Consulta:
En el punto 1. habla de una habilitación del SENAVE, esto no es correcto debido a que la entidad reguladora de empresas de fumigación urbana es DIGESA. En el sgte. aparatado de documentación se corrige esa expresión ya que solo habla de DIGESA.
En el punto 5. del apartado CAPACIDAD TÉCNICA del PBC, textualmente dice: "5. El oferente deberá estar Habilitado para la comercialización y aplicación de productos fitosanitarios (plaguicidas) a ser utilizados, expedidas por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA), dependiente del MSPyBS."
No obstante en el punto 5. del apartado de Documentos para avalar la capacidad técnica dice: "5. Copia autenticada por escribanía del Certificado vigente de Habilitación para la comercialización y aplicación de productos fitosanitarios (plaguicidas) a ser utilizados, expedidas por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA), dependiente del MSPyBS."
Si podrían aclarar esta expresión, debido a que la empresa que presta el servicio de Fumigación no debe estar habilitada por DINAVISA sino por DIGESA debido a que la etiqueta y hoja de seguridad de los productos utilizados se encuentran a nombre de la empresa que solicitó su registro ante la DINAVISA. Ahora bien, si es exigencia de la empresa fumigadora, contar con la hoja de seguridad o etiqueta de los productos al ser utilizados en la prestación del servicio.
Entiendo que es un error material en la redacción del pliego nada más, lo referente al punto cinco del apartado de capacidad técnica del pliego de base y condiciones.