Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

Asunción, 10 de octubre del 2024

 

LICITACION PUBLICA NACIONAL  (LPN) N°   11/2024

 

SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA PATOLOGICA PARA EL AISP ID N° 448.289.

 

ADENDA N° 01

 

MODIFICACIONES

 

A continuación, se detallan las siguientes modificaciones realizadas al Sistema de Información de Contrataciones Públicas. Los demás términos, cláusulas y/o referencias no mencionadas en esta Adenda se mantienen invariables

 

MODIFICACIONES

Capacidad Técnica:

 

1. Capacidad del personal 

La convocante deberá contar con la cantidad suficiente de personal capacitado en el manejo de Residuos Bio-Infecciosos, Químicos y Afines, para la ejecución del Servicio de Recolección, Transporte Tratamiento y Disposición final de los Residuos. Los mismos deberán estar dotados de todos los elementos de protección individual establecida en la Reglamentación Nacional vigente. La convocante deberá presentar de forma trimestral a la DINAC el detalle de los cursos de capacitación efectuado a sus funcionarios. - 

 

2. Infraestructura

El Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi cuenta con un Plan de Manejo Integral de Residuos, un documento de carácter técnico y operativo que establece las responsabilidades y describe las acciones para el manejo adecuado de los residuos sólidos generados en la terminal aeroportuaria. Este plan abarca desde la generación y segregación de los residuos, hasta su acondicionamiento, recolección, almacenamiento temporal, transporte, tratamiento y disposición final.

El oferente debe contar con la capacidad adecuada de transporte y almacenamiento para manejar los residuos sólidos generados en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, de acuerdo con el Plan de Manejo Integral de Residuos existente.

Los requisitos siguientes buscaría asegurar que el oferente tenga la infraestructura necesaria para cumplir con todas las etapas del manejo de residuos descritas en el Plan de Manejo Integral de Residuos del aeropuerto, garantizando así un servicio eficiente y ambientalmente responsable.

 

  • Vehículos de transporte: Contar con una flota de vehículos apropiados para la recolección y transporte de los diferentes tipos de residuos generados en el aeropuerto.
  • Instalaciones de almacenamiento temporal: Disponer de áreas adecuadas para el almacenamiento temporal de los residuos, cumpliendo con las normas de seguridad y ambientales pertinentes.
  • Equipamiento para tratamiento: Si es aplicable, contar con la infraestructura necesaria para el tratamiento de ciertos tipos de residuos antes de su disposición final.
  • Capacidad de disposición final: Tener acceso a instalaciones autorizadas para la disposición final de los residuos, o contar con sus propias instalaciones que cumplan con las regulaciones ambientales.
  • Sistemas de seguimiento y control: Infraestructura tecnológica para el monitoreo y registro de las operaciones de manejo de residuos, desde su recolección hasta su disposición final.

 

3. Certificaciones 

La empresa debe estar registrada y contar con el registro de DIGESA para la gestión integral de los residuos generados en los establecimientos de salud y afines, con cobertura nacional, expedida por la DIGESA (Dirección General de Salud Ambiental).

 

Bio-infecciosos, Químicos y Afines los cuales son generados en distintas áreas del AISP y la empresa deberá estar debidamente acreditada para el efecto.

 

2. Los vehículos y equipos de recolección y transporte de la convocante que se utilicen en las actividades relacionadas con el manejo de residuos sólidos deben estar aprobados y habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a través de la DIGESA, y cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en las reglamentaciones vigentes. Además, deberán contar con las habilitaciones municipales y gubernamentales específicas para el transporte de residuos peligrosos.

- Certificados y acreditaciones que demuestren que la empresa está debidamente autorizada y calificada para manejar este tipo de residuos peligrosos.

   - Aprobación y habilitación de los vehículos por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a través de la DIGESA.

   - Cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en las reglamentaciones vigentes.

   - Habilitaciones municipales y gubernamentales específicas para el transporte de residuos bioinfecciosos.

 

3. La convocante garantizará a DINAC por medio de una Declaración Jurada, que sus vehículos recolectores posean una capacidad de carga adecuada para cumplir con los requerimientos de la Convocante, de modo que sean suficientes para realizar las recolecciones conforme a las rutas y frecuencias establecidas en el Plan de Entrega, y de acuerdo con las habilitaciones de vehículos otorgadas por el M.S.P. y B.S. DIGESA.

 

4. Contar con mínimo de 05 personal inscriptas a IPS. (La solicitud se realizo en base al Decreto Nº 6538/2011 y Ley 3361/2027, donde menciona en el Artículo 59 la cantidad mínima requerida del personal para la recolección de residuos por cada unidad de transporte de un conductor y una persona de apoyo, capacitados en el manejo de los residuos generados en establecimiento de Salud y afines).

 

5. Documentos que acrediten que la convocante cuenta con Certificado de Operadora/Prestadora de Servicio.

  • La empresa deberá presentar el Certificado que la acredite como Operadora/Prestadora de Servicio de gestión de residuos.
  • La empresa debe demostrar que cuenta con la capacidad, autorización y cumplimiento de los requisitos legales y técnicos para el manejo seguro y adecuado de los diferentes tipos de residuos generados en las instalaciones del AISP.
  • Documentos que avalen o demuestren Registro de Empresa Operadora de Sistema de Tratamiento y Disposición Final de Residuos Generados en Establecimiento de Salud y Afines.
  • Documentos que avalen o demuestren Habilitación de Empresa Operadora de Sistema de Tratamiento y Disposición Final de Residuos Generados en Establecimiento de Salud y Afines.
  • Documentos que avalen o demuestren Registro como Empresa de Recolección y Transporte de Residuos Generados en Establecimientos de Salud y Afines.

 

   Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica.

 

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  • Acreditación para prestar el Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Bio-infecciosos, Químicos y Afines.
  • Aprobación y habilitación de vehículos y equipos de recolección y transporte por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a través de la DIGESA.
  • Habilitaciones municipales y gubernamentales específicas para el transporte de residuos bioinfecciosos.
  • Declaración Jurada garantizando que los vehículos recolectores poseen una capacidad de carga adecuada.
  • Comprobante de inscripción del personal mínimo requerido en IPS (Instituto de Previsión Social).
  • Documentos que avalen o demuestren Habilitación como Empresa de Recolección y Transporte de Residuos Generados en Establecimientos de Salud y Afines.
  • Documentos que avalen o demuestren Certificado de inspección técnica de cada uno de los vehículos destinados al transporte de residuos sólidos generados en establecimientos de salud y afines.
  • Documentos que avalen o demuestren Registro y habilitación de la Estación de Transferencia de Residuos Generados en Establecimientos de Salud.

 

 

Suministros requeridos - especificaciones técnicas.

 

Especificaciones técnicas CPS.

 

Especificaciones Técnicas - Ejercicio Año 2024 / 2025

  1. OBJETO:

Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Bio-infecciosos, Químicos y Afines generados en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi. -

  1. JUSTIFICACION DE LA NECESIDAD

El Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi cuenta con un sistema de Plan de Manejo Integral de Residuos, documento de carácter técnico/operativo, que señala las responsabilidades y describe las acciones con respecto al manejo de los residuos sólidos en el ámbito de la terminal aeroportuaria, tomando en cuenta los aspectos relativos a la generación, segregación, acondicionamiento, recolección, almacenamiento temporal, transporte, tratamiento y disposición final de los mismos.

  1. MARCO LEGAL:

Ley Nº 3.361/07                  De Residuos Generados en los Establecimientos de Salud y Afines

Ley Nº    294/93                  Evaluación de Impacto Ambiental

Decreto Nº 6538/11           Que Reglamenta la Ley Nº 3.361/07

Resolución DINAC N° 118/2014 Aprobación del Plan de Manejo de Residuos del AISP

 

  1. DEL SERVICIO CONTRATADO:
  1. El oferente deberá prestar el Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Bio-infecciosos, Residuos Químicos y Afines y eventualmente podrían ser entregados otros tipos de residuos peligrosos como ser pilas y baterías en desuso, cubiertas y filtros, equipos de luminarias descartados, los cuales son generados en distintas áreas del AISP y la empresa deberá estar debidamente acreditada para el efecto. -
  2. El oferente, deberá contar con Licencia Ambiental expedida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, por la que autorice a la empresa la gestión integral de los residuos (recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos Residuos Bio-infecciosos, Residuos Químicos y Afines), de acuerdo a la Ley N° 294/93 Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamentación Respectiva. La licencia ambiental deberá estar vigente a la fecha de Apertura de Ofertas. La documentación deberá estar vigente durante la ejecución del Contrato. La habilitación para la disposición final de los residuos debe desprenderse de la Licencia Ambiental emitida por el MADES.

 

  1. Los residuos retirados del AISP no podrán ser almacenados en las instalaciones del oferente con el objetivo de ser tratados en días subsiguientes, debiendo ser tratados íntegramente en el día de su retiro. El AISP se reserva el derecho de realizar inspecciones diarias del oferente a efectos de verificar el cumplimiento de lo estipulado. 
  2. El oferente debe estar Registrada y contar con la Habilitación Sanitaria para la gestión integral de los Residuos Bio-infecciosos, Área de cobertura Nacional; expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a través de la Dirección General de Salud Ambiental DIGESA. - Registro de la empresa operadora de sistema de tratamiento y disposición final de residuos generados en los establecimientos de salud y afines, el mismo deberá estar vigente a la fecha de apertura.
  3. El oferente deberá acreditar poseer experiencia mínima de 3 años en el rubro del Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Bioinfecciosos, Químicos y Afines, el mismo podrá verificarse a través de los Estatutos Sociales, Constancia de Inscripción en la SET.
  4. Deberá presentar como mínimo 3 (tres) constancias actualizadas, emitidas por clientes (entidades públicas y/o privadas), en donde se certifique el buen cumplimento contractual, en relación a la prestación del servicio de recolección, trasporte, tratamiento y disposición final de residuos objeto del presente llamado.
  1. Los Vehículos y equipos de recolección y transporte del oferente que se empleen en las actividades comprendidas en el manejo de residuos sólidos deben estar aprobados y habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social a través de la DIGESA y cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en las reglamentaciones vigentes en la materia, además deberá disponer de las habilitaciones municipales y gubernamentales específicas para el transporte de residuos peligrosos.-
  2. El oferente presentara a DINAC listado de móviles habilitados con las documentaciones respectivas como ser cedula verde y habilitaciones correspondientes, que sus vehículos recolectores posean una capacidad de carga adecuada para cumplir con los requerimientos de la Convocante, con el fin de que estos sean suficientes para Efectuar las recolecciones conforme a los Ruteos y frecuencias establecidas en el Plan de Entregas del PBC, conforme a las habilitaciones de vehículos otorgadas por el M.S.P y B.S. - DIGESA.-
  3. El oferente adjudicado deberá presentar a la DINAC en forma trimestral el Certificado de disposición final.
  1. El oferente deberá  contar como mínimo con  un 1 (uno) equipo incinerador, a los efectos del tratamiento total de los residuos generados y eventuales contingencias en el AISP, a tales efectos deberá presentar: factura de compra (y recibo de pago en caso de ser facturadas a crédito); constancias emitidas por instituciones públicas de ejecución de servicios similares al del presente llamado cuyo tratamiento haya sido por el método de incineración por importes equivalentes al 50% del monto del presente llamado en promedio de los últimos 3 años.
  2. Los Residuos recolectados del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi deberán ser pesados y registrados en una planilla diseñada por DINAC para tal fin.  Las planillas deberán ser presentadas en forma mensual a DINAC para el control y para los trámites de facturación por el servicio prestado. -
  3. Las facturas a crédito presentadas por el oferente serán canceladas por la DINAC en base a los Kilogramos de Residuos recolectados que se encuentren efectivamente pesados. -

ax. El oferente deberá presentar el Plan de Gestión para el cumplimiento de la Recolección, Transporte, Tratamiento y disposición Final mediante una propuesta técnica indicando el cronograma de frecuencias y horarios de recolección, indicando además si será realizado en horario diurno o nocturno, en caso de que sea necesario. LA DINAC establece como jornada: Diurna de 07:00 a 17:00 hs.

ll. El Servicio podrá ser requerido en cualquier área dentro del territorio ocupado por el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, con una frecuencia diaria (lunes a viernes) de recolección tal que no permita la acumulación exagerada de los residuos.  La DINAC, podrá modificar parcial o totalmente las frecuencias establecidas en el PLAN DE ENTREGAS, conforme a las necesidades surgidas en el Aeropuerto.-

  1. Durante el proceso de Control de Peso de los residuos recolectados en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, el oferente deberá utilizar un sistema que garantice la integridad de los envases contenedores de los residuos, no permitiendo el derrame o salida de los mismos desde el retiro hasta su tratamiento. -
  2. DINAC eventualmente podrá solicitar los servicios especiales en casos Excepcionales o de Emergencia Sanitaria, previo acuerdo entre las partes. -
  3. La Empresa deberá atender el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales que regulen este tipo de Servicio. -
  1. RECURSOS HUMANOS:
  1. El oferente deberá contar con la cantidad suficiente de personal capacitado en el manejo de Residuos Bio-infecciosos, Químicos y Afines, para la ejecución del Servicio de Recolección, Transporte Tratamiento y Disposición final de los Residuos.  Los mismos deberán estar dotados de todos los elementos de protección individual establecida en la Reglamentación Nacional vigente. El oferente deberá presentar periódicamente a la DINAC el detalle de los cursos de capacitación efectuado a sus funcionarios. -
  2. LA DINAC remitirá al oferente el listado de los funcionarios responsables del manejo de los Residuos en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, en cada horario estipulado para el retiro de los mismos para la firma de las planillas respectivas, antes del inicio de los Servicios objeto del Contrato.  Siempre que haya modificaciones en la nómina de responsables, la DINAC informará por escrito al oferente de dichas modificaciones.-
  3. Presentar cuadro de profesionales staff de la empresa debidamente inscriptos en el Instituto de previsión social con documentación que acredite su formación de nivel universitario como ser Ingenieros o Licenciados ambientales o egresados de ciencias afines.
  4. Deberá contar con un profesional Técnico encargado de la seguridad industrial y salud ocupacional con registro profesional ante el Ministerio del Trabajo, presentar copia del certificado o título universitario que lo acredite como profesional.
  5. Presentar contrato vinculante con Profesional Responsable Técnico ante DIGESA, debiendo adjuntar copia autenticada del registro expedido por DIGESA.
  6. El oferente deberá remitir a la DINAC al inicio del contrato, el listado con los datos personales de sus funcionarios designados para la tarea de recolección de los Residuos Bio-infecciosos, Químicos y Afines, debidamente inscriptos en el Instituto de Previsión Social, así mismo deberá remitir el resultado de los exámenes médicos de control de los mismos por lo menos 2 (dos) veces por año.-
  1. CONTROL Y MONITOREO:
  1. Los Vehículos del oferente contarán con un servicio de monitoreo Satelital de movimiento en rutas, durante las veinticuatro horas, con un acceso on-line a través de INTERNET, cuya clave deberá ser remitida a los responsables de la DINAC, a fin de que esta pueda tener acceso a la ubicación exacta de los mismos. -
  2. El oferente deberá contar con un sistema de elaboración diaria de planilla de Residuos que se remitirá vía internet diariamente a una Dirección de Correo Electrónico que será proveído por la DINAC. -
  3. El oferente deberá elaborar y remitir a DINAC informes mensuales detallados de la gestión de los servicios y los inconvenientes detectados en su prestación. -
  4. Los residuos a ser retirados del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi deben ser pesados con equipos que mantengan inalterados la integridad de los envases.  El peso debe ser registrado en una planilla proveída por DINAC la cual deberá llevar la firma y aclaración del del Retiro de los Residuos, por parte del oferente y del Responsable del Manejo y Almacenamiento de Residuos del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi (en triplicado), sin las cuales la Planilla no será tomada como válida a los efectos de considerar el pago de la Deuda. -   
  1. SEGURIDAD DEL SERVICIO:
  1. El oferente no podrá interrumpir el servicio durante el tiempo de vigencia del contrato, salvo inconvenientes de fuerza mayor ajenos a su responsabilidad establecidas en el presente PBC (alteraciones de orden público, guerras y/o catástrofes naturales).  El oferente deberá providenciar los medios necesarios para sustituir indisponibilidad de móviles recolectores o falta de personal especializado para la recolección.-
  2. El oferente deberá cumplir a cabalidad con las frecuencias establecidas en el Plan de Entregas del contrato, realizando el retiro total de los Residuos almacenados en la caseta del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi o hasta las cantidades máximas autorizadas por la DINAC.-
  3. El oferente deberá presentar un Plan de Contingencias para enfrentar situaciones de emergencia, presentando de manera clara las medidas a tomar en casos de incidente o accidentes en el manejo de los residuos, considerando la capacitación del personal para su implementación.-
  4. En casos de falta de pago de los servicios por un término superior a 3(tres) meses, el oferente podrá disminuir la Frecuencias hasta el 50% de la Frecuencia estipulada en el Plan de Entregas del Presente PBC, previa comunicación por escrito a la DINAC.-
  5. DINAC podrá solicitar al oferente la realización de Servicios Especiales, fuera de los establecidos en el presente PBC, en caso de Emergencias de cualquier tipo.  En este caso el oferente se compromete a realizar los Servicios Especiales con los mismos precios establecidos en el contrato de acuerdo a la Distancia de los mismos, previo acuerdo entre las partes sobre la modalidad de Ejecución, plazos y modalidad de facturación y pago.  La Empresa deberá atender el cumplimiento con las Ordenanzas Municipales que regulen este tipo de Servicio.

 

  1. DEL GENERADOR:
  1. El Establecimiento Aeroportuario deberá almacenar sus desechos sólidos infecciosos en forma separada a los residuos comunes, y dentro del Establecimiento conforme a la reglamentación vigente, este debe designar para el efecto un Responsable Técnico del control de la Gestión interna de los residuos, desde el punto de origen hasta el almacenamiento.-
  2. El Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi deberá contar con al menos dos personas responsables para la Entrega de los Residuos al oferente que a la vez será el encargado de verificar el peso de los residuos recolectados, registrar y firmar la planilla.-
  3. Este deberá contar con Recursos Humanos capacitados y Recursos Financieros para dotar de los materiales y elementos necesarios (bolsas negras, blancas y rojas, recipientes rígidos para los residuos corto punzantes, contenedores) y elementos de bioseguridad para el adecuado manejo de los residuos de esta naturaleza, desde su lugar de origen hasta su almacenamiento temporal, conforme a la reglamentación vigente en la materia.-
  4. El generador deberá entregar los residuos al oferente, correctamente dispuestos en los recipientes apropiados.  De no realizarse de esta manera el oferente deberá dar aviso de forma inmediata a la DINAC, pudiendo este, negarse al retiro de los residuos, para lo cual se labrará un acta en el cual se detalle los inconvenientes encontrados.-
  5. El establecimiento Aeroportuario deberá estar informado de las cantidades máximas permitidas, además de los horarios y frecuencias de recolección.  Así mismo este deberá comunicar de inmediato a la DINAC el incumplimiento de la frecuencia de recolección y cualquier otra irregularidad presentada, para la implementación de las medidas correctivas.-
  6. Las planillas diseñadas por DINAC para el registro del peso de los residuos deben ser presentadas en forma mensual a la Dirección de Administración y Finanzas para los controles cruzados y posterior gestión para el pago de la deuda.-
  1. DE LA DINAC:
  1. La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil DINAC, es la Administradora y gerenciadora del contrato para recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos Bio-infecciosos, Químicos y afines.-
  2. Todo el contacto del oferente respecto a la interpretación, ejecución, inconvenientes surgidos etc., durante la vigencia de su contrato, serán comunicados y canalizados a través de la DINAC.-
  3. DINAC es la responsable por el control y la fiscalización de los servicios ejecutados por el oferente, así como de la tramitación de los documentos necesarios, durante la vigencia del Contrato.-
  4. DINAC podrá efectuar verificaciones, inspecciones y controles a las instalaciones y vehículos, así como del personal y de los equipos, del oferente; cuando lo considere necesario.-
  5. DINAC es la responsable por la emisión de las Órdenes de Servicio necesarias para la Ejecución del Servicio por parte del oferente.  DINAC entregará las Órdenes de Servicio correspondiente a un determinado periodo, como máximo hasta 5(cinco) días anteriores al inicio del periodo considerado.  El oferente solo podrá Ejecutar el servicio cuando disponga de las Ordenes e Servicio debidamente completadas y firmadas por las autoridades de la DINAC.-
  6. En función del Servicio, y a la cantidad de residuos generados en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, la DINAC podrá emitir Ordenes de Servicio adicionales para un determinado periodo; debiendo el oferente realizar el servicio solicitado, en el periodo considerado.-
  7. En caso de existir retiros de residuos excedentes a los máximos establecidos en las Ordenes de Servicio, en un determinado periodo, DINAC computará los excesos y los considerará en la medición del periodo siguiente, caso no emita una Orden de Servicio adicional por el excedente retirado.-
  1. OBLIGACIONES EXTRAORDINARIAS Y POR UNICA VEZ:
  1. El oferente que resultare adjudicada proveerá a la DINAC o en el lugar que esta indique, dentro de los 3 (tres) primeros meses del Contrato, y por única vez, para ser distribuidos en las áreas que correspondan, los materiales que se detallan a continuación:
  • 200 (doscientas) Unidades de Bolsas para Residuos Bio-infecciosos de Color blanco para Residuos del Tipo II, según lo estipulado en el Anexo II de la LEY N° 3361/07.
  • 400 (cuatrocientas) Unidades de precintos de seguridad de plástico.

 

  1. OBLIGACIONES EXTRAORDINARIAS EN FORMA MENSUAL:
  1. El oferente que resultare adjudicada proveerá a la DINAC en forma mensual lo siguiente:
  • Higienización mensual de contenedores con agua y presión (por medio de Hidro lavadora) con productos de higienización como (detergente y desinfectantes no corrosivos).
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
  • Capacidad Técnica
  • Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
  • Especificaciones técnicas - CPS

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/448289-servicio-recoleccion-basura-patologica-aisp/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda