Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
Se deben establecer los criterios de evaluación que serán aplicados al principio de valor por dinero, indicando por cada criterio la siguiente información:
Criterio | Parametros De Evaluacion | Requisitos De Acreditacion | Valor Por Atributo | Tipo De Valor |
---|---|---|---|---|
Calidad. | El oferente debe contar con un Sistema de Gestión de Calidad que le permita garantizar los procesos relacionados a la recepción, almacenamiento, y distribución de alimentos para personas consistentes en insumos, materias, primas o productos terminados. | Presentar una certificación de Calidad de distribución de alimentos a entidades e instituciones en general bajo los parámetros de normas como ISO 9001, HACCP, BRC, TUV o similares con la debida acreditación nacional otorgada por el Conacyt/ONA. | 20 | porcentaje |
Precio | El oferente que presente la mejor propuesta económica que se adecue al presupuesto institucional. | Oferta Económica (planilla de precios) | 10 | porcentaje |
Condiciones técnicas. | Contar con mímimo dos depósitos propio o alquilado con una superficie minima e 800 m2 para la gestión de los alimentos (materias primas, insumos y productos terminados) cuenta con su centro de operaciones de manera a lograr una ejecución en tiempo y forma en todas las instituciones beneficiadas. | 1) Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente, rubro Alimentos, 2) y Registro de Establecimiento (RE) Cat. 17 vigente, expedidos por el INAN (Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición) dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para los productos que lo requieran para su comercialización. No se aceptarán documentos en trámite, 3) Certificado Buenas Prácticas de Almacenamiento (BPA) expedidos por el INAN (Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición) dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. | 20 | porcentaje |
Experiencia específica del oferente o de su equipo de trabajo | Demostrar la experiencia en provisión de kits de alimentos para personas con contratos acompañados de sus correspondientes facturaciones. Demostrar experiencia mínima de cuatro años con un volumen anual mínimo de tres mil kits durante los año (2021; 2022, 2023 y 2024). | Copias de contratos ejecutados, facturación o recepciones finales cuyos montos hayan sido declarados ante el fisco. No serán válidas como experiencia las subcontrataciones. | 15 | porcentaje |
Condiciones de entrega del bien, servicio u obra publica | Contar con suficiente cantidad de móviles propios y/o alquilados para reparto. 3 (tres) móviles con habilitación de Senave y 7 (siete) moviles con habilitación de Senacsa para garantizar el oportuno abastecimiento en tiempo y forma. | 1) Habilitación Municipal, 2) Habilitación de la Dinatran, 3) Habilitación de la Senave y/o 4) Habilitación de la Senacsa 5)Rastreo satelital | 10 | porcentaje |
Aspectos de sostenibilidad ambiental, económico y social | Cumplir con las normativas vigentes en materia ambiental de manera a contribuir con estos aspectos durante el desarrollo del proyecto para el deposito de operaciones en el departamento de la Convocante. | Licencia o Habilitación Ambiental vigente otorgada por el MADES del depósito de gestión de distribución | 5 | porcentaje |
Innovación | El oferente debe contar con un Sistema de gestión de Calidad Ambiental que le permita garantizar los procesos relacionados a la disposición de residuos generados por su actividad. | Presentar una certificación de Calidad de distribución de alimentos perecederos, no perecederos, y otros productos a instituciones educativas y otras entidades e instituciones en general bajo los parámetros de nomas como ISO 14001, BRC, TUV o similares con la debida acreditación nacional otorgada por el Conacyt/ONA. | 20 | porcentaje |
La ponderación de cada criterio de evaluación especificado en la cláusula anterior será el siguiente:
Criterio | Porcentaje De Ponderacion |
---|---|
Calidad. | 20 |
Precio. | 10 |
Condiciones técnicas. | 20 |
Experiencia del oferente o de su equipo de trabajo. | 15 |
Condiciones de entrega del bien, servicio u obra publica. | 10 |
Aspectos de sostenibilidad ambiental, economico y social. | 5 |
Innovación. | 20 |
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
Elementos que determinan el precio del bien ofertado |
Costo expresado en Gs. |
Elementos de Valor Fijo |
|
Mano de Obra |
|
Elementos de valor variable |
|
Insumos |
|
Gastos Administrativos |
|
Gastos de Venta |
|
Total de costos |
|
Utilidad esperada |
|
Precio del bien antes de impuesto |
|
Impuesto |
|
Precio final del bien impuestos incluidos |
|
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio de los Años 2021, 2022 y 2023.
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total No deberá ser mayor a 0,80 en promedio de los Años 2021, 2022 y 2023.
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital, del promedio de los últimos años declarados Año 2021,2022 y 2023, no deberá ser negativo.
Ejemplo para contribuyente de IRACIS. Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio de los años 2021, 2022 y 2023.
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años 2021, 2022 y 2023
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital. El promedio en los años 2021, 2022 y 2023, no deberá ser negativo.
Ejemplo para contribuyentes de IRPC
Deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (Año 2021, 2022 y 2023).
Ejemplo para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (Año 2021, 2022 y 2023).
Ejemplo de contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos (Año 2021, 2022 y 2023).
a. Capital Integrado que cubra al menos el 50 % de su oferta, que demuestren la solvencia para ejecutar el presente contrato, según el último balance cerrado y presentado ante la SET correspondiente al
periodo fiscal 2023.
En caso de oferentes en Consorcios: En caso de oferentes en Consorcios: El socio líder deberá cumplir con el 60% de los requisitos, y el 40% restantes los demás socios
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a Balances de los años 2021, 2022 y 2023 firmados por el/los Propietario/os de la firma y un Profesional Contador para contribuyentes de IRACIS.
b IVA General de los últimos tres [3] ejercicios fiscales requeridos (Año 2021, 2022 y 2023), para contribuyentes sólo del IVA General.
c Formulario 106 de los últimos tres [3] años (2021, 2022 y 2023) para contribuyentes del IRPC.
d Formulario 104 de los últimos tres [3] años (2021, 2022 y 2023) para contribuyentes de Renta Personal.
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en provisión de kits de alimentos para personas con contratos acompañados de sus correspondientes facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% en sumatoria como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los 4 últimos años (2021; 2022; 2023 y 2024).
El oferente deberá presentar las facturaciones correspondientes que sean necesarias para cumplir con el porcentaje establecido, no obstante, los contratos deberán venir acompañados de sus facturaciones como así también indefectiblemente con la correspondiente constancia de buen cumplimiento contractual, caso contrario los contratos o facturas no serán considerados.
En caso de que el oferente haya ejecutado o se encuentre ejecutando con la Convocante contratos similares, deberá indefectiblemente presentar todas las Constancias de Buen Cumplimiento de las obligaciones contractuales. La no presentación de dicha constancia o la verificación del no cumplimiento de dichas obligaciones será causal de descalificación.
En caso de Consorcio: El socio líder debe cumplir por lo menos en 60%, los demás integrantes, pueden cumplir el 40% restante.
1. Los contratos deberán venir acompañados de sus facturaciones como así también indefectiblemente con el correspondiente informe de ejecución contractual.
2. En caso de que el oferente haya tenido contrato con la convocante deberá presentar el informe de ejecución contractual de cada contrato.
3. Los contratos y facturas para ser considerados deberán venir acompañado con el correspondiente informe de ejecución contractual
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1. El ítem ofertado deberá tener su Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) y Registro de Establecimiento (RE) vigentes, expedidos por el INAN (Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición) dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para los productos que lo requieran para su comercialización. No se aceptarán documentos en trámite.
2. El oferente deberá presentar el informe de vigencia del RSPA emitido por el INAN dirigida a la convocante, de los bienes ofertados.
3. Autorización del fabricante, representante o distribuidor de los productos ofertados. Dicha autorización debe ser especifica para el presente proceso de contratación identificando en dicha autorización, el ID del proceso y la convocante.
4. Autorización del Fabricante emitida a favor del oferente, mediante el cual se le autoriza la utilización del Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN).
5. El oferente deberá contar con el Registro de Prestadores de Servicios (REPSE) otorgado por el Ministerio de Industria y Comercio, vigente.
6. El oferente deberá contar con Licencia Ambiental vigente de los depositos al momento de la presentación de la oferta, expedida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.
7. El oferente deberá contar con medios de transportes habilitados para la distribución de los bienes. Deberá acreditar que cuenta con al menos 3 (tres) vehículos con capacidad de como mínimo 5.000kg. Dichos vehículos podrán ser propios o alquilados, debiendo acompañar las siguientes documentaciones:
Cédula Verde.
Contrato de Alquiler, en caso de corresponder.
Póliza de Seguro vigente de cada uno de los vehículos. Habilitación Municipal vigente.
Habilitación de la DINATRAN vigente.
Habilitación de la SENAVE vigente.
Habilitación de la SENACSA vigente.
Servicio de rastreo satelital
8. Presentar Declaración Jurada de Contar con capacidad para asumir el compromiso y proveer los bienes requeridos en tiempo y forma.
9. El oferente deberá tener una cuenta habilitada en una entidad financiera o bancaria vigente.
10. Depósito de Almacenamiento de los productos: el oferente deberá demostrar que cuenta con un minímo de dos depósito propio o alquilado con una superficie mínima de 800 m2 (ochocientos metros cuadrados) cubiertos, para el adecuado resguardo de los productos alimenticios antes de la entrega. El local deberá contar con Registro de Establecimiento R.E. Categoría 17 y la certificación BPA (Buenas Prácticas de Almacenamiento) otorgado por el INAN a nombre del oferente y vigente a la fecha de la oferta. Deberá presentar además las siguientes documentaciones:
Patente Comercial Municipal vigente a nombre del oferente. No se admitirán depósitos cuyas ubicaciones no concuerden con la dirección que consta en la Patente Comercial Municipal.
Deberá presentar copia del título de propiedad o contrato de alquiler, con la copia de la patente Comercial Municipal a nombre del oferente.
Certificado de cumplimiento de buenas prácticas de almacenamiento expedido por el INAN (Instituto Nacional de
Alimentación y Nutrición).
Certificado de Capacitación BPM.
Póliza de Seguro vigente contra Incendio correspondiente a las Instalaciones Edilicias
Documento Municipal que acredite la aprobación de los Planos del Deposito del oferente.
Documento Municipal que acredite la aprobación de los Planos de Prevención de Incendios del Depósito del oferente.
Certificado de control de plagas y fumigación de las tres últimas fumigaciones del depósito del oferente, expedido por una empresa debidamente habilitada
11. Todo oferente deberá contar con R.E. en la categoría distribuidor expedido por el INAN (Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición). En caso que el oferente sea elaborador o fraccionador deberá presentar el certificado de buenas prácticas de manufactura.
12. Garantía de Calidad: El oferente deberá presentar una certificación que avale la calidad estándar de los procesos relacionados a la cadena de suministro de alimentos para el consumo humano (almacenamiento hasta distribución) emitida por una entidad certificadora debidamente verificable.
13. El oferente deberá presentar con su oferta un Certificado que demuestre que cuenta con un Sistema de Gestión de Calidad de distribución de alimentos a entidades e instituciones en general concerniente a cualquier etapa de incidencia relacionados al objeto del presente proceso de contratación, pudiendo darse cumplimiento con la presentación de las Certificaciones ISO 9001:2015; 14001:2015; 17024:2012; 22000:2018; o cualquier otra certificación de calidad emitida por una certificadora acreditada internacionalmente por la IAF o UKAS. Dichos documentos deben estar vigentes al momento de la presentación de la oferta.
14. Presentar Declaración Jurada de garantizar que los bienes ofertados cumplen en su totalidad con las especificaciones técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones, y que los mismos serán entregados de conformidad al Cronograma de Entregas.
15. El oferente deberá garantizar bajo Declaración Jurada que:
Posee toda la infraestructura necesaria para la elaboración, fraccionamiento, almacenaje y Distribución de los bienes ofertados, según sea el caso.
Que bajo ninguna circunstancia suspenderán la entrega de los bienes adjudicados, a su empresa, durante la vigencia del contrato, salvo lo dispuesto en el pliego de bases y condiciones.
16. El oferente deberá presentar declaración jurada donde indica que cuenta con la cantidad necesaria de personal para ejecutar el contrato. En dicha declaración jurada deberá estar inserta una planilla con la siguiente información; nombre de los personales propuestos, cédula de identidad y las funciones que realizará en la ejecución del presente contrato.
Así también al momento de la firma del contrato (en caso de salir adjudicado), los personales propuestos deberán estar inscriptos en IPS, debiendo adjuntar la planilla de IPS correspondiente.
OBSERVACIÓN: los oferentes podrán presentar oferta para todos los lotes licitados, no obstante solo podrá ser adjudicado en uno solo, salvo que existan menos de tres ofertas que cumplan técnica, económica y legalmente, en dicha circunstancia se podría adjudicar mas de un lote a un mismo oferente.
En caso de consorcio: en cuanto a los requisitos de capacidad técnica, los integrantes del consorcio deberán cumplir con todos los requisitos en forma conjunta o separada. Los integrantes del consorcio deben tener en cuenta que existen requisitos de cumplimiento obligatorio que no pueden ser separados debiendo cumplir uno de los integrantes del consorcio la totalidad de ellos.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) y Registro del Establecimiento (RE) expedidos por la INAN. |
2. Informe de vigencia del RSPA emitida por la INAN y dirigida a la convocante. |
3. Autorizaciones del fabricante (especifica para el presente proceso de contratación) y para la utilización del CPEN correspondiente. |
4. Registro de Prestadores de Servicios (REPSE). |
5. Licencia ambiental. |
6. Declaración Jurada de contar con los medios de transporte requeridos, Cédula verde, Contrato de alquiler en caso de corresponder, póliza de seguro vigente de cada uno de los vehículos, habilitación municipal vigente, habilitación de la DINATRAN vigente, habilitación de la SENAVE vigente y habilitación de la SENACSA Rastreo satelital |
7. Declaración Jurada de contar con capacidad y provisión de bienes requeridos en tiempo y forma. |
8. Constancia de cuenta bancaria. |
9. Declaración Jurada de contar con deposito propio o alquilado, demostrando que cuenta con 800 m2 (ochocientos metros cuadrados) , en la que se deberá consignar la dirección de ubicación del mismo, se deberá adjuntar copia del titulo, contrato de alquiler y patente comercial a nombre del oferente. El local deberá contar con Registro de Establecimiento R.E. Categoría 17 y la Certificación BPA (Buenas Prácticas de Almacenamiento) otorgado por el INAN a nombre del oferente y vigente a la fecha de la oferta. |
10. Registro de Establecimiento y Certificado de Buenas Practicas de Almacenamiento. |
11. Patente Comercial Municipal. |
12. Póliza de seguro vigente contra incendio correspondiente a las instalaciones. |
13. Documento municipal de aprobación de planos del deposito y planos de aprobación de incendios de los depósitos del oferente. |
14. Certificado de control de plagas y fumigaciones del deposito del oferente. |
15. Registro de Establecimiento del Oferente, en la categoría distribuidor
|
16. Certificado de calidad que demuestre que cuenta con un Sistema de Gestión de Calidad de distribución de alimentos a entidades e instituciones en general concerniente a cualquier etapa de incidencia relacionados al objeto del presente proceso de contratación, pudiendo darse cumplimiento con la presentación de las Certificaciones ISO 9001:2015; 14001:2015; 17024:2012; 22000:2018; o cualquier otra certificación de calidad emitida por una certificadora acreditada internacionalmente por la IAF o UKAS. |
17. Declaración Jurada que los bienes ofertados cumplen con las especificaciones técnicas requeridas y de capacidad de entrega conforme al cronograma establecido. |
18. Declaración Jurada en poseer infraestructura necesaria y que no se suspenderán las entregas de los bienes adjudicados. |
19. Declaración Jurada de contar con la cantidad necesaria de personal para ejecutar el contrato, en la que se deberá insertar una planilla con la siguiente información; nombre de los personales propuestos, cédula de identidad y las funciones que realizará en la ejecución del presente contrato. |
20. Certificado de cumplimiento con el seguro social. |
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.