Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
En el marco de dichas políticas, es indispensable contar con un servicio de salud que permita al servidor público cumplir en forma más eficiente sus responsabilidades como funcionario de la institución.
La vida de los servidores públicos de la Institución, en zonas de poco acceso a servicios de salud, considerando los riesgos en el ámbito laboral, dado la posibilidad de ocurrencia de accidentes de trabajo durante el manejo de maquinarias e implementos agrícolas, requiere que la cobertura del servicio de salud sea a nivel nacional, de acuerdo a la ubicación geográfica de los Centros de Investigación y Campos Experimentales de la Institución.
Asimismo, poseer un contrato de salud permite darle al funcionario una protección, dado que la empresa aseguradora debe encargarse del mismo según la cobertura. Esta herramienta en muy útil en las emergencias y momentos difíciles e inesperados que suelen ocurrir cuando no se tiene dinero disponible, especialmente cuando dichas emergencias incluyen cirugías costosas, así como también en hospitalizaciones imprevistas.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
La presente contratación se realizará bajo el sistema de contrato abierto por montos mínimos y máximos, en el cual, en la planilla de precios, el oferente deberá cotizar el costo mensual por persona del servicio ofrecido.
Para la estimación de costos y la determinación del precio ofertado, se establece una cantidad mínima de 175 titulares y una cantidad máxima de 400 titulares, incluyendo a sus respectivos grupos familiares. Estas cantidades podrán variar de acuerdo con las incorporaciones o desvinculaciones de funcionarios que pueda registrar el IPTA durante la vigencia del contrato.
Titular: Funcionario/a permanente.
Son Beneficiarios de este contrato las personas que figuren en la lista suministrada por el IPTA al Oferente Adjudicado, la cobertura y derechos que confiere el contrato serán para los beneficiarios titulares, sus grupos familiares, adherentes, y a los incorporados en lo sucesivo. Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes, así como los adherentes, tendrán los mismos derechos de las coberturas que se encuentran estipuladas en el contrato; con excepción de la cobertura de maternidad que será garantizada para las titulares o cónyuges de titular.
Grupo Familiar: Titular casado o concubinado: titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal, por unión de hecho o concubinato), sus hijos/as, hijastros, hijos menores bajo guarda o tutela del funcionario titular hasta el mes que cumplan 20 años, hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límites de edad, debidamente diagnosticados por Institución Competente. En caso de unión de hecho o concubinato: durante la vigencia del contrato el titular no podrá sustituir al beneficiario declarado inicialmente, salvo que contraiga matrimonio con otra persona. El divorcio vincular extinguirá la calidad de BENEFICIARIO/A.
La Unión de hecho o concubinato deberá ser acreditada como válida con la presentación de una Declaración Jurada formulada ante el Encargado del Registro del Estado Civil o el Juez de Paz respectivo, cuando la comunidad de hecho es producto de una efectiva convivencia durante el tiempo mínimo indicado en la Ley Civil. Durante la vigencia del contrato el titular no podrá sustituir al Beneficiario declarado inicialmente, salvo que contraiga Matrimonio con una persona distinta.
Para los Titulares soltero/a o Viudo/a: para los titulares solteros/as o Viudo/a, serán tomados como miembros del grupo familiar con hijos solteros hasta el día que cumplan 20 años de edad. Para los titulares solteros/as sin hijos, serán tomados como miembros y/o grupo familiar su padre y madre sin límites de edad. Para los titulares viudo/a sin hijos menores, serán tomados como miembros y/o grupo familiar su padre y madre sin límites de edad
El funcionario titular casado/a o concubinado, que ambos sean beneficiarios titulares, y a elección de uno de ellos, este podrá optar por asegurar a su padre o madre sin límite de edad.
Los/as hijos/as del titular nacidos durante la vigencia del Contrato (y cuando corresponda), serán considerados parte del Plan Familiar de manera automática cuando nazcan, ya sea en el Sanatorio propio de la Prestadora (de cabecera), en los demás sanatorios o centros habilitados por la Prestadora, o fuera de ellos.
El titular deberá informar y proveer lo antes posible al IPTA y la Prestadora, los datos del recién nacido.
Los Recién Nacidos del Titular tienen cobertura inmediata de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas, desde que le fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio, será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo para el efecto.
El IPTA facilitará la nómina de funcionarios y su grupo familiar de acuerdo a las condiciones generales de prestación, en caso de duda de la nómina remitida por el IPTA, él Proveedor podrá solicitar una aclaración ante de la incorporación respectiva.
El IPTA solo tiene compromiso contractual de pago por los TITULARES y GRUPOS FAMILIARES, quedando sobre el TITULAR el pago y otras gestiones de los ADHERENTES.
Cada beneficiario titular (funcionarios permanentes) podrá solicitar la inclusión de beneficiarios adherentes con los mismos beneficios y coberturas que los demás beneficiarios
Los titulares podrán solicitar la incorporación de adherentes. El pago por la cobertura de adherentes correrá por cuenta exclusiva del Beneficiario Titular, cuyo monto deberá ser conforme al siguiente detalle:
El titular beneficiario podrá incluir como adherente a su padre o madre y a los hijos mayores, nieto y hermano según la siguiente escala de edad:
La opción de incluir beneficiarios adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y para poder incorporarlos a la cobertura el titular deberá firmar un contrato de la prestadora de servicios que establezca las condiciones de cobro, el plazo de mora aceptable y las condiciones contractuales en caso de producirse la mora en el pago.
Los costos serán abonados por cada titular en forma directa con la prestadora de servicios y el plazo máximo para las incorporaciones de beneficiarios, grupos familiares y adherentes con costo, será hasta 30 días posteriores a la firma del contrato. El titular deberá abonar la prima correspondiente de forma mensual, desde el inicio hasta la culminación del contrato.
Los beneficiarios adherentes, permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del presente contrato o en su caso hasta el día en que el titular sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, La Contratante comunicará dicha situación a la prestadora de servicios y elevará la nómina correspondiente en reemplazo de los mismos.
En los casos de los hijos discapacitados mentales y/o físicos sin límites de edad, que deberán estar debidamente diagnosticados por Institución Competente, se podrá realizar su inscripción sin límite de tiempo, como beneficiario del grupo familiar, esto atendiendo a los plazos burocráticos institucionales que existe para la obtención del certificado correspondiente
La Prestadora de Servicios, proporcionará a cada Beneficiario, sin costo alguno, una Tarjeta de Identificación de carácter intransferible, que lo acreditará como tal y que deberá exhibir toda vez que requiera servicios médicos, sanatoriales y/o diagnósticos cubiertos.
Las tarjetas de identificación para los titulares deberán entregarse en un plazo no mayor a 60 días hábiles desde la entrega oficial de la nómina de funcionarios. La pérdida o extravío de la Tarjeta de Identificación, se deberá comunicar de inmediato a la Empresa con su respectiva constancia policial.
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA, en todos los servicios, una vez firmado el contrato, se notificará a la Prestadora de Servicios que la misma ya ha sido suscripta y a partir de la notificación ya entra en vigencia la utilización de los servicios.
La prestadora de servicios adjudicada deberá obligatoriamente reportar a la Convocante en forma trimestral, por escrito especificando los nombres de los titulares y adherentes que usufructúan los diferentes servicios ofrecidos (lista de consultas realizadas con los diferentes profesionales médicos de manera poseer un banco de datos relacionados a la cantidad de eventos y tipologías de servicios médicos otorgados a su plantel de funcionarios, a fin de cuantificar y realizar la estimación de costo en futuras licitaciones, dichas informaciones serán manejadas con carácter confidencial por la Dirección de Gestión y Desarrollo de las Personas, para el fin expuesto precedentemente
Asunción: En 3 (tres) Centros Asistenciales. Conforme a lo indicado en la oferta, de los 3 (tres) Centros Asistenciales habilitados con régimen de libre elección.
Gran Asunción: 3 (tres) Centros Asistenciales. Conforme a lo indicado en la oferta, de los 3 (tres) Centros Asistenciales habilitados con régimen de libre elección.
En el Interior de la República, todos los servicios con libre elección del titular.
A los efectos del presente contrato se entenderá por eventos clínicos y quirúrgicos cada vez que el asegurado (Titular, su grupo familiar o adherentes) ingrese al sanatorio ya sea para casos de internaciones clínicas, quirúrgicas, parto normal, cesárea y urgencias. Si durante el evento clínico y/o quirúrgico al que está siendo sometido el paciente se produce un hecho nuevo, o aparece una dolencia o requerimiento de un procedimiento que derive en una intervención quirúrgica no prevista, este será considerado como un nuevo evento a los efectos de la cobertura.
Desde el primer día de ingreso del Paciente sea en Urgencias, Internaciones, Terapia Intermedia, Terapia Intensiva, u otra internación y a petición de parte, EL SANATORIO deberá proporcionar al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente separado por Evento y nivel de atención sea Urgencias, Internaciones, Terapia Intermedia, Terapia Intensiva.
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones y servicios de urgencias y/o emergencias en las siguientes especialidades (eventos clínicos y quirúrgicos, sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales):
Cobertura inmediata en consultas (en consultorio), internaciones clínicas y servicios de urgencias en las siguientes especialidades;
Todos los servicios ofertados por la Prestadora deberán estar a disposición del beneficiario en forma permanente, sin que puedan alegarse razones de orden financiero (atraso en pagos y/o transferencias) que impidan la atención de cualquiera de los profesionales del plantel, salvo causas de indisponibilidad fundadas en las leyes laborales de la República.
La prestadora podrá contratar los profesionales solicitados por la Contratante a satisfacción de los titulares, siempre y cuando medie consentimiento escrito de estos profesionales (médicos), durante la vigencia del contrato.
Los honorarios y otros requerimientos médicos en cirugías de malformaciones congénitas, tales como pie bot, hidrocefalia, ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia, hipertrofia de clítoris, extrofiaepispadia, estrechez de píloro, cataratas y cualquier otra malformación, para adherentes y beneficiarios nacidos durante la vigencia de este contrato y hasta los 3 años de edad contarán con cobertura completa.
Con cobertura inmediata en Asunción de los cuales 3 (tres) deberán contar con la con Categoría correspondiente al Nivel tres (3); uno de ellos sanatorio cabecero. (Tres) con Categoría correspondiente al Nivel dos (2).
El Sanatorio Cabecera, deberá estar ubicado en Asunción, y contar con la categoría correspondiente al Nivel 3 establecida por la Superintendencia de Salud. Dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y deberá contar con unidad de terapia intensiva de adultos, niños y neonatal y Tomógrafo en funcionamiento
Deberá contar además con otros centros asistenciales y sanatorios en el área de Gran Asunción y las principales ciudades del interior del país, cuyo listado se detalla en la oferta. En el caso que no existan salas para internación disponibles en los centros habilitados LA ASEGURADORA deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel con cargo a LA ASEGURADORA.
Las internaciones se realizarán en los sanatorios del listado de prestadores en convenio de la prestadora de servicios, en habitaciones individuales que cuentan con: baño privado, teléfono, T.V., aire acondicionado, cama para el acompañante. Incluye, además, oxigenoterapia, dieta oral del paciente indicado por el médico tratante, servicio de enfermería y médicos de guardia del sanatorio.
Todas las ordenes de internación deberán estar emitidas y/o solicitadas por un profesional médico del listado de prestadores en convenio y/o tratante.
Los derechos operatorios y quirófano de las primeras cirugías correspondientes a cada evento, serán autorizados por la prestadora de servicios y tendrán una cobertura de 100%, salvo aquellas expresamente excluidas en este contrato.
Deberán estar cubiertos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, detallados en el presente PBC, hasta el alta del paciente. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado deba internarse.
En caso de brote epidémico o por otro tipo de eventualidad el Sanatorio Cabecera deberá contar a disposición de los beneficiarios de 5 habitaciones.
En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL ASEGURADO, SUS BENEFICIARIOS Y ADHERENTES
Cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno de hasta G. 15.000.000 (guaraníes quince millones) por evento, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, para el beneficiario titular, su grupo familiar.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer a solicitud del Grupo Familiar, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En ningún caso, el centro de internación podrá requerir garante o aval alguno ya sea personal o en efectivo al beneficiario por la prestación de los servicios
En el Sanatorio Cabecera se deberá contar con el servicio de Unidad de Terapia Intensiva de Adultos, Niños y Neonatal. En los demás Sanatorios ofrecidos por lo menos en uno deberá ofrecer unidad de terapia de niños y adultos por separado.
Tiempo de internación hasta 10 (diez) días. Honorarios profesionales, equipos, cuidado de enfermería, y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (debiendo la cobertura incluir lo establecido en el anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes sin costo). En Sanatorio cabecera hasta 15 días
Cobertura de medicamentos y descartables hasta Gs. 15.000.000 (guaraníes quince millones) En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio. Igualmente, el asegurado titular, su grupo familiar podrá incorporar una vez agotado la cobertura inicial, los medicamentos, materiales descartables, oxígeno y otros, derivado de otro seguro que tuviese como ser el del IPS, MSPyBS, DIBEN, o cualquier otro seguro que tuviese.
Desde el primer día de internación EL SANATORIO deberá proveer a solicitud del Grupo Familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.
En cuanto a Terapia Intermedia, hasta el alta del paciente. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado deba internarse. Cobertura Integral.
Se establece la cobertura de Maternidad de forma exclusiva para la Titular o Cónyuge, conforme a lo siguiente;
En el caso de atención obstétrica del parto normal: de hasta dos días de internación, incluyendo el equipo médico integrado por el ginecólogo, el pediatra y eventualmente el anestesista.
En los casos de parto por cesárea: de hasta tres días de internación, incluyendo el equipo médico integrado por el ginecólogo, el primer ayudante, el pediatra, el hemoterapeuta (si lo amerita con previa justificación por escrito del médico tratante y criterio médico del auditor de la prestadora de servicios), el anestesiólogo.
Cobertura de medicamentos, materiales descartables y oxigeno por valor de hasta Gs 15.000.000 (guaraníes quince millones)
El servicio también incluye; el derecho operatorio, internación en habitación individual, baño privado, teléfono, T.V., dieta convencional del paciente, ambiente climatizado, atención de enfermería.
Los niños del titular nacidos a término o en forma prematura (antes de las 37 semanas de gestación), incorporados oficialmente al grupo familiar, tendrán cobertura de hasta el tercer día en concepto de pensión sanatorial (ya sean en internaciones clínicas y de terapia intensiva), incluyendo; medicamentos, descartables y oxigeno de hasta 15.000.000 Gs (Guaraníes quince millones), luminoterapia, carpa de oxígeno, incubadora, honorarios de visita del médico tratante, terapista, servicios de enfermería y servicios de estudios de diagnóstico (conforme a lo establecido en el Anexo de estudios establecido en el PBC) hasta el tercer día de internación. En Sanatorio Cabecera hasta Gs. 15.000.000 (guaraníes quince Millones) En medicamentos y materiales descartables por evento
Debe estar integrado por guardias médicas de urgencias en los servicios asistenciales, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados, para adultos y/o niños, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes.
Debe disponer de ambulancias para traslados derivados de la urgencia o emergencia. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año. Se incluye la cobertura de antibióticos en casos de servicios de urgencia donde se indiquen al paciente tratamientos con antibióticos, se refiere a la primera dosis de antibiótico inyectable, indicado por el Médico de Guardia.
Los procedimientos con médico de guardia tendrá una cobertura total (100%) sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO y son: Consulta con el Médico de Guardia, suturas, la primera curación del evento, extracción de cuerpos extraños nariz/oído, extracción de uña encarnada, colocación o extracción de enyesados simples, colocación de vendajes, drenajes de abscesos o hematomas, taponamiento nasal, descubierta venosa, sondaje vesical, lavado de oído, lavado gástrico (excepto intoxicación medicamentosa), punción pleural, punción abdominal.
Servicios de enfermería: aplicación de inyectables intramuscular, aplicación de inyectables endovenoso, enema, nebulizaciones, servicio de enfermería, aplicación de ultrasonidos, infrarrojo, tendrá una cobertura total (100%) sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO.
La cobertura de medicamentos, descartables para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y habilitados por la Contratista.
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias o emergencias, personal médico o paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el beneficiario, de hasta 10 servicios por contrato por grupo familiar y adherentes, incluido el traslado a un centro asistencial en caso que fuere necesario. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año.
Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos con laboratorios asignados por la Prestadora de Servicio con cobertura del 100%. En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes con incapacidad de concurrir a los servicios
Visitas con carácter no urgente a cargo de un plantel compuesto por tres médicos para adultos y tres médicos para niños, dentro de las tres horas de recibido el llamado (indefectiblemente). Deberá también contemplase la cobertura conforme al cuadro de Centros Asistenciales habilitados, sin costo y con provisión de medicamentos hasta Gs. 200.000.- (guaraníes doscientos mil).
Cobertura para consultas y en caso necesario de internaciones clínicas, en las localidades requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones, del presente llamado.
Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, la utilización de Rayos X, Ecógrafo, Colchones de aire agua, Carpa de Oxígeno, Cuna Térmica, Tomógrafo, Electrocardiógrafo, Eco cardiógrafo, Bomba de contrapulsación intraaórtica, Saturador de Oxígeno, Equipo de Video endoscopia, Equipo de Video laparoscopia, Equipo de artroscopia, Microscopio, Monitor Monitoreo Fetal, Bomba de infusión, Gastos de traslados de equipos y recargos por fuera de hora, Litotriptor, Incubadora de transporte, Equipo de gasto cardiaco. Resonador. Tratamiento y cirugía de varices, incluyendo cirugía con láser, sin fines estéticos (certificado por el médica)
Inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, aplicación de ultrasonidos, masajes, infrarrojo, medicamentos y otros necesarios que pueda necesitar el asegurado, tanto para casos de accidente, como para cualquier requerimiento de atención, tendrá una cobertura total sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO.
Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO.
En servicio de urgencias deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).
Cobertura de medicamentos y materiales descartables por valor de quince millones de guaraníes (Gs. 15.000.000.-), por evento, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, partos y cesáreas y servicio de urgencias, para el beneficiario titular, y adherentes. (Cualquiera sea la naturaleza de los mismos, incluye oxigeno terapia, y cualquier principio activo utilizable en problemas de salud sin excepción, e inmuno terapia), en las internaciones ya sean clínicas, quirúrgicas, parto y/o cesárea (madre y por cada hijo/s recién nacidos); Urgencias; casos de terapia intensiva e intervenciones quirúrgicas que no requieran internación, para el beneficiario titular y sus dependientes. Para los casos de Alta Complejidad (Cardiocirugía, Vascular periférico y Neurocirugía) la cobertura de medicamentos y materiales descartables se regirá por el anexo correspondiente. -
Electrocardiograma de reposo y de esfuerzo (ergometría), Holter, electroencefalograma, audiometrías, con cobertura total a cargo del SANATORIO.
Procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (videolaparoscópios, uroscopios, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, contraste y extracción de cuerpos extraños. Además, deben estar cubiertas las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopia y artroscopia, (incluyendo uso de equipos, video, etc.).
También deben estar incluidas las inspecciones médicas en general solicitadas por Instituciones de enseñanza para la realización de actividades físicas
En el caso de que el médico tratante en internaciones requiera la presencia de otro profesional médico que se encuentre en el Plantel de Médicos de la Prestadora de Servicios, como inter consultante, estarán a cargo de la prestadora de servicios hasta 5 (cinco) interconsultas, por evento. En el caso de que el médico tratante en internaciones requiera la presencia de otro profesional médico que no pertenezca al Plantel Médicos de la Prestadora de Servicios como interconsultante estarán a cargo de la prestadora de servicios, conforme al arancel de la Sociedad Científica Paraguaya respectiva, hasta una (una) interconsulta, por evento.
Tendrán cobertura de la utilización de equipos de los centros asistenciales en convenio con la Prestadora de Servicio para pacientes internados en habitación normal conforme al siguiente listado dentro de las limitaciones establecidas en el presente pliego de bases y condiciones:
Este ítem comprende los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y contrastes de hasta G. 500.000 (guaraníes quinientos mil), a cargo de la empresa prestadora de servicios, conforme a la lista taxativa que se adjunta, que enumera los exámenes contemplados en esta cobertura.
Este servicio debe cubrir a los pacientes que concurren al laboratorio forma programada o en casos de urgencias las 24 (veinticuatro) horas del día en los centros asistenciales que cuenten con la disponibilidad del servicio. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales y materiales descartables. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.
El oferente deberá presentar convenio con farmacia o sucursales de una farmacia que deberán de contar con el descuento del 30% en medicamentos nacionales y el descuento del 20% en medicamentos importados, con sucursales en Asunción, Gran Asunción e interior del país y una farmacia dedicada a preparados magistrales, que deberá contar con el descuento del 15% en preparados magistrales, en la ciudad de Asunción. Dichos descuentos serán considerados en medicamentos preventivos y curativos, con compras efectuadas al contado.
1. CIRUGÍA BUCAL |
COBERTURA |
||
Alveolectomía por zona |
100% |
||
Cirugía de Bridas musculares (frenectomía) |
90% |
||
Cirugía de Quistes y Tumores de los maxilares |
95% |
||
Cirugía para biopsias |
90% |
||
Cirugía de tejidos blandos |
90% |
||
Exodoncia de terceros molares superiores o |
80% |
||
inferiores tanto en erupción normal como retenidos |
95% |
||
Exodoncia en todos los casos |
85% |
||
Exodoncia de restos radiculares pos osteotomía |
85% |
||
Exodoncia de restos radiculares a colgajo |
85% |
||
Exodoncia de dientes retenidos |
80% |
||
Exodoncia de dientes semi retenidos |
80% |
||
Incisión de abscesos (vía intraoral y extraoral) |
95% |
||
Tratamiento de complicaciones de la Exodoncia |
80% |
||
2. CIRUGÍA ORTODONCIA |
COBERTURA |
||
Descubierta (Hematoma de erupción) |
90% |
||
Descubierta de canino |
80% |
||
Dientes incluidos |
80% |
||
Diagnóstico y Tratamiento |
100% |
||
Extracción de Supernumerarios en erupción |
100% |
||
Germectomía |
80% |
||
Extracciones indicadas en Ortodoncia Interceptiva fase I y |
80% |
||
Ortodoncia Correctiva fase II |
80% |
||
4. ENDODONCIA CONVENCIONAL |
COBERTURA |
||
A-Examen, Diagnóstico, Planeamiento del tratamiento endodóntico y registros |
100% |
||
B- Examen y Diagnóstico con Microscopio Operatorio (80%) |
80% |
||
C-Tratamiento de la pulpa vital |
100% |
||
Protección pulpar directa |
95% |
||
Protección pulpar indirecta |
80% |
||
Pulpotomía |
90% |
||
a. Tratamiento endodóntico anterior |
80% |
||
b. Tratamiento endodóntico molar |
80% |
||
c. Tratamiento endodóntico premolar |
80% |
||
3. Apexificación, apexogénesis y recalcificación |
100% |
||
4. Revascularización |
100% |
||
5. Tratamiento de perforaciones radiculares o falsa vía |
80% |
||
6. Retratamiento de conducto no quirúrgico |
90% |
||
E- Cirugía peri radicular |
90% |
||
1. Incisión y drenaje/trepanación |
100% |
||
2.Curetaje periradicular, resección apical (apicectomia), retro preparación y Obturación apical (retro-obturación) |
100% |
||
3. Biopsia |
90% |
||
4. Hemisección |
80% |
||
5. Resección radicular (Amputación Radicular) |
80% |
||
6. Reimplante intencional (extracción/reimplantación) |
70% |
||
7. Remoción quirúrgica del segmento apical de una raíz fracturada |
70% |
||
1.Fractura de esmalte (fractura coronal simple) |
90% |
||
2.Fractura coronal sin exposición pulpar (fractura coronal simple) |
90% |
||
3.Fractura coronal con exposición pulpar (fractura coronal compleja) |
90% |
||
4.Fractura corono-radicular |
90% |
||
5.Fractura radicular |
90% |
||
6.Luxación |
50% |
||
7.Avulsión |
100% |
||
8.Fractura alveolar con compromiso dental |
100% |
||
G- Blanqueamiento intracoronal |
80% |
||
H- Restauración del diente tratado endodónticamente |
80% |
||
5. PERNOS |
COBERTURA |
||
a. Colados |
80% |
||
b. Preformados |
100% |
||
I-Remoción de postes/postes y coronas |
100% |
||
J- Visitas de seguimiento con radiografía |
70% |
||
Tratamiento de Hipersensibilidad con desensibilisantes locales |
100% |
||
Blanqueamiento dentario no vital |
90% |
||
Estudio clínico radiográfico para diagnóstico |
90% |
||
Re-tratamiento endodóntico |
80% |
||
Remoción de perno por diente |
100% |
||
Tratamiento de la emergencia endodóntica |
100% |
||
Preparación de espacio para perno+impresión |
100% |
||
Preparación de espacio para perno |
100% |
||
Tracción radicular |
100% |
||
Tratamiento de Neoformación apical |
100% |
||
6. ENDODONCIA QUIRÚRGICA/CIRUGÍA PERI-APICAL |
COBERTURA |
||
Apiceptomia con Obturacion Retrogrado |
90% |
||
Apiceptomía |
90% |
||
Curetaje apical |
95% |
||
Odontosección y/o radectomía |
75% |
||
Premolorización |
90% |
||
Tratamiento endodóntico a retro |
95% |
||
7. PERIODONCIA |
COBERTURA |
||
Alargamiento de corona clínica |
90% |
||
Cirugía mucogingival |
90% |
||
Cirugía regenerativa periodontal |
95% |
||
Cirugía estética periodontal (85 % solo en esta especialidad) |
85% |
||
Equilibrio oclusal por desgaste selectivo |
90% |
||
Ferulización temporaria |
95% |
||
Gingivectomia |
90% |
||
Gingivoplastia |
90% |
||
Incisión de absceso gingival o periodontal |
85% |
||
Limpieza de sarro de dentadura completa en todas sus formas |
100% |
||
Limpieza de sarro supra y subgingival completa en todas sus formas |
100% |
||
Premolorización |
90% |
||
Profilaxis buco dentaria completa(raspaje supragingival general) |
100% |
||
Radectomía |
85% |
||
Raspaje y alisado radicular sub gingival |
70% |
||
Tratamiento de la periimplantitis |
100% |
||
Tratamiento quirúrgico de la enfermedad periodontal |
70% |
||
Tratamiento de urgencias periodontales |
100% |
||
Tratamiento de G.U.N.A |
100% |
||
Tratamiento de la hipersensibilidad con desensibilizaste locales |
100% |
||
8. OPERATORIA DENTAL |
COBERTURA |
||
Amalgamas de plata (cavidad simple) |
100% |
||
Amalgamas de plata (cavidad compuesta) |
100% |
||
Amalgamas de plata (cavidad compleja) |
100% |
||
Blanqueamiento de dientes vitales sup. e inf. |
100% |
||
Blanqueamiento técnica inmediata (laser) |
100% |
||
Composite fotocurable (luz halógena) |
90% |
||
Fluorizaciones |
100% |
||
Inactivación de caries |
100% |
||
Obturaciones provisorias |
100% |
||
Obturación con ionomero de vidrio |
100% |
||
Pernos metálicos simples |
95% |
||
Protección Pulpar directa |
95% |
||
Protección Pulpar indirecta |
90% |
||
Reconstrucción de ángulo de resina |
90% |
||
Reconstrucción con amalgama pins perno |
100% |
||
Restauración compleja y compuesta con amalgama Restauración con resina anterior |
100% |
||
Restauración con resina posterior compuesta y compleja |
100% |
||
Tratamiento y obturación de caries de cavidad simple con luz halógena |
90% |
||
Tratamiento y obturación de caries de cavidad compuesta con luz halógena |
90% |
||
9. ODONTOPEDIATRIA |
COBERTURA |
||
Consulta de Urgencia EN HORARIO ESTABLECIDOS |
100% |
||
Consulta EN HORARIOS ESTABLECIDOS |
100% |
||
Condicionamiento o adaptación del niño en la atención |
100% |
||
Odontológica |
100% |
||
10. PREVENCIÓN |
COBERTURA |
||
Profilaxis buco dentaria |
100% |
||
Fluorización con gel o espuma |
100% |
||
Fluorización con barniz |
100% |
||
Inactivación de caries |
90% |
||
Mantenederos de espacios |
75% |
||
Selladores de fosas y fisuras |
100% |
||
11. OPERATORIA |
COBERTURA |
||
Amalgama en dientes primarios |
100% |
||
Amalgama en dientes permanentes (cavidad simple) |
100% |
||
Amalgama en dientes permanentes (cavidad compuesta) |
100% |
||
Ionómeros de vidrios en primarios |
80% |
||
Resinas en dientes primarios |
80% |
||
Reconstrucción de ángulo de dientes permanentes anteriores |
90% |
||
Coronas metálicas coladas |
70% |
||
Coronas metálicas preformadas |
70% |
||
Coronas estéticas plásticas |
80% |
||
Corona de resina en dientes |
80% |
||
Microabrasiones |
100% |
||
12. ENDODONCIA |
COBERTURA |
||
Tratamiento de abscesos |
100% |
||
Dientes temporarios pulpotomía/pulpectomía |
80% |
||
Cirugía en dientes primarios |
90% |
||
Cirugía de Tejidos Blandos |
90% |
||
Dientes con Raíz con y sin reabsorción |
90% |
||
Exodoncia en niños con comportamiento difícil |
100% |
||
13.CIRUGIA EN DIENTES PRIMARIOS |
COBERTURA |
||
Cirugía en dientes primarios: Cirugía de tejidos blandos, dientes con raíz con reabsorción, dientes con raíz sin reabsorción |
90% |
||
Exodoncia de dientes primarios |
90% |
||
Exodoncia de dientes permanentes en casos normales |
85% |
||
Descubierta de canino |
80% |
||
Dientes incluidos |
80% |
||
Extracción de supernumerarios en irrupción |
100% |
||
Germectomía |
80% |
||
14.CLINICA BEBE |
COBERTURA |
||
Asesoramiento pre-natal |
100% |
||
Asesoramiento a los padres |
100% |
||
Prevención, motivación y enseñanza del cepillado |
100% |
||
Composite fotocurable (luz halógena) |
90% |
||
Detección de placa bacteriana |
100% |
||
Tratamiento y obturación de caries de cavidad simple y compuesta, con luz alógena |
90% |
||
Exodoncia en niños con comportamiento difícil |
100% |
||
Motivación y enseñanza del cepillado |
100% |
||
Amalgamas de plata (cavidad simple) |
100% |
||
Amalgamas de plata (cavidad compuesta) |
100% |
||
Amalgamas de plata (cavidad compleja) |
100% |
||
15. RADIOLOGÍA |
COBERTURA |
||
Radiografia ortopan |
60% |
||
Radiografía periapical |
90% |
||
Radiografía seriada (Maxilar superior e inferior) |
90% |
||
16. PRÓTESIS |
COBERTURA |
||
Agregado de dientes en prótesis parcial |
60% |
||
removible |
70% |
||
Carilla de cerómero |
80% |
||
Carilla de Resina |
80% |
||
Compostura de base de Acrílico |
60% |
||
Corona de acrílico solo como provisorio |
70% |
||
Corona de Cerómero |
75% |
||
Collage |
75% |
||
Corona de Resina (Isosit) |
80% |
||
Corona de Resina y Metal |
60% |
||
Compostura Simple de Prótesis |
60% |
||
Incrustaciones metálicas |
75% |
||
Incrustación de Cerómero |
75% |
||
Incrustaciones en Resina, inlay y onlay |
80% |
||
Montaje en articulador y diagnóstico |
100% |
||
Perno colado articulado |
80% |
||
Perno colado simple |
80% |
||
Perno seccionados y articulados |
80% |
||
Remoción de Pernos |
100% |
||
Recementado de incrustaciones y coronas |
70% |
||
Retratamiento retiro de coronas, puentes o incrustaciones |
70% |
||
Perno colado de Metal |
80% |
||
Perno Provisorio |
80% |
||
Perno pre fabricado |
80% |
||
Placa de Relajación |
70% |
||
Prótesis Completa Superior e Inferior |
70% |
||
Puente de acrílico solo como Provisorio |
70% |
||
Puente de Cerómero |
70% |
||
Puente de metal- acrílico |
90% |
||
Puente de Metal-Resina |
90% |
||
Provisorio (Corona) |
90% |
||
Removible de acrílico |
60% |
||
Removible con attachments de laboratorio |
60% |
||
Removible con attachments de prefabricado |
60% |
||
Removible de cromo-cobalto |
60% |
||
Retiro de Coronas |
70% |
||
Retiro de Puentes |
70% |
||
Retiro de Incrustaciones |
70% |
||
17. PROTESIS CON COBERTURA |
COBERTURA |
||
Carilla de Porcelana Colada Feldespática y otros |
60% |
||
Corona de Porcelana libre de metal |
60% |
||
Corona de Porcelana y Metal |
60% |
||
Incrustación de Porcelana |
70% |
||
Incrustación de Porcelana Colada y otros |
70% |
||
Perno en fibra de vidrio |
80% |
||
Puente de Metal-Porcelana |
60% |
||
Puente de Porcelana libre de metal |
60% |
||
18. ORTODONCIA CONVENCIONAL |
COBERTURA |
||
Diagnóstico Clínico y Modelos |
70% |
||
Ortodoncia Interceptiva o Fase I (dentición mixta) |
90% |
||
Ortodoncia Correctiva o Fase II (dentición permanente) |
90% |
||
Ortopantomografía |
60% |
||
Placa de Contención por única vez. (Reposición a cargo del paciente) |
80% |
||
ORTODONCIA AUTOLIGADA |
70% |
||
19. IMPLANTO LOGIA |
COBERTURA |
||
Implante Osteointegrado. Fase quirúrgica |
50% |
||
Implante Osteointegrado de una fase quirúrgica (cirugía y prótesis) |
60% |
||
Implante Osteointegrado fase protética |
80% |
||
Injertos óseos Onlay e Inlay (Para este procedimiento se deberá contar indefectiblemente con estudio de imagen). |
80% |
||
Levantamiento de piso de seno |
70% |
||
Regeneración ósea guiada con membrana |
70% |
||
Regeneración ósea guiada con membrana y hueso autógeno o de blanco |
70% |
||
Tratamiento de la perimplantitis |
100% |
||
Trasplante y/o reimplante dentario |
70% |
||
20. ORTOPEDIA |
COBERTURA |
||
Estudios de Modelos y diagnósticos Cefalométrico |
70% |
||
Reparación de Aparatos. |
70% |
||
Reposición de Aparatos a cargo del paciente. |
A CARGO |
||
Confección e instalación del aparato |
90% |
Se contempla la cobertura de forma exclusiva para las siguientes patologías crónicas que se regirán a las condiciones del presente ítem;
- Intento de autoeliminación y sus secuelas ya sean físicos o mentales.
- Cirugía con fines estéticos.
- Tratamiento médico - quirúrgico con fines de esterilidad, infertilidad, fecundación in vitro y procreación.
- Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
- Malformaciones congénitas en adultos y niños.
- Atenciones y tratamientos médicos para fin anticonceptivo, excepto las consultas.
- Eventos congénitos.
- Instrumentales o equipos propios de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica del Paraguay reconocida.
- Formolizaciones.
- Acupunturas, celuloterapia, homeopatía y quiropraxia. Uvulo Palatoplastia.
- Tratamiento en dietología.
- Lipoaspiración y cirugía bariatrica y/o metabólicas y sus consecuencias. Estudios previos y posteriores en caso de cirugías bariatricas y/o metabólicas
- Diálisis y hemodiálisis en todos los casos
- Cirugías vasculares periféricas.
- Accidente cerebrovascular y/o sus consecuencias.
- Tratamiento para adictos a drogas y alcohol, así como sus consecuencias.
- Biopsias por congelación e inmunohistoquimica
- Eventos quirúrgicos que no se haya requerido con anticipación al mismo o no cuenten con una visación previa, salvo excepciones comunicadas por la Convocante y/o asegurado
- Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
- Lesiones provocadas bajo la acción de drogas, estupefacientes o alcohol.
- Todo hecho ocurrido en transgresión a las leyes de tránsito vigentes.
- Cualquier condición o tratamiento relacionado con el virus VIH positivo o del tratamiento del SIDA.
- Alcoholismo, intoxicaciones debido al abuso del alcohol, abuso o adicción a drogas, o a consecuencia de lesiones sufridas por accidente ocasionados por encontrarse bajo el influjo del alcohol y/o drogas.
- Daños a la salud generados por siniestros naturales extremos o excepcionales, como terremotos y huracanes. Daños a la salud generados por atentados biológicos. Tratamiento de enfermedades o lesiones originadas como resultado directo o indirecto de Guerra internacional y guerra civil, Acciones bélicas, Lluvia radiactiva, Terrorismo, Epidemias declaradas como tales o en Estado de Alerta.
- Tratamientos con Ondas de choque.
- Eventos de Alta Complejidad, como ejemplo; accidente cerebro vasculares, enfermedades neurológicas, enfermedades llamadas cáncer, lesiones cerebrales que produzcan estado vegetativo, cirugías vasculares periféricas, etc.
- Cirugías traumatológicas no contempladas en el PBC.
- Traumatismos o politraumatismos y/o sus consecuencias causados por la práctica de deportes extremos
- Patologías o eventos preexistentes a la firma del presente contrato no contempladas en el presente PBC.
- Atención y tratamiento de eventos oncológicos.
- Secuelas de intervenciones quirúrgicas realizadas por profesionales no pertenecientes al plantel médico de la CONTRATADA.
- Materiales/insumos y/o medicamentos no considerados en la cobertura, tales como; isotopos radioactivos, clips, trocares, preparados nutrición enteral y/o parenteral, marcapasos, material de osteosíntesis, gafas, lentes intraoculares, biomateriales, sten, balón, prótesis de cualquier tipo, aparatos ortopédicos, lentes de contacto, cristales, lentes intraoculares, gastos de acompañantes en las internaciones.
- Quemaduras de segundo y tercer grado o cuando excedan el 50% de la superficie corporal
- Tratamiento de quimioterapia, radioterapia y sus complicaciones o secuelas.
- Trasplantes de órganos, implantes, explantes, injertos, plastias y prótesis.
- En los casos en que algún Beneficiario este internado y presente el diagnostico de coma con Glasgow 3/15, 4/15, 5/15 con o sin dependencia crónica de respirador, sumando a otros signos clínicos de muerte cerebral certificada por electroencefalograma sin actividad eléctrica, según criterio de la Organización Mundial de la Salud.
- Cirugías, histeroscopia diagnostica o terapéutica, hemorroides, fistulas y demás cirugías no contempladas en el pliego de bases y condiciones.
- Todo lo que no esté debidamente expresado en el Pliego de Bases y Condiciones y sus Adendas.
- Este Listado es limitado
Para las consultas e internaciones, el contratista deberá habilitar los centros asistenciales con las coberturas respectivas en los siguientes lugares:
Localidad |
Cantidad de Centros Asistenciales como mínimo |
ASUNCIÓN |
7 (SIETE) (3 con terapia para adultos y niños) como mínimo) |
SAN LORENZO |
2 (DOS) |
FERNANDO DE LA MORA |
1 (UNO) |
LUQUE |
2 (DOS) |
LIMPIO |
1 (UNO) |
MARIANO ROQUE ALONSO |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE CORDILLERA * Caacupé |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE PARAGUARI |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE CAAGUAZU
|
1 (UNO)
2 (DOS) |
DEPARTAMENTO DE GUAIRA * Villarrica |
2 (DOS) |
DEPARTAMENTO DE ITAPUA
|
2 (DOS)
1 (UNO)
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA * Ciudad del Este |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE CONCEPCION |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCU |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE MISIONES |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO
|
1 (UNO)
2 (DOS) |
DEPARTAMENTO DE AMAMBAY * Pedro Juan Caballero |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE CANINDEYU * Puente Kyjha |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE BOQUERON * Filadelfia |
1 (UNO) |
DEPARTAMENTO DE PRESIDENTE HAYES |
1 (UNO) |
Para la prestación de estudios de diagnósticos laboratoriales, la Prestadora de Servicios deberá garantizar los centros laboratoriales de los sanatorios ofertados y 3 (tres) centros laboratoriales tercerizados como mínimo, reconocidos por su solvencia y calidad técnica, para garantizar los requerimientos del presente PBC.
La Convocante a solicitud de sus funcionarios distribuidos en los diversos Centros de Investigación y Campos Experimentales, podrá solicitar a la Prestadora de Servicios Médicos, la inclusión de otros centros médicos asistenciales o laboratoriales, que puedan ofrecer sus servicios, esto en especial atención a la distribución geográfica de cada Centros de Investigación y Campos Experimentales que posee el IPTA, a fin de poder otorgar eficientemente en tiempo y forma en caso de que sean necesario el usufructo del servicio objeto del presente llamado.
La Proveedora del Servicio adjudicada, deberá presentar un listado con todos datos de los centros asistenciales propuestos, este listado deberá ser carácter de Declaración Jurada debidamente firmado por el/los representantes/s del oferente. Este documento formará parte integrante de la oferta. Además, deberá notificar a la Contratante, por escrito, de manera inmediata de cualquier cambio realizado en relación al mismo.
Calidad de Servicio:
Respecto a los Sanatorios y/o Centros Asistenciales para Asunción serán requeridos:
Con respecto a los Prestadores de Servicios fuera de Asunción y Gran Asunción deberán contar con la habilitación, otorgada por el Ministerio de Salud Púbica y Bienestar Social o en proceso de habilitación o renovación a la fecha de la apertura de ofertas de su certificado constatado con la presentación de la constancia en trámite.
ANEXO MEDICINA POR IMÁGENES
LISTADO DE ESTUDIOS:
Frecuencia: 30 posiciones por año por beneficiario, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
Para todos los estudios excedentes de los estudios detallados en este punto, se encuentran a cargo del asegurado.
Frecuencia: Indicada en cada estudio y coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
Servicio Cobertura
Ecografía Cromosómica 2 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Morfológica 2 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Obstétrica Pélvica 5 por embarazo (titular o cónyuge)
Ecografía Obstétrica Trasvaginal 5 por embarazo (titular o cónyuge)
Monitoreo Fetal 3 por embarazo (titular o cónyuge)
Perfil Biofísico 3 por embarazo (titular o cónyuge)
Para todos los estudios excedentes al asociado deberá abonar directamente al prestador.
Frecuencia: cinco por beneficiario, coherente al diagnóstico o diagnostico presuntivo.
Para todos los estudios excedentes de los estudios de resonancia se encuentran a cargo del asegurado.
ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES:
Frecuencia: Los estudios laboratoriales que se mencionan son ilimitados y de cobertura inmediata, conforme a la necesidad del beneficiario.
-A. Escherichia coli ki |
-Estriol libre |
-Liquido ascítico. Cultivo |
|
|||||||||||||||||
-A. Hemo-philus influenzae tipo b |
-Estrógenos totales |
-Liquido gástrico-duodenal. Parásitos |
|
|||||||||||||||||
-A. Legionella pneumofila |
-Estudio capilar. Investigación de hongos |
-Liquido peritoneal. Cultivo |
|
|||||||||||||||||
-A. Nesseria meningitidis grupo a |
-Exceso de base |
-Liquido pleural. Cultivo |
|
|||||||||||||||||
-A. Nesseria meningitidis grupo b |
-Factor reumatoideo |
-Listeria |
|
|||||||||||||||||
-A. Nesseria meningitidis grupo c |
-Ferritina |
-Litio |
|
|||||||||||||||||
-A. Stroptocicus grupo b |
-Fibrinogeno |
-Madurez fetal (fosfatydil glicerol) |
|
|||||||||||||||||
-A. Stroptococus beta hemolítico grupo a |
-Fibrinolisis |
-Magnesio |
|
|||||||||||||||||
-A. Stroptococus pheumoniae |
-Formula leucocucocitaria |
-Magnesio eritrocitario |
|
|||||||||||||||||
-A.f.p. |
-Fosfatasa acida prostática (pap) |
- Mastositos |
|
|||||||||||||||||
-A/g |
-Fosfatasa acida total y prostática |
-Metahemoglobina |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Anti microsomales |
-Fosfatasa alcalina |
-Metotrexate |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Anti mitocondriales |
-Fosfatidil-gilierol en liq. Aminiotico |
-Micoplasma hominis |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Anti musculo liso (asma) |
-Fosfolipidos |
-Micosis oportunistas |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Anti ndna |
-Fósforo |
-Micosis profundas |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Anti nucleares |
-Fragilidad osmótica de los hematíes |
-Micosis subcutáneas |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Anti tiroides |
-Frotis de sangre periférica |
-Micosis superficiales |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Anti tironglubinas - |
-Frotis y Cultivo de Secreción Vaginal |
-Micro albuminuria |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Anti toxoplasma igg |
-Fructosa |
-Mioglobina |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Anti tripanosoma igg |
-Fsh |
-Moco cervical |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Anti tripanosoma igm |
-Fta-abs-igg |
-Monotest - Monolabtest |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Antivirus sinciciall respiratorio (vsr) |
-Fta-abs-igm |
-Mucoproteínas |
|
|||||||||||||||||
-Ac. Heterofilos |
-Fti |
-Mycobacterium tuberculosis |
|
|||||||||||||||||
-Ácido cítrico |
-Gamma globulinas |
-N. 5 nucleotidasa |
|
|||||||||||||||||
-Ácido fenil pirúvico |
-Gamma gt |
-Neiseriae gonorrea |
|
|||||||||||||||||
-Ácido láctico |
-Ganadotrofina corionica cuantitativa (hcg) |
-Neiseriae meninigitidis.grupo a. Látex |
|
|||||||||||||||||
-Ácido úrico |
-Garganta. Cultivo |
-Neiseriae meninigitidis.grupo b. Látex |
|
|||||||||||||||||
-Ácido vanil mandélico (avn) |
-Gases arteriales |
-Neiseriae meninigitidis.grupo c. Látex |
|
|||||||||||||||||
-Acth |
-Gastrina |
-Ntx |
|
|||||||||||||||||
-Addis. Recuento de |
-Gc. Cultivo |
-Oído cultivo |
|
|||||||||||||||||
-Aglutinación de partículas de látex para: |
-Gh (hormona de crecimiento) |
-Opiáceos |
|
|||||||||||||||||
-Aglutinas anti a |
-Globulina |
-Orina cultivo |
|
|||||||||||||||||
-Aglutinas anti b |
-Glóbulos blancos |
-Orina, físico-químico y del sedimento |
|
|||||||||||||||||
-Aids-ac |
-Glóbulos rojos |
-Oxalato |
|
|||||||||||||||||
-Albúmina |
-Glucohemoglobina |
-Oxiurius |
|
|||||||||||||||||
-Aldolasa |
-Glucosa |
-Parásitos. Investigación e identificación |
|
|||||||||||||||||
-Aldosterona |
-Glucosa pre y pos prandial |
-Parathormona (pth) |
|
|||||||||||||||||
-Alfa 1 antitripsina |
-Glucosa. Curva de tolerancia |
-Pas (antígeno prostático específico) / Paslibre |
|
|||||||||||||||||
-Alfafetoproteina (apf) |
-Glucosuria |
-Paul-bunell (presuntivo) |
|
|||||||||||||||||
-Alpnhol |
-Got |
-Pcr ultrasensible -Pcr cuantitativa |
|
|||||||||||||||||
-Amilasa |
-Gota gruesa |
|
|
|||||||||||||||||
-Amonio |
-Gpt |
-Péptido c |
|
|||||||||||||||||
-Ana |
-Graham-test |
-Ph |
|
|||||||||||||||||
-Androstenediona |
-Gravindex |
-Phenistix |
|
|||||||||||||||||
-Antibiogramas para gérmenes aeróbicos |
-Grupo sanguíneo |
-Placentaria (hp) |
|
|||||||||||||||||
-Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos |
-Guayaco |
-Plaquetas |
|
|||||||||||||||||
-Antígeno carcinoembrionario(cea) |
-HGH |
-Plasma seminal |
|
|||||||||||||||||
-Antígeno prostático específico (pas) |
-Hamber |
Po2 |
|
|||||||||||||||||
-Antígenos febriles |
-Ham-test |
Poo2 |
|
|||||||||||||||||
-Apolipoproteina b |
-Haptoglobina |
-Porfobilinogeno |
|
|||||||||||||||||
-Aspegillus |
-Hav-ac |
-Potasio |
|
|||||||||||||||||
-Asto |
-Hav-ac-igm |
-Ppd |
|
|||||||||||||||||
-Autovacunas |
-Hba 1c |
-Preparación de células Le |
|
|||||||||||||||||
-Azucares reductores |
-Hbc-ac |
-Productos de degradación de la fibrina |
|
|||||||||||||||||
-Baar |
-Hbc-ac-igm |
-Progesterona |
|
|||||||||||||||||
-Barbitúricos |
-Hbdh |
-Prolactina |
|
|||||||||||||||||
-Bence-jones |
-Hbe-ac |
-Proteínas c reactiva |
|
|||||||||||||||||
-Benedict, reacción de |
-Hbe-ag |
-Proteínas de bence-jones |
|
|||||||||||||||||
-Bicarbonato |
-Hbs-ac |
-Proteínas electroforesis |
|
|||||||||||||||||
-Bilirrubina total, directa e indirecta |
-Hbs-ag |
-Proteínas totales |
|
|||||||||||||||||
-Bilis, cultivo |
-Hcg-sub-unidad beta |
-Protomorfinas |
|
|||||||||||||||||
-Bioperfil fisiológico |
-Hdelta |
-Protozoarios |
|
|||||||||||||||||
-Bioquímica de plasma seminal |
-Hdl-colesterol |
-Prueba de concentración |
|
|||||||||||||||||
-C 3 |
-Heces. Benedict |
-Prueba de dilución |
|
|||||||||||||||||
-C 4 |
-Heces. Examen parasitológico |
-Prueba de lazo |
|
|||||||||||||||||
-Calcio |
-Heces. Flora microbiana |
-Prueba de tolerancia a la lactosa |
|
|||||||||||||||||
-Calcitonina |
-Heces. Frotis |
-Prueba de tolerancia oral a la glucosa |
|
|||||||||||||||||
-Calculo urinario |
-Heces. Hongos |
-Prueba de tzanck |
|
|||||||||||||||||
-Campo oscuro |
-Heces. Microscopia funcional |
-Pth |
|
|||||||||||||||||
-Campylobacter |
-Helicobacter pylori |
-Punta de catéter cultivo |
|
|||||||||||||||||
-Cannabinoides |
-Hematocrito |
-Pus. Cultivo |
|
|||||||||||||||||
-Capacidad de fijación de hierro (tibc) |
-Hemocultivo en aerobiosis |
-Quimiotripsina |
|
|||||||||||||||||
-Cars |
-Hemocultivo en anaerobiosis |
-Quistes de protozoos |
|
|||||||||||||||||
-Cea |
Hemoglobina |
-Raspado de lengua. Cultivo para hongos |
|
|||||||||||||||||
-Células Le |
-Hemoglobina fetal |
-Reacción de huddleson |
|
|||||||||||||||||
-Cetoferoides 17 |
-Hemoglobina. Electroforesis |
-Reacción de widal |
|
|||||||||||||||||
-Cetonemia |
-Hemoglobina. Glucosilada (hb a 1c) |
-Recuento de addis |
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-Cetonuria |
-Hemograma |
-Relación a/b |
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-Ch 50 |
-Hemoparásitos |
-Relación calcio/creatinina |
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-Chagas (ac. Anti trypanosoma igg) |
-Hemophilus influenzae tipo B. látex |
-Reticulositos |
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-Chagas (ac. Anti trypanosoma igm) |
-Hepatitis (ac y ag) ver hav y hb |
-Retracción del coágulo |
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-Chlamydia |
-Herpes |
-Rh |
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-Citomegalovirus-ac-igg |
-Hidatidosis-ac |
-Rotavirus |
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-Citomegalovirus-ac-igm |
-Hidroxicorticosteroides 17 |
-Rubeola IgG |
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|||||||||||||||||
-Ck total |
-Hidroxi-indol-acetico 5 (5hiaa) |
-Rubeola IgM |
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-Clearance de creatinina |
-Hierro - % de saturación |
-Sangre oculta |
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-Cloruros |
-Hierro sérico |
-Saturación de oxígeno |
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-Cmv-ac-igg |
-Hisopado faríngeo |
-Secreción bulbar. Cultivo |
|
|||||||||||||||||
-C-mv-ac-igm |
-Histoplamina |
-Secreción conjuntival. Cultivo |
|
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-Coagulograma |
-HIV-ac |
-Secreción endocervical. Cultivo |
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-Coccidioidina |
-Hmburger-test |
-Secreción faríngea. Cultivo |
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-Colesterol esterificado |
-Hongos. Cultivo e identificación |
-Secreción genital. Cultivo |
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-Colesterol hdl |
-Hongos. Examen en fresco |
-Secreción nasal. Cultivo |
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-Colesterol total |
-Hormona de crecimiento (hgh) |
-Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos |
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-Colesterol vldl |
-Hormona folículo estimulante (fsh) |
-Secreción prostática. Cultivo |
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-Colesterol-ldl |
-Hormona lactogeno |
-Secreción purulenta. Cultivo |
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-Colinesterasa |
-Hormona luteinizante (lh) |
-Secreción traqueal. Cultivo |
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-Coloración de giemsa |
- IGA |
-Secreción uretral. Cultivo |
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-Coloración de gram |
- IGD |
-Shigella. Cultivo |
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-Coloración de ziehl |
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-Sida-ac- |
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-Complemento hemolítico (ch 50) |
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-Sífilis |
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-Coombs directo |
-IGM B -IGM A |
-Simis-hunner - test |
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-Coombs indirecto |
-Inclusiones citomegalicas |
So2 |
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-Coprocultivo |
-Índice de tiroxina libre |
-Sodio |
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-Coprología funcional |
-Índices hematimetricos |
-Somatomedina - c |
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-Coproporfirinas |
-Inmunoelectroforesis |
-Staphylpnccus aureus |
|
|||||||||||||||||
-Cortisol |
-Inmunoglobinas |
-Streptococcus. Beta hemolítica gr. A. Látex |
|
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-Creatinina |
-Insulina |
-Streptococcus. Beta hemolítica gr. A. Látex |
|
|||||||||||||||||
-Crioglobulinas |
-Klesbsiella pneumoniae |
-Streptococcus. Cultivo |
|
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-Crioglutininas |
-L. Haemophilus influenzae tipo b |
-Streptococcus. Grupo b.latex |
|
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-Criptococus |
-L. Neisseriameningitidis grupo b |
-Streptococcus. Pneumoniae |
|
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-Cristales-identificación |
-L. Neisseriameningitidis grupo c |
-Streptonasa b |
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-Cuerpos cetonicos |
-L. Neusseria meningitidis grupo a |
-Streptozima |
|
|||||||||||||||||
-Cultivo en aerobiosis |
-L. Streptococcus beta hemolíticos grupo |
-Swin - up |
|
|||||||||||||||||
-Cultivo en anaerobiosis |
-L. Streptococcus grupo b |
-T3 libre |
|
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-Cultivo en thayer-martin |
-L.Strptococcus pneumonias |
-T3 total |
|
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-Cultivo para baar |
-Lactosa |
-T3 uptake |
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|||||||||||||||||
-Cultivo para gc |
-Lap |
-T4 libre |
|
|||||||||||||||||
-Cultivo para hongos |
-Larvas de vermes |
-T4 total |
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-Cultivo para listeria |
-Látex para |
-Test de absorción a la xilosa |
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-Cultivo para mycoplasma |
-Lavado gástrico |
-Test de coombs directo |
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-Curva de tolerancia oral a la glucosa |
-Lcr. Citoquímico |
-Test de coombs indirecto |
|
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-Dehidroepitandrostenediona (dhea- s04) |
-Lcr. Cultivo |
-Test de coombs indirecto |
|
|||||||||||||||||
-Dehidrostestosterona |
-Ldh |
-Testosterona libre |
|
|||||||||||||||||
-Densidad |
-Ldl-colesterol |
-Tibc (capacidad de fijación del hierro) |
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-Difteria, cultivo |
-Le |
-Tiempo de coagulación sangría |
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-Digoxina |
-Lecitina en líquido amniótico |
-Tiempo de protrombina y coagulación |
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|||||||||||||||||
-Dióxido de carbono (co2) |
-Legionella pheumiphila.latex |
-Tiempo de tromboplastina parcial activada |
|
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-Dna-ac |
-Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
-Timol |
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-D-xilosa |
-Lesión de uñas. Cultivo para hongos |
-Tine test |
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-Ebv-ea-ac |
-Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
-Tipificación |
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-Ebv-vca-ac |
-Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
-Tiroglubina |
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-Electroforesis de hemoglobina |
-Lesión en la piel. Cultivo para hongos |
-Toxoplasmosis- ac IgG |
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-Electroforesis de lipoproteínas |
-Lesión genital. Coloración de fontana |
-Toxoplasmosis- ac IgM |
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-Electroforesis de proteínas |
-Lesión genital. Coloración de fontana |
-Transferrina |
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-Electrólitos |
-Lesión genital. Coloración de gram |
-Transglutaminasa IgA |
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-Eosinófilos |
-Lesión genital. Coloración de gram |
-Transglutaminasa IgG |
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-Epstein-barr virus-ac |
-Lesión genital. Estudio |
-Trichomonas vaginalis |
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microbiológico |
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-Eritrosedimentación |
-Lesión genital. Estudio microbiológico |
-Triglicéridos |
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-Escherichia coli enteropatogeno |
-LH |
-Troponina i |
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-Escherichia coli k 1 |
-Linfa cutánea. Coloración de ziehl |
-Trypanosoma cruzi-ac |
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-Escherichia coli ki. Látex |
-Lipasa |
-Tsh |
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-Esperma, cultivo |
-Lípidos totales |
-Ttpa |
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-Espermograma |
-Líquido amniótico. Cultivo |
-Tzanck - prueba de |
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-Esputo. Coloración para baar |
-Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol |
-Ulcera genital. Cultivo |
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-Esputo. Cultivo para gérmenes comunes |
-Liquido articular. Cito químico |
-Urea - Examen Toxicológico |
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-Esputo. Eosinofilos y mastocitos |
-Liquido articular. Cristales |
- Dímero D |
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-Estradiol |
-Liquido articular. Cultivo - Dosajes de factores de coagulación incluida von wilebran - Endomisio anticuerpos IgA - DGP anticuerpos IgA - SHBG - Colangioresonancia - Acido valproico |
Vitamina D
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El listado es limitativo
Los costos de las determinaciones que no estén incluidas en el listado o los excedentes de las mismas serán a cargo del asegurado.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Monto Minimo |
Monto Maximo |
1 |
SERVICIOS DE SEGURO MEDICO SANATORIAL |
Unidad |
5.703.500.000 |
11.407.000.000 |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Í
Ítem |
Descripción del servicio |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Seguro Médico Sanatorial |
unidad |
En los Centros Asistenciales Ofertados |
a partir del 8/03/2025 Cobertura Inmediata en todos los servicios |
|
|
|
|
|
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
MARZO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción | Nota de Remisión / Acta de recepción | ABRIL 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción | Nota de Remisión / Acta de recepción | MAYO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción | Nota de Remisión / Acta de recepción | JUNIO 2025 |
Nota de Remisión / Acta de recepción | Nota de Remisión / Acta de recepción | HASTA DICIEMBREDE 2027, la validez de la contratación quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.