 Power Unit, PN 3285165-A
1 SVP Unit, PN 3284394-I
24 I/O Card (ENC), PN 3284408-A
24 SAS (ENC) Cable, PN 3285194-A
11 Cajonera DW-F700-DBL, PN 3284408-C
22 Power Unit, PN 3285197-A
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CAMBIO DE PARTES
EN EL APARTADO "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE CCTV" LA CONVOCANTE MENCIONA:
"Cambio y provisión de equipos, repuestos, materiales y piezas de recambio: Los elementos o piezas deterioradas o averiadas que sea necesario reemplazar, serán detalladas en el informe de servicio realizado y deberán contar con la aprobación de LA CONVOCANTE."
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR SI EL ELEMENTO APLICA PARA LAS PARTES O SE REFIERE AL EQUIPO EN SU TOTALIDAD, CON TODOS SUS COMPONENTES. ESTO CONSIDERANDO QUE ALGUNOS EQUIPOS YA NO CUENTAN CON REPUESTOS DEL FABRICANTE, POR LO QUE UNA AVERÍA SIGNIFICARÍA EL REEMPLAZO TOTAL DEL EQUIPO.
Fundamento normativo: El artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 establece que: “…En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.”
EN EL APARTADO "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE CCTV" LA CONVOCANTE MENCIONA:
"Cambio y provisión de equipos, repuestos, materiales y piezas de recambio: Los elementos o piezas deterioradas o averiadas que sea necesario reemplazar, serán detalladas en el informe de servicio realizado y deberán contar con la aprobación de LA CONVOCANTE."
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR SI EL ELEMENTO APLICA PARA LAS PARTES O SE REFIERE AL EQUIPO EN SU TOTALIDAD, CON TODOS SUS COMPONENTES. ESTO CONSIDERANDO QUE ALGUNOS EQUIPOS YA NO CUENTAN CON REPUESTOS DEL FABRICANTE, POR LO QUE UNA AVERÍA SIGNIFICARÍA EL REEMPLAZO TOTAL DEL EQUIPO.
Fundamento normativo: El artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 establece que: “…En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante.”
Se aclara que la resolución de averías debe ser realizado de acuerdo a lo establecido en Detalle de los bienes y/o servicios donde se establece el listado de servicio requerido.