Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 1 PBC VERSIÓN 2
La Unidad Operativa de Contrataciones, amparada en lo que dispone el artículo 48º de la Ley Nº 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas y el artículo 65 del Decreto N° 2264/24 por el cual se reglamenta la Ley Nº 7021/22, en el marco de la Licitación de Menor Cuantía Nacional (MCN) Nº 06/2025 para ¨SEGURO CONTRA TODO RIESGO PARA VEHÍCULOS INSTITUCIONALES Y DE USO PROVISIONAL POR LA HONORABLE CÁMARA DE SENADORES¨ con ID Nº 459893, procede a introducir las siguientes modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones;
- En la Sección Suministros requeridos - especificaciones técnicas se modifica Resumen de los requisitos - Coberturas Adicionales.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Resumen de los requisitos
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459893-seguro-todo-riesgo-vehiculos-institucionales-uso-provisional-honorable-camara-senado/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 2 PBC VERSIÓN 3
La Unidad Operativa de Contrataciones, amparada en lo que dispone el Artículo 48° de la Ley 7021/22 y el Artículo 46 del Decreto N° 9823/23 que reglamenta la Ley 7021/22, en el marco de la Licitación de Menor Cuantía Nacional Nº 06/2025 para el Seguro contra todo riesgo para vehículos institucionales y de uso provisional por la Honorable Cámara de Senadores con ID N° 459893, procede a introducir las siguientes modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones;
- En la sección Suministros requeridos especificaciones técnicas, se modifica Resumen de los requisitos.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Resumen de los requisitos
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459893-seguro-todo-riesgo-vehiculos-institucionales-uso-provisional-honorable-camara-senado/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 12 PBC VERSIÓN 23
La Unidad Operativa de Contrataciones, amparada en lo que dispone el artículo 48ºArtículo 48° de la Ley Nº 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas y el artículo 65Artículo 46 del Decreto N° 22649823/24 por el cual se23 que reglamenta la Ley Nº 7021/22, en el marco de la Licitación deLicitación de Menor Cuantía Nacional (MCN) Nº 06/2025 para ¨06/2025 para elSEGURO CONTRA TODO RIESGO PARA VEHÍCULOS INSTITUCIONALES Y DE USO PROVISIONAL Seguro contra todo riesgo para vehículos institucionales y de uso provisional por la Honorable Cámara de Senadores POR LA HONORABLE CÁMARA DE SENADORES¨ con ID NºN° 459893, procede a introducir las siguientes modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones;
- En la
Secciónsección Suministros requeridos especificaciones técnicas,Suministros requeridos - especificaciones técnicasResumen de los requisitos-Coberturas AdicionalesResumen de los requisitos.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Resumen de los requisitos
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459893-seguro-todo-riesgo-vehiculos-institucionales-uso-provisional-honorable-camara-senado/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adendahttps://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/459893-seguro-todo-riesgo-vehiculos-institucionales-uso-provisional-honorable-camara-senado/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.