La convocante no ha previsto la posibilidad de la presentación de ofertas como Consorcio, se solicita la emisión de una Adenda indicando el porcentaje que debe cumplir cada miembro del consorcio
La convocante no ha previsto la posibilidad de la presentación de ofertas como Consorcio, se solicita la emisión de una Adenda indicando el porcentaje que debe cumplir cada miembro del consorcio
Para la calificación de los aspectos técnicos de la propuesta se tendrá en cuenta el sistema de
puntuaciones detallado seguidamente. El puntaje técnico máximo es de 100 (cien) puntos y el
mínimo requerido para calificar es de 70 (setenta) puntos.
En la Evaluación de Calidad se analizarán la formación académica, calificación y la experiencia
del consultor, la metodología y el plan de trabajo.
Al efecto, se establecen los factores a evaluar, la importancia de cada factor (ponderación del
factor), y los puntajes a utilizar para calificar cada factor (puntaje de calificación).
La calificación final, se obtendrá de la suma ponderada de los puntajes logrados en cada factorde evaluación...."""Se solicita amablemente a la convocante aclarar la cantidad mínima o máxima de de consultores que deben ser presentados con el objeto de acreditar la experiencia.
Para la calificación de los aspectos técnicos de la propuesta se tendrá en cuenta el sistema de
puntuaciones detallado seguidamente. El puntaje técnico máximo es de 100 (cien) puntos y el
mínimo requerido para calificar es de 70 (setenta) puntos.
En la Evaluación de Calidad se analizarán la formación académica, calificación y la experiencia
del consultor, la metodología y el plan de trabajo.
Al efecto, se establecen los factores a evaluar, la importancia de cada factor (ponderación del
factor), y los puntajes a utilizar para calificar cada factor (puntaje de calificación).
La calificación final, se obtendrá de la suma ponderada de los puntajes logrados en cada factorde evaluación...."""Se solicita amablemente a la convocante aclarar la cantidad mínima o máxima de de consultores que deben ser presentados con el objeto de acreditar la experiencia.
Se solicita amablemente a la convocante dar respuestas a las consultas en la brevedad posible a fin de evitar la interposición de protestas de potenciales oferentes, en atención al fenecimiento del plazo de interposición de protestas (11/10/2024).
Se solicita amablemente a la convocante dar respuestas a las consultas en la brevedad posible a fin de evitar la interposición de protestas de potenciales oferentes, en atención al fenecimiento del plazo de interposición de protestas (11/10/2024).
En el pliego de bases y condiciones mencionan que los Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica se evaluaran conforme a los establecido la matriz de evaluacion tecnica, sin embargo en la documentacion subida, no entramos la matriz de evaluacion de calidad , podria indicarnos donde encontrar la misma o remitir la misma a este correo electronico.
Saludos cordiales,
En el pliego de bases y condiciones mencionan que los Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica se evaluaran conforme a los establecido la matriz de evaluacion tecnica, sin embargo en la documentacion subida, no entramos la matriz de evaluacion de calidad , podria indicarnos donde encontrar la misma o remitir la misma a este correo electronico.
1. El criterio de Evaluación de los profesionales, se basará en un solo profesional, o se puede tener en cuenta, si se presentan juntos a 2 profesionales que se complementan, para llegar a la máxima puntuación.
2. Para el Diagnostico se relevará solo con organizaciones ya conformadas jurídicamente y con un producto elaborado, o se relevara todos aquellos que no están aún formalmente organizados
3. Quienes realizaran la elección de los 2 productos que van ser los que obtener la asistencia técnica para su registro, debido a que son 10 municipios involucrados.
4. Se contempla dos (2) intercambios de experiencias con otros productos de América Latina o Europa que estén registrados. Se podría proponer que estas experiencias incluya un viaje a Colombia con 4 personas de Paraguay, y por otra parte, para la experiencia europea, se podría proponer traer a dos referentes de dichas experiencias.
5. Se requiere necesariamente hacer la IG con la marca colectiva en conjunto, o puede hacerse solo la IG. Del mismo modo, se requiere hacer la DO con la marca colectiva en conjunto, o puede hacer solo la DO?
1. El criterio de Evaluación de los profesionales, se basará en un solo profesional, o se puede tener en cuenta, si se presentan juntos a 2 profesionales que se complementan, para llegar a la máxima puntuación.
2. Para el Diagnostico se relevará solo con organizaciones ya conformadas jurídicamente y con un producto elaborado, o se relevara todos aquellos que no están aún formalmente organizados
3. Quienes realizaran la elección de los 2 productos que van ser los que obtener la asistencia técnica para su registro, debido a que son 10 municipios involucrados.
4. Se contempla dos (2) intercambios de experiencias con otros productos de América Latina o Europa que estén registrados. Se podría proponer que estas experiencias incluya un viaje a Colombia con 4 personas de Paraguay, y por otra parte, para la experiencia europea, se podría proponer traer a dos referentes de dichas experiencias.
5. Se requiere necesariamente hacer la IG con la marca colectiva en conjunto, o puede hacerse solo la IG. Del mismo modo, se requiere hacer la DO con la marca colectiva en conjunto, o puede hacer solo la DO?
Referente a este punto: Realización de un producto comunicacional escrito (cartilla, boletín, gaceta, revista, folleto) con los aspectos más relevantes encontrados y evidencias de su entrega a las municipalidades.
¿El costo de diagramacion, impresion, debe estar en el presupuesto de la consultorio, y que cantidad de materiales en numeros?
Referente a este punto: Realización de un producto comunicacional escrito (cartilla, boletín, gaceta, revista, folleto) con los aspectos más relevantes encontrados y evidencias de su entrega a las municipalidades.
¿El costo de diagramacion, impresion, debe estar en el presupuesto de la consultorio, y que cantidad de materiales en numeros?
Cursos y Capacitación: Se otorgarán hasta 5 puntos adicionales por cursos de especialización (mínimo 40 horas) en temas relacionados con: i) denominaciones de origen, indicaciones geográficas, o registro de marcas ii) o innovación de productos o procesos, iii) o comercio de productos agroalimentarios o artesanales. 1 punto por cada curso/seminario. (5 puntos)
Con respecto a este punto, se consulta si la presentación de una Maestría relacionada al área equivaldría a la totalidad de los puntos, esto debido a la cantidad de horas que representa una maestría o tendrá la misma ponderación de una especialización?
Cursos y Capacitación: Se otorgarán hasta 5 puntos adicionales por cursos de especialización (mínimo 40 horas) en temas relacionados con: i) denominaciones de origen, indicaciones geográficas, o registro de marcas ii) o innovación de productos o procesos, iii) o comercio de productos agroalimentarios o artesanales. 1 punto por cada curso/seminario. (5 puntos)
Con respecto a este punto, se consulta si la presentación de una Maestría relacionada al área equivaldría a la totalidad de los puntos, esto debido a la cantidad de horas que representa una maestría o tendrá la misma ponderación de una especialización?
1. Tal como está estructurada la fase 1, en el plazo de 3 meses no resulta viable la presentación de la solicitud de REGISTRO. En este plazo sí podría prepararse e incluso presentar la solicitud de RECONOCIMIENTO preliminar, para el caso de las IG o DO, y para la presentación de la solicitud de REGISTRO en los demás casos (MARCAS COLECTIVAS O DE CERTIFICACIÓN). La imposibilidad de llegar en ese plazo con la solicitud de REGISTRO de una IG o DE, radica en la complejidad de lograr la asociatividad necesaria la creación de la entidad que solicitará el REGISTRO, que deriva en la complejidad para la construcción jurídica del comité regulador (para las IG/DO) y para la titularidad de las marcas (colectiva o de certificación).
En consecuencia, se consulta si es factible modificar la secuencia de los productos de tal manera a que sigan la siguiente secuencia lógica:
1. DIAGNÓSTICO
2. REDACCIÓN DEL DOSSIER TÉCNICO PARA RECONOCIMIENTO,
3. CONFORMACION DEL COMITÉ DE PROMOCIÓN.
4. PREPARACION DE SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO PRELIMINAR DE LA IG, DO, MARCA COLECTIVA O DE CERTIFICACIÓN.
Estos sí serían productos alcanzables en el corto período de la consultoría.
2. El pliego establece la obligatoriedad de promocionar dos (2) proyectos como productos finales. Favor aclarar si se tratarían de dos (2) productos del total de los 10 municipios, o se requiere la presentación de dos (2)productos por cada uno de los municipios?
3. El relevamiento y detección de productos exigido sería realizado con ayuda de relevamientos previos de DINAPI, conforme el pliego. ¿Se utilizarían relevamientos previos de la DINAPI o referencias públicas? ¿Cuáles serían las fuentes exigidas?
4. ¿Existe algún relevamiento previo sobre posibles productos candidatos realizado por alguna institución diferente a la DINAPI?
5. ¿Como serían seleccionados los productos más viables? ¿Con la participación de la Contratante o algún ente verificador del Contrato? O directamente evaluando la viabilidad y a criterio de la Consultora.
6. ¿Se puede redireccionar la FASE 2 como para la construcción de capacidades territoriales y formación del Comité Regulador, para la presentación de la solicitud de REGISTRO? El pedido se justifica en que el plazo de seis (6) meses si sería un plazo razonable para intentar conformar el Comité Regulador, ya que la asociatividad es el principal elemento que dilata la construcción del Comité Regulador, y la consecuente presentación de la solicitud de registro. Además, como la voluntad de asociarse escaparía del control del contratista, se consulta si se puede lograr el ítem contractual demostrando que se han realizado actividades tendientes a la conformación de las asociaciones, si es que éstas finalmente no son constituidas.
7. Las reuniones con los sectores/posibles candidatos, serian a instancia de la Contratante o de las municipalidades que forman parte del proyecto? ¿o serían de responsabilidad de la consultora llevar adelante tales reuniones? Es preciso señalar que es mucho más factible despertar el interés de los particulares si la convocatoria parte de una entidad pública.
8. Favor confirmar que se puede presentar una Consultora-Persona Jurídica, siempre que en su equipo de trabajo cuente con un profesional que cubra el perfil requerido.
1. Tal como está estructurada la fase 1, en el plazo de 3 meses no resulta viable la presentación de la solicitud de REGISTRO. En este plazo sí podría prepararse e incluso presentar la solicitud de RECONOCIMIENTO preliminar, para el caso de las IG o DO, y para la presentación de la solicitud de REGISTRO en los demás casos (MARCAS COLECTIVAS O DE CERTIFICACIÓN). La imposibilidad de llegar en ese plazo con la solicitud de REGISTRO de una IG o DE, radica en la complejidad de lograr la asociatividad necesaria la creación de la entidad que solicitará el REGISTRO, que deriva en la complejidad para la construcción jurídica del comité regulador (para las IG/DO) y para la titularidad de las marcas (colectiva o de certificación).
En consecuencia, se consulta si es factible modificar la secuencia de los productos de tal manera a que sigan la siguiente secuencia lógica:
1. DIAGNÓSTICO
2. REDACCIÓN DEL DOSSIER TÉCNICO PARA RECONOCIMIENTO,
3. CONFORMACION DEL COMITÉ DE PROMOCIÓN.
4. PREPARACION DE SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO PRELIMINAR DE LA IG, DO, MARCA COLECTIVA O DE CERTIFICACIÓN.
Estos sí serían productos alcanzables en el corto período de la consultoría.
2. El pliego establece la obligatoriedad de promocionar dos (2) proyectos como productos finales. Favor aclarar si se tratarían de dos (2) productos del total de los 10 municipios, o se requiere la presentación de dos (2)productos por cada uno de los municipios?
3. El relevamiento y detección de productos exigido sería realizado con ayuda de relevamientos previos de DINAPI, conforme el pliego. ¿Se utilizarían relevamientos previos de la DINAPI o referencias públicas? ¿Cuáles serían las fuentes exigidas?
4. ¿Existe algún relevamiento previo sobre posibles productos candidatos realizado por alguna institución diferente a la DINAPI?
5. ¿Como serían seleccionados los productos más viables? ¿Con la participación de la Contratante o algún ente verificador del Contrato? O directamente evaluando la viabilidad y a criterio de la Consultora.
6. ¿Se puede redireccionar la FASE 2 como para la construcción de capacidades territoriales y formación del Comité Regulador, para la presentación de la solicitud de REGISTRO? El pedido se justifica en que el plazo de seis (6) meses si sería un plazo razonable para intentar conformar el Comité Regulador, ya que la asociatividad es el principal elemento que dilata la construcción del Comité Regulador, y la consecuente presentación de la solicitud de registro. Además, como la voluntad de asociarse escaparía del control del contratista, se consulta si se puede lograr el ítem contractual demostrando que se han realizado actividades tendientes a la conformación de las asociaciones, si es que éstas finalmente no son constituidas.
7. Las reuniones con los sectores/posibles candidatos, serian a instancia de la Contratante o de las municipalidades que forman parte del proyecto? ¿o serían de responsabilidad de la consultora llevar adelante tales reuniones? Es preciso señalar que es mucho más factible despertar el interés de los particulares si la convocatoria parte de una entidad pública.
8. Favor confirmar que se puede presentar una Consultora-Persona Jurídica, siempre que en su equipo de trabajo cuente con un profesional que cubra el perfil requerido.
En relación a la consulta número 2 la convocante ha respondido "Remitirse a la Adenda 1", sin embargo de la lectura de la Adenda mencionada no se ha respondido o hecho eco de la consulta aclarando la cantidad mínima o máxima de profesionales que deben ser presentados a fin de acreditar la experiencia, por tanto, se vuelve a realizar la consulta....Se solicita amablemente a la convocante aclarar la cantidad mínima o máxima de de consultores que deben ser presentados con el objeto de acreditar la experiencia. Se recuerda a la convocante lo establecido en el Decreto N° 2264/24. Art.58.- Especificaciones técnicas.
Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En relación a la consulta número 2 la convocante ha respondido "Remitirse a la Adenda 1", sin embargo de la lectura de la Adenda mencionada no se ha respondido o hecho eco de la consulta aclarando la cantidad mínima o máxima de profesionales que deben ser presentados a fin de acreditar la experiencia, por tanto, se vuelve a realizar la consulta....Se solicita amablemente a la convocante aclarar la cantidad mínima o máxima de de consultores que deben ser presentados con el objeto de acreditar la experiencia. Se recuerda a la convocante lo establecido en el Decreto N° 2264/24. Art.58.- Especificaciones técnicas.
Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. Sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
De la lectura da adenda se desprende lo siguiente: "El presente llamado es de la Calidad y Costo según el artículo 109 del Decreto 9823/23 inc a)..." por lo que se recuerda a la convocante la vigencia del decreto 2264/24, por lo que se solicita la emisión de una Adenda rectificando el punto a fin de evitar nulidades ulteriores.
De la lectura da adenda se desprende lo siguiente: "El presente llamado es de la Calidad y Costo según el artículo 109 del Decreto 9823/23 inc a)..." por lo que se recuerda a la convocante la vigencia del decreto 2264/24, por lo que se solicita la emisión de una Adenda rectificando el punto a fin de evitar nulidades ulteriores.