Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el procedimiento de contratación a ser publicado.

Abg. Isabelino Galeano, Director Ejecutivo de la Escuela Judicial. 

  • Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:

Mediante el presente llamado se pretende dotar a la Institución de los servicios de escribanía con fin de Certificar los distintos procesos misionales y administrativos de la Institución.

  • Justificación de la planificación, si se trata de un procedimiento de contratación periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal:

Se trata de un procedimiento de contratación periódico

  • Justificación de las especificaciones técnicas establecidas.:

Las especificaciones técnicas fueron establecidas conforme a los servicios que son necesarios para el cumplimiento de las necesidades a satisfacer (Certificar los distintos procesos misionales y administrativos de la Institución).

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

 

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Contratación de Servicios de Escribanía

N° De Ítem

Especificaciones Técnicas

Unidad De Medida

Cant.

Presentación

1

Acta dentro del recinto notarial

Unidad

1

EVENTO

2

Acta fuera del recinto notarial

Unidad

1

EVENTO

3

Autenticación de documentos

Unidad

1

EVENTO

4

Certificación de firmas

Unidad

1

EVENTO

5

Consultas profesionales

Unidad

1

EVENTO

6

Expedición de testimonio

Unidad

1

EVENTO

7

Poder especial con inscripción

Unidad

1

EVENTO

8

Poder especial sin inscripción

Unidad

1

EVENTO

9

Poder general con inscripción

Unidad

1

EVENTO

10

Poder general sin inscripción

Unidad

1

EVENTO

11

Protocolización de documentos varios (acuerdos, certificados, etc.)

Unidad

1

EVENTO

12

Revocación de poder

Unidad

1

EVENTO

13

Certificados registrales

Unidad

1

EVENTO

14

Certificados catastrales

Unidad

1

EVENTO

15

Gestiones de Chapas extraviadas

Unidad

1

EVENTO

16

Protocolización de escritura pública transferencia de inmueble

Unidad

1

EVENTO

17

Acta de Depósito en Escribanía

Unidad

1

EVENTO

 

 

 

 

Para el Ítem N° 16 deberán cotizar con el valor de 1, solo a efectos del llenado de la lista de los precios del Formulario de Oferta, en razón de que los valores de dichos servicios, serán establecidos posteriormente tomando como base al valor de los bienes a ser transferidos, para aplicar los porcentajes correspondientes conforme a la escala establecida en el Art. 4° de la Ley N° 1307/87 DEL ARANCEL DEL NOTARIO PUBLICO, según corresponda para cada evento.

El/la escribano/a adjudicado deberá prestar el servicio de escribanía conforme a la necesidad del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, en todo el proceso la empresa o escribano deberá observar los más altos puntos de ética y confidencialidad en el manejo de la documentación e información; deberá contemplar todas las gestiones o trabajos necesarios hasta la obtención de los servicios requeridos.

Aclaraciones necesarias:

  • El/la Escribano/a deberá acompañar, en general, los procesos de aplicación de los Exámenes para postulantes a edictos convocados por el Consejo de la Magistratura y los Exámenes para la Admisión a la Escuela Judicial.
  • Las actividades son convocadas por el Consejo de Magistratura y/o la Escuela Judicial, son eventuales y pueden abarcar los horarios de 06:00 hs. a 22:30 hs. aproximadamente.
  • El proceso de aplicación de los Exámenes cuenta con cuatro etapas que son los siguientes:

I. ETAPA PREVIA AL EXAMEN: Es el proceso de multicopiado de exámenes conforme a los Edictos del Consejo de Magistratura y los exámenes de admisión a la Escuela Judicial, a ser aplicada a los postulantes habilitados. En particular se deben consignar en el registro de los siguientes actos: 

  • Presencia física del Escribano/a durante todo el tiempo requerido para la recepción de la hoja de evaluación y el multicopiado de los cuadernillos de pruebas, en el lugar y fecha indicada por la convocante.
  • Registro de todas las personas presentes, las acciones realizadas y los incidentes -si hubiere- en el recinto, durante multicopiado de los cuadernillos de pruebas.
  • Registro de entrega del cuadernillo de pruebas (entregado por el docente elaborador de examen) a los responsables del multicopiado en el lugar y fecha indicado por la convocante.
  • Verificación de los equipos de multicopiado a ser utilizados.
  • Registro de organización y preparación de materiales a ser entregados a los coordinadores de los equipos de evaluación tales como: cantidad de cuadernillos de pruebas, cantidad de hojas de respuestas preparadas, registros de asistencias de postulantes, actas y otros pertinentes.
  • Guarda y custodia de cuadernillos de exámenes por Acta de depósito en Escribanía, que posteriormente serán entregados a la convocante y/o Coordinadores y/o Responsables de la Sala de Evaluación conforme lo indique la convocante, en la fecha y hora establecida para la Evaluación.

II. ETAPA DE LA EVALUACIÓN: Es el proceso de aplicación de los Exámenes que son convocados por el Consejo de Magistratura y/o la Escuela Judicial. Se debe registrar, en particular, los siguientes actos:

  • Verificación y registro de la identidad de los integrantes de equipos de evaluación: coordinadores, aplicadores/referentes académicos, docentes y/o responsables de sala de evaluación etc.
  • Registro y entrega de materiales a los coordinadores de los equipos de evaluación, conteniendo: cuadernillos de pruebas, hojas de respuestas, registros de asistencias de postulantes, actas, útiles y otros pertinentes, indicando la cantidad y otros datos relevantes.
  • Recorrido por las salas de evaluación habilitadas para registrar los cuadernillos de pruebas sobrantes y su guarda en sobres lacrados para su posterior entrega, por el docente/ responsable de la sala de evaluación.
  • Registro de incidentes ocurridos durante el proceso de aplicación de las pruebas y acompañamiento a los coordinadores y los equipos de evaluación.
  • Registro de recepción de hojas de respuestas válidas completados por los postulantes en cada una de las sedes/filiales y salas de aplicación, junto con los cuadernillos de pruebas, con el cotejo de la planilla de registro de asistencia de los postulantes, registro de ausencias, y otros datos indicados por la convocante.
  • Guarda de las hojas de respuestas de los postulantes (de las pruebas de exámenes realizadas) por Acta de depósito en Escribanía, que posteriormente deben ser devueltas o entregadas para las correcciones respectivas, a las personas que llevarán a cabo las correcciones acreditadas por el Consejo de Magistratura y/o la Escuela Judicial, en la fecha y hora que establecidas por la convocante.

III. ETAPA DE CORRECCIÓN DE EXÁMENES: Es el proceso de corrección electrónica de los exámenes efectuados por el Consejo de Magistratura y/o Escuela Judicial y la entrega de las planillas de resultados a la convocante:

 

IV. ETAPA DE REVISIONES DE EXÁMENES: Es el proceso que se lleva a cabo a pedido de los postulantes (en el plazo establecido) posterior a la publicación de los resultados de los exámenes efectuados por el Consejo de Magistratura y/o Escuela Judicial. El/la Escribano/a deberá:

 

  • Presentar los exámenes que han quedado en Guarda por Acta de depósito en Escribanía, y entregar los mismos a las personas acreditadas por el Consejo de Magistratura y/o la Escuela Judicial, para llevar a cabo el proceso de revisión de exámenes, en la fecha y hora que establecidas por la convocante.
  • Registro de la entrega del cuadernillo de pruebas y hojas de respuestas de los postulantes, indicando los detalles pertinentes.
  • Registro del resultado de las revisiones indicando cantidad de postulantes presentes con los formularios de revisiones completados, la cantidad de ausentes, y cualquier incidente u otro dato relevante durante el proceso de revisión.
  • Guarda de las hojas de respuestas de los postulantes (de las pruebas de exámenes) por Acta de depósito en Escribanía, que posteriormente deben ser devueltas o entregadas conforme a la solicitud del Consejo de Magistratura y/o la Escuela Judicial, en la fecha y hora que establecidas por la convocante.
  • Registro del proceso de destrucción de los cuadernillos de pruebas y/o exámenes conforme a las indicaciones de la convocante.

 

El/la Escribano/a tendrá en cuenta las normas y/o reglamentos de la Institución que se encuentran vigentes al momento de la solicitud de los servicios.

 

METODOLOGÍA A SER UTILIZADA PARA LA PROTOCOLIZACIÓN DE ESCRITURAS DE TRANSFERENCIAS DE INMUEBLES

1. Procedimientos Administrativos: El escribano observará y utilizará procedimientos estándares en cuanto al manejo de los datos e información obtenidos de la Convocante para la gestión de: Protocolización de Escrituras, las Escrituras Públicas de transferencia de inmuebles, gestiones de extravío de chapas.

2. Procedimientos Operativos: El escribano deberá disponer de un sistema de seguimiento a fin de una correcta complementación de los trabajos administrativos con las tareas de campo requeridas. A tal efecto compondrá un esquema de trabajo de tal forma que esté en condiciones de realizar el relevamiento de datos en la institución sin que afecte probables tareas normales de la Institución.

En conjunto se establece los siguientes puntos o tareas a ejecutarse: Recopilación de datos Verificación de documentación disponible. Análisis, Ajustes y Rectificación según se requiera. Servicio de Mensura, en caso de ser requeridos para la obtención de la titulación de los inmuebles. Presentación en los Registros Públicos de los documentos necesarios para Registro de Escritura. Asistencia y Seguimiento en los servicios requeridos.

El párrafo citado precedentemente se aplicará únicamente para las transferencias y/o titulación de inmuebles del Consejo de la Magistratura intervenga con otro Organismo del Estado, se reembolsarán al profesional solamente los gastos en concepto de gastos administrativos y tasas judiciales.

OBSERVACIONES: Según lo establecido en la Ley N° 223/93 QUE CREA LA ESCRIBANÍA MAYOR DE GOBIERNO Y SU MODIFICATORIA, LEY N° 1.651/00, en el Art. 12, establece: Los actos y contratos que estén previstos en esta ley, serán formalizados ante los Escribanos de Registro, a elección de la parte privada contratante de una lista presentada por el Colegio de Escribanos del Paraguay anualmente.  

Los actos en los cuales el Estado formalice contratos, quedan liberados del pago de honorarios y gastos. El Notario del Registro actuante percibirá de los contratantes con los Poderes del Estado, hasta el 50% (cincuenta por ciento) de los aranceles y gastos previstos en la Ley N° 1.307/87 DE ARANCEL DEL NOTARIO PUBLICO, en caso que intervengan dos Poderes del Estado, se reembolsarán solamente los gastos.

Los ítems son meramente indicativos y no limitativos, por lo que cualquier servicio que se necesite y no esté estipulado se abonará conforme a la escala establecida en el Art. 4° de la Ley N° 1307/87DEL ARANCEL DEL NOTARIO PUBLICO, según corresponda para cada evento.

 

 

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

                                           Contratación de Servicios de Escribanía

N° De Ítem

Especificaciones Técnicas

Unidad De Medida

Cant.

Presentación

1

Acta dentro del recinto notarial

Unidad

1

EVENTO

2

Acta fuera del recinto notarial

Unidad

1

EVENTO

3

Autenticación de documentos

Unidad

1

EVENTO

4

Certificación de firmas

Unidad

1

EVENTO

5

Consultas profesionales

Unidad

1

EVENTO

6

Expedición de testimonio

Unidad

1

EVENTO

7

Poder especial con inscripción

Unidad

1

EVENTO

8

Poder especial sin inscripción

Unidad

1

EVENTO

9

Poder general con inscripción

Unidad

1

EVENTO

10

Poder general sin inscripción

Unidad

1

EVENTO

11

Protocolización de documentos varios (acuerdos, certificados, etc.)

Unidad

1

EVENTO

12

Revocación de poder

Unidad

1

EVENTO

13

Certificados registrales

Unidad

1

EVENTO

14

Certificados catastrales

Unidad

1

EVENTO

15

Gestiones de Chapas extraviadas

Unidad

1

EVENTO

16

Protocolización de escritura pública transferencia de inmueble

Unidad

1

EVENTO

17

Acta de Depósito en Escribanía

Unidad

1

EVENTO

 

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

Ítem Nombre del Servicios Unidad de Medida  Lugar de Provisión del Servicio Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes
1 Acta dentro del recinto notarial Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
A partir de la suscripción del Contrato, la prestación del servicio será realizado a través de las Ordenes de servicio emitidas de conformidad a la naturaleza de la prestación solicitada.
El plazo máximo de entrega será dependiendo de las cantidades y la
envergadura del servicio, de entre 1(uno) a 30 (treinta) días hábiles a partir de la fecha de recepción de las mismas por el proveedor, debiendo ser el mismo razonable al servicio solicitado.
2 Acta fuera del recinto notarial Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
3 Autenticación de documentos Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
4 Certificación de firmas Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
5 Consultas profesionales Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
6 Expedición de testimonio Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
7 Poder especial con inscripción Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
8 Poder especial sin inscripción Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
9 Poder general con inscripción Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
10 Poder general sin inscripción Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
11 Protocolización de documentos varios (acuerdos, certificados, etc.) Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
12 Revocación de poder Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
13 Certificados registrales Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
14 Certificados catastrales Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
15 Gestiones de Chapas extraviadas Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
16

Protocolización de escritura pública transferencia de inmueble

Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay
17 Acta de Depósito en Escribanía Unidad Tacuary N.º 1597 esquina
Blas Garay

 

 

 

 

 

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Por cada Orden de servicio emitida se deberá presentar el siguiente indicador: 

Indicador Tipo FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC)
Informe  Informe de Trabajos ejecutados
La prestación de los servicios se hará durante la vigencia
del contrato plurianual 2025 y 2026. (Contrato Abierto, según necesidad de la Convocante).