Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores
aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
El siguiente esquema es referencial. Cuando la Convocante solicite el desglose de la composición del precio de la oferta, podrá utilizar este u otro formulario que considere adecuado, ateniendo el tipo de obra
Fecha |
Ítem N° |
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Obra |
Unidad : |
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Modelo de Equipo |
Horas de c/ equipo |
Costo Horario Gs. |
Costo Total Hora Horario Gs. |
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Cantidad de Trabajadores |
Horas de c/ Trabajador |
Costo Horario Gs. |
Costo Total Hora Horario Gs. |
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Unidad |
Consumo |
Costo Horario Gs. |
Costo Total Hora Horario Gs. |
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C) Total Gs. |
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DMT KM |
Consumo |
Costo Horario Gs. |
Costo Total Hora Horario Gs. |
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C) Total Gs. |
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Costo Directo Total [D+E+F] |
Gs |
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Gastos Generales [% s/ (CDT)] (GG) |
Gs |
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Beneficio e Impuestos [% s/ (CDT)] (Bel) |
Gs |
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Costo Unitario [CDT + G.G. + BEL] (CU) |
Gs |
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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.) |
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COSTO UNITARIO ADOPTADO [CU + IVA] |
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Aspectos Generales a tener en cuenta en esta sección:
La contratante, cuando no se hubiere presentado o requerido previamente podrá solicitar al contratista la presentación de la descomposición y desglose de precios dentro de un plazo determinado mediante una orden de ejecución del fiscal de obra que podrá ordenar esta presentación,
en cuyo caso el plazo concedido al contratista no podrá ser inferior a veinte (20) días. Los precios se especifican detalladamente mediante la descomposición de los precios globales y el análisis de los precios unitarios.
La descomposición de un precio global se presentará en forma de un detalle estimativo que comprenda, para cada clase de obra o cada elemento de obra, la cantidad que se deberá ejecutar y el precio de la unidad correspondiente.
El análisis de un precio unitario detalla sus componentes e indica:
Si no se presentara la descomposición de un precio global o el análisis de un precio unitario, cuando tal análisis deba presentarse en un plazo determinado, no se pagarán los certificados mensuales correspondientes que presente el contratista hasta que ellos contengan los precios detallados en la forma requerida por la contratante.
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
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CAPACIDAD FINANCIERA |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito. |
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Debe cumplir con el requisito.
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Completar el Situación Financiera y presentar los documentos que se indiquen en el Pliego de Bases y Condiciones. |
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Debe cumplir con el requisito. |
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Debe cumplir con el requisito. |
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Completar el Situación Financiera y presentar los documentos que se indiquen en el Pliego de Bases y Condiciones. |
Las deducciones al flujo de fondos exigidos por compromisos derivados de otros contratos solo se harán cuando dichos contratos se encuentren en ejecución.
Este mínimo de activos líquidos que constituirá el capital operativo, debe ser el resultado de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente del Balance del último Ejercicio Fiscal cerrado (año 2023)
Puede ser complementado con líneas de crédito disponibles en entidades financieras (Bancos y/o Financieras) únicamente, comprobable a través de Cartas Originales emitidas por dichas entidades, sin restricción de estar sujetas a análisis. |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir por lo menos con el 40% del requisito mínimo |
Debe cumplir por lo menos con el 60% del requisito mínimo |
Completar el Situación Financiera y presentar los documentos que se indiquen en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
EXPERIENCIA GENERAL EN OBRAS |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito por los menos con el 40% del requisito mínimo.
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Debe cumplir con el requisito por los menos con el 60% del requisito mínimo. |
Completar los formularios de: Experiencia General en construcción y facturación anual media en construcción. |
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Todo oferente que a la fecha del Acto de Apertura de Ofertas cuente con contrato vigente con el MUVH, deberá encontrase al día con la ejecución ( el procentaje de atraso permitido en el cronograma de obras no podrá superar el 5%) caso contrario su oferta será descalificada. Para el efecto, el comité de evaluación podrá solicitar informe a las dependencias del MUVH (DGT y Che Tapyi) a fin de corroborar que el oferente NO se encuentre con un atraso considerable en el cronograma de obras.
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Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito por los menos con el 40% del requisito mínimo.
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Debe cumplir con el requisito por los menos con el 60% del requisito mínimo. |
Completar los formularios de: Experiencia en construcción y facturación anual media en construcción. |
La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma.
Lo requerido es a los efectos de asegurar la experiencia de los oferentes, considerando la envergadura del llamado. Es necesario contar con una empresa con la suficiente experiencia y profesionales altamente calificados para hacer frente a las obligaciones y ejecutar en tiempo y forma la obra
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos clave: 1. Director - Residente en Obra (Ingeniero Civil) con una antigüedad mínima de 5 (cinco) años debidamente documentada y demostrables con:.
2. Un (1) Jefe de obras: se requiere un Ingeniero Civil, con siete (7) años, como mínimo de experiencia efectiva como Jefe de Obras o Residente, respectivamente en obras de Estructuras de hormigón armado y/o trabajos de reparaciones estructurales: demostrables con:.
3. Un (1) Técnico de Seguridad para Supervisor de Seguridad, se requiere un profesional con certificado aprobado por una entidad acreditada (MEC), con experiencia comprobada en el manejo de sistemas de seguridad personal y de equipos de obras. (Ningún trabajo podrá ser ejecutado, si previamente el supervisor no realizo la verificación previa en lo que se refiere a la seguridad del personal e infraestructura), demostrables con:.
La experiencia profesional deberá ser sustentada con documentación respaldatoria y no podrá ser contabilizada con antigüedad anterior a la emisión del título universitario. Si el personal propuesto para el cargo de Jefe de Obras, es presentado en forma paralela en varios procesos licitatorios convocados, el oferente solo podrá ser adjudicado en uno de ellos. Igualmente, no será considerado el personal propuesto que se encuentre comprometido en otra obra. No serán consideradas las experiencias presentadas que no se ajusten a lo solicitado más arriba. |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
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Completar formulario: Lista de Personal Propuesto para la obra. Currículo firmado en el que mencione la experiencia en obras civiles. Copia autenticada del título universitario. Carnet del MOPC vigente. Patente Profesional. En el caso de oferentes de empresas unipersonales, el propietario y/o representante de la firma no podrá ser propuesto como Residente de Obra. |
1. Currículum en el que se mencione la calificación y experiencia del personal clave propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras a los fines del contrato, acompañado de los demás documentos requeridos para cada uno.
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Los equipos esenciales citados podrían ser propios o alquilados. Sin embargo, requerimos que como mínimo, el 50% de los mismos sean propiedad del oferente.
Los equipos alquilados deberán presentar una carta de compromiso de alquiler emitida por el propietario. Para el caso de los Equipos propios y/o alquilados, se permitirá la presentación de factura proforma acompañada de carta de compromiso de adquisición, no así para el caso de los indicados como Equipos Propios.
La antigüedad máxima aceptada de los equipos será de 10 (diez) años.
Los equipos no deberán estar comprometidos en otras obras, en el periodo previsto para su utilización, considerando que el inicio de los trabajos podrá realizarse dentro de los 3 (tres) meses siguientes a la presentación de las ofertas. La convocante podrá descalificar al oferente en caso de inconsistencia en la información.
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Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir por lo menos con el 40% del requisito |
Debe cumplir por lo menos con el 60% del requisito |
Completar formulario, y documentos que indiquen en el PBC.
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Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
CONFLICTO DE INTERESES |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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• La empresa deberá presentar lo siguiente:
Declaración Jurada de estar o no incurso/a en causales de los deberes de abstención en caso de conflicto de intereses en relación a funcionarios públicos, conforme a la resolución DNCP vigente |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito. |
Debe cumplir con el requisito. |
Declaración jurada
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INFRAESTRUCTURA |
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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• La empresa deberá contar con la siguiente infraestructura: - Una oficina con equipos de comunicación (línea fija y/o línea celular, correo electrónico de la empresa), de informática (impresora, computadoras en general) y un deposito cerrado para guarda de materiales. - Personal a su cargo: un recepcionista, un auxiliar administrativo y un personal técnico encargado de certificados. - El comité de evaluación podrá realizar una visita in situ a fin de constatar la veracidad de la información.
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Debe cumplir con el requisito.
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No aplica |
No aplica |
Debe cumplir con el requisito |
Declaración jurada de cumplimiento con la infraestructura requerida listando los equipos y personal.
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Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.