Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Unidad Solicitante:
Departamento de Bienestar del Personal, Abg. Ernestina Guadalupe Balotta Feltes, a través de la Dirección de Recursos Humanos, a cargo del Abg. Óscar Cano Artaza, Director Interino de Recursos Humanos.
Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:
Es fundamental la adquisición del servicio médico para funcionarios y familiares de la DINAPI, en base a las Políticas de Gestión de Desarrollo del Talento Humano Version 4 de la Dirección Nacional De la Propiedad Intelectual. Resolución DN N° 560/2023 de fecha 29 de diciembre de 2023, buscando un servicio con altas expectativas de excelencia, con buena calidad en los medicamentos y descartables para el efecto debe reunir requisitos mínimos como el nivel 3 en los hospitales contratados, además que los equipos de primeros auxilios se encuentren con certificación de calidad y mantenimiento al día, y que los personales de blanco cuenten con antigüedad y experiencia, para tener máximo aprovechamiento de la capacidad y profesionalismo.
Los beneficios para los funcionarios de contar con un seguro médico demuestra el interés de la Institución en el bienestar, protección y satisfacción laboral.
Al contar con atención médica oportuna y de la calidad, los funcionarios resuelven los problemas de salud, reduciendo el ausentismo y garantizando la continuidad de las labores diarias.
Proporciona un mejor ambiente laboral, teniendo la tranquilidad de contar con Atención Médica según necesidad de los funcionarios y familiares, aumentando la productividad y compromiso con la Institución.
Justificación de la planificación:
Corresponde a un llamado periódico.
Justificación de las especificaciones técnicas establecidas:
La cobertura, las especificaciones técnicas y demás condiciones establecidas en el Pliego de Bases y condiciones han sido elaboradas conforme a las necesidades institucionales y contemplan requisitos que buscan garantizar oferentes con la suficiente capacidad para prestar servicios eficientes y de calidad.
Junto con las especificaciones técnicas propuestas, las condiciones particulares, cumplen con los estándares que permiten abastecer los servicios de seguro médico de acuerdo a los requerimientos y necesidades básicas de salud para los funcionarios de la DINAPI, y sus familiares allegados; con una cobertura adecuada y servicios de mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza del contrato, con el objetivo de que concurra el mayor número de oferentes, siendo suficientemente claras, objetivas e imparciales, en cumplimiento estricto con el Art. 40° del Decreto N° 9823/2023 reglamentario de la Ley 7021/2022 de Suministro y Contrataciones Públicas.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MÍNIMOS Y MÁXIMOS
VIGENCIA: 04/11/2024 al 03/11/2025 - 12(doce) meses
La validez de la contratación correspondiente al Ejercicio Fiscal 2025 quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente, del citado ejercicio fiscal, de conformidad a la normativa vigente.
BENEFICIARIOS
Titular: Funcionario permanente, personal contratado y funcionarios comisionados.
1. La cantidad mínima de titulares es de 100 con sus grupos familiares.
2. Son BENEFICIARIOS de este contrato las personas que figuren en la lista suministrada por la DINAPI al Oferente Adjudicado, la cobertura y derechos que confiere el contrato serán para los beneficiarios titulares, sus grupos familiares, adherentes, y a los incorporados en lo sucesivo.
3. Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes tendrán los mismos derechos de las coberturas que se encuentran estipuladas en el contrato; con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares, cónyuges de titular e hijas solteras hasta la finalización del mes en que cumplan los 25 (veinticinco) años que ingresen en el listado inicial.
4. GRUPO FAMILIAR: Para los titulares casados/as, serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio de hecho), sus hijos/as hasta la finalización del mes que cumplan los 25 (veinticinco) años, hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límite de edad. El divorcio vincular declarado podrá extinguir la calidad de BENEFICIARIO, a decisión del titular. Pudiendo este incluir a su nuevo/a cónyuge a su grupo familiar.
5. Para los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as, sin hijos menores de 25 (veinticinco) años (por Declaración Jurada), serán tomados como miembros y/o grupo familiar a ambos padres sin límite de edad. En caso de contraer matrimonio deberá excluir a su padre o madre e incluir a su cónyuge, pudiendo el padre y madre ser incluido como adherente pago, la comunicación del nuevo estado civil deberá ser dentro de los 60 días de la fecha de matrimonio y en el mismo momento incorporar al padre y madre excluido como adherente.
Para los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as, serán tomados como miembros y/o grupo familiar a sus hijos/as hasta la finalización del mes en que cumplan 25 (veinticinco) años, y en caso de que durante la vigencia del contrato el titular contraiga matrimonio formal, este podrá incorporar a su cónyuge.
6. Los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as con hijos menores de 25 (veinticinco) años, podrán incorporar a uno de sus padres hasta la edad de 65 años sin costo, y al otro dentro de la categoría de adherentes con pago según escala.-
En caso de existir algún funcionario casado también con alguna funcionaria de la institución, cada uno será tomado como soltero, uno podrá incluir a los hijos y el otro a un padre sin límite de edad. En caso de que no tengan hijos, ambos podrán incluir a los padres sin límite de edad.
Los titulares casados/as o solteros/as que cuenten con tutoría legal (sentencia definitiva) podrán incluir dentro del grupo familiar a una persona como beneficiario.
7. El recién nacido, hijo del titular, será considerado como parte del grupo familiar de forma automática y con todas las coberturas contempladas para el asegurado, siempre y cuando se informe a la prestadora los datos necesarios del recién nacido a fin de ser incluido efectivamente dentro del grupo familiar, para lo cual será necesario la presentación del certificado de nacido vivo o certificado de nacimiento.
8. La Declaración de los miembros del grupo familiar será responsabilidad del funcionario titular, que deberá realizarlo bajo fe de juramento, a través del formulario correspondiente.
BENEFICIARIOS ADHERENTES:
Cada beneficiario titular (funcionario permanente, personal contratado y funcionario comisionado) podrá solicitar la inclusión de beneficiarios adherentes con los mismos beneficios y coberturas que los demás beneficiarios, con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares y cónyuges.
Personas Mayores: El titular beneficiario podrá incluir como adherente a su padre, madre y hermanos/as mediante el pago de una prima según la siguiente escala:
Hasta 70 (setenta) años 35% del precio adjudicado por cada titular.
De 71 (setenta y un) años en adelante 40% del precio adjudicado por cada titular.
Los hermanos solteros del titular hasta la edad de 35 (treinta y cinco) años podrán adherirse sin maternidad pagando una prima de 35% del precio adjudicado por cada titular.
Los hijos solteros del titular desde los 25 (veinticinco) años hasta los 35 (treinta y cinco) años podrán adherirse pagando una prima de 35% del precio adjudicado por cada titular, excluyendo la cobertura de maternidad.
Observación: el plazo para las incorporaciones para las altas y bajas de nuevos funcionarios (beneficiarios titulares) será desde el día 1 al día 3 de cada mes.
El plazo para las incorporaciones de adherentes pagos es de máximo 60 (sesenta) días desde la inclusión del beneficiario titular luego del inicio del presente contrato. La opción de incluir beneficiarios adherentes será a decisión de cada Titular y los pagos podrán ser de las siguientes formas: serán abonados a la Prestadora de Servicios.
Los beneficiarios adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato, o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley. La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente, por reglamentación interna, solo suspender temporalmente el servicio por falta de pago.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios y personales de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, la DINAPI comunicará dicha situación a la prestadora de servicios.
La empresa adjudicada deberá remitir en el plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas el nombre de la persona que será nexo entre la institución y la empresa, y el nombre de la persona encargada de recibir los documentos para la emisión del carnet identificatorio.
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios. Una vez firmado el Contrato se notificará a la Prestadora de Servicios que el mismo ya ha sido suscripto, la utilización de los servicios entrará en vigencia a partir de la firma del contrato con una duración de 1 (un) año.
Distribución de funcionarios: Asunción y Gran Asunción.
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN:
A. Los precios de los medicamentos y materiales descartables, cubiertos y/o facturados, no podrán ser superiores que en las farmacias de plaza o comercio del ramo según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
B. Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares. El oferente adjudicado garantizará que las empresas que subcontraten brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir al oferente adjudicado, excepto para las visaciones, las cuales podrán ser efectuadas en forma personal, vía fax o digital.
C. Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros Habilitados. La lista de médicos del oferente adjudicado deberá estar discriminada, determinando exactamente cuáles son las que cubren íntegramente y cuáles son los que requieran arancel preferencial, salvo las interconsultas con profesionales que no sean del plantel contratado por el oferente adjudicado.
D. La utilización de los equipos e instrumentales de los sanatorios y centros asistenciales empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrán cobertura total, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derecho y aranceles. En cambio, el uso de los equipos especializados proveídos por el médico tratante sean descartables o no, serán cubiertos hasta un valor de guaraníes un millón (Gs. 1.000.000) por evento por cada especialidad. Instrumentales utilizados por el médico tratante serán cubiertos hasta guaraníes dos millones (Gs. 2.000.000).
E. El carnet identificatorio junto con la Cédula de Identidad, serán imprescindibles para su utilización en todos los Sanatorios y Farmacias en convenio en el Territorio Nacional, sin la necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria. El oferente adjudicado proveerá a todos los beneficiarios, el carnet identificatorio y el listado de profesionales médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, direcciones y teléfonos actualizados. La misma deberá ser actualizada periódicamente especificando las altas y las bajas de estos y comunicada a la DINAPI.
F. Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir a LA PRESTADORA DE SERVICIOS.
G. LA PRESTADORA DE SERVICIOS proveerá a todos los beneficiarios copia del Contrato suscripto, además del listado de Profesionales Médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, domicilio de consultorios y teléfonos actualizados, dentro del plazo de 60 (sesenta) días posteriores a la firma del Contrato.
Los carnets identificatorios deberán ser entregados mínimamente en un plazo no mayor a 3 días hábiles, luego de ser comunicado los datos correspondientes.
H. Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
I. Los centros asistenciales habilitados entregaran a requerimiento del beneficiario el estado de cuenta de la cobertura con todos los detalles de los gastos.
J. El plantel médico y sanatorial adherido, autorizado y publicado por la prestadora de servicios deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente en horarios de consultorio, no pudiendo requerir el profesional médico y sanatorial adherido ningún pago extra al beneficiario, aludiendo razones de orden interno con LA PRESTADORA DE SERVICIOS. Las urgencias estarán garantizadas en forma permanente en los Sanatorios adheridos a la prestadora.
K. LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de médicos para todas las especialidades, debiendo estar todas y cada una de ellas cubiertas durante la vigencia del presente Contrato.
L. Se contempla como propio de cada servicio (Internaciones, partos, terapia intensiva, e intermedia, quirófano, alta complejidad, ambulancias, urgencias, asistencia domiciliaria de emergencia y de control, etc.), la provisión de oxígeno en todas sus aplicaciones con cobertura de Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones) por evento.
M. La cobertura solicitada será para la totalidad de los funcionarios y personales de DINAPI, en ningún caso podrá ser rechazado del seguro el titular o su grupo familiar o adherente, aduciendo enfermedades contraídas con anterioridad. Las coberturas deberán ser brindadas en su totalidad, dentro de los límites del contrato.
COBERTURA:
Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores habilitados por el contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones).
La utilización de los equipos e instrumentales de los sanatorios y centros asistenciales empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrán cobertura total, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derecho y aranceles. En cambio, el uso de los equipos especializados proveídos por el médico tratante, sean descartables o no, serán cubiertos hasta un valor de guaraníes un millón (Gs. 1.000.000) por evento por cada especialidad. Instrumentales utilizados por el médico tratante serán cubiertos hasta guaraníes dos millones (Gs. 2.000.000).
Se entenderá como cobertura "por evento", a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médicos —quirúrgico.
LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICO:
Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24 horas, debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, las determinaciones químicas y microbiológicas. Debe contar con un mínimo de 5 (cinco) laboratorios y 5 (cinco) centros de diagnósticos (Deberán ser de reconocida trayectoria) en todo momento, en caso de que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 horas de anticipación (la misma deberá ser de igual nivel).
Si el paciente se encuentra imposibilitado de acudir al laboratorio, las muestras para dichas determinaciones serán retiradas del domicilio y realizadas por los laboratorios contratados por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, debiendo solicitarse la misma vía telefónica por lo menos con 24 horas de anticipación, siendo dicho servicio a cargo de la Prestadora de Servicios. Los recargos por traslados de equipos a sanatorios o domicilio serán por cuenta de la Prestadora de Servicios.
En caso de discrepancias en la definición y/o aplicación de las prestaciones contractuales se actuará conforme a lo que establezca la Dependencia especializada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar social, posición que deberá ser acatada por las partes.
CAPACIDAD DE SERVICIO:
Para las internaciones, el contratista deberá habilitar al menos 5 centros asistenciales con las coberturas respectivas en Asunción y el Gran Asunción.
Debe contar con un mínimo de 5 (cinco) laboratorios y 5 (cinco) centros de diagnósticos en Asunción y Gran Asunción. Deberá incluir terapia intensiva de niños en Asunción y Gran Asunción.
El proveedor y/o prestador de servicios que no cuente con sanatorios, laboratorios y centros asistenciales propios o tercerizados en determinadas localidades del país, deberá proceder al reintegro o reembolso de gastos en un plazo no mayor a 72 horas, y en caso excepcional justificado en (8) ocho días, en que incurrió el beneficiario de acuerdo a la cobertura establecida en el presente contrato. -
El proveedor y/o prestadora del servicio deberá mantener la capacidad y calidad para satisfacer los servicios en cuanto a infraestructura y atención profesional, tanto para Asunción y Gran Asunción, como para el Interior del país, en forma plena, conforme a la oferta que resulte adjudicada, en especial a lo relacionado a la saturación en la atención de los beneficiarios. Para los casos del Interior del país será de acuerdo a las disponibilidades de cada Centro asistencial habilitado por la prestadora.
CALIDAD DE SERVICIO:
Respecto a los Sanatorios para Asunción será requerido por lo menos cuatro (4) establecimientos de la categoría correspondiente al "Nivel 3", y en Gran Asunción será requerido por lo menos dos (2) establecimientos la categoría correspondiente al "Nivel 3", de acuerdo con la clasificación establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Al menos tres (3) Sanatorios de Asunción de la categoría/Nivel 3 deben contar con terapia Adultos, niños y neonatal y 2 (dos) de ellos dentro de sus instalaciones deberán contar con equipo de tomografía y de resonancia magnética con certificado de funcionamiento demostrado a través de la ficha técnica respectivamente y mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria, centro de especialidades cardiológicas todos ellos habilitados por el MSPyBS.
Los centros asistenciales del interior del país, específicamente en Ciudad del Este y Encarnación deberán contar como mínimo con la categoría correspondiente a nivel 01, Concepción nivel 1, establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, los demás centros del interior del País deberán contar con servicios para consultas, emergencias, urgencias e internaciones.
ASISTENCIA MÉDICA — SANATORIAL PROGRAMA DE SUMINISTRO
ASISTENCIA MÉDICA SANATORIAL INTEGRAL
A) INTERNACIONES:
Con cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en centros asistenciales, habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. Sin límites de días. En habitación individual con baño privado, teléfono, T.V. cable, dieta oral del paciente, ambiente climatizado, cama para acompañante, atención médica y de enfermería. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales hasta el alta del paciente. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado pueda internarse. Se deberá incluir media pensión sin cargo para un acompañante en el sanatorio de cabecera y en otros sanatorios adheridos hasta el valor de G. 20.000.- (guaraníes veinte mil).
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos según disponibilidad y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
B) HONORARIOS PROFESIONALES:
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones y servicios de urgencias en las siguientes especialidades: eventos clínicos y quirúrgicos, sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales.
Quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal.
Litotricia extracorpórea.
Laserterapia para desprendimiento de retina, campimetría computarizada, facoemulsificación.
Clínica médica/medicina interna.
Polipectomía.
Toxicología.
Cirugía General menor y mayor (incluido derecho operatorio).
Cirugía pediátrica, incluidas las de patologías congénitas en niños: postectomia (no electiva), pie bot, Hidrocefalia (no incluye válvula), ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia.
Anestesiología — Anestesia en procedimientos quirúrgicos de cualquier especialidad y en estudios de diagnósticos en niños.
Alergología consultas, interconsultas, visitas sanatoriales, incluye + Test alérgicos Prick test y para contraste hasta 5 (cinco) por beneficiario + 10 (diez) aplicaciones de vacunas para tratamiento antialérgicos.
Cateterismo cardiaco por Alta Complejidad, angioplastia trasluminal, coronaria.
Anatomía Patológica (incluye biopsia de todo tipo). Incluye además estudios de materiales pequeños, medianos y grandes; incluyendo biopsia extemporánea.
Estudios histoquímicos y marcadores tumorales.
Estudios cromosómicos (con 50% a cargo de la prestadora).
Cirugía Plástica (reparadora no estética) incluyendo consultas.
Cardiología clínica adultos - Cardiología clínica pediátrica, asistencia operatoria a solicitud del cirujano, monitoreo cardiológico intraoperatorio.
Cirugías convencionales y no convencionales: (Cubre cirugías videos laparoscópicas, endoscópicas, artroscópicas).
Cirugías Endovasculares: será cubierta hasta el monto de las cirugías convencionales.
Cirugía Buco Maxilofaciales en casos de accidentes según anexo.
Clínica Geriátrica.
Flebología, cirugías y varices (excepto las estéticas, escleroterapias y laserterapias).
Cirugía video laparoscópica (uso del video sin cargo para el asegurado).
Analgesias en partos.
Monitoreo cardiológico intraoperatorio.
Pediatría y Neonatología, consulta y vacunaciones.
Polipectomía.
Psiquiatría, consultorio hasta 20 (veinte) consultas.
Monitoreo fetal.
Psicología clínica y laboral hasta 25 (veinticinco) consultas.
Psicopedagogía hasta 5 (cinco) consultas por año por beneficiario.
Fonoaudiología. Incluye consultas, tratamientos, procedimientos y estudios; rehabilitación, hasta 20 (veinte) sesiones por beneficiario.
Mastología, consultas, estudios, tratamientos, procedimientos, cirugía mastológica post quirúrgica inmediata (con mastólogo), siempre que no sea con fines estéticos (Ej. Remodelado prótesis)
Ginecología y Obstetricia.
Oncología clínica niños y adultos, estudios, tratamientos, procedimientos, quimioterapia, consultorio e internaciones (Cirugía Quimioterapia). Ítem Alta Complejidad
Hepatología.
Otorrinolaringología, consultas, estudios, tratamientos, procedimientos, cirugías en adultos y niños, turbinectomia, septumplastia funcional.
Otoneurología: consultas, estudios, lavado de oídos.
Infectología, consultas, tratamientos en adultos y niños.
Diabetología adultos/pediátrica.
Traumatología y Ortopedia en adultos y niños, consultas, estudios, cirugías artroscópicas — ejercicios y fisioterapias convencionales y rehabilitación hasta 30 (treinta) por evento, serán cubiertas, tanto en internaciones como en procedimientos ambulatorios, hidroterapia hasta 10 (diez) sesiones.
Oftalmología en niños y adultos, consultas, cirugías, estudios, tratamientos, procedimientos, ejercicios, ortópticos, dilatación de pupila, curva de presión, fondo de ojo y cataratas con colocación de implante de lente intraocular y por facoemulsificador.
Sustancia viscoelástica 50%, no incluye LIO.
Cirugía oftalmológica especializada, cirugía lasik (ambos ojos), o excímer laser (laserterapia ambos ojos, cirugía de miopía, condicionado a partir 2 (dos) dioptrías, con 50% de cobertura únicamente para el titular ambos Ojos. Para los demás integrantes del grupo familiar y/o adherentes condicionados a partir 6 (seis) dioptrías con cobertura total. Asimismo, para el titular a partir 6 (seis) dioptrías con cobertura total.
Fisioterapia Neurológica (rehabilitación) hasta 15 (quince) sesiones.
Dermatología adultos y niños: clínicas, estudios, tratamientos, cirugías.
Urología en adultos y niños: consultas, endoscopia urológica quirúrgica, litotripsia ultrasónica, estudios, diagnósticos, tratamientos, procedimientos, cirugía de próstata (RTU no laserterapia). Urodinamia honorarios profesionales 70%.
Hematología.-
Cirugía oftalmológica especializada. No incluye cirugía de parpados.
Nefrología incluyendo hemodiálisis en los casos de insuficiencia renal aguda (hasta tres por año por beneficiario por contrato) adultos y niños, cirugías nefrológicas, diálisis IRA.
Reumatología.
Fondo de ojo.
Clínica neurológica en adultos y niños, estudios especializados, consultas, tratamientos, y Cirugía del Sistema Nervioso Periférico incluyendo las de columna según apartado de alta complejidad
Radiología
Dietología - Nutrición (consultas, estudios, tratamiento, elaboración de dietas ya sea con fines estéticos o médicos). Nutrición en obesidad en niños y adultos, consultas, tratamientos, estudios.
Neumología en adultos y niños, consultas, estudios, tratamientos, procedimientos — fisioterapia pulmonar, hasta 20 (veinte) sesiones ambulatorias e internados por beneficiarios, por contrato.
Hemoterapia (Profesionales debidamente acreditados por la Sociedad paraguaya de medicina transfusional y terapia celular).
Transfusionista: incluye cobertura de materiales y descartables utilizados además de los estudios serológicos, materiales descartables y estudios fenotipados de Glóbulos rojos, plasma, plaquetas, etc. Las transfusiones hasta 10 (diez) por beneficiario o por contrato, incluye suministros. durante el procedimiento de transfusiones y perfil inmunohematologico en adultos y niños.
Gastroenterología y Proctología. Gastroenterología en adultos y niños, incluyendo procedimientos endoscópicos o video endoscópicos con fines de diagnósticos o terapéuticos con cobertura en casos de requerir biopsias.
Endocrinología - Dietologia - Nutrición (Consultas, diagnósticos y tratamientos elaboración de dietas ya sea con fines estéticos o médicos en adultos y niños).
Hepatología Clínica
Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en los vacunatorios habilitados por la prestadora y según disponibilidad del Ministerio. Las consultas en especialidades que no figuren en el punto anterior, con un Arancel Preferencial.
LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá gestionar la contratación de los profesionales solicitados por LA CONTRATANTE, siempre que el profesional preste su conformidad para la contratación.
Los profesionales médicos de la lista de La Prestadora de Servicios estarán a disposición del Beneficiario en honorarios de consultorio o en forma permanente, sin que puedan alegarse razones reglamentarias de ordenamiento interno, que impidan la atención por parte de cualquiera de los profesionales del listado de la Prestadora de Servicios, salvo causas de disponibilidad fundadas en las Leyes Laborales del país.
SERVICIOS DE REINTEGROS
El beneficiario y su grupo familiar podrán eventualmente consultar con un médico y/o licenciado que no se encuentre en el listado de profesionales del seguro, no más de 2 (dos) veces por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta guaraníes ciento cincuenta mil (G. 150.000) por consulta. La solicitud de reembolso por parte del asegurado podrá efectuarse hasta 30 días posteriores a la consulta; y el pago o reembolso se realizará dentro de los 20 días posteriores a la solicitud de reembolso.
B.1) PROFESIONALES POR ESPECIALIDAD:
LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá contar para Asunción y Gran Asunción por lo menos con la cantidad mínima de profesionales en las especialidades citadas más abajo:
ESPECIALIDAD - CANTIDAD MÍNIMA
Clínica Médica - 30
Cirugía General y de Niños 40.
Cardiología infantil y adultos 20.
Pediatría y Neonatología (sumando ambos) - 50.
Endocrinología Infantil - 1.
Ginecología y Obstetricia 40.
Otorrinolaringología 10.
Alergología 10.
Flebología y Cirugía de varices 5.
Traumatología y Ortopedia 20.
Neumología 5.
Oftalmología 20.
Urología 10.
Endocrinología 10.
La PRESTADORA DE SERVICIOS deberá gestionar la contratación de los profesionales solicitados por la CONTRATANTE, siempre que el profesional preste su conformidad para la contratación.
C) COBERTURA POR MATERNIDAD
Cobertura inmediata a partir de la firma del contrato para titular, conyugue e hijas solteras hasta el mes que cumplan la edad de 25 (veinticinco) años. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.
Se establece la cobertura de maternidad en el parto normal o parto por cesárea, en forma inmediata de ginecólogo, ayudante, instrumentador, anestesista, pediatra, derecho operatorio, cesárea (sin complicaciones), pensión sanatorial, Nursery, uso de carpa de oxígeno, oxígeno, luminoterapia, incubadora, U.T.I. Neonatal, medicamentos y materiales descartables, estudios laboratoriales, radiológicos, resonancia magnética y tomografías axiales computarizadas y obstétricas. Cubre integralmente el control y los cuidados que demande el recién nacido (normal, patológico o pre término). Incluye transfusionista según necesidad.
Se establece dentro del ítem de cobertura de maternidad los siguientes eventos: Control de embarazo en general, aborto espontáneo, legrado, parto normal o cesárea, embarazo ectópico, mola (embarazo patológico), internaciones clínicas ligadas al curso de un embarazo (ej. Preclansia, Eclampsia, diabetes gestacional, hiperémesis gravídica).
Prematuridad (en recién nacidos menor a 37 semanas). Tendrán cobertura de acuerdo con las condiciones de este anexo técnico, aquellos niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación. Entiéndase por cobertura a aquellos gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de la prematurez: internaciones clínicas y/o quirúrgicas, luminoterapia, honorarios profesionales del médico nutricionista. Deberá incluir incubadora de transporte.
D) TERAPIA INTENSIVA, CARPA DE OXIGENO, INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA (NIÑOS Y ADULTOS)
El tiempo de internación es por un período máximo de veinticinco (25) días por cada evento, sin límites de eventos al año por persona.
Incluye: Honorarios profesionales, la unidad cama, equipos (todos los equipos propios de la unidad), dieta del paciente, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, radiología simple, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, no se limita al listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).
Cobertura de medicamentos y descartables nacionales e importados hasta guaraníes diez millones (G. 10.000.000) por evento y en todo concepto. El excedente del importe del medicamento y descartables nacionales e importados no utilizados dentro de los 25 (veinticinco) días, podrá ser utilizado hasta el límite establecido en el presente contrato no considerando el límite de días. Pasando los 25 (veinticinco) días, y a partir del día 26 (veintiséis) hasta 30 (treinta) días la cobertura será de 50% a cargo del BENEFICIARIO y el 50% restante a cargo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS.
Uso de Incubadora y Luminoterapia hasta 30 días.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio, hasta que se haya utilizado toda la cobertura, siempre y cuando el evento que motive la internación esté cubierto por el contrato. Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada uno del grupo familiar; es decir, el titular y cada uno de sus beneficiarios y adherentes.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer a una persona asignada por el Grupo familiar cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
E) TERAPIA INTERMEDIA E INTERNACIONES (ADULTOS Y NIÑOS)
Cobertura total e integral hasta el alta del paciente. Se entenderá que la cobertura es por cada persona, y se regirá bajo las mismas condiciones que el ítem anterior, salvo que la duración de la internación será de hasta 25(veinticinco) días por evento por persona, con cobertura del 100%.
Incluye: Honorarios Profesionales, la unidad cama, equipos (todos los equipos propios de la unidad), dieta oral del paciente, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, radiología simple, medicina por imágenes y servicios laboratoriales.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer a una persona asignada por el Grupo Familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
F) SERVICIOS DE URGENCIA
Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, compuesto de médicos clínicos, cirujanos, obstetras y pediatras, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados, además de los mismos, se deberá contar con profesionales médicos de las subespecialidades como ser: traumatología, cardiología o la convocatoria de ellos o cualquier otro profesional en la mayor brevedad posible.
Si un BENEFICIARIO se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro centro médico más cercano. Estos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del beneficiario.
Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras 48 (cuarenta y ocho horas) horas, para que LA PRESTADORA DE SERVICIOS se haga cargo del paciente, asumiendo todos los gastos (100%) e indicando su traslado o continuidad en dicho centro.
Disponer de ambulancias para todo tipo de traslado. Unidad Coronaria Móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Incluye el traslado en ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencias y/o urgencia, el cual deberá estar a cargo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, para el titular y los beneficiarios del Contrato. La comunicación deberá ser realizada por el médico a cargo del paciente directamente a la administración de la Prestadora de Servicios.
El hospital proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente, hasta la total recuperación del accidentado. En casos de accidentes colectivos o quemaduras graves hasta el 30% del cuerpo, la atención e internación será hasta el alta del paciente. Se considerará accidente colectivo, cuando resultaren más de 5 (cinco) beneficiarios accidentados en un solo acontecimiento.
La cobertura de medicamentos y descartables nacionales e importados para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y que pueda necesitar el asegurado. Incluye primera dosis de antibiótico.
G) OTROS SERVICIOS CUBIERTOS
En Internaciones y Servicios de Guardia:
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, la utilización de electrocardiógrafo, rayos X del sanatorio, tomógrafos, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video.
En el servicio de guardia tendrán cobertura de: Inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, aplicación de ultrasonidos, masajes, infrarrojo, medicamentos y materiales descartables y otros necesarios que pueda necesitar el asegurado en este servicio, tanto para casos de accidente, como para cualquier requerimiento de atención en este servicio, tendrá una COBERTURA TOTAL sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. Para estos casos no existirá limitaciones y la cobertura deberá ser bajo prescripción médica.
Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, tendrá una COBERTURA TOTAL sin costo para el BENEFICIARIO. También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, así como la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos que tienen problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado expedido por el profesional médico.
Cobertura de medicamentos y de materiales descartables utilizados por valor de diez millones de guaraníes (G. 10.000.000.-) por evento y en todo concepto, sea por internaciones clínicas, Quirúrgicas, partos y cesáreas, servicio de urgencias, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherente.
Para eventos clínicos o quirúrgicos deberán estar cubiertos: Procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (video laparoscópicos, uroscopicos, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, medicamentos, materiales descartables, contraste y extracción de cuerpos extraños.
Además, las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopia y artroscopia (incluyendo el uso de equipos, video, etc.).
Fisioterapias en sanatorios hasta 30 (treinta) sesiones por evento.
H) VISITAS DOMICILIARIAS
Visitas con carácter no urgente hasta 2 (dos) por mes por grupo familiar adultos y niños, dentro de las 3 (tres) horas de recibido el llamado (indefectiblemente). Estas visitas deberán realizarse en toda la zona de la capital y gran Asunción.
Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total.
En los casos de toma de muestras laboratorios a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes comprobados con incapacidad de concurrir a los servicios.
I) OTRAS ESPECIALIDADES
Las consultas en especialidades que no figuren en el punto B, con un arancel preferencial.
J) MÉDICOS CONSULTORES E INTERCONSULTORES
Con especialistas a pedido del médico tratante como así también en las internaciones con 1 (una) interconsulta y 3 (tres) visitas por especialidad con médicos del plantel habilitado.
K) CONSULTAS
Las consultas con plantel de médicos habilitados por la empresa o por el seguro médico serán sin límites. En el caso de Profesionales que no forman parte del plantel medico serán hasta 2 (dos) consultas por grupo familiar por mes, cuya cobertura será por reintegro o reembolsos pudiendo ser el profesional nacional o extranjero radicado en el país hasta el monto de G. 150.000.- (guaraníes ciento cincuenta mil).
L) SEGURO DEL VIAJERO (POR RAZONES LABORALES)
Cobertura hasta un máximo de 30 (treinta) días al año, para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos para casos de urgencias, durante viajes al exterior y mientras dure dicho viaje, al titular, hasta el valor de 15 (quince) mil dólares.
Traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad.
M) COBERTURA FARMACEÚTICA AMBULATORIA
Cobertura mínima del 30% (treinta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales (Preventivo y Curativo), SIN LIMITE.
Para medicamentos importados los descuentos serán como mínimo del 20% (veinte por ciento), SIN LIMITE.
LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá presentar un listado con la lista de las farmacias en acuerdo o convenio con la cual La Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, periferias y/o interior del país.
N) ENFERMEDADES CRÓNICAS CONGÉNITAS
Cobertura total en consultas y unidad cama, de enfermedades crónicas y neoplásicas preexistentes hasta 2 (dos) internaciones (dentro de los límites del contrato) que hayan sido declaradas y/o diagnosticadas en la ficha y chequeo médico de admisión.
O) MATERIALES DE OSTEOSÍNTESIS PARA ROTURA DE HUESOS Y LIGAMENTOS
Cobertura hasta G. 10.000.000.- (guaraníes diez millones) por evento, sin límites de evento por año.
P) SERVICIO DE AMBULANCIA
El oferente adjudicado dispondrá de servicios de ambulancias propias y/o contratadas para emergencias y/o urgencias, así como también para traslados dentro de la Capital, Departamento Central y en todo el interior del país, y sus zonas de influencias para casos de vida, accidentes o necesidad de atención con mayor complejidad, además contará con servicios de unidad de terapia móvil. Estos servicios incluyen la cobertura del 100% de los honorarios del médico y otros gastos emergentes de la atención.
Q) MONTO DE COBERTURA DE EXCESO:
La prestadora de servicio deberá cubrir un exceso de hasta Gs 30.000.000 (Guaraníes treinta millones) por el contrato total, monto total que será destinado a dar cobertura a excesos en eventos de alta complejidad cuyos gastos hubieran excedido la cobertura establecida en el presente PBC para dicho evento. Este beneficio será exclusivamente usufructuado por el Funcionario Titular y no será extensivo a grupo familiar y adherentes.
La Dirección de Recursos Humanos administrará el destino del monto de la cobertura de exceso y en ningún caso podrá destinar a los beneficiarios montos mayores a los dispuestos en la presente clausula.
El monto total de Gs 30.000.000 (Guaraníes treinta millones) será el máximo monto que deberá desembolsar por el Total del contrato la Prestadora de Servicios y el mismo será distribuido entre los beneficiarios designados por la Dirección de Recursos Humanos.
R) COBERTURA POR COVID PARA TITULARES INTERNADOS, AMBULATORIOS Y URGENCIAS:
Pensión Sanatorial 5 (cinco) días (sala).
Honorarios del médico tratante 5 (cinco) días.
Interconsultas de especialistas hasta 2 (dos).
Visitas de especialistas hasta 3 (tres).
Medicamentos y descartables G. 4.000.000 (guaraníes cuatro millones).
Estudios laboratoriales y de diagnósticos según contrato.
Terapia Intensiva hasta G. 5.000.000 (guaraníes cinco millones) en todo concepto.
PCR para SARS COV2, 50% de cobertura.
S) COBERTURA POR COVID PARA TITULARES EN AMBULATORIO, URGENCIAS E INTERNACIONES
PCR para SARS COV2, 50% de cobertura en laboratórios designados por la prestadora.
T) COBERTURA POR COVID GRUPO FAMILIAR Y ADHERENTES INTERNADOS:
Pensión Sanatorial 5 (cinco) días (sala).
Honorarios del médico tratante 5 (cinco) días.
Inter consultas de especialistas hasta 2 (dos).
Visitas de especialistas hasta 3 (tres).
Medicamentos y descartables G. 2.000.000 (Gs. Dos millones).
Estudios laboratoriales y de diagnósticos según contrato
Terapia Intensiva hasta G. 5.000.000 (guaraníes cinco millones) en todo concepto.
PCR para SARS COV2, 50% de cobertura.
U) OTRAS COBERTURAS
Para el caso de cobertura de cirugía bucomaxilo facial se agrega lo siguiente: Cobertura del 30% en las siguientes cirugías:
1. Fracturas faciales tercio medio
2. Fracturas mandibulares abiertas y cerradas
3. Fracturas nasales y/o naso etmoidales
4. Fracturas orbito-malar y arcos cigomáticos abiertos y cerrados. Espirometría simple. Oscilometría.
V) MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD
Se entiende por Servicios Médicos de Alta Complejidad, a la asistencia médica quirúrgica en las especialidades de:
1. Cardiocirugía
2. Neurocirugía
3. Cirugía Vascular periférica
4. Hemodinámica Intervencionista
Debe contemplar lo siguiente:
V.1. HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS, COBERTURA 80%
El criterio para emplear en este ítem es el de lograr una cobertura del 80% (ochenta por ciento) en concepto de honorarios médicos. Los derechos operatorios, internación (sala/UTI) deberán estar cubiertos al 100% (cien por ciento). Para la determinación de porcentajes se tendrán en cuenta los valores de mercado.
Medicamentos descartables, drogas oncológicas hasta la suma de G. 18.000.000.- (Guaraníes dieciocho millones).
Los medios auxiliares de diagnóstico incluido servicios laboratoriales, internación en la UTI después de los 25 (veinticinco) días (Sala y honorarios cobertura del 50%).
Estudios 100% cubiertos hasta los 35 (treinta y cinco) días.
En las siguientes especialidades:
Cirugía Cardiovascular.
Cirugía Neurológica S.N.C. (Cerebro) y S.N.P. incluidas las de columna Angioplastia transluminal coronaria.
Colocación de marcapasos; no incluirá el costo del aparato.
Quimioterapia, incluye drogas oncológicas.
Radioterapia y Cobaltoterapia, deberá incluir los medicamentos y descartables hasta el límite establecido.
Equipo de contrapulsación intraaórtica
V.1.a) CARDIOCIRUGÍA
Colocación de marcapaso (no incluye marcapasos y accesorios).
Cateterismo cardíaco diagnóstico.
Angioplastia Trasluminal.
Coronaria.
Colocación de Stend coronario según alta complejidad.
Cirugía cardíaca con circulación extracorpórea.
Reemplazo válvula aórtica.
Reemplazo válvula mitral.
Disección o aneurisma del cayado aórtico.
Cirugía cardíaca sin circulación extracorpórea.
Revascularización miocárdica.
Drenaje pericárdico.
Pericardiocentésis.
Pericardiectomía.
Toilette mdiastinal y esternal por infección.
Incluye 1 (un) stent (no medicado) por beneficiario por año.
Incluye 1 (un) stent (medicado) por beneficiario por año.
V.1.b) NEUROCIRUGÍA
Abscesos cerebro espinales:
Evacuación de colección epidural o subdural de médula y/o meninges.
Evacuación de colecciones subdurales y epidurales.
Extirpación de lesiones intracerebrales: abscesos, en las siguientes localizaciones: región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo.
Extirpación de lesiones intracerebrales: abscesos, en el resto de los hemisferios y ventrículos.
Aneurismas:
Clipado de los aneurismas de circulación anterior.
Aneurismas de circulación posterior.
Extracción de proyectil.
Hematoma subdural agudo.
Evacuación de colecciones subdurales.
Hemorragia cerebral:
Extirpación de lesiones intracerebrales: hematomas, en las siguientes localizaciones: región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo.
Extirpación de lesiones intracerebrales: hematomas, en el resto de los hemisferios y ventrículos.
Hernia de Disco Cervical:
Hernia de Disco Cervical 1 nivel
Hernia de Disco Cervical 2 o más niveles.
Hernia de Disco Lumbar:
Hernia de Disco Lumbar 1 nivel
Hernia de Disco Lumbar 2 o más niveles.
Malformaciones arteriovenosas:
Resección de las malformaciones venosas o arterio-venosas del cerebro.
Resección transesfenoidal de lesiones.
Malformación arteriovenosa medular.
Extirpación de tumores, malformación vascular u otras lesiones orbitarias.
Malformaciones del sistema nervioso central.
Reparación de fístulas de Líquido Céfalo Raquídeo (L.C.R.).
Tratamiento quirúrgico de la hidrocefalia con válvula de derivación ventrículo peritoneal.
Microcirugía de tumores cerebrales.
Extirpación de lesión tumoral craneana.
Extirpación de lesión tumoral intracraneana (región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo).
V.1.c) CIRUGIA VASCULAR PERIFERICA
Acceso hemodiálisis:
Colocación de shunt permanente o temporal.
Cirugía arterial
Aneurismas de la aorta torácica.
Aneurismas de la aorta Infrarrenal.
Aneurismas de las arterias viscerales (esplénica, hepática o renal).
Aneurismas de la carótida, subclavia, axilar o poplítea.
Aneurismas de otros tipos y falsos aneurismas (Tto. Quirúrgico).
Endarterectomía carotidea, cualquier técnica.
Ligadura de carótida o ramas internas o externa.
Puentes transcervicales.
Revascularización de troncos supraaórticos a partir de la aorta.
Revascularización arterial del miembro superior.
Tumor cartotideo. Tratamiento quirúrgico.
Revascularización visceral:
Hipogástrica.
Mesentérica superior.
Renal unilateral.
Tronco celiaco.
Revascularización (B-.pass) de miembros inferiores:
Angioplastia con balón, intraluminal percutáneo.
Profundoplastia.
Endarterectomía aorto iliaca.
Puente aortofemoral uni o bifemoral.
Puente aorto iliaco unilateral.
Puente axilo-femoral uni o bifemoral.
Puente femoro femoral.
Puente femoro poplíteo protésico con toma de injerto venoso.
Puente femorodistal.
Cirugía de los Linfáticos.
Anastomosis linfovenosas.
Linfangioplastia.
Linfoedema, resección parcial o total.
Cirugía de Fístulas arteriovenosas adquiridas traumáticas.
Fístula aorto-cava.
Fístula reno-cava.
Fístula.
Fístula arterio-venosa intratorácica grandes vasos.
Fístula arterio-venosa cervico-cefálica extracraneana.
Fístula arterio-venosa de los miembros.
Cirugía venosa.
Hipertensión portal: derivación portocava, mesocava, esplenorenal.
Interrupción de vena cava inferior con clips o ligadura.
V.1.d) HEMODINAMIA INTERVENCIONISTA
Servicio de hemodinamia para el diagnóstico de cirugía cardíaca, vascular y neurocirugía, ordenados por profesionales habilitados (cateterismo cardíaco, angioplastia coronaria). Incluye equipo, medicación y descartables hasta Gs. 10.000.000.- (Guaraníes diez millones).
La cobertura de honorarios contempla los siguientes profesionales:
Cirujano.
Anestesiólogo.
Ayudantes.
Instrumentista.
Transfusionista.
Terapista clínico.
Cardiólogo.
Neurólogo.
Para las cirugías cardíacas a corazón abierto (By Pass y Recambio Valvular) que deseare operarse en otro centro médico se le reconocerá hasta G. 10.000.000.- (Guaraníes diez millones), suma que se abonará al sanatorio elegido de entre los propuestos por el Oferente Adjudicado.
En las internaciones quirúrgicas ambulatorias citadas a continuación, la cobertura de medicamentos y materiales descartables nacionales e importados, drogas oncológicas, será hasta la suma de G. 18.000.000.- (guaraníes dieciocho millones) en todo concepto y por evento. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales.
Internación en la U.T.I. después de los 25 (veinticinco) días (sala y honorarios cobertura del 50% - Estudios 100%) hasta el día 35 (treinta y cinco) días.
Quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal.
Cirugía Cardiovascular. Cirugía Neurológica S.N.C. (Cerebro) y SNP incluido columna Angioplastia transluminal coronaria. Colocación de marcapasos; no incluirá el costo del aparato. Litotripsia extracorpórea.
Quimioterapia, incluye drogas oncológicas.
Radioterapia y Cobaltoterapia, deberá incluir los medicamentos y descartables hasta el límite establecido.
Laserterapia, desprendimiento de retina, campimetría computarizada, facoemulsificación. Equipo de contrapulsación intraaórtica.
Tomografías computarizadas, siempre y cuando no superen el número establecido.
Incubadora de transporte.
Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón) ventriculograma isotópico.
Cirugía oftalmológica especializada. No incluye cirugía de parpados.
Litotripsia ultrasónica.
Cirugía oftalmológica especializada, cirugía lasik (ambos ojos), o excímer laser (laserterapia ambos ojos, cirugía de miopía, condicionado a partir 2 dioptrías, con 50% de cobertura únicamente para el titular, y a partir a partir 6 dioptrías con cobertura total). Para los demás integrantes del grupo familiar y/o adherentes condicionados a partir 6 (seis) dioptrías con cobertura total. Asimismo, para el titular a partir 6 (seis) dioptrías con cobertura total.
W) MEDICINA POR IMÁGENES
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, medicamentos, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta G. 500.000.- (guaraníes quinientos mil).
Tomografía computada (computarizada). Hasta 5 (cinco) por año y por beneficiario.
Tomografía multi slice 3 (tres) por año por beneficiario.
Medicina Nuclear (descuento del 70%).
Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.).
Centellografía Hepática.
Centellografía glándula salivar.
Centellografía ósea.
Centellografía sangrado intestinal.
Centellografía Pulmonar.
Centellografía Cerebral.
Centellografia renal.
Centellografía de tiroides o mapeo.
Centellografía testicular.
Ventriculograma isotópico.
X) LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS
Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencia las 24 horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas. Todos los estudios laboratoriales de esta lista serán sin límites y por persona. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
Y) ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIA
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo de emergencias, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente: Este servicio debe efectuarse durante las 24:00 horas del día durante todo el año.
Z) SERVICIOS SIN COBERTURAS
Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina pre-paga. No obstante, la tendencia será el logro de aranceles con descuentos por vía de la negociación.
Se detallan a continuación:
Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
Cirugía estética no reparadora.
Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias ya sean físicas o mentales: intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión.
Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias:
Participación del abonado en eventos que transgredan leyes o normas
Estudios y tratamiento médico-quirúrgico con fines de esterilidad o de procreación (incluida la fertilización asistida y sus productos).
Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados (hasta cierto tiempo a convenir).
Alcohólicos agudos, crónicos, y sus consecuencias (previo dictamen médico que acredite dicha situación).
Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos, formolizaciones
Acupunturas, homeopatía y quiropraxia.
Lipoaspiración.
Secuelas de quimioterapia y radioterapia.
Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
Trasplantes de órganos.
Atención de medicina no alopática.
Cirugías bariátricas y sus consecuencias.
Sangre, Plasma y derivados en caso de autoeliminación.
Pruebas funcionales.
Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmáticas, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebrovascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas, criocirugía, hasta 2 internaciones por beneficiario/año por contrato.
La determinación del acaecimiento de un hecho de intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión, deberá ser demostrada por la autoridad competente para la suspensión de la cobertura de los servicios asistenciales ya prestados.
*No obstante, la tendencia será siempre el logro de aranceles con descuentos por vía de la negociación.
ANEXO DE MEDICINAS POR IMÁGENES
Todos los estudios de medicina detallados por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por BENEFICIARIO y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta G. 500.000.- (guaraníes quinientos mil).
Abdomen simple
Galactografia bilateral sin placa simple.
Acufenometria
Galactografia collado c/previa mamografia.
Angiofluorescencinografia (Ojos).
Galactografia sin placa simple 1 lado.
Angiografía carótida h/8 placas 2 lados.
Gasto cardiaco.
Angiografía carótida h/8 placas c-lado.
Histerosalpinografia cuando viene espec.
Angiografia de cualquier miembro o parte del cuerpo.
Histerosalpinografia radial. c/espec.
Angiografia de miembro 1 lado h16 placas.
Holter.
Angiografia de miembro 2 lados h/6 placas.
Hombro en todas las posiciones.
Angiografia digital 3D.
Impedanciometria
Angioresonancia Angiofluorescengrafia.
Intestino delgado o tránsito intestinal.
Antebrazo en todas las posiciones.
Laringografia contrastada.
Aortografia lumbar o abdominal h/5 placas.
Linfografia cada lado.
Apéndice.
Linfografia dos lados.
Arbol urinario simple.
Litotripsia por nefrostomia.
Curva tonometrica en consultorio (ambos ojos).
Tomografía óptico (ambos ojos).
Arteriografia cerebral h/8 placas 2 lados.
Litotripsia uretral.
Arteriografía cerebral h/8 placas cada lado.
Logoaudiometría.
Arteriografía selectiva (abdominal o torax).
Mama (pieza operatoria) p/placa.
Arteriografia selectiva dos arterias.
Mama (reperage para biopsia) p/placa.
Arteriografía selectiva renal 1 lado.
Mamo en todas las posiciones.
Arteriografía selectiva renal 2 lados.
Mamografía en todos los lados.
Audiometría.
Mapeamiento de retina.
Autorrefracción con ciclopejía.
Mastoide en todas las posiciones.
Biligrafina a colongiografía endovenosa.
Maxilar inferior clortopantomografía.
Biopsias de todo tipo.
Maxilar inferior en todas las posiciones.
Brazo en todas las posiciones.
Mielografía s/contraste ni especialista.
Broncografía 2 lados.
Monitoreo fetal.
Broncografía c/lado.
Muñeca en todas las posiciones.
Cadera a pelvis en todas las posiciones.
Muslo fémur en todas las posiciones.
Campimetria computarizada (80%).
Oclusión de vena central de retina.
Capsulotomia Posterior.
Oclusión vascular retiniana.
Capsulotomia.
Orbitas dposician.
Castilla en todas las posiciones.
Ortopantomografía.
Cavum.
Otoemisiones acústicas.
Cavum contrastado.
Otomicocopia — Otomisiones acústicas.
Cistografia.
Panfotocoagulación.
Clavícula en todas las posiciones.
Papilografia o videopapilografia digital.
Codo en todas las posiciones.
Paquimetria (ambos ojos).
Colangiografia endovenosa (biligrafina).
Paquimetria de cornea AO/(ambos ojos).
Colangiografia operatoria.
Penescopia.
Colangiografia pos-operatoria.
Perimetria Doble frecuencia
Colangiografia retrograda con papilotomia.
Pie en todas las posiciones.
Colangiografia trans-parientohepatico.
Pielografia ascendente.
Colecistografia oral.
Pielografia endovenosa o riñón contraste.
Colon contrastado.
Pierna en todas las posiciones.
Colon doble contraste.
Placa suplementaria.
Colon por ingestión.
Plantigrafia digital estática y dinámica.
Columna cervical en todas las posiciones.
Potenciales evocados auditivos
Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones.
Potenciales evocados auditivos cerebrales
Columna panorámica (espinografia) en todas las posiciones.
Potenciales evocados somatosensitivos.
Control radiológico en maniobras traumatológicas.
Potenciales evocados visuales.
Cráneo en todas las posiciones.
Pruebas vestibulares.
Cráneo para ortodoncia.
Receptores p/estrógenos y progesterona.
Curva de presión ocular.
Reposición de Otoconias.
Dedo 2 posiciones.
Resonancia Magnética (hasta 3 por año).
Degeneration periférica.
Rodilla en todas las posiciones.
Densitometría.
Saco lagrimal.
Dental en todas las placas.
Saco lagrimal (radio como especialista).
Dental oclusal.
Sacro-coxis en todas las posiciones.
Dental seriado.
Scopia arco c por 1 hora.
Dilatación (ciclopejia).
Scopia arco c por más de 1 hora.
Ecobiometria ambos ojos.
Scopia como complemento de examen c/T.V.
Ecocardiograma.
Senos faciales en todas las posiciones.
Ejercicios ortópticos.
Sialografía en todos los lados.
Electrocardiograma
Somnografia o Estudio del Sueño.
Electroencefalograma.
Spect perfusión Miocárdica.
Electromiograma/Electromiografia de 1 miembro.
Test alérgicos.
Electromiograma/ Electromiografia hasta 2 miembro.
Timpanometría.
Electromiograma/ Electromiografia hasta 4 miembro.
Tobillo en todas las posiciones.
Electronistagmografia /Prueba Vestibular.
Tomografías en general.
Electronistagmografia.
Topografía corneal.
Embarazo.
Topografía de córnea (Bilateral).
Encefalograma con mapeo cerebral.
Topografía Óptica Coherente.
Ergometría.
Tórax en todas las posiciones.
Esófago.
Tránsito intestinal o intestino delgado.
Esternón en todas las posiciones.
Transparieto-hepatica.
Examen de retina.
Tcms de tórax.
Examen ortóptico.
Tac Servical simple.
Examen funciona laberintico con videonistagmografia.
Uretrocistografia.
Fistulografia h/2 placas.
Urograma de excreción.
Flebografía cada lado.
Urotac.
Fondo de ojo.
Vesícula simple.
Galactografia bilateral previa mamografía.
ECOCARDIOGRAMA
Eco doppler en general.
Ecocardiograma sin doppler.
Ecocardiograma c/doppler bidimensional.
ECOGRAFÍA
Ecografía abdominal.
Ecografía morfológica — Ecografía morfológica del 3er, 6° y 9° mes (Valores cromosómicos).
Ecografía pan cefálica
Ecografía transvaginal.
Ecografía de mamas.
Ecografía higado-vias biliares-vesícula.
Ecografía prostática
Ecografía 3D — tridimensional.
Ecografía de tiroides.
Ecografía intracavitaria de residuo.
Ecografía prostática intracavitaria.
Ecografía de tejidos blandos.
Ecografía del brazo.
Ecografía intra-operatoria.
Ecografía renal.
Punciones con control ecográfico.
Ecografía ginecológica y obstétrica.
Ecografía oftálmica/ocular.
Ecografía testicular.
TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA - HASTA UN TOTAL 5 (CINCO) POR AÑO POR BENEFICIARIO
Tomografía computarizada del cráneo.
Tomografía computarizada del abdomen inferior.
Tomografía computada pelvis
Tomografía computada columna lumbar.
Tomografía computarizada de senos paranasales.
Tomografía computarizada del abdomen superior.
Tomografía computada columna cervical.
Tomografía computarizada de miembros.
Tomografía computarizada del tórax.
O.T.C/ O.C.T.
Tomografía computada columna dorsal.
Tomografía computada de árbol urinario (URO TAC).
TOMOGRAFIA MULTISLICE - 3 (tres) POR AÑO POR BENEFICIARIO Y ADHERENTE
MEDICINA NUCLEAR (CON 70% DE DESCUENTO)
Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.).
Centellografía hepática.
Centellografía glándula salivar.
Centellografía ósea.
Centellografía sangrado intestinal.
Centellografía pulmonar.
Centellografía cerebral.
Centellografía renal
Centellografía de tiroides o mapeo.
Centellografía testicular.
TERAPIA COBALTO (CON 70% DE DESCUENTO)
Angiomas radiot. Sup. d.t. 10 irrad. p/campo.
Carcinoma oral lesión gang. Irrad. p/campo.
Ca. cuello-cuerpo uter. lesion sola p/campo.
Carcinoma oral más campo anexo.
Ca. cuello-cuerpo uter. más anexo.
Carcinoma pulmonar cobalto.
Carcinoma de lengua lesion gang. Anexo.
Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto.
Carc. mamario b cobalto slop. cicad. Gang.
Carcinoma s/maxilar más campo anexo.
Carc. pene lesion sola co. irrad. p/campo.
Cicatriz queloide s/aplicación
Carc. pene mas campo anexo r. gang.
Huesos (tumores) co. irrad. por campo.
Carc. vejiga cobalto irrad. a/cam so.
Linfomas co. irrad. nodal infodiaf.
Carc. vejiga cobalto irrad. a/cam so.
Linfomas co. irrad. nodal su.radiaf.
Carcinoma cutáneo epit. d.t. 25 ./campo.
Linfomas co. irrad. nodal total.
Carcinoma esofagico mas cam.o anexo.
Linfomas co. una region ganglionar.
Carcinoma esofagico lesion sola cobalto.
Radioterapia is antiimflam. Prom. c/a.lic.
Carcinoma laringeo lesion sola cobalto
Seminona co. rad prof. d.t. 50 irrad.nod.tot.
Carcinoma laringeo mas campo anexo.
Tumores cerebrales en general co. irrad. camp.
Carc. mamario cobalto solo tumor s/cicat.
ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES
Todos los estudios laboratoriales serán sin límites por BENEFICIARIO.
Ácido cítrico.
Hemocultivo en aerobiosis.
Ácido fenil pircivico.
Hemocultivo en anaerobiosis.
Ácido fólico.
Hemoglobina.
Ácido láctico.
Hemoglobina fetal.
Ácido úrico.
Hemoglobina glicosilada (HbA1c).
Ácido vanil mandelico (AVN).
Hemoglobina.
Electroforesis.
Ácido valproico.
Hemograma
ACTH
Hemograma (Plaquetas +VSG) p/Hematólogo.
Adenovirus anticuerpo IGG.
Hemoparásitos.
Adenovirus anticuerpo IGM.
Hemophilus influenzae tipo b. látex.
Adenovirus Antic.
Hepatitis (acy Ag) ver HAV Y HB.
Addis recuento de Hepatitis B IGG.
Aglutinación de partículas de latex para Hepatitis B IGM.
A. Escherichia coli Ki.
Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGG.
A. Hemo-philus influenzae tipo b.
Hepatitis C (HCV) Anticuerpo 1GM
A. Legionella pneumofila
Hepatograma (GPT-GOT-FA-BT-BD B1)/Perfil hepático
A. Nesseria meningitidis grupo a.
Herpes.
A. Nesseria meningitidis grupo b.
HLA B27.
A. Nesseria meningitidis grupo c.
Hidatidosis-ac
A. Stroptocicus grupo b
Hidroxicorticosteroides 17.
A. Stroptococus beta hemolítico grupo a.
Hidroxi-Indol- Acetico 5 (5HIAA)
A. Stroptococus Pheumoniae.
Hidroxiprogesterona.
Aglutinas Anti a.
Hidroxiprogesterona Neonatal
Aglutinas Anti b.
Hierro sérico.
A.F.P.
Hisopado Faringeo.
A/G.
Histoplamina
Ac. Anti cardiolipina IgG-IgM.
HIV-ac
Ac. Anti Microsomales.
Hmburguer-test
Ac. Anti Mitocondriales.
Homocisteina/Homocistina/Cistina.
Ac. Anti Músculo Liso (ASMA)
Hongos. Cultivo e identificación.
Ac. Anti DNA.
Hongos. Examen en fresco.
Ac. Anti Nucleares
Hormona de crecimiento (hGh).
Ac. Anti Tiroides.
Hormona Folículo Estimulante (FSH).
Ac. Anti Tironglubinas.
Hormona Lactogeno Placentaria (hP).
Ac. Anti Toxoplasma IgG.
Hormona Luteinizante (LH).
Ac. Anti Tripanosoma IgG IgA.
Ac. Anti Tripanosoma IgM IgD.
Ac. Anti Virus Sinciciall Respiratorio (VSR) IgE
Ac. Heterofilos IgG
AIDS-ac
IgM
AIN: mina.
Inclusiones citomegalicas.
Alcohol.
Índice de Tiroxina Libre.
Aldolasa
Índices hematimetricos.
Aldosterona.
Influenza A (Por Hisopado).
Alergia -Test: Ver BAST.
Influenza B (Por Hisopado).
Alfa 1 antitripsina.
Inmunoelectroforesis.
Alfafetoproteina (APF).
Inmunofluorescencia
Amilasa.
Inmunoglobinas
Amonio.
Inmunohistoquimica C-ERB2-NEVU
ANA
Insulina
Anca C — PR3 (ANCA — C)
Klesbsiella pneumoniae.
Anca P — MPO (ANCA — P)
L. Neisseria meningitidis grupo B.
Androstenediona
L. Neisseria meningitidis grupo C.
Anfetamina
L. Neisseria meningitidis grupo A.
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos
L. Streptococcus beta hemolíticos grupo.
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos.
L. Streptococcus grupo B.
Anticoagulante Lupico.
L. Stroptococcus pneumonias.
Anticuerpo (AC) Anti CCP.
Lavado gástrico.
Anticuerpo (AC) Anti Centromero
Lactosa
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGA
LAP
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGG L.
Larvas de vermes
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGM
Látex para
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGA
LCR. Citoquimico
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina
IGM LCR. Cultivo.
Anticuerpo (AC) Anti helicobacter Pylon IgA LDH.
Anticuerpo (AC) Anti Hlicobacter Pylon IGG.
LDL-Colesterol
Anticuerpo (AC) Anti RNP - ENA LE
Anticuerpo (AC) Anti SCL 70
Lecitina en líquido amniótico
Anticuerpo (AC) Anti SS — A (RO)
Legionella Pheumiphila. látex
Anticuerpo (AC) Anti SS — B (LA)
Leishmania Anticuerpo IGG
Antígeno Carcinoembrionario (CEA)
Leishmania Anticuerpo IGM
Antígeno Prostático especifico (PAS)
Lesión en la piel. Cultivo para hongos.
Antígenos Febriles.
Lesión genital. Coloración de Gram
Antitrombina III (AT III)
Lesión genital. Coloración de fontana
Apolipoproteina b
Lesión genital. Estudio microbiológico.
Aspegillus
Lesión de &las. Cultivo para hongos
ASTO
LH
Autovacunas
Linfa cutánea. Coloración de Ziehl.
Azucares reductores.
Lipasa
BAAR
Lípidos totales.
Barbitúricos.
Líquido amniótico. Cultivo
Bence-Jones
Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol
Benedict, Reacción de
Líquido articular. Citoquímico
Beta 2 Microglobulina en sangre
Líquido articular. Cristales
Beta Cross Laps
Líquido articular. Cultivo
Bicarbonato
Líquido ascítico. Cultivo
Bilis, cultivo
Líquido gástrico-duodenal. Parásitos
Billirubina total, directa e indirecta
Líquido peritoneal. Cultivo
Bioperfil fisiológico
Líquido pleural. Cultivo
Bioquímica de plasma Seminal
Listeria
BNP Péptido Natriuretico B
Litio
C 3
Madurez Fetal fosfatidil glicerol
C 4
Magnésio
Ca 125
Magnesio eritrocitario
Ca 15-3
Marihuana
Ca 19,9, antígeno
Mastositos
Cadenas ligeras Kappa landa
Metahemoglobina
Calcio
Metotrexate
Calcitonina
Micosis oportunistas
Cálculo Urinário
Micosis profundas
Campo oscuro
Micosis subcutáneas
Campylobacter
Micosis superficiales
Cannabinoides
Microalbuminuria
Capacidad de fijación de hierro TIBC
Mioglobina
Carbamazepina
Moco cervical
Cardiolipina — IGA AC
Monotest
Catecolaminas
Morfina
CEA
Mucoproteinas
Celulas LE
Mycobacterium Tuberculosis
Cetoferoides 17
Mycoplasma Hominis
Cetonemia
N. 5 Nucleotidasa
Cetonuria
Neiseriae Gonorrea
CH 50
Neiseriae Meninigitidis. Grupo A. látex
Chagas Ac. Anti Trypanosoma I. G e I. M
Neiseriae Meninigitidis. Grupo B. látex
Chlamidia
Neiseriae Meninigitidis. Grupo C. látex
Citomegalovirus-ac-1 g M
NTX
Citomegalovirus-ac-IgG
Oído cultivo
Citrato 0
Opiáceos
Ck
Orina cultivo
Ck-mb
Orina, físico-químico del sedimento
Clearance de Creatinina
Oxalato
Cloruros
Oxiuros
CMV-ac-1gM
Parásitos. Investigación e identificación
Coagulograma
Parathormona PTH
Cobre
PAS Antígeno prostático especifico
Cocaína
PAS libre
Coccidioidina
Paul-Bunell presuntivo
Colesterol esterificado
PCR ultrasensible
Colesterol HDL
Colesterol total
Péptido C
Colesterol VLDL
pH
Colesterol-LDL
Phenistix
Colinesterasa
Plaquetas
Coloración de Giemsa
Plaquetas por Hematólogo
Coloración de Gram
Plasma Seminal
Coloración de Ziehl
Poo2
Complemento hemolítico (CH 50)
Po2
Coombs Directo
Porfobilinogeno
Coombs Indirecto
Potasio
Coprocultivo
PPD
Coprología Funcional
Preparación de células LE
Coproporfirinas
Productos de degradación de la fibrina
Cortisol
Progesterona
Crasis Sanguínea, por Hematólogo
Prolactina
Creatinina
Proteínas C
Crioglobulinas
Proteínas C reactiva
Crioglutininas
Proteínas de Bence-Jones
Criptococus
Proteínas Electroforesis
Cristales-Identificación
Proteínas S
Cuerpos Cetonicos
Proteínas totales
Cultivo en Aerobiosis
Protomorfinas
Cultivo en Anaerobiosis
Protozoarios
Cultivo en Thayer-Martin
Procalcitonina
Cultivo para BAAR
Prueba de concentración
Cultivo para GC
Prueba de dilusión
Cultivo para hongos
Prueba de lazo
Cultivo para listeria
Prueba de tolerancia a la lactosa
Cultivo para Mycoplasma
Prueba de tolerancia oral a la glucosa
Curva de tolerancia oral a la glucosa
Prueba de Tzanck
Dehidroepitandrostenediona (DHEASO4)
PTH
Dehidrostestosterona
Punta de catéter Cultivo
Dengue - AG (Antígeno)
Pus. Cultivo
Dengue Anticuerpo (AC) IGG
Quimiotripsina
Dengue Anticuerpo (AC) IGM
Quistes de Protozoos
Densidad
Raspado de lengua. Cultivo para hongos
Determinación de Carga Viral
Rast
Difteria, Cultivo
Reacción de Huddleson
Digoxina
Reacción de Widal
Dimero D
Recuento de Addis
Dióxido de carbono (CO2)
Recuento de Linfocitos CD4
DNA-ac
Relación A/B
D-Xilosa
Relación calcio/creatinina
EBV-EA-ac
Relación PAS/PAS Libre
EBV-VCA-ac
Reticulocitos
Electroforesis de hemoglobina
Retracción del coagulo
Electroforesis de lipoproteinas
Rh
Electroforesis de proteínas
RK 39 - Leishmaniasis Kalaazar
Electrolitos
Rotavirus
Eosinofilos
Rubeola IgM
Epstein-Barr Virus-ac
Rubeola lgG
Eritrosedimentación
Sangre oculta
Escherichia coli enteropatogeno
Saturación de oxigeno
Escherichia coli k 1
Secreción bulbar. Cultivo
Escherichia coli kl. látex
Secreción conjuntival. Cultivo
Esperma, Cultivo
Secreción endocervical. Cultivo
Espermograma
Secreción faríngea. Cultivo
Esputo. Coloración para BAAR
Secreción genital. Cultivo
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes
Secreción nasal. Cultivo
Esputo. Eosinófilos y mastocitos
Secreción nasal. Eosinófilos y mastocitos
Esteatocrito
Secreción prostática. Cultivo
Estradiol
Secreción purulenta. Cultivo
Estriol libre
Secreción traqueal. Cultivo
Estrógenos totales
Secreción uretral
Estudio capilar. Investigación de hongos
Shigella. Cultivo
Exceso de base
Sida-ac
Factor reumatoideo
Sífilis
Factor reumatoideo cuantitativo
Simis-Hunner — test
Factor reumatoideo Isotipo IGA
SO2
Factor reumatoideo Isotipo IGG
Sodio
Factor reumatoideo Isotipo IGM
Somatomedina — c
Fenil Alanina
Staphylcoccus aureus
Fenilhidantoina
Streptococcus Beta hemolitico grupo A. látex
Fenobarbital
Streptococcus grupo B. látex
Ferritina
Streptococcus Pneumoniae
Fibrinógeno
Streptococcus. Cultivo
Fibrinolisis
Streptonasa B
Fórmula Leucocitaria
Streptozima
Fosfatasa ácida prostática (pap)
Swin — up
Fosfatasa acida total y prostática
T. *con ejercicios* con L-Dopa
Fosfatasa alcalina
T3 libre
Fosfatidil-gilierol en liq. amniótico
T3 total
Fosfato de Deshidrogenasa (G6PD)
T3 uptake
Fosfolipidos
T4 libre
Fósforo
T4 total
Fragilidad osmótica de los hematíes
Test de absorción a al xilosa
Frotis de sangre periférica
Test de Coombs Directo
Frotis de sangre periférica por hematólogo
Test de Coombs Indirecto
Fructosa
Test de estimulación con ACTH
Fructosamina
Test de estimulación con LHIRH
FSH
Test de estimulación con TRH
FTA-abs-IgG
Test de Ham
FTA-abs-IgM
Test de HPV
FTI
Test de IRT
Galactosa Neonatal
Test de post-coital
Gamma Globulinas
Test de Sims-Huner / T.S.H. Ultrasensible
Gamma GT
Test de supresión con dexametasona
Ganadotrofina Corionica (hCG)
Test de estimulación hormona de crecimiento
Garganta. Cultivo
Test del Sudor
Gases arteriales
Test in Vitro de penetración espermática en t. moco cervical
Gastrina
Test para alimentos
GC. Cultivo
Test inhalantes
GH (Hormona de crecimiento)
Test inhalantes infrecuentes
Gliadina IgG-IgM
Testosterona libre
Globulina
TIBC (Capacidad del hierro)
Glóbulos blancos
Tiempo de coagulación sanguínea
Glóbulos rojos
Tiempo de Protrombina y coagulación
Glucohemoglobina
Tiempo de tromboplastina parcial activada
Glucosa
Timol
Glucosa pre y post prandial
Tine test
Glucosa.
Curva de tolerancia
Tipificación
Glucosuria
Tiroglubina
GOT
Tiroperoxidasa — Anticuerpo (Tipo — AC)
Gota gruesa
Toxoplasmosis-ac IgG, Igm
GPT
Transferrina
Graham-Test
Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGA
Gravindex
Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGG
Grupo sanguíneo
Trichomonas vaginalis
Guayaco
Triglicéridos
H.G.H.
Troponina I, Cuantitativa
Haemophilus influenzae tipo b
Trypanosoma cruzi-ac
Hamber
TSH
Haptoglobina
TTPa
Ham-test
Tzanck — Prueba de
HAV-ac
Ulcera genital. Cultivo
HAV-ac-IgM
Urea
HbA lc
Ureaplasma Urealyticum
HBc-ac
Urobilina
HBc-ac-lgM
Urobilinogeno
HBDH
Urodimania
HBe-ac
Van de Kamer
HBe-Ag
Vandil — Mandelic —Acid (AVM)
HBs-ac
VDRL
HBs-Ag Vermes
hCG-sub-unidad beta
VIH-ac
Hdelta
Vincent's Angina. Frotis
HDL-Colesterol
Vitamina B12
Heces. Benedict
Vitamina D (25 oh)
Heces. Examen parasitológico
Virocitos
Heces. Flora microbiana
VLDL Colesterol
Heces. Frotis
VSR — ac
Heces. Hongos
Widal. Reacción de
Heces. Microscopia Funcional
Xilosa. Test de absorción
Hematocrito
Se incluye Centellografía y captación tiroidea
COBERTURA DE ESTUDIOS LABORATORIALES EN LABORATORIO DESIGNADO:
Vitamina D
Medición de testosterona (testosterona biodisponible)
CA 125
CEA
CA 15-3
COBERTURA DE ESTUDIOS LABORATORIALES EN LABORATORIO DESIGNADO CON PORCENTAJE:
Panel de Dengue y Chicungunya 30% a cargo de la aseguradora en laboratorio designado.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
BENEFICIARIOS
Titular: Funcionario permanente, personal contratado y funcionarios comisionados.
1. La cantidad mínima de titulares es de 100 con sus grupos familiares.
2. Son BENEFICIARIOS de este contrato las personas que figuren en la lista suministrada por la DINAPI al Oferente Adjudicado, la cobertura y derechos que confiere el contrato serán para los beneficiarios titulares, sus grupos familiares, adherentes, y a los incorporados en lo sucesivo.
3. Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes tendrán los mismos derechos de las coberturas que se encuentran estipuladas en el contrato; con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares, cónyuges de titular e hijas solteras hasta la finalización del mes en que cumplan los 25 (veinticinco) años que ingresen en el listado inicial.
4. GRUPO FAMILIAR: Para los titulares casados/as, serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio de hecho), sus hijos/as hasta la finalización del mes que cumplan los 25 (veinticinco) años, hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límite de edad. El divorcio vincular declarado podrá extinguir la calidad de BENEFICIARIO, a decisión del titular. Pudiendo este incluir a su nuevo/a cónyuge a su grupo familiar.
5. Para los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as, sin hijos menores de 25 (veinticinco) años (por Declaración Jurada), serán tomados como miembros y/o grupo familiar a ambos padres sin límite de edad. En caso de contraer matrimonio deberá excluir a su padre o madre e incluir a su cónyuge, pudiendo el padre y madre ser incluido como adherente pago, la comunicación del nuevo estado civil deberá ser dentro de los 60 días de la fecha de matrimonio y en el mismo momento incorporar al padre y madre excluido como adherente.
Para los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as, serán tomados como miembros y/o grupo familiar a sus hijos/as hasta la finalización del mes en que cumplan 25 (veinticinco) años, y en caso de que durante la vigencia del contrato el titular contraiga matrimonio formal, este podrá incorporar a su cónyuge.
6. Los titulares solteros/as, divorciados/as o viudos/as con hijos menores de 25 (veinticinco) años, podrán incorporar a uno de sus padres hasta la edad de 65 años sin costo, y al otro dentro de la categoría de adherentes con pago según escala.-
En caso de existir algún funcionario casado también con alguna funcionaria de la institución, cada uno será tomado como soltero, uno podrá incluir a los hijos y el otro a un padre sin límite de edad. En caso de que no tengan hijos, ambos podrán incluir a los padres sin límite de edad.
Los titulares casados/as o solteros/as que cuenten con tutoría legal (sentencia definitiva) podrán incluir dentro del grupo familiar a una persona como beneficiario.
7. El recién nacido, hijo del titular, será considerado como parte del grupo familiar de forma automática y con todas las coberturas contempladas para el asegurado, siempre y cuando se informe a la prestadora los datos necesarios del recién nacido a fin de ser incluido efectivamente dentro del grupo familiar, para lo cual será necesario la presentación del certificado de nacido vivo o certificado de nacimiento.
8. La Declaración de los miembros del grupo familiar será responsabilidad del funcionario titular, que deberá realizarlo bajo fe de juramento, a través del formulario correspondiente.
BENEFICIARIOS ADHERENTES:
Cada beneficiario titular (funcionario permanente, personal contratado y funcionario comisionado) podrá solicitar la inclusión de beneficiarios adherentes con los mismos beneficios y coberturas que los demás beneficiarios, con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares y cónyuges.
Personas Mayores: El titular beneficiario podrá incluir como adherente a su padre, madre y hermanos/as mediante el pago de una prima según la siguiente escala:
Hasta 70 (setenta) años 35% del precio adjudicado por cada titular.
De 71 (setenta y un) años en adelante 40% del precio adjudicado por cada titular.
Los hermanos solteros del titular hasta la edad de 35 (treinta y cinco) años podrán adherirse sin maternidad pagando una prima de 35% del precio adjudicado por cada titular.
Los hijos solteros del titular desde los 25 (veinticinco) años hasta los 35 (treinta y cinco) años podrán adherirse pagando una prima de 35% del precio adjudicado por cada titular, excluyendo la cobertura de maternidad.
Observación: el plazo para las incorporaciones para las altas y bajas de nuevos funcionarios (beneficiarios titulares) será desde el día 1 al día 3 de cada mes.
El plazo para las incorporaciones de adherentes pagos es de máximo 60 (sesenta) días desde la inclusión del beneficiario titular luego del inicio del presente contrato. La opción de incluir beneficiarios adherentes será a decisión de cada Titular y los pagos podrán ser de las siguientes formas: serán abonados a la Prestadora de Servicios.
Los beneficiarios adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato, o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley. La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente, por reglamentación interna, solo suspender temporalmente el servicio por falta de pago.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios y personales de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, la DINAPI comunicará dicha situación a la prestadora de servicios.
La empresa adjudicada deberá remitir en el plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas el nombre de la persona que será nexo entre la institución y la empresa, y el nombre de la persona encargada de recibir los documentos para la emisión del carnet identificatorio.
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios. Una vez firmado el Contrato se notificará a la Prestadora de Servicios que el mismo ya ha sido suscripto, la utilización de los servicios entrará en vigencia a partir de la firma del contrato con una duración de 1 (un) año.
Distribución de funcionarios: Asunción y Gran Asunción.
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN:
A. Los precios de los medicamentos y materiales descartables, cubiertos y/o facturados, no podrán ser superiores que en las farmacias de plaza o comercio del ramo según precio de venta al público fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
B. Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares. El oferente adjudicado garantizará que las empresas que subcontraten brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir al oferente adjudicado, excepto para las visaciones, las cuales podrán ser efectuadas en forma personal, vía fax o digital.
C. Los beneficios y la cobertura de este Contrato son exclusivamente y sin excepción para todos los casos y serán realizados en los Centros Habilitados. La lista de médicos del oferente adjudicado deberá estar discriminada, determinando exactamente cuáles son las que cubren íntegramente y cuáles son los que requieran arancel preferencial, salvo las interconsultas con profesionales que no sean del plantel contratado por el oferente adjudicado.
D. La utilización de los equipos e instrumentales de los sanatorios y centros asistenciales empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrán cobertura total, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derecho y aranceles. En cambio, el uso de los equipos especializados proveídos por el médico tratante sean descartables o no, serán cubiertos hasta un valor de guaraníes un millón (Gs. 1.000.000) por evento por cada especialidad. Instrumentales utilizados por el médico tratante serán cubiertos hasta guaraníes dos millones (Gs. 2.000.000).
E. El carnet identificatorio junto con la Cédula de Identidad, serán imprescindibles para su utilización en todos los Sanatorios y Farmacias en convenio en el Territorio Nacional, sin la necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria. El oferente adjudicado proveerá a todos los beneficiarios, el carnet identificatorio y el listado de profesionales médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, direcciones y teléfonos actualizados. La misma deberá ser actualizada periódicamente especificando las altas y las bajas de estos y comunicada a la DINAPI.
F. Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, etc., propuestos por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato. La elección será de libre decisión del beneficiario titular, sin que sea requisito previo recurrir a LA PRESTADORA DE SERVICIOS.
G. LA PRESTADORA DE SERVICIOS proveerá a todos los beneficiarios copia del Contrato suscripto, además del listado de Profesionales Médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, domicilio de consultorios y teléfonos actualizados, dentro del plazo de 60 (sesenta) días posteriores a la firma del Contrato.
Los carnets identificatorios deberán ser entregados mínimamente en un plazo no mayor a 3 días hábiles, luego de ser comunicado los datos correspondientes.
H. Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
I. Los centros asistenciales habilitados entregaran a requerimiento del beneficiario el estado de cuenta de la cobertura con todos los detalles de los gastos.
J. El plantel médico y sanatorial adherido, autorizado y publicado por la prestadora de servicios deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente en horarios de consultorio, no pudiendo requerir el profesional médico y sanatorial adherido ningún pago extra al beneficiario, aludiendo razones de orden interno con LA PRESTADORA DE SERVICIOS. Las urgencias estarán garantizadas en forma permanente en los Sanatorios adheridos a la prestadora.
K. LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá poner a disposición de los beneficiarios un plantel de médicos para todas las especialidades, debiendo estar todas y cada una de ellas cubiertas durante la vigencia del presente Contrato.
L. Se contempla como propio de cada servicio (Internaciones, partos, terapia intensiva, e intermedia, quirófano, alta complejidad, ambulancias, urgencias, asistencia domiciliaria de emergencia y de control, etc.), la provisión de oxígeno en todas sus aplicaciones con cobertura de Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones) por evento.
M. La cobertura solicitada será para la totalidad de los funcionarios y personales de DINAPI, en ningún caso podrá ser rechazado del seguro el titular o su grupo familiar o adherente, aduciendo enfermedades contraídas con anterioridad. Las coberturas deberán ser brindadas en su totalidad, dentro de los límites del contrato.
COBERTURA:
Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores habilitados por el contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones).
La utilización de los equipos e instrumentales de los sanatorios y centros asistenciales empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrán cobertura total, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derecho y aranceles. En cambio, el uso de los equipos especializados proveídos por el médico tratante, sean descartables o no, serán cubiertos hasta un valor de guaraníes un millón (Gs. 1.000.000) por evento por cada especialidad. Instrumentales utilizados por el médico tratante serán cubiertos hasta guaraníes dos millones (Gs. 2.000.000).
Se entenderá como cobertura "por evento", a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médicos —quirúrgico.
LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICO:
Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24 horas, debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, las determinaciones químicas y microbiológicas. Debe contar con un mínimo de 5 (cinco) laboratorios y 5 (cinco) centros de diagnósticos (Deberán ser de reconocida trayectoria) en todo momento, en caso de que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 horas de anticipación (la misma deberá ser de igual nivel).
Si el paciente se encuentra imposibilitado de acudir al laboratorio, las muestras para dichas determinaciones serán retiradas del domicilio y realizadas por los laboratorios contratados por LA PRESTADORA DE SERVICIOS, debiendo solicitarse la misma vía telefónica por lo menos con 24 horas de anticipación, siendo dicho servicio a cargo de la Prestadora de Servicios. Los recargos por traslados de equipos a sanatorios o domicilio serán por cuenta de la Prestadora de Servicios.
En caso de discrepancias en la definición y/o aplicación de las prestaciones contractuales se actuará conforme a lo que establezca la Dependencia especializada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar social, posición que deberá ser acatada por las partes.
CAPACIDAD DE SERVICIO:
Para las internaciones, el contratista deberá habilitar al menos 5 centros asistenciales con las coberturas respectivas en Asunción y el Gran Asunción.
Debe contar con un mínimo de 5 (cinco) laboratorios y 5 (cinco) centros de diagnósticos en Asunción y Gran Asunción. Deberá incluir terapia intensiva de niños en Asunción y Gran Asunción.
El proveedor y/o prestador de servicios que no cuente con sanatorios, laboratorios y centros asistenciales propios o tercerizados en determinadas localidades del país, deberá proceder al reintegro o reembolso de gastos en un plazo no mayor a 72 horas, y en caso excepcional justificado en (8) ocho días, en que incurrió el beneficiario de acuerdo a la cobertura establecida en el presente contrato. -
El proveedor y/o prestadora del servicio deberá mantener la capacidad y calidad para satisfacer los servicios en cuanto a infraestructura y atención profesional, tanto para Asunción y Gran Asunción, como para el Interior del país, en forma plena, conforme a la oferta que resulte adjudicada, en especial a lo relacionado a la saturación en la atención de los beneficiarios. Para los casos del Interior del país será de acuerdo a las disponibilidades de cada Centro asistencial habilitado por la prestadora.
CALIDAD DE SERVICIO:
Respecto a los Sanatorios para Asunción será requerido por lo menos cuatro (4) establecimientos de la categoría correspondiente al "Nivel 3", y en Gran Asunción será requerido por lo menos dos (2) establecimientos la categoría correspondiente al "Nivel 3", de acuerdo con la clasificación establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Al menos tres (3) Sanatorios de Asunción de la categoría/Nivel 3 deben contar con terapia Adultos, niños y neonatal y 2 (dos) de ellos dentro de sus instalaciones deberán contar con equipo de tomografía y de resonancia magnética con certificado de funcionamiento demostrado a través de la ficha técnica respectivamente y mínimamente 1 (uno) de ellos deberá contar con Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria, centro de especialidades cardiológicas todos ellos habilitados por el MSPyBS.
Los centros asistenciales del interior del país, específicamente en Ciudad del Este y Encarnación deberán contar como mínimo con la categoría correspondiente a nivel 01, Concepción nivel 1, establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, los demás centros del interior del País deberán contar con servicios para consultas, emergencias, urgencias e internaciones.
ASISTENCIA MÉDICA — SANATORIAL PROGRAMA DE SUMINISTRO
ASISTENCIA MÉDICA SANATORIAL INTEGRAL
A) INTERNACIONES:
Con cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en centros asistenciales, habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. Sin límites de días. En habitación individual con baño privado, teléfono, T.V. cable, dieta oral del paciente, ambiente climatizado, cama para acompañante, atención médica y de enfermería. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales hasta el alta del paciente. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado pueda internarse. Se deberá incluir media pensión sin cargo para un acompañante en el sanatorio de cabecera y en otros sanatorios adheridos hasta el valor de G. 20.000.- (guaraníes veinte mil).
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos según disponibilidad y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
B) HONORARIOS PROFESIONALES:
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones y servicios de urgencias en las siguientes especialidades: eventos clínicos y quirúrgicos, sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales.
Quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal.
Litotricia extracorpórea.
Laserterapia para desprendimiento de retina, campimetría computarizada, facoemulsificación.
Clínica médica/medicina interna.
Polipectomía.
Toxicología.
Cirugía General menor y mayor (incluido derecho operatorio).
Cirugía pediátrica, incluidas las de patologías congénitas en niños: postectomia (no electiva), pie bot, Hidrocefalia (no incluye válvula), ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia.
Anestesiología — Anestesia en procedimientos quirúrgicos de cualquier especialidad y en estudios de diagnósticos en niños.
Alergología consultas, interconsultas, visitas sanatoriales, incluye + Test alérgicos Prick test y para contraste hasta 5 (cinco) por beneficiario + 10 (diez) aplicaciones de vacunas para tratamiento antialérgicos.
Cateterismo cardiaco por Alta Complejidad, angioplastia trasluminal, coronaria.
Anatomía Patológica (incluye biopsia de todo tipo). Incluye además estudios de materiales pequeños, medianos y grandes; incluyendo biopsia extemporánea.
Estudios histoquímicos y marcadores tumorales.
Estudios cromosómicos (con 50% a cargo de la prestadora).
Cirugía Plástica (reparadora no estética) incluyendo consultas.
Cardiología clínica adultos - Cardiología clínica pediátrica, asistencia operatoria a solicitud del cirujano, monitoreo cardiológico intraoperatorio.
Cirugías convencionales y no convencionales: (Cubre cirugías videos laparoscópicas, endoscópicas, artroscópicas).
Cirugías Endovasculares: será cubierta hasta el monto de las cirugías convencionales.
Cirugía Buco Maxilofaciales en casos de accidentes según anexo.
Clínica Geriátrica.
Flebología, cirugías y varices (excepto las estéticas, escleroterapias y laserterapias).
Cirugía video laparoscópica (uso del video sin cargo para el asegurado).
Analgesias en partos.
Monitoreo cardiológico intraoperatorio.
Pediatría y Neonatología, consulta y vacunaciones.
Polipectomía.
Psiquiatría, consultorio hasta 20 (veinte) consultas.
Monitoreo fetal.
Psicología clínica y laboral hasta 25 (veinticinco) consultas.
Psicopedagogía hasta 5 (cinco) consultas por año por beneficiario.
Fonoaudiología. Incluye consultas, tratamientos, procedimientos y estudios; rehabilitación, hasta 20 (veinte) sesiones por beneficiario.
Mastología, consultas, estudios, tratamientos, procedimientos, cirugía mastológica post quirúrgica inmediata (con mastólogo), siempre que no sea con fines estéticos (Ej. Remodelado prótesis)
Ginecología y Obstetricia.
Oncología clínica niños y adultos, estudios, tratamientos, procedimientos, quimioterapia, consultorio e internaciones (Cirugía Quimioterapia). Ítem Alta Complejidad
Hepatología.
Otorrinolaringología, consultas, estudios, tratamientos, procedimientos, cirugías en adultos y niños, turbinectomia, septumplastia funcional.
Otoneurología: consultas, estudios, lavado de oídos.
Infectología, consultas, tratamientos en adultos y niños.
Diabetología adultos/pediátrica.
Traumatología y Ortopedia en adultos y niños, consultas, estudios, cirugías artroscópicas — ejercicios y fisioterapias convencionales y rehabilitación hasta 30 (treinta) por evento, serán cubiertas, tanto en internaciones como en procedimientos ambulatorios, hidroterapia hasta 10 (diez) sesiones.
Oftalmología en niños y adultos, consultas, cirugías, estudios, tratamientos, procedimientos, ejercicios, ortópticos, dilatación de pupila, curva de presión, fondo de ojo y cataratas con colocación de implante de lente intraocular y por facoemulsificador.
Sustancia viscoelástica 50%, no incluye LIO.
Cirugía oftalmológica especializada, cirugía lasik (ambos ojos), o excímer laser (laserterapia ambos ojos, cirugía de miopía, condicionado a partir 2 (dos) dioptrías, con 50% de cobertura únicamente para el titular ambos Ojos. Para los demás integrantes del grupo familiar y/o adherentes condicionados a partir 6 (seis) dioptrías con cobertura total. Asimismo, para el titular a partir 6 (seis) dioptrías con cobertura total.
Fisioterapia Neurológica (rehabilitación) hasta 15 (quince) sesiones.
Dermatología adultos y niños: clínicas, estudios, tratamientos, cirugías.
Urología en adultos y niños: consultas, endoscopia urológica quirúrgica, litotripsia ultrasónica, estudios, diagnósticos, tratamientos, procedimientos, cirugía de próstata (RTU no laserterapia). Urodinamia honorarios profesionales 70%.
Hematología.-
Cirugía oftalmológica especializada. No incluye cirugía de parpados.
Nefrología incluyendo hemodiálisis en los casos de insuficiencia renal aguda (hasta tres por año por beneficiario por contrato) adultos y niños, cirugías nefrológicas, diálisis IRA.
Reumatología.
Fondo de ojo.
Clínica neurológica en adultos y niños, estudios especializados, consultas, tratamientos, y Cirugía del Sistema Nervioso Periférico incluyendo las de columna según apartado de alta complejidad
Radiología
Dietología - Nutrición (consultas, estudios, tratamiento, elaboración de dietas ya sea con fines estéticos o médicos). Nutrición en obesidad en niños y adultos, consultas, tratamientos, estudios.
Neumología en adultos y niños, consultas, estudios, tratamientos, procedimientos — fisioterapia pulmonar, hasta 20 (veinte) sesiones ambulatorias e internados por beneficiarios, por contrato.
Hemoterapia (Profesionales debidamente acreditados por la Sociedad paraguaya de medicina transfusional y terapia celular).
Transfusionista: incluye cobertura de materiales y descartables utilizados además de los estudios serológicos, materiales descartables y estudios fenotipados de Glóbulos rojos, plasma, plaquetas, etc. Las transfusiones hasta 10 (diez) por beneficiario o por contrato, incluye suministros. durante el procedimiento de transfusiones y perfil inmunohematologico en adultos y niños.
Gastroenterología y Proctología. Gastroenterología en adultos y niños, incluyendo procedimientos endoscópicos o video endoscópicos con fines de diagnósticos o terapéuticos con cobertura en casos de requerir biopsias.
Endocrinología - Dietologia - Nutrición (Consultas, diagnósticos y tratamientos elaboración de dietas ya sea con fines estéticos o médicos en adultos y niños).
Hepatología Clínica
Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en los vacunatorios habilitados por la prestadora y según disponibilidad del Ministerio. Las consultas en especialidades que no figuren en el punto anterior, con un Arancel Preferencial.
LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá gestionar la contratación de los profesionales solicitados por LA CONTRATANTE, siempre que el profesional preste su conformidad para la contratación.
Los profesionales médicos de la lista de La Prestadora de Servicios estarán a disposición del Beneficiario en honorarios de consultorio o en forma permanente, sin que puedan alegarse razones reglamentarias de ordenamiento interno, que impidan la atención por parte de cualquiera de los profesionales del listado de la Prestadora de Servicios, salvo causas de disponibilidad fundadas en las Leyes Laborales del país.
SERVICIOS DE REINTEGROS
El beneficiario y su grupo familiar podrán eventualmente consultar con un médico y/o licenciado que no se encuentre en el listado de profesionales del seguro, no más de 2 (dos) veces por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta guaraníes ciento cincuenta mil (G. 150.000) por consulta. La solicitud de reembolso por parte del asegurado podrá efectuarse hasta 30 días posteriores a la consulta; y el pago o reembolso se realizará dentro de los 20 días posteriores a la solicitud de reembolso.
B.1) PROFESIONALES POR ESPECIALIDAD:
LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá contar para Asunción y Gran Asunción por lo menos con la cantidad mínima de profesionales en las especialidades citadas más abajo:
ESPECIALIDAD - CANTIDAD MÍNIMA
Clínica Médica - 30
Cirugía General y de Niños 40.
Cardiología infantil y adultos 20.
Pediatría y Neonatología (sumando ambos) - 50.
Endocrinología Infantil - 1.
Ginecología y Obstetricia 40.
Otorrinolaringología 10.
Alergología 10.
Flebología y Cirugía de varices 5.
Traumatología y Ortopedia 20.
Neumología 5.
Oftalmología 20.
Urología 10.
Endocrinología 10.
La PRESTADORA DE SERVICIOS deberá gestionar la contratación de los profesionales solicitados por la CONTRATANTE, siempre que el profesional preste su conformidad para la contratación.
C) COBERTURA POR MATERNIDAD
Cobertura inmediata a partir de la firma del contrato para titular, conyugue e hijas solteras hasta el mes que cumplan la edad de 25 (veinticinco) años. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.
Se establece la cobertura de maternidad en el parto normal o parto por cesárea, en forma inmediata de ginecólogo, ayudante, instrumentador, anestesista, pediatra, derecho operatorio, cesárea (sin complicaciones), pensión sanatorial, Nursery, uso de carpa de oxígeno, oxígeno, luminoterapia, incubadora, U.T.I. Neonatal, medicamentos y materiales descartables, estudios laboratoriales, radiológicos, resonancia magnética y tomografías axiales computarizadas y obstétricas. Cubre integralmente el control y los cuidados que demande el recién nacido (normal, patológico o pre término). Incluye transfusionista según necesidad.
Se establece dentro del ítem de cobertura de maternidad los siguientes eventos: Control de embarazo en general, aborto espontáneo, legrado, parto normal o cesárea, embarazo ectópico, mola (embarazo patológico), internaciones clínicas ligadas al curso de un embarazo (ej. Preclansia, Eclampsia, diabetes gestacional, hiperémesis gravídica).
Prematuridad (en recién nacidos menor a 37 semanas). Tendrán cobertura de acuerdo con las condiciones de este anexo técnico, aquellos niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación. Entiéndase por cobertura a aquellos gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de la prematurez: internaciones clínicas y/o quirúrgicas, luminoterapia, honorarios profesionales del médico nutricionista. Deberá incluir incubadora de transporte.
D) TERAPIA INTENSIVA, CARPA DE OXIGENO, INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA (NIÑOS Y ADULTOS)
El tiempo de internación es por un período máximo de veinticinco (25) días por cada evento, sin límites de eventos al año por persona.
Incluye: Honorarios profesionales, la unidad cama, equipos (todos los equipos propios de la unidad), dieta del paciente, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, radiología simple, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, no se limita al listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).
Cobertura de medicamentos y descartables nacionales e importados hasta guaraníes diez millones (G. 10.000.000) por evento y en todo concepto. El excedente del importe del medicamento y descartables nacionales e importados no utilizados dentro de los 25 (veinticinco) días, podrá ser utilizado hasta el límite establecido en el presente contrato no considerando el límite de días. Pasando los 25 (veinticinco) días, y a partir del día 26 (veintiséis) hasta 30 (treinta) días la cobertura será de 50% a cargo del BENEFICIARIO y el 50% restante a cargo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS.
Uso de Incubadora y Luminoterapia hasta 30 días.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio, hasta que se haya utilizado toda la cobertura, siempre y cuando el evento que motive la internación esté cubierto por el contrato. Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada uno del grupo familiar; es decir, el titular y cada uno de sus beneficiarios y adherentes.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer a una persona asignada por el Grupo familiar cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
E) TERAPIA INTERMEDIA E INTERNACIONES (ADULTOS Y NIÑOS)
Cobertura total e integral hasta el alta del paciente. Se entenderá que la cobertura es por cada persona, y se regirá bajo las mismas condiciones que el ítem anterior, salvo que la duración de la internación será de hasta 25(veinticinco) días por evento por persona, con cobertura del 100%.
Incluye: Honorarios Profesionales, la unidad cama, equipos (todos los equipos propios de la unidad), dieta oral del paciente, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, radiología simple, medicina por imágenes y servicios laboratoriales.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer a una persona asignada por el Grupo Familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, Plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, Plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO. Incluye suministro de materiales.
F) SERVICIOS DE URGENCIA
Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, compuesto de médicos clínicos, cirujanos, obstetras y pediatras, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados, además de los mismos, se deberá contar con profesionales médicos de las subespecialidades como ser: traumatología, cardiología o la convocatoria de ellos o cualquier otro profesional en la mayor brevedad posible.
Si un BENEFICIARIO se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro centro médico más cercano. Estos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del beneficiario.
Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras 48 (cuarenta y ocho horas) horas, para que LA PRESTADORA DE SERVICIOS se haga cargo del paciente, asumiendo todos los gastos (100%) e indicando su traslado o continuidad en dicho centro.
Disponer de ambulancias para todo tipo de traslado. Unidad Coronaria Móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Incluye el traslado en ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencias y/o urgencia, el cual deberá estar a cargo de LA PRESTADORA DE SERVICIOS, para el titular y los beneficiarios del Contrato. La comunicación deberá ser realizada por el médico a cargo del paciente directamente a la administración de la Prestadora de Servicios.
El hospital proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente, hasta la total recuperación del accidentado. En casos de accidentes colectivos o quemaduras graves hasta el 30% del cuerpo, la atención e internación será hasta el alta del paciente. Se considerará accidente colectivo, cuando resultaren más de 5 (cinco) beneficiarios accidentados en un solo acontecimiento.
La cobertura de medicamentos y descartables nacionales e importados para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y que pueda necesitar el asegurado. Incluye primera dosis de antibiótico.
G) OTROS SERVICIOS CUBIERTOS
En Internaciones y Servicios de Guardia:
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, la utilización de electrocardiógrafo, rayos X del sanatorio, tomógrafos, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, video.
En el servicio de guardia tendrán cobertura de: Inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, aplicación de ultrasonidos, masajes, infrarrojo, medicamentos y materiales descartables y otros necesarios que pueda necesitar el asegurado en este servicio, tanto para casos de accidente, como para cualquier requerimiento de atención en este servicio, tendrá una COBERTURA TOTAL sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. Para estos casos no existirá limitaciones y la cobertura deberá ser bajo prescripción médica.
Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, tendrá una COBERTURA TOTAL sin costo para el BENEFICIARIO. También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, así como la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos que tienen problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado expedido por el profesional médico.
Cobertura de medicamentos y de materiales descartables utilizados por valor de diez millones de guaraníes (G. 10.000.000.-) por evento y en todo concepto, sea por internaciones clínicas, Quirúrgicas, partos y cesáreas, servicio de urgencias, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherente.
Para eventos clínicos o quirúrgicos deberán estar cubiertos: Procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (video laparoscópicos, uroscopicos, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, medicamentos, materiales descartables, contraste y extracción de cuerpos extraños.
Además, las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopia y artroscopia (incluyendo el uso de equipos, video, etc.).
Fisioterapias en sanatorios hasta 30 (treinta) sesiones por evento.
H) VISITAS DOMICILIARIAS
Visitas con carácter no urgente hasta 2 (dos) por mes por grupo familiar adultos y niños, dentro de las 3 (tres) horas de recibido el llamado (indefectiblemente). Estas visitas deberán realizarse en toda la zona de la capital y gran Asunción.
Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total.
En los casos de toma de muestras laboratorios a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes comprobados con incapacidad de concurrir a los servicios.
I) OTRAS ESPECIALIDADES
Las consultas en especialidades que no figuren en el punto B, con un arancel preferencial.
J) MÉDICOS CONSULTORES E INTERCONSULTORES
Con especialistas a pedido del médico tratante como así también en las internaciones con 1 (una) interconsulta y 3 (tres) visitas por especialidad con médicos del plantel habilitado.
K) CONSULTAS
Las consultas con plantel de médicos habilitados por la empresa o por el seguro médico serán sin límites. En el caso de Profesionales que no forman parte del plantel medico serán hasta 2 (dos) consultas por grupo familiar por mes, cuya cobertura será por reintegro o reembolsos pudiendo ser el profesional nacional o extranjero radicado en el país hasta el monto de G. 150.000.- (guaraníes ciento cincuenta mil).
L) SEGURO DEL VIAJERO (POR RAZONES LABORALES)
Cobertura hasta un máximo de 30 (treinta) días al año, para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos para casos de urgencias, durante viajes al exterior y mientras dure dicho viaje, al titular, hasta el valor de 15 (quince) mil dólares.
Traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad.
M) COBERTURA FARMACEÚTICA AMBULATORIA
Cobertura mínima del 30% (treinta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales (Preventivo y Curativo), SIN LIMITE.
Para medicamentos importados los descuentos serán como mínimo del 20% (veinte por ciento), SIN LIMITE.
LA PRESTADORA DE SERVICIOS deberá presentar un listado con la lista de las farmacias en acuerdo o convenio con la cual La Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, periferias y/o interior del país.
N) ENFERMEDADES CRÓNICAS CONGÉNITAS
Cobertura total en consultas y unidad cama, de enfermedades crónicas y neoplásicas preexistentes hasta 2 (dos) internaciones (dentro de los límites del contrato) que hayan sido declaradas y/o diagnosticadas en la ficha y chequeo médico de admisión.
O) MATERIALES DE OSTEOSÍNTESIS PARA ROTURA DE HUESOS Y LIGAMENTOS
Cobertura hasta G. 10.000.000.- (guaraníes diez millones) por evento, sin límites de evento por año.
P) SERVICIO DE AMBULANCIA
El oferente adjudicado dispondrá de servicios de ambulancias propias y/o contratadas para emergencias y/o urgencias, así como también para traslados dentro de la Capital, Departamento Central y en todo el interior del país, y sus zonas de influencias para casos de vida, accidentes o necesidad de atención con mayor complejidad, además contará con servicios de unidad de terapia móvil. Estos servicios incluyen la cobertura del 100% de los honorarios del médico y otros gastos emergentes de la atención.
Q) MONTO DE COBERTURA DE EXCESO:
La prestadora de servicio deberá cubrir un exceso de hasta Gs 30.000.000 (Guaraníes treinta millones) por el contrato total, monto total que será destinado a dar cobertura a excesos en eventos de alta complejidad cuyos gastos hubieran excedido la cobertura establecida en el presente PBC para dicho evento. Este beneficio será exclusivamente usufructuado por el Funcionario Titular y no será extensivo a grupo familiar y adherentes.
La Dirección de Recursos Humanos administrará el destino del monto de la cobertura de exceso y en ningún caso podrá destinar a los beneficiarios montos mayores a los dispuestos en la presente clausula.
El monto total de Gs 30.000.000 (Guaraníes treinta millones) será el máximo monto que deberá desembolsar por el Total del contrato la Prestadora de Servicios y el mismo será distribuido entre los beneficiarios designados por la Dirección de Recursos Humanos.
R) COBERTURA POR COVID PARA TITULARES INTERNADOS, AMBULATORIOS Y URGENCIAS:
Pensión Sanatorial 5 (cinco) días (sala).
Honorarios del médico tratante 5 (cinco) días.
Interconsultas de especialistas hasta 2 (dos).
Visitas de especialistas hasta 3 (tres).
Medicamentos y descartables G. 4.000.000 (guaraníes cuatro millones).
Estudios laboratoriales y de diagnósticos según contrato.
Terapia Intensiva hasta G. 5.000.000 (guaraníes cinco millones) en todo concepto.
PCR para SARS COV2, 50% de cobertura.
S) COBERTURA POR COVID PARA TITULARES EN AMBULATORIO, URGENCIAS E INTERNACIONES
PCR para SARS COV2, 50% de cobertura en laboratórios designados por la prestadora.
T) COBERTURA POR COVID GRUPO FAMILIAR Y ADHERENTES INTERNADOS:
Pensión Sanatorial 5 (cinco) días (sala).
Honorarios del médico tratante 5 (cinco) días.
Inter consultas de especialistas hasta 2 (dos).
Visitas de especialistas hasta 3 (tres).
Medicamentos y descartables G. 2.000.000 (Gs. Dos millones).
Estudios laboratoriales y de diagnósticos según contrato
Terapia Intensiva hasta G. 5.000.000 (guaraníes cinco millones) en todo concepto.
PCR para SARS COV2, 50% de cobertura.
U) OTRAS COBERTURAS
Para el caso de cobertura de cirugía bucomaxilo facial se agrega lo siguiente: Cobertura del 30% en las siguientes cirugías:
1. Fracturas faciales tercio medio
2. Fracturas mandibulares abiertas y cerradas
3. Fracturas nasales y/o naso etmoidales
4. Fracturas orbito-malar y arcos cigomáticos abiertos y cerrados. Espirometría simple. Oscilometría.
V) MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD
Se entiende por Servicios Médicos de Alta Complejidad, a la asistencia médica quirúrgica en las especialidades de:
1. Cardiocirugía
2. Neurocirugía
3. Cirugía Vascular periférica
4. Hemodinámica Intervencionista
Debe contemplar lo siguiente:
V.1. HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS, COBERTURA 80%
El criterio para emplear en este ítem es el de lograr una cobertura del 80% (ochenta por ciento) en concepto de honorarios médicos. Los derechos operatorios, internación (sala/UTI) deberán estar cubiertos al 100% (cien por ciento). Para la determinación de porcentajes se tendrán en cuenta los valores de mercado.
Medicamentos descartables, drogas oncológicas hasta la suma de G. 18.000.000.- (Guaraníes dieciocho millones).
Los medios auxiliares de diagnóstico incluido servicios laboratoriales, internación en la UTI después de los 25 (veinticinco) días (Sala y honorarios cobertura del 50%).
Estudios 100% cubiertos hasta los 35 (treinta y cinco) días.
En las siguientes especialidades:
Cirugía Cardiovascular.
Cirugía Neurológica S.N.C. (Cerebro) y S.N.P. incluidas las de columna Angioplastia transluminal coronaria.
Colocación de marcapasos; no incluirá el costo del aparato.
Quimioterapia, incluye drogas oncológicas.
Radioterapia y Cobaltoterapia, deberá incluir los medicamentos y descartables hasta el límite establecido.
Equipo de contrapulsación intraaórtica
V.1.a) CARDIOCIRUGÍA
Colocación de marcapaso (no incluye marcapasos y accesorios).
Cateterismo cardíaco diagnóstico.
Angioplastia Trasluminal.
Coronaria.
Colocación de Stend coronario según alta complejidad.
Cirugía cardíaca con circulación extracorpórea.
Reemplazo válvula aórtica.
Reemplazo válvula mitral.
Disección o aneurisma del cayado aórtico.
Cirugía cardíaca sin circulación extracorpórea.
Revascularización miocárdica.
Drenaje pericárdico.
Pericardiocentésis.
Pericardiectomía.
Toilette mdiastinal y esternal por infección.
Incluye 1 (un) stent (no medicado) por beneficiario por año.
Incluye 1 (un) stent (medicado) por beneficiario por año.
V.1.b) NEUROCIRUGÍA
Abscesos cerebro espinales:
Evacuación de colección epidural o subdural de médula y/o meninges.
Evacuación de colecciones subdurales y epidurales.
Extirpación de lesiones intracerebrales: abscesos, en las siguientes localizaciones: región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo.
Extirpación de lesiones intracerebrales: abscesos, en el resto de los hemisferios y ventrículos.
Aneurismas:
Clipado de los aneurismas de circulación anterior.
Aneurismas de circulación posterior.
Extracción de proyectil.
Hematoma subdural agudo.
Evacuación de colecciones subdurales.
Hemorragia cerebral:
Extirpación de lesiones intracerebrales: hematomas, en las siguientes localizaciones: región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo.
Extirpación de lesiones intracerebrales: hematomas, en el resto de los hemisferios y ventrículos.
Hernia de Disco Cervical:
Hernia de Disco Cervical 1 nivel
Hernia de Disco Cervical 2 o más niveles.
Hernia de Disco Lumbar:
Hernia de Disco Lumbar 1 nivel
Hernia de Disco Lumbar 2 o más niveles.
Malformaciones arteriovenosas:
Resección de las malformaciones venosas o arterio-venosas del cerebro.
Resección transesfenoidal de lesiones.
Malformación arteriovenosa medular.
Extirpación de tumores, malformación vascular u otras lesiones orbitarias.
Malformaciones del sistema nervioso central.
Reparación de fístulas de Líquido Céfalo Raquídeo (L.C.R.).
Tratamiento quirúrgico de la hidrocefalia con válvula de derivación ventrículo peritoneal.
Microcirugía de tumores cerebrales.
Extirpación de lesión tumoral craneana.
Extirpación de lesión tumoral intracraneana (región selar, fosa posterior, región de la pineal y tercer ventrículo).
V.1.c) CIRUGIA VASCULAR PERIFERICA
Acceso hemodiálisis:
Colocación de shunt permanente o temporal.
Cirugía arterial
Aneurismas de la aorta torácica.
Aneurismas de la aorta Infrarrenal.
Aneurismas de las arterias viscerales (esplénica, hepática o renal).
Aneurismas de la carótida, subclavia, axilar o poplítea.
Aneurismas de otros tipos y falsos aneurismas (Tto. Quirúrgico).
Endarterectomía carotidea, cualquier técnica.
Ligadura de carótida o ramas internas o externa.
Puentes transcervicales.
Revascularización de troncos supraaórticos a partir de la aorta.
Revascularización arterial del miembro superior.
Tumor cartotideo. Tratamiento quirúrgico.
Revascularización visceral:
Hipogástrica.
Mesentérica superior.
Renal unilateral.
Tronco celiaco.
Revascularización (B-.pass) de miembros inferiores:
Angioplastia con balón, intraluminal percutáneo.
Profundoplastia.
Endarterectomía aorto iliaca.
Puente aortofemoral uni o bifemoral.
Puente aorto iliaco unilateral.
Puente axilo-femoral uni o bifemoral.
Puente femoro femoral.
Puente femoro poplíteo protésico con toma de injerto venoso.
Puente femorodistal.
Cirugía de los Linfáticos.
Anastomosis linfovenosas.
Linfangioplastia.
Linfoedema, resección parcial o total.
Cirugía de Fístulas arteriovenosas adquiridas traumáticas.
Fístula aorto-cava.
Fístula reno-cava.
Fístula.
Fístula arterio-venosa intratorácica grandes vasos.
Fístula arterio-venosa cervico-cefálica extracraneana.
Fístula arterio-venosa de los miembros.
Cirugía venosa.
Hipertensión portal: derivación portocava, mesocava, esplenorenal.
Interrupción de vena cava inferior con clips o ligadura.
V.1.d) HEMODINAMIA INTERVENCIONISTA
Servicio de hemodinamia para el diagnóstico de cirugía cardíaca, vascular y neurocirugía, ordenados por profesionales habilitados (cateterismo cardíaco, angioplastia coronaria). Incluye equipo, medicación y descartables hasta Gs. 10.000.000.- (Guaraníes diez millones).
La cobertura de honorarios contempla los siguientes profesionales:
Cirujano.
Anestesiólogo.
Ayudantes.
Instrumentista.
Transfusionista.
Terapista clínico.
Cardiólogo.
Neurólogo.
Para las cirugías cardíacas a corazón abierto (By Pass y Recambio Valvular) que deseare operarse en otro centro médico se le reconocerá hasta G. 10.000.000.- (Guaraníes diez millones), suma que se abonará al sanatorio elegido de entre los propuestos por el Oferente Adjudicado.
En las internaciones quirúrgicas ambulatorias citadas a continuación, la cobertura de medicamentos y materiales descartables nacionales e importados, drogas oncológicas, será hasta la suma de G. 18.000.000.- (guaraníes dieciocho millones) en todo concepto y por evento. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales.
Internación en la U.T.I. después de los 25 (veinticinco) días (sala y honorarios cobertura del 50% - Estudios 100%) hasta el día 35 (treinta y cinco) días.
Quemaduras hasta el 30% de la superficie corporal.
Cirugía Cardiovascular. Cirugía Neurológica S.N.C. (Cerebro) y SNP incluido columna Angioplastia transluminal coronaria. Colocación de marcapasos; no incluirá el costo del aparato. Litotripsia extracorpórea.
Quimioterapia, incluye drogas oncológicas.
Radioterapia y Cobaltoterapia, deberá incluir los medicamentos y descartables hasta el límite establecido.
Laserterapia, desprendimiento de retina, campimetría computarizada, facoemulsificación. Equipo de contrapulsación intraaórtica.
Tomografías computarizadas, siempre y cuando no superen el número establecido.
Incubadora de transporte.
Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón) ventriculograma isotópico.
Cirugía oftalmológica especializada. No incluye cirugía de parpados.
Litotripsia ultrasónica.
Cirugía oftalmológica especializada, cirugía lasik (ambos ojos), o excímer laser (laserterapia ambos ojos, cirugía de miopía, condicionado a partir 2 dioptrías, con 50% de cobertura únicamente para el titular, y a partir a partir 6 dioptrías con cobertura total). Para los demás integrantes del grupo familiar y/o adherentes condicionados a partir 6 (seis) dioptrías con cobertura total. Asimismo, para el titular a partir 6 (seis) dioptrías con cobertura total.
W) MEDICINA POR IMÁGENES
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, medicamentos, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta G. 500.000.- (guaraníes quinientos mil).
Tomografía computada (computarizada). Hasta 5 (cinco) por año y por beneficiario.
Tomografía multi slice 3 (tres) por año por beneficiario.
Medicina Nuclear (descuento del 70%).
Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.).
Centellografía Hepática.
Centellografía glándula salivar.
Centellografía ósea.
Centellografía sangrado intestinal.
Centellografía Pulmonar.
Centellografía Cerebral.
Centellografia renal.
Centellografía de tiroides o mapeo.
Centellografía testicular.
Ventriculograma isotópico.
X) LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS
Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencia las 24 horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas. Todos los estudios laboratoriales de esta lista serán sin límites y por persona. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
Y) ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIA
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo de emergencias, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente: Este servicio debe efectuarse durante las 24:00 horas del día durante todo el año.
Z) SERVICIOS SIN COBERTURAS
Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina pre-paga. No obstante, la tendencia será el logro de aranceles con descuentos por vía de la negociación.
Se detallan a continuación:
Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
Cirugía estética no reparadora.
Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias ya sean físicas o mentales: intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión.
Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias:
Participación del abonado en eventos que transgredan leyes o normas
Estudios y tratamiento médico-quirúrgico con fines de esterilidad o de procreación (incluida la fertilización asistida y sus productos).
Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados (hasta cierto tiempo a convenir).
Alcohólicos agudos, crónicos, y sus consecuencias (previo dictamen médico que acredite dicha situación).
Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos, formolizaciones
Acupunturas, homeopatía y quiropraxia.
Lipoaspiración.
Secuelas de quimioterapia y radioterapia.
Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
Trasplantes de órganos.
Atención de medicina no alopática.
Cirugías bariátricas y sus consecuencias.
Sangre, Plasma y derivados en caso de autoeliminación.
Pruebas funcionales.
Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmáticas, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebrovascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas, criocirugía, hasta 2 internaciones por beneficiario/año por contrato.
La determinación del acaecimiento de un hecho de intento de autoeliminación, autointoxicación, automedicación, autoagresión, deberá ser demostrada por la autoridad competente para la suspensión de la cobertura de los servicios asistenciales ya prestados.
*No obstante, la tendencia será siempre el logro de aranceles con descuentos por vía de la negociación.
ANEXO DE MEDICINAS POR IMÁGENES
Todos los estudios de medicina detallados por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por BENEFICIARIO y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante.
Medicamentos, materiales descartables y contrastes hasta G. 500.000.- (guaraníes quinientos mil).
Abdomen simple
Galactografia bilateral sin placa simple.
Acufenometria
Galactografia collado c/previa mamografia.
Angiofluorescencinografia (Ojos).
Galactografia sin placa simple 1 lado.
Angiografía carótida h/8 placas 2 lados.
Gasto cardiaco.
Angiografía carótida h/8 placas c-lado.
Histerosalpinografia cuando viene espec.
Angiografia de cualquier miembro o parte del cuerpo.
Histerosalpinografia radial. c/espec.
Angiografia de miembro 1 lado h16 placas.
Holter.
Angiografia de miembro 2 lados h/6 placas.
Hombro en todas las posiciones.
Angiografia digital 3D.
Impedanciometria
Angioresonancia Angiofluorescengrafia.
Intestino delgado o tránsito intestinal.
Antebrazo en todas las posiciones.
Laringografia contrastada.
Aortografia lumbar o abdominal h/5 placas.
Linfografia cada lado.
Apéndice.
Linfografia dos lados.
Arbol urinario simple.
Litotripsia por nefrostomia.
Curva tonometrica en consultorio (ambos ojos).
Tomografía óptico (ambos ojos).
Arteriografia cerebral h/8 placas 2 lados.
Litotripsia uretral.
Arteriografía cerebral h/8 placas cada lado.
Logoaudiometría.
Arteriografía selectiva (abdominal o torax).
Mama (pieza operatoria) p/placa.
Arteriografia selectiva dos arterias.
Mama (reperage para biopsia) p/placa.
Arteriografía selectiva renal 1 lado.
Mamo en todas las posiciones.
Arteriografía selectiva renal 2 lados.
Mamografía en todos los lados.
Audiometría.
Mapeamiento de retina.
Autorrefracción con ciclopejía.
Mastoide en todas las posiciones.
Biligrafina a colongiografía endovenosa.
Maxilar inferior clortopantomografía.
Biopsias de todo tipo.
Maxilar inferior en todas las posiciones.
Brazo en todas las posiciones.
Mielografía s/contraste ni especialista.
Broncografía 2 lados.
Monitoreo fetal.
Broncografía c/lado.
Muñeca en todas las posiciones.
Cadera a pelvis en todas las posiciones.
Muslo fémur en todas las posiciones.
Campimetria computarizada (80%).
Oclusión de vena central de retina.
Capsulotomia Posterior.
Oclusión vascular retiniana.
Capsulotomia.
Orbitas dposician.
Castilla en todas las posiciones.
Ortopantomografía.
Cavum.
Otoemisiones acústicas.
Cavum contrastado.
Otomicocopia — Otomisiones acústicas.
Cistografia.
Panfotocoagulación.
Clavícula en todas las posiciones.
Papilografia o videopapilografia digital.
Codo en todas las posiciones.
Paquimetria (ambos ojos).
Colangiografia endovenosa (biligrafina).
Paquimetria de cornea AO/(ambos ojos).
Colangiografia operatoria.
Penescopia.
Colangiografia pos-operatoria.
Perimetria Doble frecuencia
Colangiografia retrograda con papilotomia.
Pie en todas las posiciones.
Colangiografia trans-parientohepatico.
Pielografia ascendente.
Colecistografia oral.
Pielografia endovenosa o riñón contraste.
Colon contrastado.
Pierna en todas las posiciones.
Colon doble contraste.
Placa suplementaria.
Colon por ingestión.
Plantigrafia digital estática y dinámica.
Columna cervical en todas las posiciones.
Potenciales evocados auditivos
Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones.
Potenciales evocados auditivos cerebrales
Columna panorámica (espinografia) en todas las posiciones.
Potenciales evocados somatosensitivos.
Control radiológico en maniobras traumatológicas.
Potenciales evocados visuales.
Cráneo en todas las posiciones.
Pruebas vestibulares.
Cráneo para ortodoncia.
Receptores p/estrógenos y progesterona.
Curva de presión ocular.
Reposición de Otoconias.
Dedo 2 posiciones.
Resonancia Magnética (hasta 3 por año).
Degeneration periférica.
Rodilla en todas las posiciones.
Densitometría.
Saco lagrimal.
Dental en todas las placas.
Saco lagrimal (radio como especialista).
Dental oclusal.
Sacro-coxis en todas las posiciones.
Dental seriado.
Scopia arco c por 1 hora.
Dilatación (ciclopejia).
Scopia arco c por más de 1 hora.
Ecobiometria ambos ojos.
Scopia como complemento de examen c/T.V.
Ecocardiograma.
Senos faciales en todas las posiciones.
Ejercicios ortópticos.
Sialografía en todos los lados.
Electrocardiograma
Somnografia o Estudio del Sueño.
Electroencefalograma.
Spect perfusión Miocárdica.
Electromiograma/Electromiografia de 1 miembro.
Test alérgicos.
Electromiograma/ Electromiografia hasta 2 miembro.
Timpanometría.
Electromiograma/ Electromiografia hasta 4 miembro.
Tobillo en todas las posiciones.
Electronistagmografia /Prueba Vestibular.
Tomografías en general.
Electronistagmografia.
Topografía corneal.
Embarazo.
Topografía de córnea (Bilateral).
Encefalograma con mapeo cerebral.
Topografía Óptica Coherente.
Ergometría.
Tórax en todas las posiciones.
Esófago.
Tránsito intestinal o intestino delgado.
Esternón en todas las posiciones.
Transparieto-hepatica.
Examen de retina.
Tcms de tórax.
Examen ortóptico.
Tac Servical simple.
Examen funciona laberintico con videonistagmografia.
Uretrocistografia.
Fistulografia h/2 placas.
Urograma de excreción.
Flebografía cada lado.
Urotac.
Fondo de ojo.
Vesícula simple.
Galactografia bilateral previa mamografía.
ECOCARDIOGRAMA
Eco doppler en general.
Ecocardiograma sin doppler.
Ecocardiograma c/doppler bidimensional.
ECOGRAFÍA
Ecografía abdominal.
Ecografía morfológica — Ecografía morfológica del 3er, 6° y 9° mes (Valores cromosómicos).
Ecografía pan cefálica
Ecografía transvaginal.
Ecografía de mamas.
Ecografía higado-vias biliares-vesícula.
Ecografía prostática
Ecografía 3D — tridimensional.
Ecografía de tiroides.
Ecografía intracavitaria de residuo.
Ecografía prostática intracavitaria.
Ecografía de tejidos blandos.
Ecografía del brazo.
Ecografía intra-operatoria.
Ecografía renal.
Punciones con control ecográfico.
Ecografía ginecológica y obstétrica.
Ecografía oftálmica/ocular.
Ecografía testicular.
TOMOGRAFÍA AXIAL COMPUTADA - HASTA UN TOTAL 5 (CINCO) POR AÑO POR BENEFICIARIO
Tomografía computarizada del cráneo.
Tomografía computarizada del abdomen inferior.
Tomografía computada pelvis
Tomografía computada columna lumbar.
Tomografía computarizada de senos paranasales.
Tomografía computarizada del abdomen superior.
Tomografía computada columna cervical.
Tomografía computarizada de miembros.
Tomografía computarizada del tórax.
O.T.C/ O.C.T.
Tomografía computada columna dorsal.
Tomografía computada de árbol urinario (URO TAC).
TOMOGRAFIA MULTISLICE - 3 (tres) POR AÑO POR BENEFICIARIO Y ADHERENTE
MEDICINA NUCLEAR (CON 70% DE DESCUENTO)
Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.).
Centellografía hepática.
Centellografía glándula salivar.
Centellografía ósea.
Centellografía sangrado intestinal.
Centellografía pulmonar.
Centellografía cerebral.
Centellografía renal
Centellografía de tiroides o mapeo.
Centellografía testicular.
TERAPIA COBALTO (CON 70% DE DESCUENTO)
Angiomas radiot. Sup. d.t. 10 irrad. p/campo.
Carcinoma oral lesión gang. Irrad. p/campo.
Ca. cuello-cuerpo uter. lesion sola p/campo.
Carcinoma oral más campo anexo.
Ca. cuello-cuerpo uter. más anexo.
Carcinoma pulmonar cobalto.
Carcinoma de lengua lesion gang. Anexo.
Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto.
Carc. mamario b cobalto slop. cicad. Gang.
Carcinoma s/maxilar más campo anexo.
Carc. pene lesion sola co. irrad. p/campo.
Cicatriz queloide s/aplicación
Carc. pene mas campo anexo r. gang.
Huesos (tumores) co. irrad. por campo.
Carc. vejiga cobalto irrad. a/cam so.
Linfomas co. irrad. nodal infodiaf.
Carc. vejiga cobalto irrad. a/cam so.
Linfomas co. irrad. nodal su.radiaf.
Carcinoma cutáneo epit. d.t. 25 ./campo.
Linfomas co. irrad. nodal total.
Carcinoma esofagico mas cam.o anexo.
Linfomas co. una region ganglionar.
Carcinoma esofagico lesion sola cobalto.
Radioterapia is antiimflam. Prom. c/a.lic.
Carcinoma laringeo lesion sola cobalto
Seminona co. rad prof. d.t. 50 irrad.nod.tot.
Carcinoma laringeo mas campo anexo.
Tumores cerebrales en general co. irrad. camp.
Carc. mamario cobalto solo tumor s/cicat.
ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES
Todos los estudios laboratoriales serán sin límites por BENEFICIARIO.
Ácido cítrico.
Hemocultivo en aerobiosis.
Ácido fenil pircivico.
Hemocultivo en anaerobiosis.
Ácido fólico.
Hemoglobina.
Ácido láctico.
Hemoglobina fetal.
Ácido úrico.
Hemoglobina glicosilada (HbA1c).
Ácido vanil mandelico (AVN).
Hemoglobina.
Electroforesis.
Ácido valproico.
Hemograma
ACTH
Hemograma (Plaquetas +VSG) p/Hematólogo.
Adenovirus anticuerpo IGG.
Hemoparásitos.
Adenovirus anticuerpo IGM.
Hemophilus influenzae tipo b. látex.
Adenovirus Antic.
Hepatitis (acy Ag) ver HAV Y HB.
Addis recuento de Hepatitis B IGG.
Aglutinación de partículas de latex para Hepatitis B IGM.
A. Escherichia coli Ki.
Hepatitis C (HCV) Anticuerpo IGG.
A. Hemo-philus influenzae tipo b.
Hepatitis C (HCV) Anticuerpo 1GM
A. Legionella pneumofila
Hepatograma (GPT-GOT-FA-BT-BD B1)/Perfil hepático
A. Nesseria meningitidis grupo a.
Herpes.
A. Nesseria meningitidis grupo b.
HLA B27.
A. Nesseria meningitidis grupo c.
Hidatidosis-ac
A. Stroptocicus grupo b
Hidroxicorticosteroides 17.
A. Stroptococus beta hemolítico grupo a.
Hidroxi-Indol- Acetico 5 (5HIAA)
A. Stroptococus Pheumoniae.
Hidroxiprogesterona.
Aglutinas Anti a.
Hidroxiprogesterona Neonatal
Aglutinas Anti b.
Hierro sérico.
A.F.P.
Hisopado Faringeo.
A/G.
Histoplamina
Ac. Anti cardiolipina IgG-IgM.
HIV-ac
Ac. Anti Microsomales.
Hmburguer-test
Ac. Anti Mitocondriales.
Homocisteina/Homocistina/Cistina.
Ac. Anti Músculo Liso (ASMA)
Hongos. Cultivo e identificación.
Ac. Anti DNA.
Hongos. Examen en fresco.
Ac. Anti Nucleares
Hormona de crecimiento (hGh).
Ac. Anti Tiroides.
Hormona Folículo Estimulante (FSH).
Ac. Anti Tironglubinas.
Hormona Lactogeno Placentaria (hP).
Ac. Anti Toxoplasma IgG.
Hormona Luteinizante (LH).
Ac. Anti Tripanosoma IgG IgA.
Ac. Anti Tripanosoma IgM IgD.
Ac. Anti Virus Sinciciall Respiratorio (VSR) IgE
Ac. Heterofilos IgG
AIDS-ac
IgM
AIN: mina.
Inclusiones citomegalicas.
Alcohol.
Índice de Tiroxina Libre.
Aldolasa
Índices hematimetricos.
Aldosterona.
Influenza A (Por Hisopado).
Alergia -Test: Ver BAST.
Influenza B (Por Hisopado).
Alfa 1 antitripsina.
Inmunoelectroforesis.
Alfafetoproteina (APF).
Inmunofluorescencia
Amilasa.
Inmunoglobinas
Amonio.
Inmunohistoquimica C-ERB2-NEVU
ANA
Insulina
Anca C — PR3 (ANCA — C)
Klesbsiella pneumoniae.
Anca P — MPO (ANCA — P)
L. Neisseria meningitidis grupo B.
Androstenediona
L. Neisseria meningitidis grupo C.
Anfetamina
L. Neisseria meningitidis grupo A.
Antibiogramas para gérmenes aeróbicos
L. Streptococcus beta hemolíticos grupo.
Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos.
L. Streptococcus grupo B.
Anticoagulante Lupico.
L. Stroptococcus pneumonias.
Anticuerpo (AC) Anti CCP.
Lavado gástrico.
Anticuerpo (AC) Anti Centromero
Lactosa
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGA
LAP
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGG L.
Larvas de vermes
Anticuerpo (AC) Anti Endomisio IGM
Látex para
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina IGA
LCR. Citoquimico
Anticuerpo (AC) Anti Gliadina
IGM LCR. Cultivo.
Anticuerpo (AC) Anti helicobacter Pylon IgA LDH.
Anticuerpo (AC) Anti Hlicobacter Pylon IGG.
LDL-Colesterol
Anticuerpo (AC) Anti RNP - ENA LE
Anticuerpo (AC) Anti SCL 70
Lecitina en líquido amniótico
Anticuerpo (AC) Anti SS — A (RO)
Legionella Pheumiphila. látex
Anticuerpo (AC) Anti SS — B (LA)
Leishmania Anticuerpo IGG
Antígeno Carcinoembrionario (CEA)
Leishmania Anticuerpo IGM
Antígeno Prostático especifico (PAS)
Lesión en la piel. Cultivo para hongos.
Antígenos Febriles.
Lesión genital. Coloración de Gram
Antitrombina III (AT III)
Lesión genital. Coloración de fontana
Apolipoproteina b
Lesión genital. Estudio microbiológico.
Aspegillus
Lesión de &las. Cultivo para hongos
ASTO
LH
Autovacunas
Linfa cutánea. Coloración de Ziehl.
Azucares reductores.
Lipasa
BAAR
Lípidos totales.
Barbitúricos.
Líquido amniótico. Cultivo
Bence-Jones
Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol
Benedict, Reacción de
Líquido articular. Citoquímico
Beta 2 Microglobulina en sangre
Líquido articular. Cristales
Beta Cross Laps
Líquido articular. Cultivo
Bicarbonato
Líquido ascítico. Cultivo
Bilis, cultivo
Líquido gástrico-duodenal. Parásitos
Billirubina total, directa e indirecta
Líquido peritoneal. Cultivo
Bioperfil fisiológico
Líquido pleural. Cultivo
Bioquímica de plasma Seminal
Listeria
BNP Péptido Natriuretico B
Litio
C 3
Madurez Fetal fosfatidil glicerol
C 4
Magnésio
Ca 125
Magnesio eritrocitario
Ca 15-3
Marihuana
Ca 19,9, antígeno
Mastositos
Cadenas ligeras Kappa landa
Metahemoglobina
Calcio
Metotrexate
Calcitonina
Micosis oportunistas
Cálculo Urinário
Micosis profundas
Campo oscuro
Micosis subcutáneas
Campylobacter
Micosis superficiales
Cannabinoides
Microalbuminuria
Capacidad de fijación de hierro TIBC
Mioglobina
Carbamazepina
Moco cervical
Cardiolipina — IGA AC
Monotest
Catecolaminas
Morfina
CEA
Mucoproteinas
Celulas LE
Mycobacterium Tuberculosis
Cetoferoides 17
Mycoplasma Hominis
Cetonemia
N. 5 Nucleotidasa
Cetonuria
Neiseriae Gonorrea
CH 50
Neiseriae Meninigitidis. Grupo A. látex
Chagas Ac. Anti Trypanosoma I. G e I. M
Neiseriae Meninigitidis. Grupo B. látex
Chlamidia
Neiseriae Meninigitidis. Grupo C. látex
Citomegalovirus-ac-1 g M
NTX
Citomegalovirus-ac-IgG
Oído cultivo
Citrato 0
Opiáceos
Ck
Orina cultivo
Ck-mb
Orina, físico-químico del sedimento
Clearance de Creatinina
Oxalato
Cloruros
Oxiuros
CMV-ac-1gM
Parásitos. Investigación e identificación
Coagulograma
Parathormona PTH
Cobre
PAS Antígeno prostático especifico
Cocaína
PAS libre
Coccidioidina
Paul-Bunell presuntivo
Colesterol esterificado
PCR ultrasensible
Colesterol HDL
Colesterol total
Péptido C
Colesterol VLDL
pH
Colesterol-LDL
Phenistix
Colinesterasa
Plaquetas
Coloración de Giemsa
Plaquetas por Hematólogo
Coloración de Gram
Plasma Seminal
Coloración de Ziehl
Poo2
Complemento hemolítico (CH 50)
Po2
Coombs Directo
Porfobilinogeno
Coombs Indirecto
Potasio
Coprocultivo
PPD
Coprología Funcional
Preparación de células LE
Coproporfirinas
Productos de degradación de la fibrina
Cortisol
Progesterona
Crasis Sanguínea, por Hematólogo
Prolactina
Creatinina
Proteínas C
Crioglobulinas
Proteínas C reactiva
Crioglutininas
Proteínas de Bence-Jones
Criptococus
Proteínas Electroforesis
Cristales-Identificación
Proteínas S
Cuerpos Cetonicos
Proteínas totales
Cultivo en Aerobiosis
Protomorfinas
Cultivo en Anaerobiosis
Protozoarios
Cultivo en Thayer-Martin
Procalcitonina
Cultivo para BAAR
Prueba de concentración
Cultivo para GC
Prueba de dilusión
Cultivo para hongos
Prueba de lazo
Cultivo para listeria
Prueba de tolerancia a la lactosa
Cultivo para Mycoplasma
Prueba de tolerancia oral a la glucosa
Curva de tolerancia oral a la glucosa
Prueba de Tzanck
Dehidroepitandrostenediona (DHEASO4)
PTH
Dehidrostestosterona
Punta de catéter Cultivo
Dengue - AG (Antígeno)
Pus. Cultivo
Dengue Anticuerpo (AC) IGG
Quimiotripsina
Dengue Anticuerpo (AC) IGM
Quistes de Protozoos
Densidad
Raspado de lengua. Cultivo para hongos
Determinación de Carga Viral
Rast
Difteria, Cultivo
Reacción de Huddleson
Digoxina
Reacción de Widal
Dimero D
Recuento de Addis
Dióxido de carbono (CO2)
Recuento de Linfocitos CD4
DNA-ac
Relación A/B
D-Xilosa
Relación calcio/creatinina
EBV-EA-ac
Relación PAS/PAS Libre
EBV-VCA-ac
Reticulocitos
Electroforesis de hemoglobina
Retracción del coagulo
Electroforesis de lipoproteinas
Rh
Electroforesis de proteínas
RK 39 - Leishmaniasis Kalaazar
Electrolitos
Rotavirus
Eosinofilos
Rubeola IgM
Epstein-Barr Virus-ac
Rubeola lgG
Eritrosedimentación
Sangre oculta
Escherichia coli enteropatogeno
Saturación de oxigeno
Escherichia coli k 1
Secreción bulbar. Cultivo
Escherichia coli kl. látex
Secreción conjuntival. Cultivo
Esperma, Cultivo
Secreción endocervical. Cultivo
Espermograma
Secreción faríngea. Cultivo
Esputo. Coloración para BAAR
Secreción genital. Cultivo
Esputo. Cultivo para gérmenes comunes
Secreción nasal. Cultivo
Esputo. Eosinófilos y mastocitos
Secreción nasal. Eosinófilos y mastocitos
Esteatocrito
Secreción prostática. Cultivo
Estradiol
Secreción purulenta. Cultivo
Estriol libre
Secreción traqueal. Cultivo
Estrógenos totales
Secreción uretral
Estudio capilar. Investigación de hongos
Shigella. Cultivo
Exceso de base
Sida-ac
Factor reumatoideo
Sífilis
Factor reumatoideo cuantitativo
Simis-Hunner — test
Factor reumatoideo Isotipo IGA
SO2
Factor reumatoideo Isotipo IGG
Sodio
Factor reumatoideo Isotipo IGM
Somatomedina — c
Fenil Alanina
Staphylcoccus aureus
Fenilhidantoina
Streptococcus Beta hemolitico grupo A. látex
Fenobarbital
Streptococcus grupo B. látex
Ferritina
Streptococcus Pneumoniae
Fibrinógeno
Streptococcus. Cultivo
Fibrinolisis
Streptonasa B
Fórmula Leucocitaria
Streptozima
Fosfatasa ácida prostática (pap)
Swin — up
Fosfatasa acida total y prostática
T. *con ejercicios* con L-Dopa
Fosfatasa alcalina
T3 libre
Fosfatidil-gilierol en liq. amniótico
T3 total
Fosfato de Deshidrogenasa (G6PD)
T3 uptake
Fosfolipidos
T4 libre
Fósforo
T4 total
Fragilidad osmótica de los hematíes
Test de absorción a al xilosa
Frotis de sangre periférica
Test de Coombs Directo
Frotis de sangre periférica por hematólogo
Test de Coombs Indirecto
Fructosa
Test de estimulación con ACTH
Fructosamina
Test de estimulación con LHIRH
FSH
Test de estimulación con TRH
FTA-abs-IgG
Test de Ham
FTA-abs-IgM
Test de HPV
FTI
Test de IRT
Galactosa Neonatal
Test de post-coital
Gamma Globulinas
Test de Sims-Huner / T.S.H. Ultrasensible
Gamma GT
Test de supresión con dexametasona
Ganadotrofina Corionica (hCG)
Test de estimulación hormona de crecimiento
Garganta. Cultivo
Test del Sudor
Gases arteriales
Test in Vitro de penetración espermática en t. moco cervical
Gastrina
Test para alimentos
GC. Cultivo
Test inhalantes
GH (Hormona de crecimiento)
Test inhalantes infrecuentes
Gliadina IgG-IgM
Testosterona libre
Globulina
TIBC (Capacidad del hierro)
Glóbulos blancos
Tiempo de coagulación sanguínea
Glóbulos rojos
Tiempo de Protrombina y coagulación
Glucohemoglobina
Tiempo de tromboplastina parcial activada
Glucosa
Timol
Glucosa pre y post prandial
Tine test
Glucosa.
Curva de tolerancia
Tipificación
Glucosuria
Tiroglubina
GOT
Tiroperoxidasa — Anticuerpo (Tipo — AC)
Gota gruesa
Toxoplasmosis-ac IgG, Igm
GPT
Transferrina
Graham-Test
Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGA
Gravindex
Transglutaminasa Tisular Anticuerpo IGG
Grupo sanguíneo
Trichomonas vaginalis
Guayaco
Triglicéridos
H.G.H.
Troponina I, Cuantitativa
Haemophilus influenzae tipo b
Trypanosoma cruzi-ac
Hamber
TSH
Haptoglobina
TTPa
Ham-test
Tzanck — Prueba de
HAV-ac
Ulcera genital. Cultivo
HAV-ac-IgM
Urea
HbA lc
Ureaplasma Urealyticum
HBc-ac
Urobilina
HBc-ac-lgM
Urobilinogeno
HBDH
Urodimania
HBe-ac
Van de Kamer
HBe-Ag
Vandil — Mandelic —Acid (AVM)
HBs-ac
VDRL
HBs-Ag Vermes
hCG-sub-unidad beta
VIH-ac
Hdelta
Vincent's Angina. Frotis
HDL-Colesterol
Vitamina B12
Heces. Benedict
Vitamina D (25 oh)
Heces. Examen parasitológico
Virocitos
Heces. Flora microbiana
VLDL Colesterol
Heces. Frotis
VSR — ac
Heces. Hongos
Widal. Reacción de
Heces. Microscopia Funcional
Xilosa. Test de absorción
Hematocrito
Se incluye Centellografía y captación tiroidea
COBERTURA DE ESTUDIOS LABORATORIALES EN LABORATORIO DESIGNADO:
Vitamina D
Medición de testosterona (testosterona biodisponible)
CA 125
CEA
CA 15-3
COBERTURA DE ESTUDIOS LABORATORIALES EN LABORATORIO DESIGNADO CON PORCENTAJE:
Panel de Dengue y Chicungunya 30% a cargo de la aseguradora en laboratorio designado.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
|
1 |
Contratación de Seguro Médico |
1 |
Unidad |
|
Cobertura inmediata en todo los servicios a partir del 04/11/2024 al 03/11/2025, por el plazo de 12(doce) meses |
El servicio será prestado por el oferente adjudicado (LA PRESTADORA), en los locales habilitados por el mismo, según la cobertura indicada en las Especificaciones Técnicas establecidas en esta Sección y conforme a los requerimientos de los asegurados (Titular, beneficiarios del Plan Familiar y adherentes), por un periodo de doce (12) meses, contados desde el 04/11/2024.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
Indicador |
Tipo |
Fecha de presentación prevista (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe / listado |
Nota de Remisión y/o Informe mensuales |
En forma mensual durante la ejecución del contrato. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.