Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 ITEM 2 – FILTRO PARA MASCARA POR QUE AGREGAN MARCAS DENTRO DE LA ESPECIFICACION TECNICA? SE PUEDE OBVIAR LAS MARCAS O ACLARAR SI SE PUEDE COTIZAR OTRAS MARCAS? ENTENDEMOS QUE LOS FILTROS DEBEN SER PARA USO CONTRA VAPOR ORGANICOS Y GASES ACIDOS Y DEBEN SER COMPATIBLES CON LA MASCARA SOLICITADO EN EL ITEM 1, APROBADO BAJO NORMAS EUROPEAS. ESO DE AGREGAR MARCAS VAN CONTRA LAS REGLAS Y POLITICAS DE CONTRATACIONES PUBLICAS EN CUANTO AL MISMO NIVEL DE COMPETENCIA Y OPORTUNIDAD PARA TODOS LOS OFERENTES INTERESADOS EN COMPETIR Y PROVEER A LA ENTIDAD CONVOCANTE. 24-10-2024 30-10-2024
2 ITEM 4 – FILTRO PARA MASCARA POR QUE AGREGAN MARCAS DENTRO DE LA ESPECIFICACION TECNICA? SE PUEDE OBVIAR LAS MARCAS O ACLARAR SI SE PUEDE COTIZAR OTRAS MARCAS? ENTENDEMOS QUE LOS FILTROS DEBEN SER PARA USO CONTRA VAPOR ORGANICOS Y GASES ACIDOS Y DEBEN SER COMPATIBLES CON LA MASCARA SOLICITADO EN EL ITEM 3, APROBADO BAJO NORMAS EUROPEAS. ESO DE AGREGAR MARCAS VAN CONTRA LAS REGLAS Y POLITICAS DE CONTRATACIONES PUBLICAS EN CUANTO AL MISMO NIVEL DE COMPETENCIA Y OPORTUNIDAD PARA TODOS LOS OFERENTES INTERESADOS EN COMPETIR Y PROVEER A LA ENTIDAD CONVOCANTE. 24-10-2024 30-10-2024
3 ITEM 12 – MASCARA DE PROTECCION CONTRA GASES TOXICOS MSA ES UNA MARCA Y ASI COMO ESTA ESCRITO VA MUY DIRECCIONADO Y LIMITA AL 100 POR CIENTO EN COTIZAR OTRA MARCA CON IGUALES CARACTERISTICAS. SE PUEDE OMITIR Y ACLARAR LA POSIBILIDAD DE COTIZAR EQUIPOS QUE CUMPLAN LAS NORMAS SOLICITADAS DENTRO DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS.?? 24-10-2024 30-10-2024
4 ITEM 17 Y 18 – PRE FILTRO Y SUJETADOR DE PREFILTRO 3M ES UNA MARCA, ENTENDEMOS QUE LAS MASCARAS SOLICITADAS NO FIGURAN NINGUNA MARCA Y EN ESTOS ACCESORIOS SI. PODRIAN ACLARAR SI DEBE SER 3M O SE PUEDE COTIZAR MARCAS CON CARACTERISTICAS EQUIVALENTES Y QUE SEAN DE LA MISMA MARCA QUE LAS MEDIAS MASCARAS Y FILTROS MENCIONADOS EN LOS OTROS ITEMS (3 Y 4 ) 24-10-2024 30-10-2024
5 CAPACIDAD FINANCIERA Solicitamos a la convocante considerar la adecuación de los requisitos de la CAPACIDAD FINANCIERA para contribuyentes del IRE GENERAL requerida a los oferentes en el PBC. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------- Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio de los tres últimos años (2021, 2022 y 2023) Endeudamiento: pasivo total / activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio de los tres últimos años (2021, 2022 y 2023) Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El promedio de los tres últimos años (2021, 2022 y 2023), no deberá ser negativo. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------- Consideramos que los requisitos financieros establecidos podrían resultar limitantes o excluyentes para una mayor participación de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) que cuentan con la capacidad técnica y experiencia necesarias para cumplir satisfactoriamente con los requerimientos de la convocante. Dichas MIPYMES, además, ya son proveedoras del Estado en otras instituciones, sin registrar antecedentes de incumplimiento de contratos ni haber sido objeto de sanciones administrativas. Con el fin de promover una mayor participación y competencia, proponemos una modificación del mencionado punto de los PBC, ampliando a los últimos 4 años el periodo para calcular el promedio de la capacidad financiera de los oferentes (2020, 2021, 2022, 2023) Esta modificación no solo permitirá una mayor inclusión de oferentes, sino que también brindará a la convocante un mayor número de alternativas, fomentando la competencia y obteniendo así mejores condiciones de precio. Es importante considerar que la pandemia del 2020 afectó de manera considerable la situación financiera de muchas empresas, especialmente de las MIPYMES, las cuales aún se encuentran en proceso de recuperación. Por lo tanto, es posible que algunas de estas empresas no puedan cumplir con todos los indicadores financieros establecidos, pese a estar en condiciones de seguir ofreciendo servicios o productos de calidad. Brindarles una mayor oportunidad de participación no solo contribuirá a su recuperación económica, sino que también preservará empleos en este sector crucial para la economía nacional. Asimismo, queremos destacar que dicha modificación no genera perjuicio alguno para la institución convocante, y se encuentra en línea con el artículo 48 de la Ley N° 7021/2022, que establece lo siguiente que enuncia que la autoridad competente de la convocante podrá modificar aspectos establecidos en la convocatoria o en los pliegos de bases y condiciones utilizados en los procedimientos de contratación, a partir de la fecha en que sea publicada la convocatoria. Consideramos que la solicitud de modificación cumple con estos preceptos legales y contribuirá a una mayor inclusión de oferentes, fomentando así la participación de MIPYMES y una mejor competitividad en el proceso. Muchas gracias 25-10-2024 30-10-2024
6 Items 1, 2, 12, 13, 14 Las especificaciones limitan a ofertar solamente respiradores, filtros y mascarilla con norma europea, impidiendo la oferta de productos con norma NIOSH americana con similar calidad. Solicitamos modificar los requisitos y permitir ofertar protección respiratoria tanto con norma europea como norma americana 25-10-2024 30-10-2024
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