Me dirijo a ustedes en relación al punto "Perfil de los Profesionales Propuestos", donde se establece que la calificación máxima será de 50 puntos otorgados a los profesionales que cumplan con los siguientes criterios:
Experiencia laboral de 10 a 9 años en elaboración de proyectos ambientales,
Matrícula vigente en el MADES,
Maestría en materia ambiental,
Licencia ambiental obtenida para vertederos y/o mataderos.
Dado que la formación académica y la especialización son claves en la calidad del desempeño profesional, quisiera solicitar que los diplomados relacionados con residuos, vertederos u otros temas ambientales relevantes sean considerados como evidencia válida de formación especializada. Por su carácter práctico y específico, los diplomados representan una herramienta importante para fortalecer competencias técnicas y respaldar experiencia profesional.
Por lo tanto, propongo que los profesionales que presenten diplomados comprobables junto con experiencia demostrada en gestión de vertederos o mataderos puedan ser elegibles para recibir la puntuación máxima de 50 puntos, en igualdad de condiciones con quienes poseen una maestría.
Me dirijo a ustedes en relación al punto "Perfil de los Profesionales Propuestos", donde se establece que la calificación máxima será de 50 puntos otorgados a los profesionales que cumplan con los siguientes criterios:
Experiencia laboral de 10 a 9 años en elaboración de proyectos ambientales,
Matrícula vigente en el MADES,
Maestría en materia ambiental,
Licencia ambiental obtenida para vertederos y/o mataderos.
Dado que la formación académica y la especialización son claves en la calidad del desempeño profesional, quisiera solicitar que los diplomados relacionados con residuos, vertederos u otros temas ambientales relevantes sean considerados como evidencia válida de formación especializada. Por su carácter práctico y específico, los diplomados representan una herramienta importante para fortalecer competencias técnicas y respaldar experiencia profesional.
Por lo tanto, propongo que los profesionales que presenten diplomados comprobables junto con experiencia demostrada en gestión de vertederos o mataderos puedan ser elegibles para recibir la puntuación máxima de 50 puntos, en igualdad de condiciones con quienes poseen una maestría.
En referencia a la consulta realizada sobre la posibilidad de considerar los diplomados en materia de residuos, vertederos u otros temas ambientales como suficiente grado académico, la convocante responde que es criterio de la administración la excelencia académica y por lo tanto se necesita expertos en la materia que fueran debidamente certificados a través de masterados y se ratifica en dicha postura de tener la mejor calificación académica posible.
2
Perfil de los Profesionales Propuestos
con relación al apartado "Perfil de los Profesionales Propuestos", donde se establecen los criterios para la asignación de la calificación máxima de 50 puntos.
Con el objetivo de ampliar las posibilidades para consultores altamente calificados, solicitamos que los diplomados relacionados con el tema ambiental, residuos, vertederos o áreas afines sean reconocidos como una alternativa válida y suficiente para alcanzar la puntuación máxima, siempre que el profesional también demuestre amplia experiencia práctica en estos temas.
con relación al apartado "Perfil de los Profesionales Propuestos", donde se establecen los criterios para la asignación de la calificación máxima de 50 puntos.
Con el objetivo de ampliar las posibilidades para consultores altamente calificados, solicitamos que los diplomados relacionados con el tema ambiental, residuos, vertederos o áreas afines sean reconocidos como una alternativa válida y suficiente para alcanzar la puntuación máxima, siempre que el profesional también demuestre amplia experiencia práctica en estos temas.
En referencia a la consulta realizada sobre la posibilidad de considerar los diplomados relacionados con el tema ambiental, residuos, vertederos o áreas afines como suficiente grado académico, la convocante responde que es criterio de la administración la excelencia académica y por lo tanto se necesita expertos en la materia que fueran debidamente certificados a través de masterados y se ratifica en dicha postura de tener la mejor calificación académica posible
3
referencia de trabajo experiencia
Como referencia de trabajo, es posible presentar las licencias obtenidas por el consultor, considerando que el MADES (Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) emite dichas licencias a nombre del consultor responsable de realizar el trabajo. Esto constituye una garantía suficiente para otorgar los puntos correspondientes.
Como referencia de trabajo, es posible presentar las licencias obtenidas por el consultor, considerando que el MADES (Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) emite dichas licencias a nombre del consultor responsable de realizar el trabajo. Esto constituye una garantía suficiente para otorgar los puntos correspondientes.
Si es posible siempre y cuando esten respaldados con los contratos respectivos
4
Experiencia del consultor
¿Cómo se realizará la asignación de puntos en caso de que el consultor cuente con 10 años de experiencia pero no posea una maestría? Por favor, ajustar y detallar la cantidad de puntos asignados para cada ítem, ya que actualmente la designación de puntos se encuentra definida de manera global.
¿Cómo se realizará la asignación de puntos en caso de que el consultor cuente con 10 años de experiencia pero no posea una maestría? Por favor, ajustar y detallar la cantidad de puntos asignados para cada ítem, ya que actualmente la designación de puntos se encuentra definida de manera global.
El criterio de selección y asignación de puntajes es potestad de la convocante y se realizara conforme a las normas vigentes
5
Experiencia del consultor
En el caso de que el consultor no cuente con experiencia en la realización de evaluaciones de impacto ambiental o auditorías, particularmente en áreas como vertederos o mataderos, ¿cómo se distribuirán los puntos? Es fundamental detallar y desglosar de manera específica los criterios de asignación de puntajes, teniendo en cuenta la falta de experiencia directa en estas áreas clave. Se solicita proporcionar un desglose exhaustivo que explique cómo se valorará cada aspecto evaluado, asegurando claridad en la metodología y evitando posibles confusiones durante la calificación. Es crucial garantizar que el proceso de evaluación sea transparente, justo y comprensible para todos los involucrados, estableciendo criterios objetivos y uniformes que permitan una calificación equitativa para los consultores con distintas trayectorias profesionales.
En el caso de que el consultor no cuente con experiencia en la realización de evaluaciones de impacto ambiental o auditorías, particularmente en áreas como vertederos o mataderos, ¿cómo se distribuirán los puntos? Es fundamental detallar y desglosar de manera específica los criterios de asignación de puntajes, teniendo en cuenta la falta de experiencia directa en estas áreas clave. Se solicita proporcionar un desglose exhaustivo que explique cómo se valorará cada aspecto evaluado, asegurando claridad en la metodología y evitando posibles confusiones durante la calificación. Es crucial garantizar que el proceso de evaluación sea transparente, justo y comprensible para todos los involucrados, estableciendo criterios objetivos y uniformes que permitan una calificación equitativa para los consultores con distintas trayectorias profesionales.
Al respecto se menciona que se requiere experiencia en áreas como vertederos o mataderos, debido a que corresponde al ítem del llamado. El criterio de selección y asignación de puntajes es potestad de la convocante y se realizara conforme a las normas vigentes.
6
garantia de mantenimiento de oferta
"En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se menciona que existe la posibilidad de realizar la garantía de mantenimiento de oferta mediante una certificación de firma. Sin embargo, al revisar los documentos proporcionados, no se observa el formulario correspondiente para este propósito. Ante esta situación, surge la necesidad de aclarar qué formulario se estaría utilizando para cumplir con este requisito. Es importante especificar si se trata de un formulario estándar definido por la entidad convocante, de algún formato genérico aceptado,
"En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se menciona que existe la posibilidad de realizar la garantía de mantenimiento de oferta mediante una certificación de firma. Sin embargo, al revisar los documentos proporcionados, no se observa el formulario correspondiente para este propósito. Ante esta situación, surge la necesidad de aclarar qué formulario se estaría utilizando para cumplir con este requisito. Es importante especificar si se trata de un formulario estándar definido por la entidad convocante, de algún formato genérico aceptado,
Con relación a su consulta el Formulario utilizado es Formulario Nº 2 que debe ser certificada mediante instrumento publico por un Notario. (escribano)
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Especificaciones tecnicas
Se establece que el consultor deberá presentarse físicamente en la Institución Municipal tres días a la semana, en el horario de 07:00 a 10:00 horas, y además deberá proveerse de sus propios materiales de oficina, incluyendo computadora, cuaderno y otros útiles. No obstante, consideramos que esta solicitud no se ajusta plenamente a las necesidades específicas de las tareas asignadas. Esto se debe a que el consultor puede desempeñar dichas funciones desde su propia oficina, lo que permitiría optimizar recursos y evitar costos adicionales innecesarios, tanto para el consultor como para la institución.
Cabe destacar que, en otras municipalidades, tareas similares fueron realizadas exitosamente sin requerir un cumplimiento estricto de horarios presenciales. Estas experiencias demuestran que la flexibilidad, junto con una adecuada planificación, facilita el logro de los objetivos propuestos sin generar inconvenientes operativos.
Por ello, proponemos la implementación de reuniones virtuales en caso de ser necesario. Esta modalidad no solo permitiría reducir costos y tiempo, sino que también ampliaría la posibilidad de participación, eliminando barreras logísticas o de distancia. Consideramos que esta solución se alinea con las necesidades actuales y garantiza la eficiencia en el desarrollo de las tareas asignadas.
Se establece que el consultor deberá presentarse físicamente en la Institución Municipal tres días a la semana, en el horario de 07:00 a 10:00 horas, y además deberá proveerse de sus propios materiales de oficina, incluyendo computadora, cuaderno y otros útiles. No obstante, consideramos que esta solicitud no se ajusta plenamente a las necesidades específicas de las tareas asignadas. Esto se debe a que el consultor puede desempeñar dichas funciones desde su propia oficina, lo que permitiría optimizar recursos y evitar costos adicionales innecesarios, tanto para el consultor como para la institución.
Cabe destacar que, en otras municipalidades, tareas similares fueron realizadas exitosamente sin requerir un cumplimiento estricto de horarios presenciales. Estas experiencias demuestran que la flexibilidad, junto con una adecuada planificación, facilita el logro de los objetivos propuestos sin generar inconvenientes operativos.
Por ello, proponemos la implementación de reuniones virtuales en caso de ser necesario. Esta modalidad no solo permitiría reducir costos y tiempo, sino que también ampliaría la posibilidad de participación, eliminando barreras logísticas o de distancia. Consideramos que esta solución se alinea con las necesidades actuales y garantiza la eficiencia en el desarrollo de las tareas asignadas.
la auditoria ambiental requiere una evaluación constante y detallada de las condiciones en el terreno, el consultor al estar presente con regularidad, puede supervisar de manera mas efectiva los procedimientos y protocolos ambientales, de manera a que se cumplan las normativas nacionales. Además al estar presente dentro del horario previsto el consultor podrá detectar cualquier situación o practica que pueda presentar un riesgo ambiental, como el manejo inadecuado de residuos y así actuar de manera inmediata.
8
Plan de Entrega de los Bienes
En el apartado correspondiente al Plan de Entrega de los Bienes se establece que la fecha final para la entrega de los bienes será dentro de los 60 días corridos posteriores a la recepción de la orden de servicio por parte del proveedor. Sin embargo, este plazo puede generar dificultades para cumplir con los requerimientos establecidos, ya que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) ha definido un plazo mínimo de 30 días hábiles como fecha límite para la entrega de la documentación pertinente.
Es importante destacar que esta diferencia en los plazos podría impactar negativamente en la ejecución y cumplimiento del contrato, ya que los 30 días hábiles establecidos por el MADES representan un tiempo considerable dentro del marco de los 60 días corridos señalados en el Plan de Entrega. Esta situación podría dar lugar a retrasos o incumplimientos en los tiempos originalmente previstos.
Con el objetivo de evitar confusiones o dificultades en la etapa de ejecución, se recomienda realizar una revisión y ajuste de los plazos estipulados en el Plan de Entrega de los Bienes, asegurando que estos sean consistentes y compatibles con los tiempos establecidos por el MADES.
En el apartado correspondiente al Plan de Entrega de los Bienes se establece que la fecha final para la entrega de los bienes será dentro de los 60 días corridos posteriores a la recepción de la orden de servicio por parte del proveedor. Sin embargo, este plazo puede generar dificultades para cumplir con los requerimientos establecidos, ya que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) ha definido un plazo mínimo de 30 días hábiles como fecha límite para la entrega de la documentación pertinente.
Es importante destacar que esta diferencia en los plazos podría impactar negativamente en la ejecución y cumplimiento del contrato, ya que los 30 días hábiles establecidos por el MADES representan un tiempo considerable dentro del marco de los 60 días corridos señalados en el Plan de Entrega. Esta situación podría dar lugar a retrasos o incumplimientos en los tiempos originalmente previstos.
Con el objetivo de evitar confusiones o dificultades en la etapa de ejecución, se recomienda realizar una revisión y ajuste de los plazos estipulados en el Plan de Entrega de los Bienes, asegurando que estos sean consistentes y compatibles con los tiempos establecidos por el MADES.
El plazo de 60 días previsto por la convocante es considerado razonable y conveniente por cualquier eventualidad que se pudiera presentaren el transcurso de los trabajos a ser realizados.
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461714
En el PBC se establece un plazo de 60 dias para la entrega del producto final.
El plazo mencionado es insuficiente para la realizacion de los estudios solicitados y que ademas el MADES emita la correspondiente Declaracion de Impacto Ambiental para cada proyecto, ya que el plazo minimo establecido por Ley es de 90 dias habiles.
En general los plazos del Mades para expedirse son muy superiores al establecido por la misma ley, por lo que inivitablemente se debera recurrir a prorrogas.
Entonces, la consulta es la siguiente: la convocante otorgara prorrogas por el tiempo que el MADES se tome en expedir las correspondientes Declaraciones de Impacto Ambiental?
Considerar que este plazo puede ser hasta mas de 5 meses en algunos casos
En el PBC se establece un plazo de 60 dias para la entrega del producto final.
El plazo mencionado es insuficiente para la realizacion de los estudios solicitados y que ademas el MADES emita la correspondiente Declaracion de Impacto Ambiental para cada proyecto, ya que el plazo minimo establecido por Ley es de 90 dias habiles.
En general los plazos del Mades para expedirse son muy superiores al establecido por la misma ley, por lo que inivitablemente se debera recurrir a prorrogas.
Entonces, la consulta es la siguiente: la convocante otorgara prorrogas por el tiempo que el MADES se tome en expedir las correspondientes Declaraciones de Impacto Ambiental?
Considerar que este plazo puede ser hasta mas de 5 meses en algunos casos
El plazo de 60 días previsto por la convocante es considerado razonable y conveniente por cualquier eventualidad que se pudiera presentaren el transcurso de los trabajos a ser realizados.