Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
UNIDAD SOLICITANTE: Dirección de Gestión de la Dirección General de Administración y Finanzas, Sr. Carlos Brizuela, Director.
JUSTIFICACIONES: Es necesario la realización de un nuevo procedimiento de contratación para la Adquisición de pasajes aéreos y servicios conexos para el Congreso Nacional, teniendo en cuenta las necesidades de la Institución y el vencimiento próximo del contrato actual, corresponde a un llamado periódico, las Especificaciones Técnicas fueron establecidas conforme a lo establecido en el Ley 7021 de Contrataciones Públicas y sus reglamentaciones, con el objetivo de proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem
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Código de Catálogo |
Descripción Cobertura Requerida |
1 |
78111502-001 |
Pasajes aéreos con itinerario solicitado por el Administrador del Contrato, según necesidad de la Institución, con cobertura a ciudades de Paraguay. |
2 |
78111502-002 |
Pasajes aéreos con itinerario solicitado por el Administrador del Contrato, según necesidad de la Institución, con cobertura a cualquier parte del mundo. |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
A. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS:
La agencia de viajes deberá indicar el cumplimiento, a través del Formulario CONDICIÓN DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Sección Formularios, en cuanto a su capacidad en la provisión de pasajes aéreos; el oferente deberá cumplir y manifestarse expresamente sobre los siguientes requerimientos mínimos:
1) Horas de Operación: Se debe garantizar un servicio las 24 horas del día, todos los días del año. Se deberá asignar un ejecutivo de cuentas titular y un suplente, cada uno con experiencia mínima de 2 años, a fin de que atienda las necesidades de la Convocante.
2) Servicio de emergencia 24/7 para el viajero: Se debe garantizar un servicio de emergencia 24/7 en horas fuera de la oficina para poder contactar al ejecutivo de cuenta, el cual deberá contar en su domicilio con el sistema de reservaciones para que puedan cubrir y ayudar ante eventuales emergencias que la Convocante solicite.
3) Rango de acción: se deberá operar con todas y cada una de las líneas aéreas que prestan servicios aéreos. Este punto deberá ser claramente indicado en la oferta.
4) Capacidad tecnológica: se deberá operar con al menos un sistema automatizado de reservas (GDS), incluyendo pero sin limitarse a Sabre, Amadeus, Travel Port con Galileo.
5) Tiempo de turno: Se deberá disponer de un servicio de turno las 24 horas, posibilitando la efectiva solución para eventuales situaciones que sucedan previas a la prestación del servicio, por ejemplo emisión de pasajes aéreos en forma urgente.
6) Servicios varios: deberá asistir, sin costo alguno a la Convocante en materias relacionadas con requisitos migratorios de los diferentes países y requisitos para la obtención de vacunación de acuerdo con cada país.
7) Declaración sobre tarifas: en ningún momento se ofrecerá a la Convocante una tarifa por un pasaje aéreo cuyo monto sea superior al precio de la tarifa facturada por la línea aérea al oferente. La contratante u otros organismos gubernamentales o municipales, según corresponda se reservan el derecho a realizar auditorías periódicas; en caso de que los mismos detecten variaciones injustificadas sobre lo facturado por la línea aérea, será causal de rescisión unilateral del contrato por causa imputable al proveedor.
B) PROGRAMA DE OPERACIÓN DEL SERVICIO SOLICITUD DE PASAJES
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La Contratante se comunicará con el proveedor por los medios o mecanismos indicados, remitiendo su solicitud de pasaje de acuerdo a la proforma indicada en el formulario SOLICITUD DE PASAJE de la Sección Formularios. |
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Una vez recibida la solicitud de cotización del pasaje, y en el plazo máximo de 24 horas, en caso de emergencias el plazo máximo será de tres horas después de recibida la solicitud, el ejecutivo designado enviará la oferta de al menos 3 opciones de viajes (alternativas con distintas conexiones, horarios o aerolíneas), según lo remitido en la solicitud y de acuerdo a la proforma establecida en el formulario OFERTA DE PASAJE de la Sección Formularios, salvo que no se den las condiciones para poder presentar estas opciones. Estas opciones deberán ser las más económicas que el proveedor encuentre disponible en esa fecha. Se deberá además indicar las condiciones a tomar como requisitos migratorios del proceso requeridos tales como visas, siempre y cuando la Administración presente la información completa. |
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La Contratante podrá, sin costo alguno, solicitar el cambio de itinerarios conforme a necesidades institucionales, las veces que sea necesario y antes de la reserva en firme. |
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La Contratante, procederá a confirmar el pedido, remitiendo la opción que más le favorezca, dentro del plazo establecido por la aerolínea para la vigencia de la reserva existente. Pasado este plazo, la agencia deberá re-cotizar el itinerario en las mismas condiciones establecidas en los puntos 1 y 2. La contratante designará el departamento asignado para emitir las solicitudes de pasajes. Las compras de pasajes serán efectivas por medio de la orden de compra o servicios correspondiente, una vez notificada la empresa contratada, deberá emitir el pasaje en el plazo indicado en la orden de compra o servicio. Si la convocante o el Estado cuenta con un convenio con aerolíneas comerciales que operan en el país, la agencia deberá emitir los pasajes con el código proporcionado en el marco del convenio, a los efectos de la aplicación del beneficio otorgado por la o las aerolíneas. |
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Los pedidos de cancelación de los pasajes aéreos no utilizados o de utilización parcial se realizarán según las reglas establecidas por las compañías aéreas. El adjudicatario deberá enviar a la contratante, el documento actualizado de la compañía aérea donde se establecen las reglas de la cancelación de pasajes aéreos según tipo de boleto (nivel de restricción).
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Los ejecutivos asignados por el proveedor responderán cualquier comunicación recibida a través de los correos electrónicos individualizados en el contrato, en un plazo de 1 hora, después de recibido. |
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El proveedor enviará, vía correo electrónico, la información del viaje al pasajero, de modo a que pueda accederla de una manera gráfica y sencilla, los itinerarios pueden ser verificados tanto por los encargados del trámite, como por los mismos pasajeros dependiendo de la política que establezca la Administración. Se emitirán boletos electrónicos siempre y cuando sean aprobadas por la (s) línea (s) aérea (s) y la entidad requirente del servicio. |
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Los boletos se emitirán de forma electrónica, siempre que las reglas de la aerolínea así lo permitan. Los boletos emitidos, deberán ser entregados a la contratante, electrónicamente si fueron emitidos por esta vía o en el lugar que lo indique la contratante si la emisión fuere física. |
C) SERVICIOS INCLUIDOS POR LAS AGENCIAS DE VIAJES (Sin costo para las convocantes)
D) El precio que la CONTRATANTE pagará a la adjudicada, corresponderá a la tarifa en dólares establecida y aplicada por compañía aérea elegida para el viaje, la que deberá hallarse impresa en el boleto. El cambio a la moneda local se hará con la cotización en guaraníes usando la relación dólar guaraní establecida por el sistema de reservas según la fecha de emisión del boleto aéreo más los impuestos, tasas, y recargos que correspondan a dicho viaje.
Para el efecto, la solicitud de pago del proveedor deberá ir acompañada, además de la factura, de la copia del recibo del pasaje electrónico generado a través del sistema de emisión de las agencias de viajes, el ticket auditor, y los demás documentos establecidos en la sección "Formas y condiciones de pago" de la sección "Condiciones contractuales" del Pliego de Bases y Condiciones.
E) Moneda de pago: en guaraníes usando la relación dólar guaraní establecida por los sistemas de reserva, según la fecha de emisión del boleto. Una vez emitido el boleto, la Agencia de Viajes lo entregará a la CONTRATANTE acompañado de la factura a crédito correspondiente.
F) Los medios establecidos para la solicitud de pasajes serán a través de :correo institucional/fax u otro mecanismo de comunicación.
G) El adjudicado que acumulare tres quejas formuladas debidamente acreditadas y justificadas por parte de los usuarios o ejecutantes del presente contrato, tales como, el no cumplimiento con los pedidos de reservas y envíos de pasajes, no acceso a informaciones inmediatas solicitadas, maltrato de parte de funcionarios de la agencia al funcionario encargado de la gestión de pasajes, emisión de billetes que no condicen con las reservas realizadas, la no aceptación del reembolso de un pasaje emitido y anulado, el no envío de los tickets auditores de cada pasaje, adulteración de documentos respaldatorios a la emisión de pasaje, etc., corresponderá a un primer incumplimiento y será pasible de un apercibimiento por escrito, y en caso de que vuelva a incurrir a una segunda, de la misma manera, será apercibido y se aplicara la multa del 0,5 % (cero coma cinco por ciento) del monto máximo del contrato y así sucesivamente, hasta 5 (cinco) apercibimiento y multas, que luego facultara a la Convocante sin más trámites, al inicio del proceso de rescisión de contrato con las debidas sanciones que ello implique.
H) El contrato entre la convocante y el/los adjudicado/s incluirá la siguiente cláusula:
"AUTORIZACIÓN PARA REQUERIR INFORMES A LAS AEROLÍNEAS"
"Por el presente instrumento autorizo suficientemente a la CONTRATANTE y a la DNCP, a recabar de las compañías aéreas información referente al valor de los boletos emitidos por nuestra agencia en el marco de la ejecución del presente contrato, utilizando para ello la información por nosotros remitida con la solicitud de pago, cuando las mismas consideren pertinentes".
OBS: Los Servicios Conexos sin costo solicitados por la convocante son aquellos que la entidad requiere y que no podrán ser modificados u omitidos por el oferente en la presentación de su oferta.
En la planilla de precios del SICP; en la columna de Precio Unitario de cada ítem, se deberá ingresar el porcentaje ofertado y la columna de montos mínimos y máximos deberá permanecer sin modificaciones, es decir en ceros.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Ítem
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Código de Catálogo |
Descripción Cobertura Requerida |
1 |
78111502-001 |
Pasajes aéreos con itinerario solicitado por el Administrador del Contrato, según necesidad de la Institución, con cobertura a ciudades de Paraguay. |
2 |
78111502-002 |
Pasajes aéreos con itinerario solicitado por el Administrador del Contrato, según necesidad de la Institución, con cobertura a cualquier parte del mundo. |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
A. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS:
La agencia de viajes deberá indicar el cumplimiento, a través del Formulario CONDICIÓN DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Sección Formularios, en cuanto a su capacidad en la provisión de pasajes aéreos; el oferente deberá cumplir y manifestarse expresamente sobre los siguientes requerimientos mínimos:
1) Horas de Operación: Se debe garantizar un servicio las 24 horas del día, todos los días del año. Se deberá asignar un ejecutivo de cuentas titular y un suplente, cada uno con experiencia mínima de 2 años, a fin de que atienda las necesidades de la Convocante.
2) Servicio de emergencia 24/7 para el viajero: Se debe garantizar un servicio de emergencia 24/7 en horas fuera de la oficina para poder contactar al ejecutivo de cuenta, el cual deberá contar en su domicilio con el sistema de reservaciones para que puedan cubrir y ayudar ante eventuales emergencias que la Convocante solicite.
3) Rango de acción: se deberá operar con todas y cada una de las líneas aéreas que prestan servicios aéreos. Este punto deberá ser claramente indicado en la oferta.
4) Capacidad tecnológica: se deberá operar con al menos un sistema automatizado de reservas (GDS), incluyendo pero sin limitarse a Sabre, Amadeus, Travel Port con Galileo.
5) Tiempo de turno: Se deberá disponer de un servicio de turno las 24 horas, posibilitando la efectiva solución para eventuales situaciones que sucedan previas a la prestación del servicio, por ejemplo emisión de pasajes aéreos en forma urgente.
6) Servicios varios: deberá asistir, sin costo alguno a la Convocante en materias relacionadas con requisitos migratorios de los diferentes países y requisitos para la obtención de vacunación de acuerdo con cada país.
7) Declaración sobre tarifas: en ningún momento se ofrecerá a la Convocante una tarifa por un pasaje aéreo cuyo monto sea superior al precio de la tarifa facturada por la línea aérea al oferente. La contratante u otros organismos gubernamentales o municipales, según corresponda se reservan el derecho a realizar auditorías periódicas; en caso de que los mismos detecten variaciones injustificadas sobre lo facturado por la línea aérea, será causal de rescisión unilateral del contrato por causa imputable al proveedor.
B) PROGRAMA DE OPERACIÓN DEL SERVICIO SOLICITUD DE PASAJES
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La Contratante se comunicará con el proveedor por los medios o mecanismos indicados, remitiendo su solicitud de pasaje de acuerdo a la proforma indicada en el formulario SOLICITUD DE PASAJE de la Sección Formularios. |
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Una vez recibida la solicitud de cotización del pasaje, y en el plazo máximo de 24 horas, en caso de emergencias el plazo máximo será de tres horas después de recibida la solicitud, el ejecutivo designado enviará la oferta de al menos 3 opciones de viajes (alternativas con distintas conexiones, horarios o aerolíneas), según lo remitido en la solicitud y de acuerdo a la proforma establecida en el formulario OFERTA DE PASAJE de la Sección Formularios, salvo que no se den las condiciones para poder presentar estas opciones. Estas opciones deberán ser las más económicas que el proveedor encuentre disponible en esa fecha. Se deberá además indicar las condiciones a tomar como requisitos migratorios del proceso requeridos tales como visas, siempre y cuando la Administración presente la información completa. |
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La Contratante podrá, sin costo alguno, solicitar el cambio de itinerarios conforme a necesidades institucionales, las veces que sea necesario y antes de la reserva en firme. |
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La Contratante, procederá a confirmar el pedido, remitiendo la opción que más le favorezca, dentro del plazo establecido por la aerolínea para la vigencia de la reserva existente. Pasado este plazo, la agencia deberá re-cotizar el itinerario en las mismas condiciones establecidas en los puntos 1 y 2. La contratante designará el departamento asignado para emitir las solicitudes de pasajes. Las compras de pasajes serán efectivas por medio de la orden de compra o servicios correspondiente, una vez notificada la empresa contratada, deberá emitir el pasaje en el plazo indicado en la orden de compra o servicio. Si la convocante o el Estado cuenta con un convenio con aerolíneas comerciales que operan en el país, la agencia deberá emitir los pasajes con el código proporcionado en el marco del convenio, a los efectos de la aplicación del beneficio otorgado por la o las aerolíneas. |
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Los pedidos de cancelación de los pasajes aéreos no utilizados o de utilización parcial se realizarán según las reglas establecidas por las compañías aéreas. El adjudicatario deberá enviar a la contratante, el documento actualizado de la compañía aérea donde se establecen las reglas de la cancelación de pasajes aéreos según tipo de boleto (nivel de restricción).
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Los ejecutivos asignados por el proveedor responderán cualquier comunicación recibida a través de los correos electrónicos individualizados en el contrato, en un plazo de 1 hora, después de recibido. |
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El proveedor enviará, vía correo electrónico, la información del viaje al pasajero, de modo a que pueda accederla de una manera gráfica y sencilla, los itinerarios pueden ser verificados tanto por los encargados del trámite, como por los mismos pasajeros dependiendo de la política que establezca la Administración. Se emitirán boletos electrónicos siempre y cuando sean aprobadas por la (s) línea (s) aérea (s) y la entidad requirente del servicio. |
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Los boletos se emitirán de forma electrónica, siempre que las reglas de la aerolínea así lo permitan. Los boletos emitidos, deberán ser entregados a la contratante, electrónicamente si fueron emitidos por esta vía o en el lugar que lo indique la contratante si la emisión fuere física. |
C) SERVICIOS INCLUIDOS POR LAS AGENCIAS DE VIAJES (Sin costo para las convocantes)
D) El precio que la CONTRATANTE pagará a la adjudicada, corresponderá a la tarifa en dólares establecida y aplicada por compañía aérea elegida para el viaje, la que deberá hallarse impresa en el boleto. El cambio a la moneda local se hará con la cotización en guaraníes usando la relación dólar guaraní establecida por el sistema de reservas según la fecha de emisión del boleto aéreo más los impuestos, tasas, y recargos que correspondan a dicho viaje.
Para el efecto, la solicitud de pago del proveedor deberá ir acompañada, además de la factura, de la copia del recibo del pasaje electrónico generado a través del sistema de emisión de las agencias de viajes, el ticket auditor, y los demás documentos establecidos en la sección "Formas y condiciones de pago" de la sección "Condiciones contractuales" del Pliego de Bases y Condiciones.
E) Moneda de pago: en guaraníes usando la relación dólar guaraní establecida por los sistemas de reserva, según la fecha de emisión del boleto. Una vez emitido el boleto, la Agencia de Viajes lo entregará a la CONTRATANTE acompañado de la factura a crédito correspondiente.
F) Los medios establecidos para la solicitud de pasajes serán a través de :correo institucional/fax u otro mecanismo de comunicación.
G) El adjudicado que acumulare tres quejas formuladas debidamente acreditadas y justificadas por parte de los usuarios o ejecutantes del presente contrato, tales como, el no cumplimiento con los pedidos de reservas y envíos de pasajes, no acceso a informaciones inmediatas solicitadas, maltrato de parte de funcionarios de la agencia al funcionario encargado de la gestión de pasajes, emisión de billetes que no condicen con las reservas realizadas, la no aceptación del reembolso de un pasaje emitido y anulado, el no envío de los tickets auditores de cada pasaje, adulteración de documentos respaldatorios a la emisión de pasaje, etc., corresponderá a un primer incumplimiento y será pasible de un apercibimiento por escrito, y en caso de que vuelva a incurrir a una segunda, de la misma manera, será apercibido y se aplicara la multa del 0,5 % (cero coma cinco por ciento) del monto máximo del contrato y así sucesivamente, hasta 5 (cinco) apercibimiento y multas, que luego facultara a la Convocante sin más trámites, al inicio del proceso de rescisión de contrato con las debidas sanciones que ello implique.
H) El contrato entre la convocante y el/los adjudicado/s incluirá la siguiente cláusula:
"AUTORIZACIÓN PARA REQUERIR INFORMES A LAS AEROLÍNEAS"
"Por el presente instrumento autorizo suficientemente a la CONTRATANTE y a la DNCP, a recabar de las compañías aéreas información referente al valor de los boletos emitidos por nuestra agencia en el marco de la ejecución del presente contrato, utilizando para ello la información por nosotros remitida con la solicitud de pago, cuando las mismas consideren pertinentes".
OBS: Los Servicios Conexos sin costo solicitados por la convocante son aquellos que la entidad requiere y que no podrán ser modificados u omitidos por el oferente en la presentación de su oferta.
En la planilla de precios del SICP; en la columna de Precio Unitario de cada ítem, se deberá ingresar el porcentaje ofertado y la columna de montos mínimos y máximos deberá permanecer sin modificaciones, es decir en ceros.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Los pasajes aéreos serán entregados conforme a lo establecido en el PROGRAMA DE OPERACIÓN DEL SERVICIO SOLICITUD DE PASAJES de las Especificaciones Técnicas.
Los pasajes deberán estar acompañados de toda información necesaria para los pasajeros.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será: Documento de Recepción.
Frecuencia: por cada pasaje emitido.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Documento de Recepción |
Documento de Recepción |
Por cada pasaje emitido |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.