Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar los requisitos de “Cantidad de memoria RAM dinámica: 2000MB” a opcional, esto a fin de permitir una mayor participación de oferentes.
Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar los requisitos de “Cantidad de memoria RAM dinámica: 2000MB” a opcional, esto a fin de permitir una mayor participación de oferentes.
Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar los requisitos de “Cantidad de memoria FLASH no volátil: 2000MB” a opcional, esto a fin de permitir una mayor participación de oferentes.
Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar los requisitos de “Cantidad de memoria FLASH no volátil: 2000MB” a opcional, esto a fin de permitir una mayor participación de oferentes.
Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar los valores establecidos en el requerimiento de “SSIDs Hasta un máximo de 16” a 8, como mínimo, ya que el valor actual limita las especificaciones, orientándolas a una marca en particular, de esta manera se permitirá la participación de una mayor variedad de marcas que se encuentran en el mercado local.
Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar los valores establecidos en el requerimiento de “SSIDs Hasta un máximo de 16” a 8, como mínimo, ya que el valor actual limita las especificaciones, orientándolas a una marca en particular, de esta manera se permitirá la participación de una mayor variedad de marcas que se encuentran en el mercado local.
Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar los requisitos de “Botón de reset” a opcional, esto a fin de permitir una mayor participación de oferentes.
Solicitamos a la convocante tenga a bien modificar los requisitos de “Botón de reset” a opcional, esto a fin de permitir una mayor participación de oferentes.
Se constata que diversas marcas disponibles en el mercado satisfacen dicho requisito técnico. En consecuencia, la convocante ratifica lo solicitado en los términos establecidos. Favor remitirse al PBC.
56
Certificacion UTP
Solicittamos la aclaracion de como se verificara el cumplimiento del 1er punto de la Capacidad Tecnica "autorizacion" respecto al item "Provisión y montaje de la Red de datos para el Palacio de Justicia de Pilar: CERTIFICACIÓN PUESTO UTP " dado que esto seria un servicio y no un producto como tal y seria realizado por la empresa adjudicada
Solicittamos la aclaracion de como se verificara el cumplimiento del 1er punto de la Capacidad Tecnica "autorizacion" respecto al item "Provisión y montaje de la Red de datos para el Palacio de Justicia de Pilar: CERTIFICACIÓN PUESTO UTP " dado que esto seria un servicio y no un producto como tal y seria realizado por la empresa adjudicada
Se aclara que la certificación de los puntos de red será efectuada mediante un dispositivo electrónico debidamente calibrado, asegurando así la calidad y conformidad del trabajo realizado según los estándares técnicos aplicables. Cabe señalar que dicho dispositivo emite una constancia impresa e inalterable, lo que proporciona una doble verificación del trabajo realizado. Favor remitirse al PBC.
57
Tecnicos Item 1- 4
solicitamos que los tecnicos solicitados en los items 1 al 4, no pertenezcan necesariamente a la nomina de le empresa, este requisito es muy restrictivo. Solicitamos que este requisito sea modificado pudiendo ser estos tecnicos subcontratados siempre que cuanten con la capacitacion necesaria
solicitamos que los tecnicos solicitados en los items 1 al 4, no pertenezcan necesariamente a la nomina de le empresa, este requisito es muy restrictivo. Solicitamos que este requisito sea modificado pudiendo ser estos tecnicos subcontratados siempre que cuanten con la capacitacion necesaria
La Convocante aclara que los técnicos deben pertenecer al plantel de la empresa, considerando como cantidad mínima el número de técnicos solicitados para la ejecución del proyecto. Favor remitirse al PBC y a la Adenda N° 3
58
Capacidad Tecnica
Consulta
Capacidad Técnica
*El pliego de Bases y condiciones solicita:*
*El oferente deberá contar con certificación ISO 9001 o certificación equivalente en Comercialización y provisión de productos y Servicios Tecnológicos referentes al ramo informático, para garantizar estándares internacionales de calidad y servicio para cumplimiento de garantía y servicio post venta. Se deberá presentar copia de certificación.*
Al respecto de la certificación solicitada, resaltamos a la convocante que en el Pliego de Bases y Condiciones ya se encuentran estipulados elementos suficientes e irrefutables para garantizar y avalar que los bienes y servicios serán ejecutados de manera satisfactoria por parte del oferente, en los requerimientos de Experiencia y Capacidad Técnica. Solicitamos a la convocante suprimir el requisito relacionado a que la empresa oferente deba poseer Certificación ISO 9001 ya que, tal como hemos evidenciado, existen requerimientos suficientes insertos en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES a los efectos de que la convocante tenga garantizada la calidad de los servicios a serles prestados y en consecuencia, dicho requerimiento deviene como TÉCNICAMENTE NO INDISPENSABLE a más que tal requerimiento es claramente restrictivo a la participación de empresas del rubro, con amplia experiencia y trayectoria en relación a los servicios requeridos en el objeto licitado, más que no cuentan con la certificación ISO 9001; dado que si se analiza con detenimiento y con base en fuentes existentes, la Certificación ISO tal como lo indican sus siglas en inglés lnternational Organization for Standardization, en español Organización Internacional de Estandarización, contempla normas de aplicación de la gestión de calidad, en donde se establecen estándares para áreas específicas y concretas en donde se quiere garantizar la calidad de un producto o servicio determinado inherente al producto es decir que esta solicitud se realice sobre los equipos o productos solicitados.
Por lo expuesto solicitamos a la convocante la modificación de este requisito, que la Certificación ISO 9001 recaiga sobre los productos solicitados. Ya que de la calidad de los mismos garantizará el buen funcionamiento de los servicios.
Consulta
Capacidad Técnica
*El pliego de Bases y condiciones solicita:*
*El oferente deberá contar con certificación ISO 9001 o certificación equivalente en Comercialización y provisión de productos y Servicios Tecnológicos referentes al ramo informático, para garantizar estándares internacionales de calidad y servicio para cumplimiento de garantía y servicio post venta. Se deberá presentar copia de certificación.*
Al respecto de la certificación solicitada, resaltamos a la convocante que en el Pliego de Bases y Condiciones ya se encuentran estipulados elementos suficientes e irrefutables para garantizar y avalar que los bienes y servicios serán ejecutados de manera satisfactoria por parte del oferente, en los requerimientos de Experiencia y Capacidad Técnica. Solicitamos a la convocante suprimir el requisito relacionado a que la empresa oferente deba poseer Certificación ISO 9001 ya que, tal como hemos evidenciado, existen requerimientos suficientes insertos en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES a los efectos de que la convocante tenga garantizada la calidad de los servicios a serles prestados y en consecuencia, dicho requerimiento deviene como TÉCNICAMENTE NO INDISPENSABLE a más que tal requerimiento es claramente restrictivo a la participación de empresas del rubro, con amplia experiencia y trayectoria en relación a los servicios requeridos en el objeto licitado, más que no cuentan con la certificación ISO 9001; dado que si se analiza con detenimiento y con base en fuentes existentes, la Certificación ISO tal como lo indican sus siglas en inglés lnternational Organization for Standardization, en español Organización Internacional de Estandarización, contempla normas de aplicación de la gestión de calidad, en donde se establecen estándares para áreas específicas y concretas en donde se quiere garantizar la calidad de un producto o servicio determinado inherente al producto es decir que esta solicitud se realice sobre los equipos o productos solicitados.
Por lo expuesto solicitamos a la convocante la modificación de este requisito, que la Certificación ISO 9001 recaiga sobre los productos solicitados. Ya que de la calidad de los mismos garantizará el buen funcionamiento de los servicios.
El ISO 9001:2015, es una norma internacional basada en estándares que especifican los requisitos para un Sistema de gestión de calidad, que demuestra que una empresa tiene capacidad de proporcionar productos y servicios con un nivel de calidad satisfactorio. En el Art. 4 inc a) Economía y Eficiencia de la ley 2051, se establece que los organismos y entidades garantizaran sus requerimientos de contratación, asegurando la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones. El Certificado de calidad ISO 9001:2015 del bien o producto garantiza calidad del bien en sí. Se solicita además certificaciones ISO 9001:2015, para garantizar no solo la calidad de los bienes o productos, sino también asegurar la calidad de los servicios, la entrega, el manejo y la implementación, puesto que los potenciales oferentes que poseen dichas certificaciones cuentan con un sistema de gestión de calidad siguiendo estándares internacionales mundialmente aceptados y por sobre todo cuentan con procesos de implementación que son auditados periódicamente. Se aclara además que el requerimiento de certificación de calidad ISO 9001:2015 no solo es requerido para instalación de los equipos solicitados, sino también para lograr el éxito del correcto funcionamiento, implementación y por sobre todo el soporte y mantenimiento (durante todo el periodo de garantía requerido) de todos los componentes del sistema, para lo cual es fundamental que los potenciales oferentes cuenten con principios elevados de calidad en sus procesos de prestación de servicios. Por todos los motivos mencionados más arriba, la convocante se ratifica en dicho requerimiento. Favor remitirse al PBC.
59
Capacidad Tecnica
Solicitamos a la convocante excluir el requerimiento de exigir que el oferente cuente con un plantel técnico compuesto por al menos dos técnicos certificados en la marca dentro de su staff, con certificados emitidos por el fabricante o centro de capacitación autorizado que demuestren la cualificación técnica para realizar los trabajos solicitados. Consideramos que esta exigencia podría limitar la participación de oferentes igualmente calificados que poseen la experiencia y capacidad técnica necesaria para llevar a cabo los trabajos con altos estándares de calidad.
Solicitamos a la convocante excluir el requerimiento de exigir que el oferente cuente con un plantel técnico compuesto por al menos dos técnicos certificados en la marca dentro de su staff, con certificados emitidos por el fabricante o centro de capacitación autorizado que demuestren la cualificación técnica para realizar los trabajos solicitados. Consideramos que esta exigencia podría limitar la participación de oferentes igualmente calificados que poseen la experiencia y capacidad técnica necesaria para llevar a cabo los trabajos con altos estándares de calidad.
La Convocante se mantiene en lo establecido en el PBC, considerando como cantidad mínima los técnicos solicitados y que la empresa cuente con un plantel técnico es respaldo para la ejecución del proyecto, por lo que no corresponde omitir el requisito. Favor remitirse al PBC y a la Adenda N° 3
60
Capacidad Tecnica
La exigencia de que los técnicos deban contar con certificaciones de más de tres años y formar parte del staff de la empresa es un requisito que podría ser fácilmente cumplido por un Centro Autorizado de Servicios (CAS). De mantener este requisito, la Convocante estaría incurriendo en una desigualdad de oportunidades dentro de sus bases concursales, afectando a empresas con trayectoria no solo en el ámbito de Sistemas de Refrigeración y/o Datacenters. Insistir en dicho requisito contraviene lo establecido en el Artículo 4to, Inciso b) de la Ley de Contrataciones Públicas, que garantiza la Igualdad y Libre Competencia, permitiendo que todo potencial proveedor con la solvencia técnica, económica y legal necesaria pueda participar sin restricción y en igualdad de oportunidades. Al exigir estas certificaciones, no se cumple con lo dispuesto en el mencionado artículo, ya que constituye una disposición administrativa limitativa que busca beneficiar a un oferente específico, lo cual es ilegal y contraria a la normativa vigente de contrataciones públicas, así como a la Constitución Nacional que prohíbe el monopolio comercial. Por tanto, solicitamos la eliminación de dicho requisito.
La exigencia de que los técnicos deban contar con certificaciones de más de tres años y formar parte del staff de la empresa es un requisito que podría ser fácilmente cumplido por un Centro Autorizado de Servicios (CAS). De mantener este requisito, la Convocante estaría incurriendo en una desigualdad de oportunidades dentro de sus bases concursales, afectando a empresas con trayectoria no solo en el ámbito de Sistemas de Refrigeración y/o Datacenters. Insistir en dicho requisito contraviene lo establecido en el Artículo 4to, Inciso b) de la Ley de Contrataciones Públicas, que garantiza la Igualdad y Libre Competencia, permitiendo que todo potencial proveedor con la solvencia técnica, económica y legal necesaria pueda participar sin restricción y en igualdad de oportunidades. Al exigir estas certificaciones, no se cumple con lo dispuesto en el mencionado artículo, ya que constituye una disposición administrativa limitativa que busca beneficiar a un oferente específico, lo cual es ilegal y contraria a la normativa vigente de contrataciones públicas, así como a la Constitución Nacional que prohíbe el monopolio comercial. Por tanto, solicitamos la eliminación de dicho requisito.
La Convocante aclara que los técnicos deben pertenecer al plantel de la empresa, considerando como cantidad mínima el número de técnicos solicitados para la ejecución del proyecto. Favor remitirse al PBC y a la Adenda N° 3