Revisadas las Especificaciones Técnicas de los ítems Nº 1 y 2, donde solicitan Cordones Detonantes NP-10 y NP-5, se constata que existen parámetros técnicos establecidos en el PBC que limitan la participación de nuestra empresa en esta licitación, siendo que representamos y comercializamos en el país productos de la 3ra. mayor Fabricante de explosivos y accesorios del Mundo, que tienen ventas en los 5 continentes, siendo la Nro. 1 en ventas en Brasil en el rubro. En ese sentido, sus marcas son de reconocida calidad en nuestro país y en el exterior, fueron adjudicados estos Cordones Detonantes en reiteradas ocasiones en anteriores licitaciones de la DIMABEL, y en el mercado nacional fueron utilizados en obras emblemáticas como en la Ampliación de la Represa de Yacyretá en el brazo Aña Cuá. Por lo tanto, a fin de poder permitir la participación y libre competencia, solicitamos respetuosamente las modificaciones de las E.T. del PBC, sin alterar la calidad ni el rendimiento de los productos requeridos, quedando de la siguiente forma en estos parámetros:
Ítem 1 Cordón Detonante NP-10:
* Diámetro: igual o mayor a 4,7 mm.
* Velocidad de Detonación: igual o mayor a 6.300 m/s
* Resistencia mínima a la Tracción: 70.
Ítem 2 Cordón Detonante NP-5:
* Diámetro: igual o mayor a 3,8 mm.
* Velocidad de Detonación: igual o mayor a 6.300 m/s
* Resistencia mínima a la Tracción: 50.
Revisadas las Especificaciones Técnicas de los ítems Nº 1 y 2, donde solicitan Cordones Detonantes NP-10 y NP-5, se constata que existen parámetros técnicos establecidos en el PBC que limitan la participación de nuestra empresa en esta licitación, siendo que representamos y comercializamos en el país productos de la 3ra. mayor Fabricante de explosivos y accesorios del Mundo, que tienen ventas en los 5 continentes, siendo la Nro. 1 en ventas en Brasil en el rubro. En ese sentido, sus marcas son de reconocida calidad en nuestro país y en el exterior, fueron adjudicados estos Cordones Detonantes en reiteradas ocasiones en anteriores licitaciones de la DIMABEL, y en el mercado nacional fueron utilizados en obras emblemáticas como en la Ampliación de la Represa de Yacyretá en el brazo Aña Cuá. Por lo tanto, a fin de poder permitir la participación y libre competencia, solicitamos respetuosamente las modificaciones de las E.T. del PBC, sin alterar la calidad ni el rendimiento de los productos requeridos, quedando de la siguiente forma en estos parámetros:
Ítem 1 Cordón Detonante NP-10:
* Diámetro: igual o mayor a 4,7 mm.
* Velocidad de Detonación: igual o mayor a 6.300 m/s
* Resistencia mínima a la Tracción: 70.
Ítem 2 Cordón Detonante NP-5:
* Diámetro: igual o mayor a 3,8 mm.
* Velocidad de Detonación: igual o mayor a 6.300 m/s
* Resistencia mínima a la Tracción: 50.
En relación a la consulta realizada, se emitirá una Adenda al respecto.
2
Experiencia Requerida
El PBC establece en Requisitos de participación y criterios de evaluación, específicamente en el apartado de EXPERIENCIA REQUERIDA cuanto sigue :
El oferente deberá acreditar haber proveído o suministrado Explosivos (Accesorios) a clientes públicos o privados en los últimos años (2023- 2024)
Demostrar la experiencia en el suministro o provisión de Explosivos Accesorios a clientes públicos o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto en sumatoria equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación en los años 2023 y 2024.
En caso de consorcios, la sumatoria de la experiencia de todos sus miembros deberá acreditar la experiencia requerida. El miembro líder deberá cumplir mínimamente con el 70% del requisito y los demás miembros mínimamente con el 30% del requisito.
Durante dicho periodo solicitado (2023/2024), una sola firma fue adjudicada en la anterior licitación donde la convocante solicitó varios accesorios; la importación de dichos accesorios para las empresas privadas estaba restringida al stock que la convocante tenía, lo que dificulta que los potenciales oferentes puedan alcanzar el 50% del total requiere durante los años 2023-2024.
Atendiendo a lo expresado , se CONSULTA si es posible se amplíe el periodo para la presentación de facturas y o recepciones finales a 5 años (2020-2025) pues varias empresas han proveído accesorios durante más de 10 años solamente que no lo han hecho en el periodo 2023/2024
Con la ampliación del periodo a 5 años se respetarían los principios de libre competencia , igualdad y demás establecidos en la ley 7021/23
El PBC establece en Requisitos de participación y criterios de evaluación, específicamente en el apartado de EXPERIENCIA REQUERIDA cuanto sigue :
El oferente deberá acreditar haber proveído o suministrado Explosivos (Accesorios) a clientes públicos o privados en los últimos años (2023- 2024)
Demostrar la experiencia en el suministro o provisión de Explosivos Accesorios a clientes públicos o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto en sumatoria equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación en los años 2023 y 2024.
En caso de consorcios, la sumatoria de la experiencia de todos sus miembros deberá acreditar la experiencia requerida. El miembro líder deberá cumplir mínimamente con el 70% del requisito y los demás miembros mínimamente con el 30% del requisito.
Durante dicho periodo solicitado (2023/2024), una sola firma fue adjudicada en la anterior licitación donde la convocante solicitó varios accesorios; la importación de dichos accesorios para las empresas privadas estaba restringida al stock que la convocante tenía, lo que dificulta que los potenciales oferentes puedan alcanzar el 50% del total requiere durante los años 2023-2024.
Atendiendo a lo expresado , se CONSULTA si es posible se amplíe el periodo para la presentación de facturas y o recepciones finales a 5 años (2020-2025) pues varias empresas han proveído accesorios durante más de 10 años solamente que no lo han hecho en el periodo 2023/2024
Con la ampliación del periodo a 5 años se respetarían los principios de libre competencia , igualdad y demás establecidos en la ley 7021/23
En relación a la consulta realizada, se emitirá una Adenda al respecto.
3
EXPERIENCIA
Donde dice: El oferente deberá acreditar haber proveído o suministrado Explosivos (Accesorios) a clientes públicos o privados en los últimos años (2023- 2024) últimos años (2023- 2024)
No es necesaria una experiencia específica en el suministro puntual de accesorios porque la experiencia es la misma que la de importar cualquier commodities o mercancía. Solicitamos que se amplíe más y se flexibilice la experiencia requerida para garantizar mejores condiciones de contratación a la Convocante
Donde dice: El oferente deberá acreditar haber proveído o suministrado Explosivos (Accesorios) a clientes públicos o privados en los últimos años (2023- 2024) últimos años (2023- 2024)
No es necesaria una experiencia específica en el suministro puntual de accesorios porque la experiencia es la misma que la de importar cualquier commodities o mercancía. Solicitamos que se amplíe más y se flexibilice la experiencia requerida para garantizar mejores condiciones de contratación a la Convocante
En referencia a la consulta realizada, esta Dirección Administrativa informa cuanto sigue: - Se solicita que el Oferente deberá acreditar experiencia en el suministro o provisión de Explosivos (Accesorios), el requisito de experiencia previa como proveedor de explosivos accesorios y la restricción de ser importador de otros productos garantiza que el proveedor tenga la especialización, la infraestructura, el conocimiento normativo y la capacidad de manejo seguro de los materiales requeridos, esto asegura no solo el cumplimiento de las regulaciones y la seguridad en la entrega, sino también la optimización de recursos y la minimización de riesgos en la cadena de suministro, así mismo se informa que existen varios potenciales oferentes del rubro, por lo tanto no supone el hecho de limitar posibles oferentes del bien solicitado. Favor adecuarse al Pliego de Bases y Condiciones.
4
EXPERIENCIA
Donde dice: Demostrar la experiencia en el suministro o provisión de Explosivos Accesorios a clientes públicos o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto en sumatoria equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación en los años 2023 y 2024.
No es necesaria una experiencia específica en el suministro puntual de accesorios explosivos porque la experiencia es la misma que la de importar o comercializar cualquier commodities o mercancía. Solicitamos que se amplíe y flexibilice el requisito para garantizar la concurrencia y las mejores condiciones de participación a la Convocante.
Donde dice: Demostrar la experiencia en el suministro o provisión de Explosivos Accesorios a clientes públicos o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto en sumatoria equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación en los años 2023 y 2024.
No es necesaria una experiencia específica en el suministro puntual de accesorios explosivos porque la experiencia es la misma que la de importar o comercializar cualquier commodities o mercancía. Solicitamos que se amplíe y flexibilice el requisito para garantizar la concurrencia y las mejores condiciones de participación a la Convocante.
Esta consulta ya fue realizada en el mismo tenor en la Consulta N° 3, esta Dirección Administrativa informa cuanto sigue: - Se solicita que el Oferente deberá acreditar experiencia en el suministro o provisión de Explosivos (Accesorios), el requisito de experiencia previa como proveedor de explosivos accesorios y la restricción de ser importador de otros productos garantiza que el proveedor tenga la especialización, la infraestructura, el conocimiento normativo y la capacidad de manejo seguro de los materiales requeridos, esto asegura no solo el cumplimiento de las regulaciones y la seguridad en la entrega, sino también la optimización de recursos y la minimización de riesgos en la cadena de suministro, así mismo se informa que existen varios potenciales oferentes del rubro, por lo tanto no supone el hecho de limitar posibles oferentes del bien solicitado. Favor adecuarse al Pliego de Bases y Condiciones.
5
Planilla de Precios
En la planilla de precios a que se refiere la columna "MONTO"
La convocante aclara que la planilla de precios publicada en el SICP es una plantilla estándar pre establecida por la DNCP no modificable para la convocante, así también se encuentra publicado en el Portal de la DNCP la Guía de Formularios de Oferta al cual pueden acceder los potenciales oferentes a efectos de evacuar cualquier duda que tengan para preparar la oferta, cabe resaltar que la planilla se encuentra formulada para su completamiento de manera a facilitar el llenado.
6
Detonador de fondo
En los itens 9,10,11,12 y 13 tiene una longitud especifica , la consulta es podrían tener unos centímetros mayor
Esta Dirección Administrativa manifiesta cuanto sigue: se podrá presentar Detonadores de fondo en los ítems mencionados en la consulta siempre que las medidas sea superior, por otro lado se hace mención que existe la necesidad imperiosa y de urgencia de contar en la brevedad posible de los bienes solicitados en el llamado licitatorio en cuestión, motivo por el cual se tendrá en cuenta la consulta realizada y se informará al Comité de Evaluación para el análisis de las ofertas y tenga en cuenta dicha determinación adoptada por la Unidad recurrente que es la DIGEMABEL.
7
Experiencia Requerida
En relación con lo establecido en PBC, en el apartado:
“REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE
EVALUACIÓN
Experiencia requerida
El oferente deberá acreditar haber proveído o suministrado Explosivos (Accesorios) a clientes públicos o privados en los últimos años (2020, 2021, 2022, 2023 y 2024)
Demostrar la experiencia en el suministro o provisión de Explosivos Accesorios a clientes públicos o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto en sumatoria equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación en los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024.
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
2. Copia de Guía o Nota de Remisión u otro documento que demuestre la provisión satisfactoria de EXPLOSIVOS (Accesorios) por parte del oferente, formalizadas con Empresas Privadas y/o Entidades del Estado de los años (2020, 2021, 2022, 2023 y 2024).”
Considerando que las ventas durante 2020 y 2021 fueron prácticamente nulas debido al impacto mundial que produjo la Pandemia del COVID-19. Para cumplir con el requisito de experiencia demostrada en facturación o recepciones finales correspondientes a los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024,
Consultamos cuanto sigue:
1) ¿es necesario demostrar ventas de accesorios en los años: 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 y/o facturación o recepciones finales de cada uno de los años mencionados? De ser así, esto limita la participación de potenciales oferentes con presencia en el mercado de explosivos y accesorios, cuyos productos de calidad reconocida están presentes en el mercado paraguayo y utilizadas con éxito en varias obras de importancia.
En base en la expuesto solicitamos la modificación del PBC conforme se detalla:
Experiencia requerida:
El oferente deberá acreditar haber proveído o suministrado Explosivos (Accesorios) a clientes públicos o privados “entre” los años (2020 y 2024).
Demostrar la experiencia en el suministro o provisión de Explosivos Accesorios a clientes públicos o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto en sumatoria equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación entre los años 2020 y 2024.
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
2. Copia de Guía o Nota de Remisión u otro documento que demuestre la provisión satisfactoria de EXPLOSIVOS (Accesorios) por parte del oferente, formalizadas con Empresas Privadas y/o Entidades del Estado entre los años (2020 y 2024).
En relación con lo establecido en PBC, en el apartado:
“REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE
EVALUACIÓN
Experiencia requerida
El oferente deberá acreditar haber proveído o suministrado Explosivos (Accesorios) a clientes públicos o privados en los últimos años (2020, 2021, 2022, 2023 y 2024)
Demostrar la experiencia en el suministro o provisión de Explosivos Accesorios a clientes públicos o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto en sumatoria equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación en los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024.
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
2. Copia de Guía o Nota de Remisión u otro documento que demuestre la provisión satisfactoria de EXPLOSIVOS (Accesorios) por parte del oferente, formalizadas con Empresas Privadas y/o Entidades del Estado de los años (2020, 2021, 2022, 2023 y 2024).”
Considerando que las ventas durante 2020 y 2021 fueron prácticamente nulas debido al impacto mundial que produjo la Pandemia del COVID-19. Para cumplir con el requisito de experiencia demostrada en facturación o recepciones finales correspondientes a los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024,
Consultamos cuanto sigue:
1) ¿es necesario demostrar ventas de accesorios en los años: 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 y/o facturación o recepciones finales de cada uno de los años mencionados? De ser así, esto limita la participación de potenciales oferentes con presencia en el mercado de explosivos y accesorios, cuyos productos de calidad reconocida están presentes en el mercado paraguayo y utilizadas con éxito en varias obras de importancia.
En base en la expuesto solicitamos la modificación del PBC conforme se detalla:
Experiencia requerida:
El oferente deberá acreditar haber proveído o suministrado Explosivos (Accesorios) a clientes públicos o privados “entre” los años (2020 y 2024).
Demostrar la experiencia en el suministro o provisión de Explosivos Accesorios a clientes públicos o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto en sumatoria equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación entre los años 2020 y 2024.
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
2. Copia de Guía o Nota de Remisión u otro documento que demuestre la provisión satisfactoria de EXPLOSIVOS (Accesorios) por parte del oferente, formalizadas con Empresas Privadas y/o Entidades del Estado entre los años (2020 y 2024).
Esta Dirección Administrativa manifiesta cuanto sigue: se podrá presentar documentos que acrediten la Experiencia entre los años (2020 y 2024), se hace mención que existe la necesidad imperiosa y de carácter urgente de contar en la brevedad posible de los bienes solicitados en el llamado licitatorio en cuestión, motivo por el cual se tendrá en cuenta la consulta realizada y se informará al Comité de Evaluación para el análisis de las ofertas y tenga en cuenta dicha determinación adoptada por la Unidad recurrente que es la DIGEMABEL.
8
DDJJ de Inhabilidades
DDJJ de Inhabilidades:
Consulta en relación con la Declaración Jurada conforme a la Ley 2051/03, la Declaración Jurada de No Encontrarse Comprendido en las Inhabilidades Previstas en el Artículo 40 y de Integridad Establecida en el Artículo 20, Inciso “W”, ambos de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas. (Derogada)
Entendemos que el proceso en cuestión se encuentra enmarcado dentro de la Ley N° 7021; sin embargo, hemos notado que en algunas proformas se hace referencia a la reglamentación anterior. Por lo tanto, agradeceríamos su confirmación sobre si dicha declaración será considerada o no como válida, y si será o no utilizada como uno de los criterios de evaluación en el presente proceso por la comisión evaluadora
DDJJ de Inhabilidades:
Consulta en relación con la Declaración Jurada conforme a la Ley 2051/03, la Declaración Jurada de No Encontrarse Comprendido en las Inhabilidades Previstas en el Artículo 40 y de Integridad Establecida en el Artículo 20, Inciso “W”, ambos de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas. (Derogada)
Entendemos que el proceso en cuestión se encuentra enmarcado dentro de la Ley N° 7021; sin embargo, hemos notado que en algunas proformas se hace referencia a la reglamentación anterior. Por lo tanto, agradeceríamos su confirmación sobre si dicha declaración será considerada o no como válida, y si será o no utilizada como uno de los criterios de evaluación en el presente proceso por la comisión evaluadora
Solicitamos a los potenciales oferentes ajustarse a los documentos publicados en el SICP, en cuanto a la consulta especifica en el inc. f del formulario de oferta descargado del portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
9
Formulario de declaración de personas
El Formulario de Declaración de Personas, disponible para su descarga en la Sección Formularios del PBC, el mismo en el primer párrafo hace referencia al Decreto Reglamentario N° 9823/23; sin embargo, dicho Decreto ha sido abrogado conforme el Decreto N° 2264 de fecha 1 de agosto de 2024, que establece: “Art. 235.- Abrogaciones. Se abrogan los Decretos N° 9537/2023 y N° 9823/2023.”.
En este contexto, se consulta : Si se debe mantener y utilizar el formulario que hace referencia al Decreto derogado, o actualizarla al nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/24??? en este caso la Convocante o la DNCP deberá proceder a la modificación respetiva por tratarse de formularios estándar?
Así mismo en el PBC, en la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE
EVALUACIÓN - Requisitos de Calificación – Establece: “Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones
para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario……”
Sin embargo el Art. 19 de la que hace referencia este apartado se refiere a lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 9823/23. (Derogado)
“Art. 19.- Prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas y contratar.
La DNCP establecerá los medios de verificación a ser aplicados con
relación a las prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas y
contratar con el Estado, sin perjuicio de que las convocantes
adicionalmente determinen otros mecanismos.”…..
Contrariamente el Art. 19 del Decreto Reglamentario N° 2264/24, establece: “Art. 19.- Pre-PAC.
La programación del gasto del suministro público se realizará a través del Pre-
PAC, instrumento de gestión que deberá recoger información sobre las
necesidades institucionales y los requerimientos de bienes, servicios,
consultorías y obras públicas para el logro de las metas programáticas
institucionales.”……
Por consiguiente, solicitamos la aclaración o modificación de lo expuesto precedentemente en relación a la normativa utilizada.
El Formulario de Declaración de Personas, disponible para su descarga en la Sección Formularios del PBC, el mismo en el primer párrafo hace referencia al Decreto Reglamentario N° 9823/23; sin embargo, dicho Decreto ha sido abrogado conforme el Decreto N° 2264 de fecha 1 de agosto de 2024, que establece: “Art. 235.- Abrogaciones. Se abrogan los Decretos N° 9537/2023 y N° 9823/2023.”.
En este contexto, se consulta : Si se debe mantener y utilizar el formulario que hace referencia al Decreto derogado, o actualizarla al nuevo Decreto Reglamentario N° 2264/24??? en este caso la Convocante o la DNCP deberá proceder a la modificación respetiva por tratarse de formularios estándar?
Así mismo en el PBC, en la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE
EVALUACIÓN - Requisitos de Calificación – Establece: “Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones
para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario……”
Sin embargo el Art. 19 de la que hace referencia este apartado se refiere a lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 9823/23. (Derogado)
“Art. 19.- Prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas y contratar.
La DNCP establecerá los medios de verificación a ser aplicados con
relación a las prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas y
contratar con el Estado, sin perjuicio de que las convocantes
adicionalmente determinen otros mecanismos.”…..
Contrariamente el Art. 19 del Decreto Reglamentario N° 2264/24, establece: “Art. 19.- Pre-PAC.
La programación del gasto del suministro público se realizará a través del Pre-
PAC, instrumento de gestión que deberá recoger información sobre las
necesidades institucionales y los requerimientos de bienes, servicios,
consultorías y obras públicas para el logro de las metas programáticas
institucionales.”……
Por consiguiente, solicitamos la aclaración o modificación de lo expuesto precedentemente en relación a la normativa utilizada.
Solicitamos a los potenciales oferentes ajustarse a los formularios publicados en el SICP, descargar, completar y firmar recordando que los mismos son estandares de la DNCP.