Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
DESGLOSE DE COMPOSICION DE PRECIOS |
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items Nº |
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Ítem |
Descripción del Bien |
Unidad de Medida |
Presentación |
Cantidad |
Precio Unitario |
Costo |
IVA |
Gastos administrativos, (Movilidad- Trasporte) |
Retenciones Ley 7021/22 |
Utilidad |
Precio Total Unitario |
1 |
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El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices: Para contribuyente de IRACIS/IRE GENERAL, IRPC/IRE SIMPLE, IRP e IVA GENERAL. AÑOS 2021, 2022, 2023.-
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
1- Para contribuyentes de IRACIS/IRE GENERAL: Deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2021, 2022, 2023).-
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 últimos años
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 últimos años, no deberá ser negativo.
2- Para contribuyentes de IRPC/IRE SIMPLE: Deberá cumplir el siguiente parámetro.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2021, 2022, 2023.
3- Para contribuyentes de IRP/IRP-RSP, Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2021, 2022, 2023.
4- Para contribuyentes exclusivamente del IVA General. Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2021, 2022, 2023.
Para los consorcios: todos los integrantes deberán cumplir los índices financieros solicitados.
Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará el índice de cada año y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre la cantidad de años
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Existencia Legal de por lo menos tres (3) años de antigüedad, a ser comprobada desde la fecha de inscripción en el Registro Único de Contribuyente, habilitado en el rubro.
b) Demostrar haber suministrado satisfactoriamente los bienes o servicios solicitados (Provisiòn de productos alimenticios y de animales) para Instituciones Públicas o Privadas en los últimos 3 (tres) años (2022-2023-2024) en un porcentaje equivalente del 50% del monto máximo ofertado, pudiendo presentarse los que fueren necesarios para acreditar el volumen (50% del monto máximo de la oferta) solicitado dentro del periodo señalado. No se considerarán contratos o facturas que no estén acompañadas de la recepción final y constancia de buen cumplimiento. Se aceptaran facturas al cantado de venta al publico que no contenga contrato de por medio.
C) Para los Oferentes que cuentan con contratos con esta Convocante en los años 2022,2023 y 2024: Deberán presentar copias simples de los Contratos firmados con copia simple de las facturas emitidas, copias simpes de las guías de remisión y certificado de buen cumplimiento de los contratos presentados. Los certificados deberán estar firmados por los responsables de la ejecución de los mismos.(la omision del mismo sera factible de ser analizado en su profundidad por el comite evaluacion.)
En caso de Consorcios: Se deberá indicar en la oferta cual es el líder del Consorcio quien deberá cumplir con al menos el 60% de los criterios de calificación, y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del Consorcio.
b) Copia de contratos o facturaciones con sus respectivas documentos de respaldo.
d) Patente comercial vigente a la fecha de apertura , del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente
e) Copia de la Constancia de RUC emitida por la SET.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1.Garantía de los Bienes conforme a lo solicitado en las especificaciones técnicas descritos en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
2.El Oferente deberá garantizar que repondrán gratuitamente dentro de los límites de la República del Paraguay, en cualquier lugar o donde ocurriere la falla de los bienes e insumos proveídos.
3.El Oferente deberá garantizar que posee la capacidad de proveer los bienes necesarios en tiempo y forma, conforme a las recepciones de las ordenes de compras, por parte de la convocante.
4.Registro Sanitario de producción del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE) para importador o exportador de productos o subproductos de origen vegetal, vigente por lo menos 6 (seis meses de vigencia contados a partir de la apertura de ofertas).
5.Las empresas oferentes deberán presentar los siguientes documentos expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto N° 1635 del 12 de Enero de 1999) según corresponda.
a) Registro de Establecimiento (RE N°) vigente del elaborador, importador o fraccionador de productos, según corresponda, vigente. No se aceptaran registros en trámite.
b) Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA N°) vigente. No se aceptaran registros en trámite.
c) Certificado de ser Representante, Importador, Distribuidor Oficial o Sub-distribuidor Oficial en el Paraguay de los productos ofertados. Aplica para productos de origen nacional y extranjeros conforme a la cadena distributiva.
6.Para los Fabricantes, poseer la capacidad de producción para proveer la cantidad ofertada en el tiempo solicitado, o; para los representantes o distribuidores de productos extranjeros, poseer la capacidad de suministro en cantidad y tiempo solicitado.
7.El oferente deberá poseer como mínimo un vehículo propio o alquilados para el transporte de las mercaderías de los productos requeridos en la presente Licitación, las mismas estarán destinados para la provisión en los diferentes lugares conforme al Plan de entrega, para el efecto deberá presentar los datos completos de los vehículos como ser; marca, modelo, año, y los mismos deberán ser habilitados por el SENACSA con las habilitaciones vigentes respectivas.
8.Para provisión de los Productos varios (perecederas y no perecederas): Los Vehículos deben contar con carrocerías cerradas, adecuadas al volumen y tipo de productos a ser transportados y estar acondicionados higiénicamente para la distribución de los mismos. No deberán transportarse conjuntamente con sustancias nocivas (Ejemplo, productos de limpieza, insecticidas entre otros) que puedan contaminar a los productos alimenticios.
9. Para productos de carne vacuno:
a) Registro de Firma, Certificado de Habilitación Oficial vigente y Registro de Empresa del matadero o del frigorífico, expedido por la Dirección General de Calidad e Inocuidad de productos de Origen Animal dependiente del SENACSA. No se admitirán simples constancias de gestión de dichos trámites.
b) Certificado de Marca expedido por la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI).
c) Copia simple de la constancia de habilitación de cámaras frigoríficas para la refrigeración de carne con capacidad mínima de 60 (sesenta) reses, expedida por la SENACSA. Se admitirán arrendamiento de cámara, con habilitación de SENACSA al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los directores de los organismos competente.
d) Para realizar el traslado de productos cárnicos, a los lugares de entrega, estipulados en la orden de compra, deberá presentar constancia de poseer al menos dos vehículos frigorífico propios o alquilados, apto para el transporte de los productos cárnicos habilitados por la SENACSA (Se deberá acompañar con la copia simples de la habilitación respectiva).
e) En caso de ser compradores de animales vacunos en feria: deberá presentar constancia de compra de ferias en donde demuestre la cantidad de animales adquiridos en los periodos de: 2020, 2021 y 2022, y que represente por los menos el (50%) de los animales necesarios para cubrir la oferta de carne (debe ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal), o; En caso de adquirir animales de establecimiento ganadero determinado : deberá presentar contrato respectivo para la provisión de animales en pie y documento expedida por SENACSA, que certifique la cantidad de animales con que cuenta dicho establecimiento y que represente la cantidad necesaria de animales para cubrir la oferta. (Debe ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal). Asimismo, certificado de habilitación expedido por SENACSA del establecimiento ganadero; se deberá dar cumplimiento a uno de los dos, indicado precedentemente, o; En caso de no ser compradores de animales de Ferias ni de establecimiento ganadero determinado: constancia de compra de carne, de los 3 (tres) años: 2020, 2021 y 2022 con copias de facturas de los mencionados productos que represente al menos el 50% del monto y cantidad.
10. Declaracion jurada de estar plenamente con el PBC.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Garantía de los Bienes conforme a lo solicitado en las especificaciones técnicas descritos en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
2.Declaración Jurada que repondrán gratuitamente dentro de los límites de la República del Paraguay, en cualquier lugar o donde ocurriere la falla de los bienes e insumos proveídos.
3.Declaración Jurada de poseer local de distribución propia o alquilada, la misma deberá estar acompañada de los siguientes datos:
Dirección Exacta de las Instalaciones y Número de teléfono.
4.Fotografía de las instalaciones con la ubicación exacta de las mismas, bajada de google maps, a fin de realizar la visita a las instalaciones durante la evaluación de ofertas.
5.Registro Sanitario de producción del Servicio Nacional de calidad y Sanidad Vegetal y de semilla (SENAVE) para importador o exportador de productos o subproductos de origen vegetal, vigente por lo menos 6 (seis meses de vigencia contados a partir de la apertura de ofertas).
6.Las empresas oferentes deberán presentar los siguientes documentos expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) (Decreto N° 1635 del 12 de Enero de 1999) según corresponda.
a) Registro de Establecimiento (RE N°) vigente del elaborador, importador o fraccionador de productos, según corresponda, vigente. No se aceptaran registros en trámite.
Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA N°) vigente. No se aceptaran registros en trámite.
b) Certificado de ser Representante, Importador, Distribuidor Oficial o Sub-distribuidor Oficial en el Paraguay de los productos
ofertados. Solo aplica para productos de origen nacional y conforme a la cadena distributiva.
c) Para los Fabricantes, Declaración Jurada de poseer la capacidad de producción para proveer la cantidad ofertada en el tiempo solicitado, o;
d) Para los representantes o distribuidores de productos extranjeros. Presentar Declaración Jurada de poseer la capacidad de suministro en cantidad y tiempo solicitado.
7 Para provisión de los Productos varias (perecederas y no perecederas): Fotocopia de la Cédula verde y Habilitación de los Vehículos que deberán poseer carrocerías cerradas, adecuadas al volumen y tipo de productos a ser transportados y Declaración Jurada de estar acondicionados higiénicamente para la distribución de los mismos. No deberán transportarse conjuntamente con sustancias nocivas (Ejemplo, productos de limpieza, insecticidas entre otros) que puedan contaminar a los productos alimenticios.
8.Cédula verde y habilitación de como mínimo un vehículo propio o alquilados para el transporte de las mercaderías de los productos requeridos en la presente Licitación, Declaración Jurada que las mismas estarán destinados para la provisión en los diferentes lugares conforme al Plan de entrega, para el efecto deberá presentar los datos completos de los vehículos como ser; marca, modelo, año, y los mismos deberán ser habilitados por el SENACSA (deberán acompañar con la copia simples de las habilitaciones vigentes respectivas)
9.Para Productos carne vacuno:.
a) Registro de Firma, Certificado de Habilitación Oficial vigente y Registro de Empresa del matadero o del frigorífico, expedido por la Dirección General de Calidad e Inocuidad de productos de Origen Animal dependiente del SENACSA. No se admitirán simples constancias de gestión de dichos trámites.
b) Certificado de Marca expedido por la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI) y/o constancia de renovación de las clases 29 y 35 según Clasificación de NIZA - 11 edición, versión 2021.
c) Copia simple de la constancia de habilitación del matadero respectivo, emitida por la SENACSA. No se admitirán las constancias otorgadas por médicos o ayudantes veterinarios que no fuere el director habilitado. En caso de no contar con matadero propio, deberá presentar un contrato de prestación de servicios; compromiso debidamente firmado entre el matadero habilitado y el oferente por medio de un contrato, en el caso de ser adjudicado.
d) Copia simple de la constancia de habilitación de cámaras frigoríficas para la refrigeración de carne con capacidad mínima de 60 (sesenta) reses, expedida por la SENACSA. Se admitirán arrendamiento de cámara, con habilitación de SENACSA al día, no se admitirán prorrogas provisorias ni documentos que no sean los firmados por los directores de los organismos competente.
e) Para realizar el traslado de productos cárnicos, a los lugares de entrega, estipulados en la orden de compra, deberá presentar constancia de poseer al menos dos vehículos frigorífico propios o alquilados, apto para el transporte de los productos cárnicos habilitados por la SENACSA (Se deberá acompañar con la copia autenticada de la habilitación respectiva.)
f) En caso de ser compradores de animales vacunos en feria: deberá presentar constancia de compra de ferias en donde conste la cantidad de animales adquiridos en los periodos de: (2020, 2021 y 2022) y que represente por los menos el (50%) de los animales necesarios para cubrir la oferta de carne (debe ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal), o; En caso de adquirir animales de establecimiento ganadero determinado: deberá presentar contrato respectivo para la provisión de animales en pie y documento expedida por SENACSA, que certifique la cantidad de animales con que cuenta dicho establecimiento y que represente la cantidad necesaria de animales para cubrir la oferta. (Debe ir acompañado por un cálculo de kilos de carne por animal). Así mismo, certificado de habilitación expedido por SENACSA del establecimiento ganadero; se deberá dar cumplimiento a uno de los dos, indicado precedentemente, o; En caso de no ser compradores de animales de Ferias ni de establecimiento ganadero determinado: constancia de compra de carne, de los 3 (tres) años: (2020, 2021 y 2022) con copias de facturas de los mencionados productos que represente al menos el 50% del monto y cantidad.
10. Declaración jurada de estar plenamente con el PBC.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.