Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 01 de octubre de 2024.
PAC Nº: 449.127
ADENDA
VERSION Nº 02 DEL PBC
En el marco de la LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL N° 103/2024 LPN N° 103 ADQUISICION DE MOTOR GENERADOR ELECTRICO PARA EL CENQUER ID N° 449.127, se realizan modificaciones a los plazos que son determinados en el SICP y al PBC, Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación - Experiencia requerida. Los demás puntos permanecen invariables.
Motivos: Respuesta de la Unidad requirente a Observaciones de la DNCP.-
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Experiencia requerida
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/449127-lpn-n-103-adquisicion-motor-generador-electrico-cenquer/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 01 de octubre de 2024.
PAC Nº: 449.127
ADENDA
VERSION Nº 02 DEL PBC
En el marco de la LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL N° 103/2024 LPN N° 103 ADQUISICION DE MOTOR GENERADOR ELECTRICO PARA EL CENQUER ID N° 449.127, se realizan modificaciones a los plazos que son determinados en el SICP y al PBC, Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación - Experiencia requerida. Los demás puntos permanecen invariables.
Motivos: Respuesta de la Unidad requirente a Observaciones de la DNCP.-
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Experiencia requerida
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/449127-lpn-n-103-adquisicion-motor-generador-electrico-cenquer/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.