Me permito realizar una consulta técnica en relación con el punto 5.2.2 c) de las especificaciones técnicas, que trata sobre los sistemas de radiador en luminarias. En particular, se menciona que "en caso de utilizar aletas para disipación de calor, estas deben estar ubicadas en forma externa en la parte superior o a los costados de la luminaria (Ver figura 1). No se aceptan disipadores de calor (radiadores) que estén instalados en forma interna y separada del cuerpo del artefacto, debe ser un solo sistema radiador solidario e integrado en el cuerpo ubicado siempre en forma externa."
Nos gustaría señalar que esta especificación podría limitar la participación de ciertos proveedores, ya que se trata de una característica patentada por Philips. En consecuencia, solicitamos su amable reconsideración de este requisito, con el objetivo de garantizar una mayor competitividad y diversidad en las propuestas técnicas.
Me permito realizar una consulta técnica en relación con el punto 5.2.2 c) de las especificaciones técnicas, que trata sobre los sistemas de radiador en luminarias. En particular, se menciona que "en caso de utilizar aletas para disipación de calor, estas deben estar ubicadas en forma externa en la parte superior o a los costados de la luminaria (Ver figura 1). No se aceptan disipadores de calor (radiadores) que estén instalados en forma interna y separada del cuerpo del artefacto, debe ser un solo sistema radiador solidario e integrado en el cuerpo ubicado siempre en forma externa."
Nos gustaría señalar que esta especificación podría limitar la participación de ciertos proveedores, ya que se trata de una característica patentada por Philips. En consecuencia, solicitamos su amable reconsideración de este requisito, con el objetivo de garantizar una mayor competitividad y diversidad en las propuestas técnicas.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N° 1. Se aclara que se han realizados ajustes en el SICP en el apartado ´ítems solicitados" excluyéndose de la presente convocatoria los siguientes productos Luminaria LED para alumbrado público, tipo 7, sin repuestos y Luminaria LED para alumbrado público, tipo 8, sin repuestos.
2
Materiales y procesos de construcción específicos
En el punto 5.1.2.1, se requiere que “El cuerpo de la luminaria debe ser construido en una sola pieza en aleación de aluminio inyectado a alta presión con materiales del tipo SAE 306, ADC1 o materiales de características técnicas superiores.” Esta exigencia específica de materiales podría excluir a fabricantes que utilicen otras aleaciones o procesos de construcción igualmente duraderos y efectivos, limitando así la competencia.
Estas restricciones impuestas por las EETT no solo son innecesarias, sino que también contravienen el principio de competencia justa, ya que favorecen a ciertos proveedores con tecnologías específicas y excluyen a otros que podrían ofrecer soluciones innovadoras y competitivas.
En el punto 5.1.2.1, se requiere que “El cuerpo de la luminaria debe ser construido en una sola pieza en aleación de aluminio inyectado a alta presión con materiales del tipo SAE 306, ADC1 o materiales de características técnicas superiores.” Esta exigencia específica de materiales podría excluir a fabricantes que utilicen otras aleaciones o procesos de construcción igualmente duraderos y efectivos, limitando así la competencia.
Estas restricciones impuestas por las EETT no solo son innecesarias, sino que también contravienen el principio de competencia justa, ya que favorecen a ciertos proveedores con tecnologías específicas y excluyen a otros que podrían ofrecer soluciones innovadoras y competitivas.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N° 1. Se aclara que se han realizados ajustes en el SICP en el apartado ´ítems solicitados" excluyéndose de la presente convocatoria los siguientes productos Luminaria LED para alumbrado público, tipo 7, sin repuestos y Luminaria LED para alumbrado público, tipo 8, sin repuestos.
3
Experiencia Requerida
Se solicita amablemente a la convocante aclarar lo siguiente:
Sobre el punto 13. Experiencia Requerida
En caso de que el Oferente no demuestre la fabricación y/o provisión de bienes requeridos, se podrá considerar la experiencia del fabricante de los bienes ofertados siempre y cuando el Oferente acredite que el giro comercial de su empresa corresponde mínimamente al rubro del llamado licitado.
Consulta 1 :Una empresa constructora de obra eléctricas puede acreditar experiencia en el rubro licitado
Consulta 2: ¿A que se refiere con cantidad mínima?
Se solicita amablemente a la convocante aclarar lo siguiente:
Sobre el punto 13. Experiencia Requerida
En caso de que el Oferente no demuestre la fabricación y/o provisión de bienes requeridos, se podrá considerar la experiencia del fabricante de los bienes ofertados siempre y cuando el Oferente acredite que el giro comercial de su empresa corresponde mínimamente al rubro del llamado licitado.
Consulta 1 :Una empresa constructora de obra eléctricas puede acreditar experiencia en el rubro licitado
Consulta 2: ¿A que se refiere con cantidad mínima?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N° 1.
4
Muestra
Con referencia al punto 24, se menciona que las muestras presentadas deberán contar con las marcaciones según lo indicado en cada especificación técnica. Respetuosamente, quisiéramos consultar si para la etapa de evaluación, sería posible presentar productos sin las marcaciones mencionadas
Con referencia al punto 24, se menciona que las muestras presentadas deberán contar con las marcaciones según lo indicado en cada especificación técnica. Respetuosamente, quisiéramos consultar si para la etapa de evaluación, sería posible presentar productos sin las marcaciones mencionadas
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N° 1.
5
Plazo de Entrega
Teniendo en cuenta que existen fabricantes de renombre interesados en participar en esta licitación, solicitamos amablemente a la convocante extender el plazo de entrega a 120 días calendarios. Esta extensión permitiría contar con más propuestas, lo que se traduciría en mayor competencia y en consecuencia en un mayor beneficio para la ANDE.
Teniendo en cuenta que existen fabricantes de renombre interesados en participar en esta licitación, solicitamos amablemente a la convocante extender el plazo de entrega a 120 días calendarios. Esta extensión permitiría contar con más propuestas, lo que se traduciría en mayor competencia y en consecuencia en un mayor beneficio para la ANDE.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N° 1.
6
EETT
Por medio de la presente, deseamos hacer una observación respecto a la Adenda 1 de la licitación en curso. Hemos constatado que no se evidencia el cumplimiento de lo dispuesto por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en la Resolución 2949, que ordenaba la reformulación del documento ANDE N° 07.30.32 – Rev. 3.
Dado que no se observa en la adenda mencionada ninguna reformulación del citado documento, entendemos que no se están cumpliendo las disposiciones obligatorias dictadas por el órgano rector DNCP.
Por lo tanto, solicitamos que se publique la adenda correspondiente que contemple dicha reformulación, o de lo contrario, nos reservamos el derecho de reiterar formalmente nuestro pedido para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.
Por medio de la presente, deseamos hacer una observación respecto a la Adenda 1 de la licitación en curso. Hemos constatado que no se evidencia el cumplimiento de lo dispuesto por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en la Resolución 2949, que ordenaba la reformulación del documento ANDE N° 07.30.32 – Rev. 3.
Dado que no se observa en la adenda mencionada ninguna reformulación del citado documento, entendemos que no se están cumpliendo las disposiciones obligatorias dictadas por el órgano rector DNCP.
Por lo tanto, solicitamos que se publique la adenda correspondiente que contemple dicha reformulación, o de lo contrario, nos reservamos el derecho de reiterar formalmente nuestro pedido para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N° 1. Se aclara que la Especificación Técnica N° 07.30.32 - Rev. 3 ya no forma parte de la presente convocatoria puesto que los siguientes productos Luminaria LED para alumbrado público, tipo 7, sin repuestos y Luminaria LED para alumbrado público, tipo 8, sin repuestos fueron excluidos del presente llamado teniendo en cuenta la mencionada Adenda.
7
EETT 07.50.32
En el punto 2.2 de la especificación técnica se indica que “los interruptores serán fabricados de acuerdo a las Normas NBR 5123-1998”.
En el punto 4.2.3 de la especificación técnica se indica que “Contactos de encastre: los contactos de encastre deberán ser de latón, estañados eléctricamente y que deberán ir fijados rígidamente a la base del montaje”.
En la página del diseño orientativo del interruptor, se indica como observación que “Las dimensiones en mm. (tol.: +20%). Se aceptarán con dimensiones menores, siempre que el contacto de encastre corresponda a los valores universales”.
Por tanto, podrían confirmar que se aceptaran dimensiones menores o mayores, ¿cumpliendo exactamente las dimensiones indicadas en la norma NBR 5123?
En el punto 2.2 de la especificación técnica se indica que “los interruptores serán fabricados de acuerdo a las Normas NBR 5123-1998”.
En el punto 4.2.3 de la especificación técnica se indica que “Contactos de encastre: los contactos de encastre deberán ser de latón, estañados eléctricamente y que deberán ir fijados rígidamente a la base del montaje”.
En la página del diseño orientativo del interruptor, se indica como observación que “Las dimensiones en mm. (tol.: +20%). Se aceptarán con dimensiones menores, siempre que el contacto de encastre corresponda a los valores universales”.
Por tanto, podrían confirmar que se aceptaran dimensiones menores o mayores, ¿cumpliendo exactamente las dimensiones indicadas en la norma NBR 5123?
Al respecto, se aceptarán dimensiones menores, y mayores (hasta +20% de tolerancia) del encapsulado siempre y cuando cumplan con la NBR 5123 y con los demás requisitos de las especificaciones técnicas. Cabe reiterar el ítem 2.4 de la EE.TT. 07.50.32. "En caso de existir diferencias o contradicciones entre estas especificaciones técnicas y las normas mencionadas prevalecerá lo indicado en estas especificaciones". Las dimensiones del encastre deben ser exactamente como especificado en EE.TT. 07.50.32 para ser compatible con el zócalo correspondiente.
8
EETT 07.50.32
En el punto 7.1.2 de la especificación técnica se indica que “los interruptores se suministrarán enfundados individualmente en polietileno y apropiadamente embalados en cajones de cartón, los que serán suficientemente resistentes para evitar roturas por manipuleo.”
Del punto mencionado entendemos que cada interruptor debe suministrarse enfundado individualmente en polietileno y luego varios o todos los interruptores resguardados en cajones de cartón como embalaje mayor. ¿Podrían confirmar que está correcta esta interpretación?
En el punto 7.1.2 de la especificación técnica se indica que “los interruptores se suministrarán enfundados individualmente en polietileno y apropiadamente embalados en cajones de cartón, los que serán suficientemente resistentes para evitar roturas por manipuleo.”
Del punto mencionado entendemos que cada interruptor debe suministrarse enfundado individualmente en polietileno y luego varios o todos los interruptores resguardados en cajones de cartón como embalaje mayor. ¿Podrían confirmar que está correcta esta interpretación?
Al respecto, los interruptores deberán ser individualmente enfundados en polietileno, así también opcionalmente, podrán ser embaladas en cajas conteniendo varias unidades individualmente embaladas cada una con polietileno y cajas de cartón. El embalaje tanto individual como colectivo deberá ser suficientemente resistente para evitar roturas accidentales por manipuleo y transporte de los interruptores.