Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Visita al sitio de ejecución Visita al sitio de ejecución del contrato fue fijada para el 20/12/2024 (SICP) La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones: Fecha: conforme datos del SICP. Lugar: Las instituciones a ser visitadas por los potenciales oferentes o sus representantes debidamente autorizados, serán en los siguientes lugares: LOTE N° 1 ESCUELA BÁSICA N° 701 GENERAL ANDRÉS RODRÍGUEZ PEDOTTI de la ciudad de San Juan Bautista. LOTE N° 2 ESCUELA BÁSICA N° 152 SAN ROQUE GONZÁLEZ DE SANTA CRUZ de la ciudad de San Ignacio. LOTE N° 3 ESCUELA BÁSICA N° 70 PROFESOR LUCIANO BORDÓN de la ciudad de Santa Rosa Hora: Se recibirá a los potenciales oferentes o sus representantes hasta las 07:10 AM de la fecha indicada en el SICP. No se podrán recepcionar a otros oferentes que se presenten pasado el plazo de hora fijado en este enunciado. Procedimiento: Los potenciales oferentes o sus representantes, debidamente acreditados con autorización escrita de la empresa, indicando el nombre y apellido, y el I.D. y nombre del llamado, acompañando la copia de cedula de identidad, deberán asistir en los lugares detallados en la fecha y hora establecidas en el SICP donde se encuentran las instituciones educativas que serán beneficiadas con el Almuerzo escolar. Al finalizar la visita el funcionario responsable labrará un acta con los potenciales oferentes participantes, documento que deberá de ser presentada con la oferta. Nombre del funcionario responsable de guiar la visita: Abg. José Ayala, Director de la U.O.C y funcionarios designados por el mismo. Participación obligatoria: SI La visita o inspección técnica debe fijarse al menos un (1) día hábil antes de la fecha tope de consulta. Cuando la convocante haya establecido que será requisito de participación, el oferente que conozca el sitio podrá declarar bajo fe de juramento conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato, en reemplazo de dicha visita. En todos los casos, el procedimiento para su realización deberá difundirse en las bases de la contratación. Las condiciones de participación no deberán ser restrictivas ni limitativas. Se registrará en acta los asistentes, la fecha, lugar, hora de realización y funcionarios participantes. Los representantes de los oferentes que asistan podrán contar con una autorización, bastando para ello la presentación de una nota del oferente. La falta de presentación de esta autorización no impide su participación en la visita o inspección técnica. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del oferente. COMEPAR CONSULTA: Esta es una estipulación y exigencia SIN SENTIDO, pero además esta redactada de una manera que solo le puede confundir al oferente. Dice en una parte: Participación obligatoria: SI Dice seguidamente: Cuando la convocante haya establecido que será requisito de participación, el oferente que conozca el sitio podrá declarar bajo fe de juramento conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato, en reemplazo de dicha visita. Es o no obligatoria ? Se puede suplir con la declaración jurada ?. El requisito debería ser optativo, porque además la visita a 3 instituciones no refleja la realidad de las demás. 26-12-2024 26-12-2024
2 Aspecto de Sostenibilidad Ambiental, Económica - Multiplicidad Contar con los respectivos permisos ambientales durante el desarrollo del servicio. Licencia Ambiental vigente emitida por el MADES del depósito de distribución dentro del departamento de la convocante. COMEPAR CONSULTA: Es evidente que la estipulación está dirigida a algún proveedor que posee una licencia del MADES de un “depósito de distribución dentro del departamento de la convocante”. Se trata de un requisito de supuesta sostenibilidad ambiental, que solo otorga ventajas al que lo posee, y no a quien tenga el objetivo de participar y obtener los permisos necesarios cuando el contrato se encuentre asegurado. La multiplicidad de criterios es una herramienta que debe ser utilizada para medir la capacidad de los oferentes no para concederles ventajas sin sentido a otros. Solicitamos eliminar este requisito o que el mismo sea considerado como un requisito con posterioridad a la adjudicación. 26-12-2024 26-12-2024
3 Innovación - Multiplicidad Certificado de Gestión de Calidad Ambiental que le permita garantizar los procesos relacionados a la disposición de residuos generados por su actividad emitida por una entidad debidamente acreditada conforme al Decreto 3900/10 que reglamenta la Ley 2279/03 y amplía la Ley 1028/97. Certificado ISO 14001 con la debida acreditación nacional otorgada por el Conacyt/ONA vigente a la fecha de la presentación de ofertas. COMEPAR CONSULTA: El PBC valora y puntúa la Certificación ISO 14.000 o similares, siendo estas una certificación sobre “estándares internacionales que se centran en la gestión ambiental de las organizaciones”. Ofrecen un marco para que las empresas gestionen sus impactos ambientales y mejoren su desempeño ambiental. No podemos dejar de valor el aporte en esta materia, pero esta exigencia resulta dirigida en el sentido que un servicio de cocinando en las escuelas no necesariamente debe generar muchos inconvenientes ambientales ni tendrán un impacto significativo en el ambiente. Es por eso que, esta exigencia no debe ser incluída en la dimensión y magnitud de la misma. 26-12-2024 26-12-2024
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