A modo de solicitar consideración para la modificación del Pliego de Bases y Condiciones, específicamente en la Sección REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUACION DE LAS CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN – CAPACIDAD FINANCIERA: 1) Para Contribuyente de IRACIS/IRE GENERAL deberá cumplir con el siguiente parámetro a-) Ratio de Liquidez: activo corriente/pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2021,2022, 2023), es un criterio que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Liquidez del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión inicial y/o la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de disminuir el "Ratio de Liquidez a igual o mayor que 0,80". A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio. Favor considerar la mencionada modificación a modo de permitir la mayor participación de potenciales oferentes que beneficiaría a los intereses de la Convocante.
Entendemos que el requerimiento de liquidez igual o mayor a 1 es violatorio de los principios que orientan la contratación pública, en particular, de los principios de economía y eficiencia y de igualdad y libre competencia, establecidos por los incisos a) y b) del artículo 4 de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
A modo de solicitar consideración para la modificación del Pliego de Bases y Condiciones, específicamente en la Sección REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUACION DE LAS CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN – CAPACIDAD FINANCIERA: 1) Para Contribuyente de IRACIS/IRE GENERAL deberá cumplir con el siguiente parámetro a-) Ratio de Liquidez: activo corriente/pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2021,2022, 2023), es un criterio que no pueden ser visto de manera aislada, ya que es importante considerar la identificación de los estándares de Liquidez del sector en el que se desempeña, así como también las inversiones para desarrollar de nuestro sector. Estos puntos puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios que requieren fuertes cantidades de inversión inicial y/o la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Ante lo mencionado, solicitamos la consideración de disminuir el "Ratio de Liquidez a igual o mayor que 0,80". A nuestro criterio, realizar esta modificación dará la oportunidad de participar en esta Licitación a más oferentes, con beneficio directo para la Entidad ya que garantizará la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio. Favor considerar la mencionada modificación a modo de permitir la mayor participación de potenciales oferentes que beneficiaría a los intereses de la Convocante.
Entendemos que el requerimiento de liquidez igual o mayor a 1 es violatorio de los principios que orientan la contratación pública, en particular, de los principios de economía y eficiencia y de igualdad y libre competencia, establecidos por los incisos a) y b) del artículo 4 de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
El ratio de liquidez mide la capacidad de una empresa para pagar sus deudas a corto plazo utilizando sus activos corrientes. Un ratio igual o mayor a 1 indica que la empresa cuenta con suficientes recursos líquidos para cubrir sus obligaciones.
Un ratio de liquidez menor a 1 indica que una empresa podría tener problemas de liquidez y representa un riesgo al no poder asumir sus deudas a corto plazo. Esto puede representar un riesgo para la convocante.
La Ley 7021/2022 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS", en su Artículo 19.- Capacidad para contratar, establece que: "Solo podrán participar en procedimientos de contratación y contratar en el marco de la presente Ley, las personas físicas, jurídicas o consorcios, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición para contratar ni se encuentren inhabilitadas y, además, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de acuerdo a las condiciones establecidas en las bases de la contratación y la normativa legal vigente. Estos requisitos aseguran que las empresas tengan la capacidad financiera necesaria para cumplir con sus obligaciones contractuales.
Favor adecuarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Coordenadas
solicitamos amablemente a la convocante puedan compartir la coordenadas exactas del sitio a donde hacer llegar la conexión y brindar el servicio.
Esto de manera a poder dimensionar correctamente la propuesta que mejor se adecue a sus necesidades.
solicitamos amablemente a la convocante puedan compartir la coordenadas exactas del sitio a donde hacer llegar la conexión y brindar el servicio.
Esto de manera a poder dimensionar correctamente la propuesta que mejor se adecue a sus necesidades.
En el portal del SICP, dentro del presente llamado con ID.461271, en la pestaña CONVOCATORIA, sub pestaña DOCUMENTOS - "Planos o Cómputos métricos", se encuentran los datos referentes a las Coordenadas, ubicación, distancia, y demás información técnica requerida para la estimación de la instalación de la red de fibra óptica.