Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Lic. Digno Genaro Gonzalez Rolón, Director General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de las Personas
La solicitud está justificada en el cumplimiento de la Ley 213/93 y la Ley 496/95 cuyo artículo 134, establece la obligatoriedad de habilitar una sala o guardería cuando existan 50 o más trabajadores. En tal sentido y considerando que entre las oficinas del MUVH ubicadas en Asunción se cuenta con 655 servidores públicos, número que justifica la necesidad de garantizar las leyes mencionadas más arriba.
Dar cumplimiento a la normativa vigente, y a su vez, con las políticas de bienestar de los servidores públicos.
El llamado corresponde a un llamado periódico o sucesivo
Han sido establecidas conforme al Protocolo y guía operativa vigente para el retorno seguro a instituciones educativas del MEC.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Especificaciones técnicas requeridas
Las siguientes especificaciones comprenden las condiciones básicas a ser contempladas por el potencial oferente, para la prestación del Servicio Integral de Guardería para los hijos/as de servidores públicos (permanentes, contratados y comisionados a la institución; no así los permanentes comisionados a otras instituciones) del Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat. Desde el ingreso del niño/a al término del permiso de maternidad, según los casos previstos en la Ley 5508/15 hasta los 5 años, con vigencia desde el inicio de las prestaciones del servicio hasta la finalización del Contrato.
El objetivo es brindar los servicios profesionales para hijas e hijos de servidores públicos permanentes, comisionados y contratados del MUVH. Los niños y niñas serán agrupados por edades.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
La empresa adjudicada se encargará de la atención integral a hijos/as de servidores públicos (permanentes, comisionados y contratados) del MINISTERIO DE URBANISMO VIVIENDA Y HABITAT, desde que se da termino al permiso de maternidad; según los casos previstos en la Ley 5508/15 hasta que cumplan los 5 años de edad, si es que esto ocurriese hasta marzo del año de vigencia del contrato; si cumpliese 5 años luego de dicho mes, se podrá usufructuar el servicio hasta diciembre del año en curso, en un horario como mínimo de 06:30 a 17:00 horas, de lunes a viernes, los doce meses del año, inclusive si existiese algún asueto escolar en esos días establecidos. Quedan excluidos los feriados oficiales.
Durante el ciclo lectivo se desarrollarán actividades relacionadas a planes educativos de conformidad a disposiciones emanadas por el Ministerio de Educación y Ciencias en cuanto a Educación Inicial. Una vez que culmine el año lectivo, los meses siguientes, hasta que se inicie nuevamente el siguiente ciclo escolar, se desarrollarán actividades que corresponderán a Colonia de Vacaciones.
El prestador del servicio se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Ciencias, la Municipalidad de Asunción, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo competente en cada ámbito relacionado a la adecuada prestación del servicio contratado, por ejemplo: disposiciones sobre la seguridad, salubridad, educación, entre otros.
Debe tener un plan de estimulación y aprendizaje, acorde a la edad. Dicho plan debe incluir como mínimo: estimulación, custodia permanente, juegos recreativos, lectura de cuentos, educación en valores, educación ambiental y otras actividades que le ayuden a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad.
Durante la permanencia de los niños/as, estos recibirán un trato afectuoso, equitativo e integrador con el fin de fomentar las condiciones de respeto, convivencia y sociabilidad de los mismos.
Se fomentará una comunicación constante, abierta y respetuosa con el núcleo familiar para lograr un servicio coordinado y continuo en la educación de los niños.
El Prestador del Servicio deberá contar con los servicios de un psicólogo o psicopedagogo que pueda velar por aspectos relacionados al aprendizaje y dificultades que puedan presentar los niños/as, grado de madurez, desarrollo, etc., posibilitando reuniones con los padres en casos que sean necesarios.
Se debe incorporar la educación en valores: Es muy importante que los niños/as aprendan a través de valores y hábitos, a ser ordenados, educados, obedientes, responsables, y que adquiera el hábito de respeto al medio ambiente, la limpieza e higiene y alimentación saludable; así como otras pautas de comportamiento que ayuden a su desarrollo integral acorde a cada edad.
Se promoverá la educación cívica e identidad nacional, respetando las costumbres, símbolos patrios y festividades nacionales. Bajo ningún concepto, el prestador del servicio podrá inculcar ideologías religiosas o políticas a los niños.
Se debe fomentar en los niños/as el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de la autonomía e identidad.
La política de aprendizaje debe ser de calidad en forma activa, creativa, placentera y participativa, utilizando el juego como metodología básica.
UBICACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO INFANTIL
Deberá estar ubicado a no más de 1,5 kilometro de la sede del MUVH, Casa Central, ubicada en Independencia Nacional y Manuel Domínguez.
COTIZACION DEL PRECIO
La cotización del precio unitario se establece por niño/a; la misma deberá abarcar la estimulación, alimentación saludable, educación, la propensión para la adquisición de hábitos de respeto al medio ambiente, la limpieza; cuidado y protección permanente; espacios recreativos; fomentar en los niños/as el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de la autonomía e identidad.
Los pagos serán por la asistencia de cada niño/a al local del prestador del servicio, computados en forma mensual, de acuerdo a lo establecido en estas especificaciones.
DATOS REFERENCIALES ESTIMADOS DE HIJOS/AS DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUVH POR GRUPO
ETAPA 1 |
CANTIDAD NIÑOS/AS |
ETAPA 2 |
CANTIDAD NIÑOS/AS |
Grupo 1 Maternal 1 |
3 |
Grupo 4 Pre jardín |
7 |
Grupo 2 Maternal 2 |
6 |
Grupo 5 Jardín |
8 |
Grupo 3 Maternal 3 |
9 |
|
|
Especificaciones técnicas requeridas Niños /as por edades.
ETAPA 1 |
Edad |
ETAPA 2 |
CANTIDAD NIÑOS/AS |
Grupo 1 Maternal 1 |
Desde el ingreso del niño/a al término del permiso de maternidad, según los casos previstos en la Ley 5508/15 hasta los 12 meses. |
Grupo 4 Pre jardín |
3 años cumplidos. |
Grupo 2 Maternal 2 |
Desde los 13 meses hasta los 24 meses. |
Grupo 5 Jardín |
4 años. La edad de este grupo será hasta cumplir los 5 años si es que esto ocurriese hasta marzo del año de vigencia del contrato, si cumpliese 5 años luego de dicho mes, podrá usufructuar el servicio hasta diciembre del año en curso. |
Grupo 3 Maternal 3 |
Desde los 25 meses hasta los 36 meses. |
|
|
Cantidad de Niños/as por maestro/a.
ETAPA 1 |
CANTIDAD NIÑOS/AS |
ETAPA 2 |
CANTIDAD NIÑOS/AS |
Grupo 1 Maternal 1 |
hasta 4 (cuatro) niños/as por maestro/a más 1 asistente |
Grupo 4 Pre jardín |
hasta 20 niños/as por maestro/a más 1 asistente |
Grupo 2 Maternal 2 |
hasta 4 (cuatro) niños/as por maestro /a más 1 asistente |
Grupo 5 Jardín |
hasta 20 niños/as por maestro/a más 1 asistente |
Grupo 3 Maternal 3 |
hasta 7 (siete) niños/as por maestro/a más 1 asistente |
|
|
Cantidad de Niños/as por Sala.
ETAPA 1 |
CANTIDAD NIÑOS/AS |
ETAPA 2 |
CANTIDAD NIÑOS/AS |
Grupo 1 Maternal 1 |
10 por sala |
Grupo 4 Pre jardín |
20 por sala |
Grupo 2 Maternal 2 |
12 por sala |
Grupo 5 Jardín |
20 por sala |
Grupo 3 Maternal 3 |
15 por sala |
|
|
Observaciones:
La agrupación de los niños/as se hará teniendo en cuenta las edades, como así también conforme a las personalidades y características de cada uno, que será obtenida de las entrevistas hechas a los padres.
Para los casos de niños/as con discapacidad, se requerirá la asistencia de un maestro/a integrador o profesor/a de apoyo a la inclusión, el cual será contratado por los padres del niño/a.
Horario: Lunes a viernes, desde las 06:30 horas hasta las 17:00 horas, sin incluir sábado, domingos y feriados. Durante el tiempo en que los padres dependan laboralmente del MUVH.
Horarios referenciales de alimentación:
Desayuno: 07:00 a 07:30 Aprox.
Media mañana: 09:00 a 09:30 Aprox.
Almuerzo (Comida, jugo de fruta o verdura y postre): 11:00 a 11:30 Aprox.
Merienda: 14:00 a 14:30 Aprox.
Observación: Horarios establecidos a manera referencial que marcan el inicio aproximado de la ingesta diaria.
LISTADO DEL PERSONAL MINIMO PARA PRESTAR SERVICIOS:
ÍTEM |
DESCRIPCION |
CANTIDAD Mínima |
|
Coordinador/a General |
1 |
|
Maestros/as de Educación Inicial |
5 |
|
Asistentes de Educación Inicial |
5 |
|
Secretario/a Administrativo/a. |
1 |
|
Personal de Servicio |
1 |
|
Licenciado/a en Enfermería |
1 |
|
Psicólogo/a o Psicopedagogo/a |
1 |
|
Lic. En Nutrición |
1 |
|
Cocinero/a |
1 |
En función a los requerimientos, en caso que aumente la cantidad de niños/as de acuerdo al grupo, se podrá dar la necesidad de una redistribución por nivel del personal afectado al servicio.
REQUISITOS PARA EL PERSONAL A PRESTAR SERVICIOS.
OBSERVACIÓN: con la oferta se deberán presentar los currículums de cada uno de los profesionales, además de la carta de aceptación del mismo, donde acepte trabajar con el Oferente en caso que el mismo sea adjudicado, dichos documentos serán evaluados por el Comité de Evaluación.
SUSTITUCIÓN: En caso de que el PROVEEDOR quiera sustituir a sus empleados/funcionarios durante la vigencia del contrato, en primer lugar, deberá tener la aprobación del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, a quien expondrá la justificación debida. Una vez aprobada la justificación, se podrá sustituir el personal, no obstante, el currículo propuesto deberá cumplir con las exigencias originales del PBC. El cambio de maestra o ayudante solo podrá darse durante el año lectivo por razones justificadas y excepcionales. En caso de que los empleados o funcionarios del PROVEEDOR, renuncien o se ausenten por largo tiempo se deberá comunicar al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO el hecho, justificando y presentando la propuesta para sustitución del personal.
RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA.
DETALLES DE FUNCIONES MÍNIMAS DEL PERSONAL
COORDINADOR/A GENERAL:
MAESTROS/AS DE EDUCACIÓN INICIAL:
ASISTENTES DE EDUCACIÓN INICIAL:
SECRETARIA ADMINISTRATIVA:
PSICOLOGO O PSICOPEDAGOGO:
NUTRICIONISTA:
LICENCIADA EN ENFERMERÍA:
PERSONAL DE SERVICIO:
PERSONAL DE COCINA:
OBSERVACIONES
La empresa adjudicada se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio en relación a su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (salario mínimo, bonificación familiar, reposo, vacaciones, aguinaldo, entre otros), por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.
En caso de ausencia del personal asignado a cualquiera de las tareas, la prestadora de servicios deberá inmediatamente cubrir esas ausencias conforme a lo establecido anteriormente. De no reemplazarse el personal por inasistencia, será motivo de observación en el Acta de Conformidad Mensual que derivará en sanciones pecuniarias.
ALIMENTACIÓN
La alimentación de los niños/as será elaborada y proveída por la prestadora de los servicios, e indefectiblemente debe incluir:
Desayuno, Media Mañana, Almuerzo completo (Comida, jugo de fruta o verdura preparados en el momento y postre) y Merienda. No se permitirán jugos envasados y gaseosas. Los padres deberán de proveer el resto de las comidas que consideren.
Será exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicada el correcto almacenamiento, la conservación y suministro de los alimentos; así también, de la frecuencia, modo y cantidad suficiente que será proveída a cada niño/a.
Las dietas alimenticias serán elaboradas por el/la Licenciado/a en Nutrición infantil. Deberá consistir en una dieta sana y equilibrada acorde a las necesidades de cada grupo etario. En caso de que el niño/a tenga una alimentación diferenciada, sea cual fuere el motivo, la dieta alimenticia será elaborada por el nutricionista de cabecera y a cargo de los padres, en base al historial médico del niño/a y deberá ser proveída por la empresa prestadora del servicio, para la elaboración de esta.
Las mesas utilizadas como comedor deberán contar con manteles y servilletas. Se tendrán en cuenta las recomendaciones de la Guía Básica para Servicios de Alimentación del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) y demás disposiciones del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) para cada niño/a.
Faltando cinco (5) días hábiles para la finalización de cada mes, la empresa adjudicada deberá establecer el calendario alimenticio (menú diario) del mes siguiente, de manera a que el mismo sea informado al Administrador del Contrato y a los padres.
El Administrador del Contrato podrá rechazar el menú justificando claramente el motivo de la objeción y solicitará las aclaraciones que considere pertinentes.
El objetivo principal de la alimentación de los niños/as es, a más de su desarrollo físico, que los mismos al terminar el año lectivo, puedan consumir cualquier tipo de alimento sano, es decir que vayan adquiriendo una pauta de alimentación adecuada.
En el caso de los Lactantes, se extremarán cuidados para la preparación de alimentos y/o mamaderas, precaviendo la limpieza y la conservación adecuada para la leche materna en todo momento.
Lista de alimentos a ser utilizados
Lácteos: Leche entera, yogurt entero chico y por litro, queso Paraguay fresco, queso rallado, queso sándwich.
Carnes: Pechuga de pollo, carnaza negra, carne molida de primera, bola de lomo.
Verduras: Lechuga, acelga, perejil, kuratu (cilantro), espinaca, zapallito, zapallo, zanahoria, tomate, locote, papa, cebolla, remolacha.
Legumbres: Arvejas, chauchas, poroto, lentejas, feijao.
Cereales: Fideos, arroz, harina de trigo, avena tradicional, maizena, harina de maíz, pan de sándwich, galleta molida, sémola, cereales.
Frutas: Naranja, banana, mamón, manzana, pera, pomelo, mandarina, durazno y cualquier otra de la estación.
Dulces: gelatina, flan de vainilla, chocolate en polvo, dulce de leche, mermelada, azúcar según la indicación de la nutricionista.
Grasas: Aceite de oliva y de girasol, manteca de origen animal.
Especias: Nuez moscada, canela, hojas de laurel, sal, orégano y las que la nutricionista considere.
Observación: Queda totalmente prohibido que los niños/as consuman bebidas carbonatadas (gaseosas, jugos conservantes, refresco y/o sodas).
Plan de alimentación
El plan de alimentación deberá ser presentado por la/el Licenciada/o en Nutrición Infantil, con todas las formalidades que se requiera firma, sello, N° de Registro, a la Coordinadora/or y esta a su vez al Administrador del Contrato, de forma mensual para que esta otorgue su aprobación, aproximadamente 8 (ocho) días hábiles antes de que finalice el mes. Una vez aprobado el plan de alimentación, la empresa adjudicada comunicará a los padres.
Los niños/as menores de 6 meses que consuman leche exclusiva, la misma deberá ser proveída por los padres.
Los niños/as de seis meses de edad en adelante, para iniciar una alimentación sólida deberán contar con la Certificación del Pediatra tratante.
Así mismo la empresa adjudicada se compromete a llevar un registro diario para los grupos etarios Nº 1, Nº 2 y Nº 3, sobre detalles que tengan que ver con el desenvolvimiento del niño/a su cargo: hora en que tomó biberones y/o leche, comida cantidad ingerida, descanso, deposiciones, observaciones importantes, avisos, que deberán ser entregados a los padres diariamente.
Así mismo, se compromete a llevar un registro de alimentación de los niños de Jardín y Pre Jardín, comunicando a los padres si los mismos presentan cambios negativos en la conducta alimenticia y otras observaciones que sean importantes.
Observación: Los productos lácteos con sus derivados, y todos los productos envasados a ser proveídos, deberán contar con lote de elaboración, fecha de elaboración y/o vencimientos impresos en los envases los cuales deberán ser legibles a simple vista, además deberán ser conservados adecuadamente sin perder la cadena de frio según requiera el caso a fin de garantizar la conservación de las propiedades nutritivas de los alimentos.
SALUD Y SERVICIO DE EMERGENCIAS
Durante la estadía de los niños/as en el recinto de prestación de los servicios se deberá vigilar permanentemente su estado de salud y deberá contar indefectiblemente con algún seguro que cubra servicio de ambulancia y respuesta rápida de emergencias para el traslado inmediato de los niños/as en caso de accidentes al centro asistencial que será determinado, previa consulta a los padres o encargados.
Además, la empresa adjudicada deberá contar un Botiquín para Primeros Auxilios, el cual, estará a disposición de la Enfermería para los casos de emergencia, el mismo deberá contar con los remedios básicos para atender emergencias tales como: Manual de primeros auxilios, gasa estéril, leucoplast, curitas de varios tamaños, venda elástica, toallas antisépticas, IOP, cabestrillo, algodón estéril, una pera de goma, tijera, termómetro, pinza, alcohol al 70%, guantes quirúrgicos, tapa boca, agua oxigenada, cuchara de medida, rifocina, anti diarreico, antiespasmódico, antihistamínico, analgésico antifebril, descongestionante nasal, crema para picadura de insectos y quemaduras como mínimo.
Se deberá comunicar a los padres cualquier signo o síntoma de enfermedad y/o accidente, en la brevedad posible para que los mismos puedan retirar al niño o niña, si así lo consideran, como así también antes de dar al niño/a cualquier analgésico antifebril.
La empresa adjudicada para el servicio es responsable de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño/a a su cargo, quedando totalmente prohibida la utilización de elementos de uso personal de un niño/a en la atención de otro.
INFRAESTRUCTURA EDILICIA
SUPERFICIE POR NIÑO/A EN METROS CUADRADOS
Los Espacios de Desarrollo Infantil deberán contemplar que las dimensiones de los espacios por niño/a, sean las siguientes:
2,5 m2 por niño/a de 0 a 12 meses
2 m2 por niño/a de 12 a 24 meses
2 m2 por niño/a de 25 a 36 meses
1,20 m2 para niños/as de 4 años
EQUIPAMIENTO DEL LOCAL
UNIFORMES, MATERIALES Y OTROS
La empresa adjudicada se compromete a elaborar antes del inicio de las actividades, los elementos personales que los niños/as necesitarán durante el año lectivo el cual deberá ser entregado a los padres junto con una ficha médica a ser llenada por los mismos conjuntamente con el pediatra de cada niño/a, la cual tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser entregada a el/la coodinador/a del Espacio de Desarrollo Infantil, al inicio del año lectivo.
El uniforme deberá ser suministrado por la empresa adjudicada para el servicio para los hijos/as de los servidores públicos, cada año lectivo 2 (dos) uniformes para verano, 2 (dos) uniformes para invierno y 1 (un) delantal para uso ocasional.
La empresa adjudicada deberá suministrar todos los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades los materiales de oficina (hojas, tintas, etc.) y materiales escolares (cuadernos, cartulinas, plastilina, pegamentos, pinceles, crayolas, entre otros). La lista de materiales es enunciativa no limitativa.
Los elementos personales serán proveídos por los padres de cada niño/a.
La empresa adjudicada es la responsable del control de plagas o bacterias en el local de la cocina, evitando la contaminación de alimentos y enseres.
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
N°. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
Servicio integral de guardería, según las especificaciones técnicas |
Ver detalle |
El Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH), suscribirá un contrato por Monto Mínimo y Monto Máximo, lo cual está programado para 24 meses de servicio.
Monto Mínimo Gs. |
705.000.000 |
Monto Máximo Gs. |
1.410.000.000 |
La cotización del precio unitario se establece por niño/a, considerando, educación, alimentación, etc; de acuerdo a lo establecido en las especificaciones.
No se puede establecer la cantidad exacta a ser beneficiados, tanto por entradas como salidas que puedan ocurrir durante la ejecución contractual por lo que se estima conveniente adoptar la modalidad de contrato abierto asignando monto mínimo o máximo para el presente proceso.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescritos en éste.
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Han sido establecidas conforme al Manual Espacios de Desarrollo Infantil Temprano, EDI- Cebinfa, dependiente del MSPyBS, y con el Protocolo y guía operativa vigente para el retorno seguro a instituciones educativas del MEC. |
1 |
Unidad |
La guardería deberá estar ubicado a 4.000 metros como máximo de la sede central del MUVH, sito en Independencia Nacional N° 909 esquina Manuel Domínguez. |
El servicio integral de guardería se requerirá por el plazo de 24 meses, y comenzará a computarse a partir de la emisión de la orden de servicio emitida por mes por parte de la Administradora del Contrato. |
Observación: las notificaciones o reclamos por cortes en el servicio podrán ser realizados a través del correo electrónico institucional al proveedor. La misma deberá tener el acuse de recibo correspondiente en cada caso.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Orden de Servicio mensual/Acta de Conformidad Satisfactoria/ /Factura |
Orden de Servicio mensual/Acta de Conformidad Satisfactoria/ /Factura |
Una vez emitida la Orden de servicio mensual/ Acta de conformidad Satisfactoria, se abonará por mes vencido, de conformidad a lo requerido por la Dirección de Desarrollo y Bienestar de las Personas. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.