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Con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades y la transparencia en el proceso, y en consonancia con lo establecido en la Ley 7021, se solicita que las empresas interesadas demuestren una experiencia mínima de dos (2) años en el mantenimiento y reparación de generadores, a través de la Constancia de RUC o el Acta de Constitución.