SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN LABORAL
CONTRATO Nº XX/2024
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En la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, a los días del mes de del año 2024, el SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN LABORAL (SINAFOCAL), institución dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) con RUC Nº 80110553-6, domiciliado en la calle Iturbe Nº 175 esq. Eligio Ayala de la ciudad de Asunción, República del Paraguay, representado en este acto por su Ministra, la ABOG. MÓNICA RECALDE DE GIACOMI, con Cédula de Identidad Nº 2.548.289, y el ECON. ALFREDO MONGELOS, con Cédula de Identidad Nº 3.490.271, por una parte, y, por la otra, la Empresa XXXXXXXXX, con RUC Nº XXXXXXX, domiciliada en la calle XXXXXXX Nº XXX de la ciudad de XXXXXXXX, República del Paraguay, representada en este acto por XXXXXXXXXXX, con Cédula de Identidad Nº XXXXXXX, denominada en adelante EL PROVEEDOR, denominados en conjunto LAS PARTES, e, individualmente, PARTE, acuerdan celebrar el presente Contrato, de conformidad a la adjudicación realizada por LA CONTRATANTE a través de la Resolución Nº XX/2024 de fecha XX de XXXXX de 2024, en el marco del llamado a LICITACIÓN A MENOR CUANTÍA NACIONAL Nº 18/2024 "MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE DATACENTER ID Nº 446.379, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
El presente contrato tiene por objeto establecer las obligaciones que asumen LAS PARTES, en relación a la adjudicación de la convocatoria:
El objeto del presente contrato constituye en la provisión del Servicio de mantenimiento y reparación de datacenter del SINAFOCAL por parte del PROVEEDOR a la CONTRATANTE, de conformidad a las Órdenes de Compra y/o Prestación de Servicios emitida por la misma, debidamente autorizada y, de acuerdo a las especificaciones técnicas y el precio adjudicado.
Los documentos contractuales, que forman parte integral del contrato, además de los documentos contractuales firmados por las partes, son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 446.379
El presente Contrato es el resultado del procedimiento a Menor Cuantía Nacional (MCN) Nº 18/2024 "MANTENIMIENTO Y REPARACION DE DATACENTER ID Nº 446.379, convocado por la Unidad Operativa de Contrataciones del Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL). La adjudicación fue realizada según Resolución MTESS N° XX/2024 de fecha XX de XXXXXXX de 2024.
Nro. De Orden |
Nro. De Ítem/Lote |
Descripción |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Precio Unitario |
Monto Total |
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Total: [sumatoria de columna de montos mínimos y sumatoria de columna de montos máximos]
El monto mínimo del presente contrato asciende a la suma de 40.0000.000 y el monto máximo es de 80.000.000
El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y/o servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en estas bases y condiciones.
La vigencia del presente contrato será:
El plazo de vigencia será desde la suscripción hasta 24 meses.
La validez o continuidad de la contratación quedará supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignación del Plan Financiero en los Ejercicios Fiscales siguientes (2025, 2026)
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Plan de Entregas y/o prestación de servicios del pliego de bases.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La Administración del Contrato estará a cargo de M.Cs. Ever Benítez, Director de la Dirección de Tecnología de la Información y la Comunicación del Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL).
El Administrador del Contrato deberá dar cumplimiento a las funciones establecidas en la Ley N° 7021/2022 "De Suministros y Contrataciones Públicas" y las reglamentaciones vigentes. Se aclara que es el responsable del análisis de los incumplimientos contractuales, definición del monto de las multas y/o sanciones/penalidades a ser aplicadas, debiendo elevar un Informe Técnico a la Dirección de Asesoría Jurídica, quien analizará el caso y emitirá su parecer jurídico respectivo; en el caso que la Dirección de Asesoría Jurídica recomiende la aplicación de multas o rescisión contractual, remitirá a la Dirección de la Unidad Operativa de Contrataciones para las respectivas comunicaciones.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 97 del Decreto N° 9823/23 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 7021/2022 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS”, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 144 de la Ley N° 7021/22.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 7021/22, y en las Condiciones Contractuales de este pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución de los contratos se dirimirá conforme las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las Condiciones Contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
El contrato, así como toda la correspondencia y documentos relativos al contrato, deberán ser escritos en idioma castellano. Los documentos de sustento y material impreso que formen parte del contrato, pueden estar redactados en otro idioma siempre que estén acompañados de una traducción realizada por traductor matriculado en la República del Paraguay, en sus partes pertinentes al idioma castellano y, en tal caso, dicha traducción prevalecerá para efectos de interpretación del contrato.
El proveedor correrá con todos los costos relativos a las traducciones, así como todos los riesgos derivados de la exactitud de dicha traducción.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.