Fecha de Respuesta:
04-10-2024
Respuesta:
Respuesta: Mantenemos el sistema de adjudicación por el total por las siguientes justificaciones:
Que, la centralización en un solo proveedor permite una mayor eficiencia y un control más efectivo en la ejecución del contrato. Según el artículo 4 de la Ley N° 7021/22, se promueve la eficiencia en la administración de los recursos públicos y la correcta ejecución de los contratos. Al centralizar la contratación, se reducen las complejidades asociadas con la coordinación de múltiples proveedores, mejorando así el control y supervisión del contrato. Que, manejar un único contrato con un solo proveedor disminuye significativamente los costos administrativos y la carga burocrática. La ley promueve la eficiencia administrativa, y al reducir el número de contratos y la necesidad de coordinar múltiples partes, se optimizan los recursos destinados a la supervisión y control de todo proyecto. Que, en consideración a los derechos y obligaciones de derivan de la formalización contractual, se puede observar el contratista es responsable del cumplimiento del contrato. Con un solo proveedor, la responsabilidad es clara y directa, lo que facilita la gestión de posibles incumplimientos y reclamaciones. Esto asegura una mayor transparencia y claridad en las responsabilidades contractuales, reduciendo los riesgos de conflictos y malentendidos. Que, centralizar la contratación puede generar economías de escala, resultando en costos más bajos y mayor eficiencia en la ejecución del proyecto. Un solo proveedor puede ofrecer mejores precios y condiciones debido a la mayor magnitud del contrato. Además, el proveedor de tiene una visión integral del proyecto, lo que permite una planificación y ejecución más coherente y sinérgica. Que, la fragmentación del proyecto en múltiples lotes puede diluir la responsabilidad y complicar la gestión de riesgos; El artículo 30 de la Ley N° 7021/22 menciona la necesidad de gestionar adecuadamente los riesgos asociados con la contratación pública. Un solo proveedor permite una gestión de riesgos más focalizada y efectiva, ya que la responsabilidad de la ejecución recae en un único ente. En conclusión, y en base a la experiencia de utilización de contratos anteriores, podemos indicar sin lugar a equívocos que adoptar el sistema de adjudicación POR EL TOTAL, se podrá asegurar una calidad uniforme en la adquisición de los bienes solicitados, facilitar la supervisión y control del cumplimiento de los términos contractuales y Se reduce el riesgo de fallos de comunicación y coordinación entre diferentes proveedores, permitiendo un control más eficiente y efectivo de la ejecución del contrato, alineándose con los principios de eficiencia, transparencia y responsabilidad establecidos en la Ley N° 7021/22 de Contrataciones Públicas de Paraguay.