Consulta:
Consideramos que la Capacidad Financiera del PBC restringen la participación de potenciales Compañías Oferentes que claramente cuentan con la solvencia técnica, económica y legal para cumplir con las condiciones contractuales. Vuestros requerimientos se contraponen a la Ley Nº 7021/22 en su Artículo 4°.- Principios rectores, inciso d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Por la cual solicitamos a la Convocante modificar la Capacidad Financiera y considerar los siguientes valores:
Calificación de la aseguradora: A-
Patrimonio propio no comprometido: IGUAL O SUPERIOR A GS.15.000.000.000.-
Fondo de garantía: IGUAL O SUPERIOR A GS.7.000.000.000.-