Suministros y Especificaciones técnicas

Las Especificaciones Técnicas para la contratación de alimentación escolar, fueron elaboradas teniendo en cuenta las directrices emanadas en la Ley N° 5210/2014 de “Alimentación Escolar y Control Sanitario” y la Resolución CONAE Nº 053/24 los cuales establecen que la alimentación de los estudiantes deberá basarse en una dieta saludable y adecuada; comprender el uso de alimentos variados, inocuos, utilizando los grupos de alimentos establecidos en las Guías Alimentarias del Paraguay y reflejadas en la Olla Nutricional, respetándose las preferencias nutricionales, los hábitos alimentarios, la cultura y la tradición alimentaria de la localidad del estudiante. Para ello es necesario ceñirse a lo autorizado y aceptado en el Proyecto de Alimentación Escolar, presentado ante la Dirección General de Alimentación Escolar - DGAE del Ministerio de Desarrollo Social, documento que complementa este pliego de bases y condiciones.

Los alimentos distribuidos deben ser inocuos y asegurar la calidad para su consumo. Deben ser procesados, envasados y transportados en condiciones adecuadas de higiene, a fin de evitar los peligros físicos, químicos o biológicos que pongan en riesgo la salud de los estudiantes.

 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre,  cargo  y  la dependencia de la Institución de quien solicita el procedimiento de contratación a ser publicado: Lic. Maria Teresa Riella-Secretaria de educación
  • Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: El Programa de Alimentación Proyecto Hambre Cero se constituye en una estrategia fundamental para abordar la desnutrición, promover la salud y garantizar el derecho a una alimentación adecuada y saludable para todos los estudiantes. La nutrición y la educación están intrínsecamente vinculadas, y las deficiencias en la ingesta alimentaria podrían afectar el rendimiento académico y salud de los escolares. La Secretaría de Educación del Gobierno Departamental de Concepción solicita que los programas de alimentación escolar ofrezcan una dieta balanceada que contribuye a mejorar la
    calidad de vida de los niños. Además, favorecen la asistencia regular a la escuela y ayudan a mantener una matrícula proporcional. Este tipo de alimentación debe implementarse en un entorno educativo que sea nutricional y culturalmente adecuado, lo que facilita el aprendizaje de hábitos alimentarios y estilos de vida saludables.
  • Justificación de la planificación, si se trata de un procedimiento de contratación periódico o sucesivo,  o si el mismo responde a una necesidad temporal: Se trata de un procedimiento periódico.
  • Justificación de las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas para la adquisición del Programa de la Alimentación Escolar han sido elaboradas de manera cuidadosa y precisa, considerando los siguientes aspectos:
     Es necesario realizar una evaluación detallada de la demanda, identificando cuántos
    niños necesitan el servicio y sus requerimientos nutricionales específicos.
     Deben considerarse los recursos económicos disponibles, asegurando sostenibilidad
    financiera sin comprometer la calidad de los alimentos.
     La participación activa de la comunidad escolar, incluidos padres y maestros, es clave
    para garantizar que el programa sea culturalmente relevante y tenga un impacto
    positivo en los hábitos alimenticios de los estudiantes.
    Las Especificaciones Técnicas, se encuentran conforme a los Lineamientos para los servicios de alimentación escolar, en el marco del Programa de Alimentación Escolar Hambre Cero en las Escuelas (PAE-H0) cuyo alcance de dicho servicio para esta convocatoria se plantea a los estudiantes en las instituciones educativas, dependientes del MEC, para los siguientes tipos de alimentación.

Características organolépticas

No se aceptarán ingredientes y preparaciones culinarias cuyas características organolépticas se encuentren alteradas. 

Aspecto: característico de cada alimento y/o del menú (plato principal, ensalada, postre).

Color: característico a la preparación y/o de cada alimento.

Olor: característico, exento de olores extraños.

Sabor: agradable, exento de sabores extraños.

Temperaturas definidas para el almuerzo/cena escolar

Cuando en el procedimiento de contratación se requiera del Almuerzo/Cena escolar por las modalidades de "Cocinando" y "Catering", se deberá cumplir con las siguientes temperaturas definidas:

Preparación culinaria

Temperatura adecuada

Plato principal

≥65 °C

Ensalada

≤5 °C

Postre

Según la característica del postre/alimento

Especificaciones técnicas de la leche

Cuando en el procedimiento de contratación se pretenda adquirir Desayuno/Merienda Escolar, las especificaciones técnicas de la leche serán las siguientes:

 

 

1.    Especificación técnica: LECHE ENTERA UAT

 

    1. Denominación: Leche entera UAT
    1. Definición: Se denomina Leche UAT (UHT) Ultra Alta Temperatura- a la leche que ha sido sometida a un proceso térmico de flujo continuo desde 135ºC, durante 10 segundo hasta 150°C durante 2 segundos, o combinaciones de temperatura y tiempo equivalentes, homogeneizada y envasada bajo condiciones asépticas, cuyo resultado sea el cumplimiento de los parámetros fisicoquímicos establecidos en la normativa de referencia y la ausencia de bacterias capaces de proliferar en condiciones normales de almacenamiento y distribución, durante toda su vida útil.
    1. Presentación: El producto se presentara en envase tetra de: 1000 ml. Se servirá en vasos raciones (vasos de 200 ml).
    1. Ingredientes

Obligatorios: Leche entera de vaca.

Permitidos: No aplica

No permitidos: No aplica

    1. Aditivos Alimentarios

Serán permitidos aquellos aditivos conforme a la Resolución MERCOSUR GMC/RES Nº 78/94 RTM de Identidad y calidad de leche UAT y sus actualizaciones.

    1. Composición fisicoquímica y nutricional

La composición fisicoquímica y nutricional, deberá estar expresada por 100 mililitros, por producto terminado listo para el consumo, según lo detallado en la Tabla 1 y Tabla 2.

Tabla 1: Composición fisicoquímica por 100 mL de producto terminado listo para el consumo

Determinaciones

Límites de Aceptación

Materia Grasa % m/v

Min. 3,0

Acidez (g ác. Láctico/100 ml)

0,14 a 0,18

Densidad relativa a 15% C/15º C

Min. 1,028

Estabilidad al etanol 68% (v/v)

Estable

Extracto seco no graso % (m/m)

Min. 8,2

Descenso crioscópico

ºH

Min. -0,530

Max. -0,550

ºC

Min. -0, 512

Max. -0,535

 

 

Tabla 2: Composición nutricional por 100 mL del producto terminado listo para el consumo

 

Nutriente

Mínimo

Máximo

Proteínas % (m/m)

3,0

--

Grasas totales

3,0

--

 

    1. Especificaciones organolépticas del producto Aspecto: líquido

Color: blanco amarillento.

Olor: característico.

Sabor: agradable, exento de olores extraños (a rancio, quemado, crudo, solventes, entre otros).

 

    1. Especificaciones microbiológicas

La leche UAT ó UHT, no debe contener microorganismos capaces de proliferar en ella en las condiciones normales de almacenamiento y distribución, por lo cual, luego de una incubación en envase cerrado a 35 - 37º C durante 7 días, debe cumplir con los requisitos establecidos en las Tablas 3 y 4.

Tabla 3: Requisitos microbiológicos para muestra representativa

 

Determinación

Categorización (I.C.M.S.F)

Criterios de aceptación

Aerobios Mesófilos/mL

10

n=5, c=0, m=100

Donde:

n Número de unidades de un mismo lote, muestreadas aleatoriamente y analizadas individualmente.

c Número máximo de unidades de muestra que pueden presentar valores entre m y M. m Límite de aceptabilidad.

M Límite de rechazo.

Tabla 4: Requisitos microbiológicos para muestra indicativa

 

Determinación

Categorización (I.C.M.S.F)

Criterios de aceptación

Aerobios Mesófilos/mL (*)

10

100 UFC/ml

* Luego de una incubación a 35 - 37º C en envase cerrado durante 7 días.

La forma de expresar los resultados en la Tabla 3, de los valores de tolerancia para muestra indicativa y tolerancia del método utilizado, es la siguiente: UFC (Unidad Formadora de Colonia por mililitro de leche).

    1. Especificaciones del envase
      1. Especificaciones del envase individual.

El envase individual primario deberá ser de tetra brik.

 

      1. Especificaciones del envase secundario

La caja contenedora del alimento debe ser de cartón corrugado o de otro material que no permita el deterioro del envase individual, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidos.

La caja contenedora deberá ser resistente al apilamiento, según instrucciones del fabricante.

 

    1. Requisitos específicos para la recepción del producto

Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:

  • Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
  • Productos cuyos envases se encuentren rotos, abombados, sucios o averiados.

 

Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos

Cuando en el procedimiento de contratación se pretenda adquirir Desayuno/Merienda Escolar, las especificaciones técnicas de los alimentos sólidos serán las siguientes:

1. Especificación técnica: PALITO

1.1. Denominación: Palito.

1.2. Definición: Es el producto obtenido por la cocción de una masa fermentada y amasada en forma mecánica, hecha con harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas, manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada, levadura, sal y agua.

1.3. Presentación: Se presentará en forma alarga de 7 a 10 cm delgados con escasa cantidad de miga y se presentará en porción individual de 30 gramos, con una tolerancia de ±5 gramos.

1.4. Ingredientes:

Obligatorios:

- Harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas.

- Agua.

- Manteca y/o margarina y/o aceite comestible y/o grasa vegetal hidrogenada.

- Levadura.

- Sal yodada (máximo 1%).

- Aditivos alimentarios permitidos.

Permitidos: Anís (optativo).

No permitidos: El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.

1.5. Aditivos alimentarios.

Se aceptarán como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97Asignación de aditivos y su concentración máxima para la Categoría de Alimentos 7: Productos de Panificación y Galletería y sus actualizaciones.

1.6. Composición nutricional

Tabla 1. Aporte de nutrientes por 100 g de producto

Mínimo

Máximo

Aporte energético (kcal)

306

454

Hidratos de Carbono (g)

65

80

Proteínas (g)

7

20

Grasas (g)

2

6

Sodio(mg)

-

600

 

2.1Denominación: Magdalena

    1. Definición: Se denomina Magdalena al producto elaborado por una mezcla de harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas, almidones o féculas, huevos, materia grasa (margarina y/o manteca y/o aceite vegetal y/o grasa vegetal hidrogenada) azúcares, leche y leudantes químicos, sometidos a un proceso de batido y horneado.
    2. Presentación: El producto deberá poseer la forma característica de magdalena y se presentará en porción individual de 30 gramos, con una tolerancia de ± 5 gramos.
    3.      Ingredientes Obligatorios:
      1. Harina de Trigo Enriquecida con Hierro y Vitaminas y/o almidones o féculas.
      2. Huevo.
      3. Margarina y/o manteca y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada.
      4. Azúcar
      5. Leche entera en polvo y/o fluida.
      6. Aditivos permitidos.

Permitidos: No aplica

No permitidos: El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.

    1. Aditivos alimentarios.

Se aceptará como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 Asignación de aditivos y su concentración máxima para la Categoría de Alimentos 7: Productos de Panificación y Galletería y sus actualizaciones.

 

    1. Composición nutricional.

 

Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto

 

 

Mínimo

 

Máximo

 

Energía (calorías)

 

231

 

475

 

Proteínas (g)

 

6

 

10

 

Grasas (g)

 

3

 

15

 

Hidratos de carbono (g)

 

45

 

75

 

Sodio (mg)

 

---

 

500

 

    1. Especificaciones organolépticas del producto
  • Aspecto: Correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, ni parásitos.
  • Textura: Debe poseer miga suave y blanda.
  • Color y olor: característico.
  • Sabor: agradable, exento de olores extraños (a rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).

 

    1. Especificaciones del envase
      1. Especificaciones del envase individual

El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado de 30 micrones como mínimo.

      1. Especificaciones del envase secundario

Los envases individuales podrán estar contenidos en los siguientes envases secundarios:

Caja de cartón corrugado, resistente al peso de los productos con la parte superior e inferior lacrado, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kilogramos.

 

    1. Requisitos específicos para la recepción del producto.

Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:

  • Lotes del producto que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
  • Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
  • Envases que contengan magdalenas quemadas o aplastadas

 

 

 

1.         Especificación técnica: ALIMENTO A BASE DE MANI/TURRÓN DE MANI

 

 

    1. Denominación: Alimento a base de maní/Turrón de maní.

 

    1. Definición: Es el producto elaborado por cocción de mezcla de azúcares (sacarosa, dextrosa, azúcar invertido, glucosa o sus mezclas), con maní tostado molido, con o sin mieles y con o sin el agregado de aditivos permitidos, envasado en recipiente bromatológicamente apto.

 

    1. Presentación: El producto se presentará en forma de barra rectangular, en porción individual de 30 gramos con una tolerancia de ±5 gramos.
    2. Ingredientes Obligatorios:
  • Maní tostado molido (mínimo 60%).
  • Azúcar y/o dextrosa y/o azúcar invertido y/o glucosa o sus mezclas y/o miel de caña y/o miel de abeja.

Permitidos: Sal yodada.

No permitidos: No aplica.

    1. Aditivos alimentarios

Se podrán utilizar los aditivos permitidos por la Resolución MERCOSUR/GMC/RES N° 53/98. Reglamento Técnico Asignación de aditivos y sus concentraciones máximas para la categoría 5: Confituras (Caramelos, Pastillas, Confites, Chicles, Turrones, Productos de Cacao y Productos con Cacao, Chocolates, Bombones, Baños Rellenos y otros Productos similares) y sus actualizaciones.

    1. Composición nutricional.

Tabla 1. Aporte de nutrientes por 100 g de producto

 

Mínimo

Máximo

Aporte energético (kcal)

376

607

Hidratos de carbono (g)

36

54

Proteínas (g)

13

19

Grasas (g)

20

35

 

    1. Especificaciones organolépticas del producto

Aspecto: No debe estar alterado, contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, entre otros.

Textura: será de fácil masticación.

Color: característico.

Olor y sabor: con sabor agradable y aroma propio, sin olores ni sabores extraños.

    1. Especificaciones del envase
      1. Especificaciones del envase individual

El envase individual primario podrá ser de polipropileno biorientado, transparente o metalizado, de 30 micrones como mínimo o de poliéster aluminizado tricapa.

      1. Especificaciones del envase secundario

Los envases individuales deberán estar contenidos en:

Caja de cartón corrugado o bolsa de polietileno de baja densidad o polipopileno transparente, de 50 micrones como mínimo, resistente al peso de los productos asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kg.

    1. Requisitos específicos para la recepción del producto

Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:

  • Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
  • Envases que contengan productos quemados, rotos o aplastados.

 

 

 

1.         Especificación técnica: GALLETITA DULCE CON HARINA DE AVENA

 

    1. Denominación: Galletita dulce con harina de avena.
    2. Definición: Se denomina al producto elaborado por una mezcla de harina de avena, harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas, con margarina y/o grasa vegetal hidrogenada y/o aceite comestible, azúcar y aditivos alimentarios permitidos, sometida a proceso de amasado y posterior horneado, dando lugar a un producto caracterizado por su bajo contenido de agua y textura crocante.
    3. Presentación: El producto se presentará en formas geométricas variadas y en porciones individuales de 30 gramos, con una tolerancia de ±5 gramos.

 

    1. Ingredientes Obligatorios:
  • Harina de avena
  • Harina de trigo enriquecida con Hierro y Vitaminas, y/o almidones, y/ o féculas
  • Azúcar y/o mieles.
  • Manteca y/o margarina y/o aceite vegetal comestible y/o grasa vegetal hidrogenada.
  • Saborizantes/ aromatizantes, y aditivos permitidos

Permitidos:

  • Sal yodada, según requerimientos tecnológicos
  • Agua, según requerimientos tecnológicos

No permitidos: El agregado de grasa de origen animal, excepto la manteca.

 

    1. Aditivos alimentarios

Se aceptarán como aditivos los permitidos por el Reglamento MERCOSUR GMC/RES N° 50/97 Asignación de aditivos y su concentración máxima para la Categoría de Alimentos 7: Productos de Panificación y Galletería. Y sus actualizaciones.

 

    1. Composición nutricional

Tabla 1. Aporte de nutrientes 100 g de producto

 

Mínimo

Máximo

Aporte energético (kcal)

312

580

Hidratos de carbono (g)

60

80

Proteínas (g)

6

20

Grasas (g)

6

20

Sodio (mg)

-

500

 

    1. Especificaciones organolépticas del producto:

Aspecto: correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, contener sustancias extrañas, insectos, gorgojos, entre otros.

Textura: Crocante y de fácil masticación.

Color y olor: característicos.

Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, entre otros).

 

    1. Especificaciones del envase
      1. Especificaciones del envase individual

El envase individual primario deberá ser de film de polietileno de baja densidad o polipropileno biorientado, transparente o metalizado de 30 micrones como mínimo.

      1. Especificaciones del envase secundario

Los envases individuales deberán estar contenidos en caja de cartón corrugado o bolsa de polietileno de baja densidad o polipopileno transparente, de 50 micrones como mínimo, resistente al peso de los productos asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidas, garantizando su conservación, traslado, y almacenamiento en condiciones adecuadas y con capacidad máxima de 3 kg.

 

    1. Requisitos específicos para la recepción del producto

Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:

  • Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
  • Productos cuyos envases se encuentren rotos, sucios o averiados.
  • Envases que contengan galletitas quemadas, rotas o aplastadas

 

FRUTA FRESCA BANANA

 

  1. DESCRIPCIÓN GENERAL
  1. Definiciones

Banana: se entiende por banana a la fruta del género Musa spp.

Fruta fresca: es la fruta que habiendo alcanzado su madurez fisiológica, presenta las características organolépticas adecuadas para su consumo al estado natural. Se hace extensiva esta denominación a las que reuniendo las condiciones citadas se han preservado en cámaras frigoríficas.

Madurez fisiológica: es el estado de desarrollo del fruto que le permite iniciar los procesos del programa genético conducente a la madurez organoléptica y lograr así los atributos de calidad aceptables para el consumo.

Penca o mano: conjunto de bananas fijadas por la corona.

 

  1. Condiciones generales

Este producto será utilizado para el Programa de Alimentación Escolar del Paraguay PAEP en Escuelas del país, dirigido a estudiantes; por lo tanto debe poseer un aspecto, color, sabor y olor que lo hagan aceptable para los mismos.

El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano, por lo que debe ser producido, envasado, almacenado y transportado en condiciones que no produzcan, desarrollen o agreguen sustancias físicas, químicas o biológicas que pongan en riesgo la salud del consumidor.

El Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición-INAN, dependencia técnica del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, podrá incluir este producto en su Programa de Vigilancia Anual de la Alimentación Escolar, con el objetivo de controlar la calidad e inocuidad del mismo. Para cumplir con el objetivo propuesto, el INAN realizará acciones conjuntas con el SENAVE. Los ensayos laboratoriales correrán por cuenta del proveedor. Este control será independiente de la realización de los Controles de Calidad que establece el punto 5 del presente documento.

 

  1. Requisitos mínimos de calidad

La banana deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Madurez: deberá estar fisiológicamente madura, no presentar señales de falta de madurez o de madurez excesiva.
  • Estar enteras (tomando el dedo como referencia).
  • Ser de consistencia firme de tal modo que soporte el transporte y la manipulación.
  • Estar sin pistilos.
  • Estar sana, exenta de podredumbre o deterioro que hagan que no sean aptas para el consumo.
  • Estar exenta de cualquier olor y/o sabor extraño.
  • Estar exenta de magulladuras, heridas o golpes.
  • Estar exenta de plagas y daños causados por plagas, que afecten el aspecto general del producto alimenticio.
  • Estar exenta de malformaciones o curvaturas anormales en los dedos.
  • Estar exenta de daños causados por altas y/o bajas temperaturas.
  • Ser de tamaño uniforme.

 

  1. Tamaño

El tamaño del producto deberá responder a las características establecidas en la siguiente tabla.

 

Tabla 1. Características físicas

Calibre o grosor

Rango de diámetro

Mediana o ¾ gorda

30 a 34 mm

 

  1. REQUISITOS MICROBIOLÓGICOS

La fruta lavada y sanitizada deberá cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la tabla.

 

Tabla 2. Requisitos microbiológicos para muestra indicativa

Agente microbiano

Tolerancia para muestra indicativa

n

c

Límite por g

M

M

Coliformes a 45 ºC/g

5x102

5

2

102

5 x102

Salmonella sp

Ausencia

5

0

Ausencia/25 g

-

 

Dónde:

n: Número de unidades de un mismo lote, muestreadas aleatoriamente y analizadas individualmente para satisfacer los requerimientos de un plan de muestreo particular.

c: Es el número máximo permitido de unidades de muestra defectuosa. Cuando se encuentra cantidades mayores de este número el lote es rechazado. Número máximo de unidades de muestra que pueden presentar valores entre m y M.

m: Es un criterio microbiológico, el cual, en un plan de muestreo de dos clases separa buena calidad de calidad defectuosa; o en otro plan de muestreo de tres clases, separa buena calidad de calidad marginalmente aceptable. En general m presenta un nivel aceptable y valores sobre el mismo que son marginalmente aceptables o inaceptables.

M: Límite de rechazo. Es un criterio microbiológico, que en un plan de muestreo de tres clases, separa calidad marginalmente aceptable de calidad defectuosa. Valores mayores a M son inaceptables.

 

  1. RESIDUOS DE PLAGUICIDAS

Las frutas deberán obedecer a los límites máximos de plaguicidas establecidos por el Codex Alimentarius.

 

  1. PRESENTACIÓN Y ENVASADO
  • Las bananas deberán ser previamente seleccionadas, lavadas y sanitizadas.
  • Deberán presentarse en pencas de por lo menos cuatro dedos.
  • Deberán estar contenidas en cajas de madera con recubrimiento interno de cartón y plástico, con un peso bruto máximo de 25 kg. Las cajas de madera, el cartón y el plástico, deben cumplir con los requisitos de la Res. SENAVE N° 354/12.
  • El contenido de cada caja deberá ser homogéneo y estar constituido únicamente por bananas de la misma variedad y calidad. La parte visible del contenido del envase deberá ser representativa de todo el contenido.
  • Las cajas deberán satisfacer las características de resistencia necesarias para asegurar la correcta conservación y el transporte de las frutas. Deberán ser nuevas, secas, limpias, lisas y exentas de cualquier material y olor extraños al contenido, en conformidad a la Resolución SENAVE Nº 354/12 Por la cual se modifica la resolución SENAVE N° 923/11 "Por la cual se aprueba el Reglamento Técnico para el envasado y transporte de frutas y hortalizas "in natura" que se comercialicen para consumo en el Paraguay, de fecha 31 de octubre de 2011.
  • Los materiales utilizados en el interior de la caja (cartón y plástico) deberán ser nuevos, estar limpios y ser de calidad tal que evite cualquier daño externo o interno al producto. Se permite el uso de materiales, en particular papel o sellos, con indicaciones comerciales, siempre y cuando estén impresos o etiquetados con tinta o pegamento no tóxico.

 

  1. CONTROL DE CALIDAD
  1. Muestreos aleatorios durante la ejecución del contrato
  1. Durante la ejecución del contrato, la Contratante debe solicitar al SENAVE en sus distintas áreas de competencia, a otros laboratorios oficiales o a laboratorios reconocidos por el SENAVE, la realización de muestreos aleatorios sobre los productos entregados en las escuelas beneficiarias, para verificar el cumplimiento de las especificaciones establecidas en los puntos: 1.c) Requisitos mínimos de calidad, 1.d) Tamaño, punto 2. Requisitos Microbiológicos y punto 3. Residuos de Plaguicidas. El control de calidad se hará acorde a los procedimientos establecidos por el SENAVE.
  2. El muestreo se realizará en base a un máximo de 5% sobre de la cantidad total de escuelas beneficiadas, distribuido en periodos [indicar el periodo de cada muestreo que podrá realizarse en forma trimestral para contratos superiores a un año, o bimestrales para contratos inferiores a seis meses de ejecución. Por ejemplo: Si el Contrato contempla la distribución del producto en 200 escuelas durante un año, las muestras se tomarán en periodos trimestrales hasta abarcar un mínimo de 10 escuelas durante la ejecución del contrato].
  3. La solicitud de toma de muestras deberá ser realizada a través de nota de la Contratante dirigida al SENAVE, a otros laboratorios oficiales o a laboratorios reconocidos por el SENAVE, según corresponda, en la que indicará como mínimo la descripción del proceso de contratación, el nombre o razón social del Proveedor, la descripción del o los productos adjudicados, el periodo de ejecución contractual y el listado de escuelas beneficiarias con la dirección de cada una, adjuntando además copia del contrato y de las especificaciones técnicas de los productos adjudicados.
  4. La toma de muestras solicitada por la Contratante al SENAVE, a otros laboratorios oficiales o a laboratorios reconocidos por el SENAVE, será efectuada una vez realizado el pago de los servicios por parte del Proveedor al laboratorio correspondiente. Para el efecto, la Contratante notificará al Proveedor la realización de la toma de muestras y solicitará al mismo que abone el costo de las determinaciones a ser realizadas en un plazo que no podrá exceder 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación. De no constatarse el pago del Proveedor en el plazo mencionado, la Contratante solicitará y abonará directamente al SENAVE, a otros laboratorios oficiales o a laboratorios reconocidos por el SENAVE, los conceptos por la realización de muestreos correspondientes, cuyo costo deducirá de las facturas pendientes de pago al Proveedor. El resultado de las determinaciones realizadas será comunicado a la Contratante, el Proveedor y la DNCP.
  5. Estas muestras aleatorias podrán ser solicitadas además por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas en el marco de un proceso investigativo, de impugnación o de verificación de contrato.
  1. Incumplimientos
  1. Si como resultado de las determinaciones aleatorias conforme al punto 5.a)i, se constate que los productos entregados no cumplen con las especificaciones indicadas en los puntos 1.c) Requisitos mínimos de calidad, 1.d) Tamaño, punto 2. Requisitos Microbiológicos y punto 3. Residuos de Plaguicidas, la Contratante notificará al Proveedor que la reincidencia en dicha no conformidad lo hará pasible de la aplicación de multas y eventual rescisión del contrato por incumplimiento.
  2. Si el Proveedor no reemplaza los productos en el plazo establecido por la Contratante y/o de reincidir en la no conformidad lo hará pasible de multas previstas y eventual rescisión del contrato por incumplimiento y de las sanciones establecidas en la Ley N° 2.051/03 De Contrataciones Públicas.
  3. El Proveedor estará obligado a presentar ante la Contratante un informe de los resultados de todas las pruebas y/o inspecciones que le sean requeridas.
  4. Independientemente a los controles aleatorios en los periodos de tiempo establecidos en el punto 5.a) ii, la Contratante se reserva el derecho de acudir a los establecimientos del Proveedor y a las Instituciones Educativas para realizar inspecciones y tomas de muestras de los productos en coordinación con el SENAVE, a otros laboratorios oficiales o a laboratorios reconocidos por el SENAVE.

 

  1. TRANSPORTE

El transporte de la fruta deberá realizarse en condiciones que garanticen su inocuidad y conservación a los distintos puntos de destino, deberá cumplir con lo establecido en la Resolución SENAVE Nº 354/12 y reglamentaciones vigentes.

 

  1. REQUISITOS PARA LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO.

Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:

  • Productos que no cumplan con los requisitos establecidos en el punto 1.c) Requisitos mínimos de calidad.
  • Productos cuyas cajas se encuentren rotas, sucias o averiadas y sobrepasen el peso máximo establecido.

 

  1. ROTULADO

Las cajas deberán llevar etiquetado (rótulo), que contenga al menos la siguiente Información:

  • Nombre del producto.
  • Nombre de la variedad o cultivar.
  • Peso neto.
  • Nombre del productor o Asociación.
  • Zona de producción (distrito-localidad).
  • Fecha de empaque.

El producto que fuere adjudicado después de salir de la climatización deberá tener impreso y/o adherido a la caja, con letra Arial y en color negro, en un tamaño no menor a 1 centímetro (cm), las siguientes frases:

Nombre de la Institución (Gobernación)

  • Programa de Alimentación Escolar del Paraguay PAEP
  • DISTRIBUCION GRATUITA-PROHIBIDA SU VENTA.
  • DENUNCIAS AL TELEFONO Nº 021-4154000 o www.contrataciones.gov.py
  • DIRECCION NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

 

4. Composición del menú

4.1 Composición del desayuno y merienda escolar

  • Leche Entera UAT (200ml) + Turrón de maní
    • Leche Entera UAT (200ml) + Palito (30g)
      • Leche Entera UAT (200ml) + Banana
  • Leche Entera UAT (200ml) +Magdalena (30g)
  • Leche Entera UAT (200ml) + Galletita con harina de avena

4.2 Periodo de distribución del alimento líquido

La distribución del alimento líquido se realizará en forma Quincenal.

En los primeros días (1 al 15), teniendo en cuenta el periodo de vencimiento del producto en un máximo de tres meses.

4.3 Periodo de distribución de los alimentos sólidos

La distribución de los alimentos sólidos se realizará de manera Quincenal.

Esto incluye al turrón de maní, el palito, la magdalena y la galletita dulce con harina de avena. Se tendrá en cuenta el periodo de vencimiento del producto en un plazo de 3 meses.

4.4 Condiciones de la fruta en estado natural.

Las frutas se distribuirán de manera Semanal.

Según las especificaciones técnicas para los alimentos del Programa de Alimentación Escolar del Paraguay - PAEP, en el contexto del desayuno y merienda escolar.

 

  1. Menú Cíclico

 

Días de la semana

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Líquido

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Sólido

Turrón de Maní

Palito

Banana

Magdalenas

Galletita dulce con harina de avena

 

Días de la semana

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Líquido

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Sólido

Turrón de Maní

Palito

Banana

Magdalenas

Galletita dulce con harina de avena

 

Días de la semana

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Líquido

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Sólido

Turrón de Maní

Palito

Banana

Magdalenas

Galletita dulce con harina de avena

 

Días de la semana

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Líquido

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Leche Entera UAT

Sólido

Turrón de Maní

Palito

Banana

Magdalenas

Galletita dulce con harina de avena

OBSERVACIÓN: El menú cíclico es la distribución normalizada de los menús para un periodo de tiempo de 20 días, con el objetivo de brindar variabilidad.

Cualquier modificación al menú cíclico, deberá contar con la autorización de la contratante con la justificación del mismo; solicitando en un plazo de 24 horas antes vía nota.

 

Alimento Complementario

Cuando el procedimiento de Contratación pretenda adquirir Desayuno/Merienda Escolar, las especificaciones técnicas de los alimentos complementarios serán las siguientes: 

De conformidad a lo dispuesto en los Lineamientos de procedimientos para los servicios de alimentación en instituciones educativas implementadas en el marco del Programa de Alimentación Escolar - Hambre Cero en las Escuelas. Alimentos preparados en las escuelas (Cocinando en las Escuelas): Es el alimento preparado en la institución educativa, en un área definida (cocina) que debe ser adecuada y equipada para la manipulación higiénica de los alimentos; con la siguientes variante: Como intermediario con una empresa contratada: Alimentos preparados en la escuela cuyos insumos, equipamientos, personal de cocina y todo lo necesario para la elaboración, conservación y distribución de los alimentos, son proveídos por una empresa contratada por medio de los mecanismos legales. El alimento en su totalidad debe ser preparado en la escuela. El traslado de los insumos para la elaboración de los alimentos, deberán respetar las disposiciones legales vigentes en la materia y contar con las habilitaciones correspondientes de parte del SENACSA y el SENAVE. Los vehículos deben contar con carrocerías cerradas, adecuadas al volumen de alimento a ser transportado y estar acondicionados higiénicamente para la distribución. No deberán transportarse juntamente con sustancias nocivas (Ej. productos de limpieza, insecticidas, entre otros), que puedan contaminar al alimento. En el caso de provisión de alimentos perecederos, deberán ser transportados en ambiente refrigerado).

Almuerzo escolar:

 

4. Requerimiento nutricional

4.1 Distribución del aporte calórico por rango etáreo

  • 3° ciclo y Educación Media: 565 kcal +/- 50 kcal.

5. Composición del menú

5.1 Horario de preparación del menú

De 18:00 hs a 19:30 hs

5.2 Horario de distribución

  • Turno Noche: 19:30 a 20:30 hs

5.3 Constitución del menú

Plato Principal y postre elaborados con alimentos frescos y naturales

5.4 Modalidad del servicio del almuerzo escolar

Alimentos preparados en las escuelas

 

  1. Menú Cíclico

 

Se debe completar en los cuadros correspondientes a los niveles educativos correspondientes a los estudiantes que serán beneficiados con el servicio, debiendo elininar los cuadros no utilizados del formato final a remitir para la verificación correspondiente.

 

Semana 1

Días de la semana

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Plato Principal

Guiso de arroz con carne

Guiso de fideo con pollo

Guiso de arroz con carne porcina

Picadito de carne con papa

Guiso de fideo con pollo

Porción para Nivel Inicial

200 gramos

200 gramos

200 gramos

200 gramos

200 gramos

Porción para Nivel EEB (1° y 2° ciclo)

300 gramos

300 gramos

300 gramos

300 gramos

300 gramos

Porción para Nivel EEB (3° ciclo) y Nivel Medio

380 gramos

380 gramos

380 gramos

380 gramos

380 gramos

Postre

Dulce de mamón/calabaza

Frutas de estación - Banana

Dulce de batata

Turrón de maní

Frutas Cítricas - Naranja

 

Semana 2

Días de la semana

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Plato Principal

Guiso de fideo con carne

Guiso de mandioca con carne porcina

Estofado de pollo con papa

Polenta con salsa de carne

Fideo con salsa de pollo (opcional cualquier tipos de fideos)

Porción para Nivel Inicial

200 gramos

170 gramos

200 gramos

70g salsa + 170g polenta

70g salsa + 80 g fideo

Porción para Nivel EEB (1° y 2° ciclo)

300 gramos

250 gramos

300 gramos

100g salsa + 250g polenta

100 g salsa + 120 g fideo

Porción para Nivel EEB (3° ciclo) y Nivel Medio

380 gramos

320 gramos

380 gramos

130g salsa + 315g polenta

130g salsa + 150g fideo

Postre

Dulce de batata

Frutas de estación

- Banana

Turrón de maní

Frutas Cítricas - Naranja

Dulce de mamón/calabaza

 

 

Semana 3

Días de la semana

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Plato Principal

Polenta con salsa de pollo

Guiso de mandioca con carne

Guiso de arroz con carne porcina

Estofado de pollo con papa

Guiso de fideo con carne

Porción para Nivel Inicial

70g salsa + 170g polenta

170 gramos

200 gramos

200 gramos

200 gramos

Porción para Nivel EEB (1° y 2° ciclo)

100g salsa + 250g polenta

250 gramos

300 gramos

300 gramos

300 gramos

Porción para Nivel EEB (3° ciclo) y Nivel Medio

130g salsa + 315g polenta

320 gramos

380 gramos

380 gramos

380 gramos

Postre

Dulce de batata

Frutas de estación

- Banana

Turrón de maní

Dulce de mamón/calabaza

Frutas Cítricas - Naranja

 

Semana 4

Días de la semana

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Plato Principal

Salsa de pollo con arroz

Estofado de carne con papa

Guiso de fideo con pollo

Guiso de mandioca con carne porcina

Salsa de carne con arroz

Porción para Nivel Inicial

70 g salsa + 90 g arroz

200 gramos

200 gramos

170 gramos

70 g salsa + 90 g arroz

Porción para Nivel EEB (1° y 2° ciclo)

100 g salsa + 130 g arroz

300 gramos

300 gramos

250 gramos

100 g salsa + 130 g arroz

Porción para Nivel EEB (3° ciclo) y Nivel Medio

130 g salsa + 160 g arroz

380 gramos

380 gramos

320 gramos

130 g salsa + 160 g arroz

Postre

Dulce de mamón/calabaza

Frutas de estación - Banana

Turrón de maní

Frutas Cítricas - Naranja

Dulce de batata

OBSERVACIÓN: El menú cíclico es la distribución normalizada de los menús para un periodo de tiempo de 20 días, con el objetivo de brindar variabilidad.

Cualquier modificación al menú cíclico, deberá contar con la autorización de la contratante con la justificación del mismo; solicitando en un plazo de 24 horas antes vía nota.

Plan de entrega de los bienes y/o Servicios

 

ítem

Descripción del Bien

Institución educativa

Dirección de entrega

Cantidad de matriculados

turno escolar

Días y horario de distribución

Responsable de la recepción

1

 

Servicios de Provisión de Almuerzo Escolar

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Lunes a

viernes

• Turno

Mañana:

11:00 a

12:00 hs

• Turno

Tarde:

12:00 a

13:15 hs

• JEE: 11:30

a 12:30 hs

Director/a de la

Institución

educativa

Aprobada.

2

Servicios de Provisión de Cena Escolar

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Lunes a

viernes

• Turno

Mañana:

11:00 a

12:00 hs

• Turno

Tarde:

12:00 a

13:15 hs

• JEE: 11:30

a 12:30 hs

Director/a de la

Institución

educativa

Aprobada.

3

Servicios de Provisión de Desayuno Escolar

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Lunes a

viernes

• Turno

Mañana:

11:00 a

12:00 hs

• Turno

Tarde:

12:00 a

13:15 hs

• JEE: 11:30

a 12:30 hs

Director/a de la

Institución

educativa

Aprobada.

4

Servicios de Provisión de Merienda

Escolar

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Según [PROYECTO

APROBADO HAMBRE

CERO 2025-2027 - V2].

- Resolución CONAE N.°

067/2024

Lunes a

viernes

• Turno

Mañana:

11:00 a

12:00 hs

• Turno

Tarde:

12:00 a

13:15 hs

• JEE: 11:30

a 12:30 hs

Director/a de la

Institución

educativa

Aprobada.

 

El listado de instituciones, localidades y cantidad de beneficiarios por institución se encuentran publicados adjuntos en el (SICP) y forma parte del PBC - VER ANEXOS: [PROYECTO APROBADO HAMBRE CERO 2025-2027 - V2].

Aprobado por Resolución CONAE N.° 067/2024 - POR LA CUAL SE APRUEBA EL PROYECTO DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR DE LA GOBERNACIÓN DEL I DEPARTAMENTO CONCEPCIÓN.

 

Órdenes de ejecución

La planificación de las órdenes de ejecución será completada en forma quincenal en el SIAE por el administrador de contrato. Para ello se considerarán las autorizaciones de alimentación escolar emitidas por los padres, madres y/o tutores, disponibles en el RUE, y cuyo corte será semestral considerando actualizaciones en los periodos de vacaciones de los estudiantes.

Control de calidad

 

 

Los alimentos a ser distribuidos para Desayuno/Merienda Escolar, así como las preparaciones del plato principal, ensalada y postre de Almuerzo/Cena Escolar, deberán ser transportadas y distribuidas en condiciones adecuadas, de tal forma que ofrezcan las garantías de inocuidad para la salud de los estudiantes, para ello:

a) Durante la ejecución del contrato los alimentos incluidos en el desayuno/merienda escolar estarán sujetos a controles aleatorios por parte la autoridad sanitaria competente, o a pedido de la contratante, a través de la autoridad competente u otro laboratorio oficial.

b) La toma de muestras podrá ser realizada en el establecimiento del proveedor y en las instituciones educativas; y los costos de los análisis microbiológicos, físico-químicos organolépticos y/o nutricionales serán asumidos por el Proveedor.

c) En caso de constatarse incumplimientos con relación a parámetros microbiológicos, físico-químicos organolépticos y/o nutricionales establecidos en normativas vigentes, se actuará conforme a lo establecido en el contrato y la normativa vigente aplicable.

d) Cuando el postre corresponda a una fruta entera, se deberá entregar la misma al estudiante limpia y sanitizada al estudiante.

La fiscalización básica del servicio estará a cargo del Director y/o la/s persona/s autorizadas por el Director de cada institución educativa, debiendo informar a las instancias correspondientes sobre cualquier irregularidad en que incurra el proveedor.

Equipamiento, utensilios y personal requerido

El plazo para renovar será de un año o de:               

 

 

 Anualmente como mínimo o por deterioro, contados 5 desde la comunicación del Director de la institución educativa.

La cantidad de equipamientos y utensilios minimos será establecido por el MDS, en su pagina web: https://www.mds.gov.py.

La cantidad de equipamientos y utensilios minimos será establecido por el MDS, en su pagina web: https://www.mds.gov.py 

El plazo para renovar los utensilios y enseres básicos será como mínimo anualmente o según el deterioro comunicado por lo Directores de los establecimientos educativos a la entidad convocante, en el plazo establecido por la Convocante.

Consideraciones para organizar la cocina comedor de la institución educativa

Cuando el procedimiento de contratación lo requiera, el área de la cocina comedor de la institución educativa deberá ser un ambiente que contribuya al proceso de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes, se deberá organizar teniendo en cuenta los siguientes puntos:

  1. Ambiente: debe ser lo suficientemente ordenado, con luminosidad y ventilación.
  2. Mobiliario: en cuanto al tamaño se debe analizar el espacio en función de la necesidad de cada institución.
  3. Estética: se deberá textualizar el lugar con carteles con contenidos referidos a la alimentación saludable la práctica de valores, la higiene y manipulación de alimentos, creando un ambiente agradable y equilibrado, que repercuta positivamente en el estudiante.
  4. Turnos de servicio: Dependiendo de la tipología y capacidad del comedor, los estudiantes deberán ingresar ordenadamente por turnos. La institución educativa debe contar con una planificación del uso del comedor para el servicio de almuerzo/cena escolar.  

Las instituciones educativas que no cuenten con una infraestructura adecuada (comedor escolar), para el servicio del almuerzo escolar o cena deberán habilitar las aulas para que cumplan la función de comedor; asegurando de esa manera que los estudiantes estén a gusto a la hora de recibir ese alimento y lo hagan en condiciones adecuadas; teniendo en cuenta que el momento de la alimentación escolar debe ser un espacio educativo.

Recurso humano requerido a las entidades ejecutoras

Para la implementación de los servicios de Alimentación Escolar en el marco del Programa Hambre Cero en las Escuelas, las entidades ejecutoras (Gobernaciones y MDS) deberán contar con profesionales del área de alimentación y nutrición, a fin de que los mismos elaboren los proyectos de alimentación escolar conforme a los lineamientos técnicos nutricionales y procedimientos administrativos descriptos en este documento, y sean los responsables técnicos por la ejecución de dichos servicios; asimismo deberán contar con el personal necesario para implementación efectiva del mismo según la modalidad del servicio.

Condiciones de almacenamiento de las cajas de leche

En el almacenamiento del alimento líquido (leche) deberá cuidarse de apilar de la siguiente manera:

Condiciones de almacenamiento de las cajas de leche.

Leche de 1 L (caja de 12 unidades)          Hasta 7 cajas

Leche de 200 ml (caja de 27 unidades)    Hasta 11 cajas

Buenas Prácticas de Recepción, Almacenamiento, Conservación, Manipulación e Higiene de los alimentos.

Las condiciones para la recepción, almacenamiento, conservación, manipulación e higiene de los alimentos se adecuarán a las disposiciones establecidas en los lineamientos del MDS.

De las MIPYMES

El Ministerio de Industria y Comercio a través del Viceministerio de MIPYMES, conforme a lo establecido vía Resolución MIC N° 745/2024, o sus subsiguientes modificaciones, será el único Organismo del Estado facultado a habilitar la inclusión o exclusión de las MIPYMES, a participar en la cadena de valor generada por el PAE-HO, a través del Registro denominado "Base de datos de MIPYMES PAE HO", publicado para el efecto, así como los mecanismos establecidos vía Resolución Ministerial. 

Los informes respecto a la compra de productos a las MIPYMES se realizarán de forma mensual, según los mecanismos y formatos establecidos por la DNCP, y en su caso sus modificaciones.

 Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Febrero 2025

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Marzo 2025

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Abril 2025

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Mayo 2025

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Junio 2025

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Julio 2025

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Agosto 2025

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Setiembre 2025

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Octubre  2025

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Noviembre 2025

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Febrero 2026

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Marzo 2026

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Abril  2026

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Mayo 2026

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Junio 2026

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Julio 2026

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Agosto 2026

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Setiembre 2026

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Octubre 2026

Nota de Remisión

Nota de Remisión

 Noviembre 2026

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Marzo 2027

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Abril 2027

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Mayo 2027

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Junio 2027

Nota de Remisión

Nota de Remisión

Julio 2027

Procedimiento para la ejecución del contrato

Desayuno/Merienda Escolar Servicio de Almuerzo/Cena - Cocinando

Servicio de Almuerzo/Cena -

Catering

1. Una vez firmado el contrato, y cuando se trate de productos cuyas especificaciones técnicas requieran de la entrega de la Certificación del primer lote (Leche Entera UAT y Leche Entera Enriquecida UAT), el Proveedor deberá remitir a la Contratante en un plazo máximo de 15 días la Certificación de conformidad del primer lote con el cual se garantiza el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas requeridas, otorgado por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).

2. Una vez recepcionada la mencionada Certificación, la contratante procederá a la emisión la/s Orden/es de Compra correspondiente/s de acuerdo a las prioridades Institucionales en las cuales se detallarán las cantidades a ser entregadas a cada distrito conforme al Cronograma de Entrega.

3. Para los productos que no requieren de certificación previa para el inicio de la entrega, la Contratante expedirá la orden de compra conforme a las fechas establecidas en el Cronograma de Entregas.

4. Una vez recepcionada la Orden de Compra por el Proveedor este realizará la entrega de los productos según el Cronograma establecido. Todos los productos entregados estarán sujetos a los procedimientos de constatación de la calidad aleatorios que se establezcan en este documento.

5. Una vez que el proveedor realice las entregas, deberá remitir vía nota a la Contratante las documentaciones (Facturas, Notas de Remisión, Actas de Recepción de Entrega y Notas de Recepción Institucional), con la firma del/os funcionario/s autorizados que hayan recepcionado el/los producto/s, a los efectos de certificar los datos (Cantidades y Firmas) de los mismos. De no contar con reparos, dichas documentaciones proseguirán con los trámites administrativos correspondientes.

6. La empresa adjudicada deberá realizar la carga del reporte de la entrega de raciones de forma diaria en el módulo de Registro de Proveedores del Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), en los plazos dispuestos por el CONAE.

7. El cronograma de Entrega podrá estar sujeto a modificaciones, previa justificación correspondiente y únicamente con la Autorización de la Convocante.

8. La entrega de los productos deberá realizarse en el horario de atención de la Institución Educativa (de lunes a viernes de 7:00hs a 11:00hs y de 13:00hs a 17:00hs).

9. En caso de asueto, feriado o cualquier otro motivo conocido y probado en virtud del cual las clases estén suspendidas, el proveedor no estará obligado a proveer el bien, ni la institución educativa a recibirlo. En tales casos, la orden de compra y/o servicios quedará invalidada para los días en que no hubo clases, previa comunicación a la empresa proveedora.

 

10. No se aceptarán lotes de alimentos cuya fecha de vencimiento sea inferior a lo establecido en las especificaciones técnicas de cada producto, contados a partir de la entrega en los distintos puntos de destino
  1. Una vez emitida por parte de la convocante y recibida la orden de compra la empresa adjudicada deberá:
  • Equipar el área afectada con los equipamientos requeridos en las bases y condiciones.
  • La planificación de los espacios deberá contar con los siguientes espacios: área de procesamiento de alimentos con condiciones higiénico sanitarias adecuadas para la elaboración de alimentos en el lugar, área de lavamanos con jabón líquido, toallas descartables, basureros con bolsa y tapa; para las personas que trabajan en la cantina, área de lavamanos para los estudiantes, personal docente y administrativo, depósito y área de productos de limpieza y basurero, clasificado para cada material, depósito de alimentos y bebidas no perecederos, dispensador de alcohol en gel u otro desinfectante de manos.
  • Llevar los ingredientes para la preparación del menú a cada institución educativa, según la cantidad estipulada en la Planilla de Cálculo de Insumos establecida en el Proyecto autorizado por el MDS. Los insumos para la elaboración del almuerzo y cena escolar, deberán ser transportados adecuadamente de acuerdo al ingrediente correspondiente, cuidando que, al momento de su llegada en la institución educativa, este cumpla con las condiciones higiénicas sanitarias indicadas en las normativas vigentes.
  • Almacenar correctamente cada ingrediente de acuerdo a su naturaleza y características (a temperatura ambiente, refrigerada o congelada, según corresponda).
  • Preparar el menú correspondiente a cada día según las BPM, debiendo los encargados de la preparación contar con los atuendos necesarios y en buenas condiciones de higiene (delantales, gorros, entre otros).
  • Distribuir el almuerzo/cena escolar a los estudiantes, utilizando utensilios como platos y cubiertos (cuchara), en el horario establecido.
  • Retirar todos los utensilios y enseres para su correspondiente limpieza, luego de finalizado el servicio.
  1. Los responsables de la recepción de los platos servidos serán los Directores y/o la/s persona/s autorizadas por el Director de cada institución educativa. El autorizado deberá ser designado por el director a través de un acto administrativo y/o registro de firmas, estando el autorizado obligado a recibir, controlar los bienes y suscribir las actas de recepción y notas de remisión.
  2. El responsable de la institución educativa deberá verificar la cantidad de raciones diarias a ser distribuidas a los estudiantes en el marco del contrato para la provisión del almuerzo/cena escolar. Para lo cual debe verificar la entrega del plato principal, ensalada y postre; así como el cumplimiento de las buenas prácticas de higiene y manipulación de los alimentos por parte del personal responsable del servicio de alimentación.
  3. El acta de recepción deberá emitirse diariamente detallando la cantidad de platos servidos a efectos de determinar la totalidad mensual consumida.
  4. La empresa adjudicada deberá realizar la carga del reporte de la entrega de raciones de forma diaria en el módulo de Registro de Proveedores del Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), en los plazos dispuestos por el CONAE.
  5. En caso de asueto, feriado o cualquier otro motivo conocido y probado en virtud del cual las clases estén suspendidas, el proveedor no estará obligado a proveer el bien, ni la institución educativa a recibirlo. En tales casos, la orden de compra y/o servicios quedará invalidada para los días en que no hubo clases, previa comunicación a la empresa proveedora.
  6. El menú establecido en el proyecto autorizado por el MDS debe ser respetado y no podrá sufrir ninguna variación, salvo autorización previa de la convocante teniendo en cuenta la falta de disponibilidad de ingredientes. Dicha variación, no supondrá la modificación definitiva del menú, sino el reemplazo temporal de ingredientes.
  7. El menú del almuerzo y cena escolar, podrá ser modificado conforme a los datos estadísticos de sobrepeso y obesidad de la población de escolares y adolescentes proveído por el Sistema de Vigilancia Alimentaria y Nutricional (SISVAN), del INAN, MSPBS.
  1. El Director y/o la/s persona/s autorizadas por el Director de cada institución educativa beneficiada, deberá comunicar a la empresa prestadora del servicio, la cantidad de alumnos efectivamente matriculados que se acogerán al beneficio del almuerzo escolar, así como también tienen la obligación de informar aquellos que no serán beneficiados.
  2. Una vez emitida por parte de la Contratante y recibida la orden de compra la empresa adjudicada deberá:
    • Realizar la entrega del almuerzo/cena escolar según el cronograma establecido en esta sección y de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas del menú cíclico en relación a las kilocalorías, porciones, presentación y demás especificaciones.
    • El menú deberá ser transportado en contenedores térmicos cuidando se cumplan con la temperatura adecuada al momento de su llegada y distribución a los estudiantes. La contratada deberá proveer de los utensilios necesarios diariamente para el almuerzo/cena, como platos y cubiertos (cucharas).
    • Disponer de 1 (un) personal por cada 100 estudiantes, quien será el encargado de la distribución del servicio de almuerzo/cena en la institución educativa. El personal encargado de la distribución de los alimentos deberá portar uniformes, delantales y gorros con logo de la empresa. Deberán llevar el pelo recogido, tapaboca, guantes de látex descartables, porta nombres y calzados cerrados de color blanco.
    • La entrega del bien debe realizarse únicamente en el local de las instituciones educativas, por lo menos 1 hora antes del horario establecido para la distribución. La misma será diaria y deberá llevarse a cabo los días hábiles escolares (lunes a viernes).
    • La empresa debe retirar los utensilios utilizados para el servicio de almuerzo/cena (platos, cubiertos, bandejas, ollas, cacerolas, etc.) para su posterior limpieza.
  3. Los responsables de la recepción de los platos servidos serán los Directores y/o la/s persona/s autorizadas por el Director de cada institución educativa. El autorizado deberá ser designado a través de un acto administrativo oficial suscripto por el Director/a y/o Registro de Firmas, estando el autorizado obligado a recibir los bienes y suscribir las Actas de Recepción y Notas de Remisión.
  4. El acta de recepción deberá emitirse diariamente detallando la cantidad de platos servidos a efectos de determinar la totalidad mensual consumida.
  5. La empresa adjudicada deberá realizar la carga del reporte de la entrega de raciones de forma diaria en el módulo de Registro de Proveedores del Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), en los plazos dispuestos por el CONAE.
  6. En caso de asueto, feriado o cualquier otro motivo conocido y probado en virtud del cual las clases estén suspendidas, el proveedor no estará obligado a proveer el bien, ni la institución educativa a recibirlo. En tales casos, la orden de compra y/o servicios quedará invalidada para los días en que no hubo clases, previa comunicación a la empresa proveedora.
  7. El menú establecido en el presente PBC debe ser respetado y no podrá sufrir ninguna variación, salvo autorización previa de la convocante teniendo en cuenta la falta de disponibilidad de ingredientes. Dicha variación, no supondrá la modificación definitiva del menú, sino el reemplazo temporal de ingredientes.

Cumplimiento de las condiciones laborales

La empresa deberá ser responsable del cumplimiento de las condiciones laborales vigentes en el Código de Trabajo y en normativas legales respecto al personal propuesto, so pena de considerarlo como causal de incumplimiento de contrato. Para el efecto, deberá incluir en su informe mensual a la Entidad Ejecutora, los medios de verificación que demuestren dicho cumplimiento.

Especificaciones técnicas - CPS

 

Cuando el procedimiento de contratación requiera de la Adquisición de insumos para la elaboración de Almuerzo/Cena y/o del Servicio de Almuerzo/Cena Escolar por la modalidad de "Cocinando", los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

 

 

 

 

 

Del deber de presentación de informes y determinación de mecanismos de salvaguarda

Para subsanar el desabastecimiento del servicio, se deberá prever los siguientes mecanismos: 

 

En casos excepcionales del desabastecimiento del servicio, como escasez de oferta local, situaciones estacionales o de calidad, se podrán dar autorizaciones expresas por la Secretaría de Educación y Cultura del Gobierno Departamental de Concepción para la sustitución de los productos conforme a las disposiciones de los Lineamientos para los Servicios de Alimentación Escolar vigente.

 

 

 

Cuadro. Listado de alimentos sólidos del servicio desayuno y merienda escolar

 

 

A

 

Banana

 

Se recomienda por ser una fruta fresca de producción nacional con buen aporte de nutrientes.

 

 

B

 

Palito

 

Alimento culturalmente aceptable con vida útil prolongada y de fácil elaboración en cualquier punto del país.

 

 

C

 

Chipita

 

D

 

Galletita de avena o Galletita de arroz

 

Alimento con buen aporte de nutrientes, aporta fibras, rica en calcio, magnesio y vitaminas, de fácil elaboración en cualquier punto del país.

 

 

E

 

Torta de miel de caña

 

Alimento con buen aporte de nutrientes, de fácil elaboración en cualquier punto del país. Preferentemente se recomienda su utilización, si se puede constatar la producción local, debido a que posee una vida útil muy corta.

 

 

 

F

 

Pan Lacteado

 

 

 

 

 

G

 

Magdalena

 

 

 

H

 

Alimento a base de maní

 

Este alimento debería ser una opción con menor frecuencia en el menú cíclico del Desayuno/Merienda Escolar, considerando su contenido de azúcar simple, grasas saturadas grasas trans y sodio. Este alimento no podrá sustituir a ninguna de las opciones del presente cuadro.

 

 

 

I

 

Miel de abeja

 

La porción no podrá superar los 5 g. y deberá ser acompañado por un panificado, hasta 2 (dos) veces por semana.

 

OBSERVACIÓN:

Dicha sustitución no deberá ser proveído más de dos veces en la misma semana, respetando el menú cíclico.

Los proveedores, mediante nota impresa dirigida a la Secretaría de Educación y Cultura del Gobierno Departamental de Concepción, deberán justificar anticipadamente las razones que motivaron la sustitución y la aprobación de la sustitución será por autorización expresa por el Secretario de Educación y Cultura.

 

Las empresas adjudicadas deberán remitir a la entidad contratante un informe mensual sobre todo lo entregado por institución educativa a cada mes vencido, de conformidad a las disposiciones que la DNCP emita para el efecto, tomando como base el contenido del formulario Plan de ejecución de los Bienes y/o servicios.

Además, deberá realizar reportes sobre lo entregado en el en el módulo de Registro de Proveedores del Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP), en los plazos dispuestos por el CONAE.

En caso de incumplimiento en las entregas, las mismas podrán ser pasibles de sanción, según lo establecido en la normativa vigente. En atención a la necesidad de precautelar el interés superior del niño, la Convocante deberá prever un mecanismo de salvaguarda en caso de incumplimiento por parte de las empresas proveedoras.