Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.

Lic. Digno Genaro Gonzalez Rolón, Director General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de las Personas

  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

La solicitud está justificada en el cumplimiento de la Ley 213/93 y la Ley 496/95 cuyo artículo 134, establece la obligatoriedad de habilitar una sala o guardería cuando existan 50 o más trabajadores. En tal sentido y considerando que entre las oficinas del MUVH ubicadas en Asunción se cuenta con 655 servidores públicos, número que justifica la necesidad de garantizar las leyes mencionadas más arriba.

Dar cumplimiento a la normativa vigente, y a su vez, con las políticas de bienestar de los servidores públicos.

  • Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)

El llamado corresponde a un llamado periódico o sucesivo

  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas.

Han sido establecidas conforme al Protocolo y guía operativa vigente para el retorno seguro a instituciones educativas del MEC.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Especificaciones técnicas requeridas

Las siguientes especificaciones comprenden las condiciones básicas a ser contempladas por el potencial oferente, para la prestación del Servicio Integral de Guardería para los hijos/as de servidores públicos (permanentes, contratados y comisionados a la institución; no así los permanentes comisionados a otras instituciones) del Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat. Desde el ingreso del niño/a al término del permiso de maternidad, según los casos previstos en la Ley 5508/15 hasta los 5 años, con vigencia desde el inicio de las prestaciones del servicio hasta la finalización del Contrato.

El objetivo es brindar los servicios profesionales para hijas e hijos de servidores públicos permanentes, comisionados y contratados del MUVH. Los niños y niñas serán agrupados por edades.

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

La empresa adjudicada se encargará de la atención integral a hijos/as de servidores públicos (permanentes, comisionados y contratados) del MINISTERIO DE URBANISMO VIVIENDA Y HABITAT, desde que se da termino al permiso de maternidad; según los casos previstos en la Ley 5508/15 hasta que cumplan los 5 años de edad, si es que esto ocurriese hasta marzo del año de vigencia del contrato; si cumpliese 5 años luego de dicho mes, se podrá usufructuar el servicio hasta diciembre del año en curso, en un horario como mínimo de 06:30 a 17:00 horas, de lunes a viernes, los doce meses del año, inclusive si existiese algún asueto escolar en esos días establecidos. Quedan excluidos los feriados oficiales.

Durante el ciclo lectivo se desarrollarán actividades relacionadas a planes educativos de conformidad a disposiciones emanadas por el Ministerio de Educación y Ciencias en cuanto a Educación Inicial. Una vez que culmine el año lectivo, los meses siguientes, hasta que se inicie nuevamente el siguiente ciclo escolar, se desarrollarán actividades que corresponderán a Colonia de Vacaciones.

El prestador del servicio se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Ciencias, la Municipalidad de Asunción, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo competente en cada ámbito relacionado a la adecuada prestación del servicio contratado, por ejemplo: disposiciones sobre la seguridad, salubridad, educación, entre otros.

Debe tener un plan de estimulación y aprendizaje, acorde a la edad. Dicho plan debe incluir como mínimo: estimulación, custodia permanente, juegos recreativos, lectura de cuentos, educación en valores, educación ambiental y otras actividades que le ayuden a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad.

Durante la permanencia de los niños/as, estos recibirán un trato afectuoso, equitativo e integrador con el fin de fomentar las condiciones de respeto, convivencia y sociabilidad de los mismos.

Se fomentará una comunicación constante, abierta y respetuosa con el núcleo familiar para lograr un servicio coordinado y continuo en la educación de los niños.

El Prestador del Servicio deberá contar con los servicios de un psicólogo o psicopedagogo que pueda velar por aspectos relacionados al aprendizaje y dificultades que puedan presentar los niños/as, grado de madurez, desarrollo, etc., posibilitando reuniones con los padres en casos que sean necesarios.

Se debe incorporar la educación en valores: Es muy importante que los niños/as aprendan a través de valores y hábitos, a ser ordenados, educados, obedientes, responsables, y que adquiera el hábito de respeto al medio ambiente, la limpieza e higiene y alimentación saludable; así como otras pautas de comportamiento que ayuden a su desarrollo integral acorde a cada edad.

Se promoverá la educación cívica e identidad nacional, respetando las costumbres, símbolos patrios y festividades nacionales. Bajo ningún concepto, el prestador del servicio podrá inculcar ideologías religiosas o políticas a los niños.

Se debe fomentar en los niños/as el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de la autonomía e identidad.

La política de aprendizaje debe ser de calidad en forma activa, creativa, placentera y participativa, utilizando el juego como metodología básica.

UBICACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO INFANTIL  

Deberá estar ubicado a no más de 1,5 kilometro de la sede del MUVH, Casa Central, ubicada en Independencia Nacional y Manuel Domínguez.

COTIZACION DEL PRECIO

La cotización del precio unitario se establece por niño/a; la misma deberá abarcar la estimulación, alimentación saludable, educación, la propensión para la adquisición de hábitos de respeto al medio ambiente, la limpieza; cuidado y protección permanente; espacios recreativos; fomentar en los niños/as el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de la autonomía e identidad.

Los pagos serán por la asistencia de cada niño/a al local del prestador del servicio, computados en forma mensual, de acuerdo a lo establecido en estas especificaciones.

DATOS REFERENCIALES ESTIMADOS DE HIJOS/AS DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL MUVH POR GRUPO

ETAPA 1

CANTIDAD NIÑOS/AS

ETAPA 2

CANTIDAD NIÑOS/AS

Grupo 1 Maternal 1

3

Grupo 4 Pre jardín

7

Grupo 2 Maternal 2

6

Grupo 5 Jardín

8

Grupo 3 Maternal 3

9

 

 

 

Especificaciones técnicas requeridas Niños /as por edades.

ETAPA 1

Edad

ETAPA 2

CANTIDAD NIÑOS/AS

Grupo 1 Maternal 1

Desde el ingreso del niño/a al término del permiso de maternidad, según los casos previstos en la Ley 5508/15 hasta los 12 meses.

Grupo 4 Pre jardín

3 años cumplidos.

Grupo 2 Maternal 2

Desde los 13 meses hasta los 24 meses.

Grupo 5 Jardín

4 años. La edad de este grupo será hasta cumplir los 5 años si es que esto ocurriese hasta marzo del año de vigencia del contrato, si cumpliese 5 años luego de dicho mes, podrá usufructuar el servicio hasta diciembre del año en curso.

Grupo 3 Maternal 3

Desde los 25 meses hasta los 36 meses.

 

 

 

Cantidad de Niños/as por maestro/a.

ETAPA 1

CANTIDAD NIÑOS/AS

ETAPA 2 

CANTIDAD NIÑOS/AS

Grupo 1 Maternal 1

hasta 4 (cuatro) niños/as por maestro/a más 1 asistente

Grupo 4 Pre jardín

hasta 20 niños/as por maestro/a más 1 asistente

Grupo 2 Maternal 2

hasta 4 (cuatro) niños/as por maestro /a más 1 asistente

Grupo 5 Jardín

hasta 20 niños/as por maestro/a más 1 asistente

Grupo 3 Maternal 3

hasta 7 (siete) niños/as por maestro/a más 1 asistente

 

 

 

Cantidad de Niños/as por Sala.

ETAPA 1

CANTIDAD NIÑOS/AS

ETAPA 2 

CANTIDAD NIÑOS/AS

Grupo 1 Maternal 1

10 por sala

Grupo 4 Pre jardín

20 por sala

Grupo 2 Maternal 2

12 por sala   

Grupo 5 Jardín

20 por sala

Grupo 3 Maternal 3

15 por sala

 

 

 

Observaciones:

La agrupación de los niños/as se hará teniendo en cuenta las edades, como así también conforme a las personalidades y características de cada uno, que será obtenida de las entrevistas hechas a los padres.

Para los casos de niños/as con discapacidad, se requerirá la asistencia de un maestro/a integrador o profesor/a de apoyo a la inclusión, el cual será contratado por los padres del niño/a.

Horario: Lunes a viernes, desde las 06:30 horas hasta las 17:00 horas, sin incluir sábado, domingos y feriados. Durante el tiempo en que los padres dependan laboralmente del MUVH.

Horarios referenciales de alimentación:

Desayuno: 07:00 a 07:30 Aprox.

Media mañana: 09:00 a 09:30 Aprox.

Almuerzo (Comida, jugo de fruta o verdura y postre): 11:00 a 11:30 Aprox.

Merienda: 14:00 a 14:30 Aprox.

Observación: Horarios establecidos a manera referencial que marcan el inicio aproximado de la ingesta diaria.

 

LISTADO DEL PERSONAL MINIMO PARA PRESTAR SERVICIOS:

ÍTEM

DESCRIPCION

CANTIDAD Mínima

  1.  

Coordinador/a General

1

  1.  

Maestros/as de Educación Inicial

5

  1.  

Asistentes de Educación Inicial

5

  1.  

Secretario/a Administrativo/a.

1

  1.  

Personal de Servicio

1

  1.  

Licenciado/a en Enfermería

1

  1.  

Psicólogo/a o Psicopedagogo/a

1

  1.  

Lic. En Nutrición

1

  1.  

Cocinero/a

1

 

En función a los requerimientos, en caso que aumente la cantidad de niños/as de acuerdo al grupo, se podrá dar la necesidad de una redistribución por nivel del personal afectado al servicio.

 

REQUISITOS PARA EL PERSONAL A PRESTAR SERVICIOS.

  • Coordinador/a General: Título Profesional en Educación Inicial, trabajo social, con experiencia mínima de 3 años de haber trabajado con niños/as en la atención de educación inicial (Excluyente). Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad.
  • Maestras de Educación Inicial: Título Profesional en Educación inicial. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad. Experiencia específica de 2 años (Excluyente). Con título habilitante, registrado en el MEC. Deberá cumplir el horario de lunes a viernes de 06:30 a 17:00 horas.
  • Asistentes de Educación Inicial: Profesor/a de Educación Inicial, en Educación Escolar Básica, Educación Artística, registrado en el MEC, y/o en Psicología o Psicopedagogía. O en su defecto, estudiantes de Ciencias de la Educación, cursando el segundo año como mínimo, además también califica una persona que haya hecho cursos de capacitación en educación inicial que le habilite en el trato y cuidado de los niños. Certificado de Trabajo que avale su conocimiento en el manejo de niños/as, con una experiencia mínima de 2 (dos) años como tal, en los últimos 5 (cinco) años (Excluyente). Deberá cumplir el horario de lunes a viernes de 06:30 a 17:00 horas.
  • Secretaria/o Administrativa/o: El personal debe tener estudios de Educación media Concluidos. Experiencia específica de 1 año al menos (Excluyente). Habilidades necesarias: ser una persona organizada, con orientación al cliente y con iniciativa. Deberá cumplir el horario de lunes a viernes de 06:30 a 17:00 horas.
  • Personal de Servicio: Certificado laboral, y experiencia mínima de 1 (un) año en trabajos similares.
  • Licenciada/o en Enfermería: Debe contar con un título profesional otorgado por una universidad o institución de educación superior acreditada, con experiencia mínima de 1 (un) año de haber trabajado con niños/as en la atención de educación inicial, llevando a cabo un control del aspecto médico y todas las actividades relacionadas a primeros auxilios y salud. Debidamente registrado en el MSPyBS.
  • Psicóloga/o Educacional o Psicopedagogo/a: Con título profesional habilitado, otorgado por una Universidad acreditada, con experiencia mínima de 1 (un) año de haber trabajado con niños/as en educación inicial. Deberá cumplir de 2 veces a la semana, o según necesidad. Deberá contar con Registro Profesional expedido por el MSPyBS vigente, o matricula profesional expedida por el MEC según el caso que corresponda.
  • Nutricionista: Debe contar con un título profesional otorgado por una universidad o institución de educación superior acreditada, con experiencia mínima de 1 (un) año de haber trabajado con niños/as en la atención de educación inicial, con capacidades, conocimientos, habilidades, con sólidos principios éticos, bases científicas y actitud que le permiten actuar con responsabilidad social, en el que la alimentación y la nutrición sean necesarios para la promoción y protección de la salud, prevención de enfermedades contribuyendo a la mejoría y mantenimiento de la calidad de vida. Debidamente habilitado.
  • Cocinera/o: Certificado laboral, y experiencia mínima de 1 (un) año en trabajos similares, contar como mínimo con título de bachiller, experiencia pertinente a la función y capacitación principalmente en producción, manipulación, conservación, elaboración y distribución de los alimentos, así como su relación con la sanidad. Las Municipalidades y el INAN podrán realizar esta capacitación.

OBSERVACIÓN: con la oferta se deberán presentar los currículums de cada uno de los profesionales, además de la carta de aceptación del mismo, donde acepte trabajar con el Oferente en caso que el mismo sea adjudicado, dichos documentos serán evaluados por el Comité de Evaluación.

SUSTITUCIÓN: En caso de que el PROVEEDOR quiera sustituir a sus empleados/funcionarios durante la vigencia del contrato, en primer lugar, deberá tener la aprobación del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, a quien expondrá la justificación debida. Una vez aprobada la justificación, se podrá sustituir el personal, no obstante, el currículo propuesto deberá cumplir con las exigencias originales del PBC. El cambio de maestra o ayudante solo podrá darse durante el año lectivo por razones justificadas y excepcionales. En caso de que los empleados o funcionarios del PROVEEDOR, renuncien o se ausenten por largo tiempo se deberá comunicar al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO el hecho, justificando y presentando la propuesta para sustitución del personal.

RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA.

  • Los personales deberán estar vestidos acorde al tipo de servicio que prestará, con la identificación correspondiente a cada uno. Deberán velar por la seguridad de los niños/as, previendo y evitando que los mismos se expongan a situaciones de peligro, durante el periodo en que los niños se encuentren bajo su custodia. La contratista será civilmente responsable por cualquier daño, físico o psicológico, que pudieren sufrir los niños/as durante el tiempo que se encuentren bajo su custodia y/o guarda, eximiendo a la contratante de la obligación de indemnizar por el mismo.
  • El recibimiento de los niños, a la hora de entrada de los mismos deberá ser realizado por sus respectivas profesoras y/o asistentes de cada área, al igual que la salida de los mismos encargándose de que estos sean retirados por sus padres y/o responsables.
  • Los responsables de cada área deberán custodiar permanentemente las zonas de juegos, parque, durante este periodo, así mismo durante la hora de descanso.
  • Será responsable del arreglo (mantenimiento) de las salas, limpieza de los juguetes, y decoración de las mismas.
  • La asistencia a los niños/as por niveles, como el de cambio de ropas, pañales y aseo del/la niño/a, según necesidad. Además de ser responsables de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño/a provistos por los padres.
  • Deberá realizar fumigaciones y desinfecciones periódicas, especialmente luego de los problemas de salud y enfermedades contagiosas, asimismo del mantenimiento del patio/jardín. Asegurarse de tener insumos de limpieza para la correcta higiene y desinfección diaria de todas las áreas del lugar. Así también, tener en vigencia la aplicación de los Protocolos de limpieza y prevención actualizados emitidos por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o los organismos competentes.
  • Es obligatorio para la empresa adjudicada presentar semanalmente entre los días viernes de la semana que culmina y/o lunes de la semana entrante al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO la planilla de control de asistencia de los niños/as presentes en el día, al igual que la planilla de asistencia del personal que presta los servicios, la que deberá llevar la firma de los afectados. Ambas planillas deberán ser rubricadas y selladas por el Coordinadora/or del Espacio de Desarrollo Infantil y el Administrador del Contrato.
  • Es la responsable de toda publicación de los menores en a través de internet (redes sociales, mensajería) deberán ser autorizadas previamente por los padres y/o tutores legales 

DETALLES DE FUNCIONES MÍNIMAS DEL PERSONAL

COORDINADOR/A GENERAL:

  • Es el responsable de la decisión y potestad para resolver cualquier problema que se presente con los personales que prestan servicios y con los niños/as bajo su custodia; como así también ejercerá el control sobre todos los aspectos del servicio, y en caso de ser necesario se pondrá en contacto inmediatamente con el Administrador del Contrato y/o con los padres.
  • Apoyar a Maestras de Educación Inicial para la planificación y ejecución del Plan Pedagógico, incluyendo el reemplazo de los mismos en caso de ausencia. Planificar, proveer y administrar los recursos del Espacio de Desarrollo Infantil.
  • Es responsable del buen funcionamiento del Espacio de Desarrollo Infantil conforme a las normas pedagógicas que rigen la actividad.
  • Estimular a los personales a su cargo para el buen desempeño de sus funciones.
  • Mantener el relacionamiento correcto y armónico entre los personales, dentro del marco normativo, la educación, la moral y las buenas costumbres.
  • Velar por el cumplimiento del Plan de Alimentación, y las atenciones personalizadas a cada niño/a de parte de los profesionales (Nutricionista, Psicólogo/Psicopedagogo y Licenciado/a en Enfermería); y así también, de la limpieza y el mantenimiento del Espacio de Desarrollo Infantil.
  • Es la responsable de elaborar un calendario de actividades que serán desarrolladas durante el Año Lectivo, en el cual se establecerán los métodos de aprendizaje, las actividades pedagógicas días festivos y los objetivos. El calendario de actividades se deberá presentar al inicio del Año Lectivo e informar de los cambios, si hubiere en el mismo, al Administrador del Contrato.
  • Realizar la evaluación del desempeño docente a las Maestras de Educación Inicial, a fin de remitir en el informe mensual las evaluaciones realizadas al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
  • Mantener contacto con las familias de los niños/as, respecto a las actividades académicas, la salud, comportamiento, relacionamiento, u otros motivos relacionados a ellos.

MAESTROS/AS DE EDUCACIÓN INICIAL:

  • Deberá elaborar las planificaciones y programas que se requieran para el año y recreación, incluye; estimulación, custodia permanente, juegos recreativos, lectura de cuentos y otras actividades que le ayuden a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad, acorde al programa del MEC.
  • Fomentar la educación en valores, que los niños/as aprendan a través de valores y hábitos, a ser ordenados obedientes y responsables, que ayuden a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad.
  • Conocer individualmente a cada uno de los niños/as. Aplicar estrategias de aprendizaje acorde a las características individuales de cada niño/a, en base a las metas propuestas.
  • Propiciar un clima de participación y confianza entre los niños/as, maestros y padres.
  • Organizar entrevistas individuales y reuniones con los padres.
  • Es responsable de la educación y seguridad integral del/la niño/a bajo su custodia, durante la permanencia del/la mismo/a en el Espacio de Desarrollo Infantil, tanto en el aula como en el patio u otra dependencia.
  • Es responsable de encargarse personalmente de la alimentación de los niños/as en cuanto a frecuencia, modo y cantidad suficiente.
  • Es responsable de la higiene y aseo de los niños/as de su grupo, con la frecuencia adecuada, conforme a las normas generales de higiene normalmente aceptadas, quedando totalmente prohibida la utilización de elementos de aseo personal de un niño/a en la atención de otro niño/a.

ASISTENTES DE EDUCACIÓN INICIAL:

  • Prever en forma conjunta con la Maestra/o todos los materiales a ser utilizados en el día de acuerdo a las actividades programadas.
  • Es responsable solidario por la educación y seguridad integral de los niños/as bajo su custodia.
  • Es responsable en forma conjunta con la Maestra/o de la correcta alimentación de los/as niños/as, y encargarse personalmente de la alimentación de los niños/as en cuanto a la frecuencia, modo y cantidad suficiente.
  • Es responsable en forma conjunta con la Maestra/o de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño/a, quedando totalmente prohibida la utilización de elementos de uso personal de un/a niño/a en la atención de otro/a niño/a.
  • Acompañar en todo momento a los niños/as dentro y fuera del aula (parque, baño, clases y comedor).
  • Informar al docente encargado y en ausencia de este a la coordinación sobre las acciones realizadas y situaciones particulares de cada niño/a si fuese necesario.
  • Participar de las reuniones de profesores y curso de capacitación. Informar a la maestra/o cualquier dificultad pedagógica.

SECRETARIA ADMINISTRATIVA:

  • Elaborar y realizar planillas de carácter administrativo.
  • Garantizar la apertura y cierre del Espacio de Desarrollo Infantil.
  • Expedir documentaciones solicitadas por los padres.
  • Controlar el plantel de asistencia de los educadores.
  • Elaborar y presentar informes al administrador de contrato si así lo requiera.
  • Realizar las tareas administrativas y también garantizar que la Guardería sea abierta media hora antes de iniciar las labores y cerrada al finalizar las mismas, expedir constancias o certificados solicitados por padres o encargados. Así mismo llevar el control de asistencia de los Educadores y profesores, elaboración y presentación de documentos exigidos por el administrador de Contrato.

PSICOLOGO O PSICOPEDAGOGO:

  • Realizará evaluaciones psicopedagógicas y de desarrollo psicológico.
  • Realizará intervenciones según necesidad.
  • Brindará orientaciones a los padres y docentes.

NUTRICIONISTA:

  • Elaborará el menú según las necesidades de cada grupo etario.
  • Elaborará el calendario alimenticio antes de la finalización de cada mes.
  • Realizará un seguimiento de la alimentación de los niños/as.
  • Presentar informe sobre el estado nutricional de los niños/as.
  • Conocer la distribución de nutrientes que se deben ingerir en las distintas comidas del día (desayuno, media mañana, almuerzo, jugo de frutas o verduras, postre y merienda).
  • Incluir en el plan de alimentación todos los grupos de alimentos necesarios para el crecimiento y buen funcionamiento del organismo, teniendo en cuenta el momento biológico del niño/a.
  • Controlar la calidad de la materia prima. Controlar el correcto almacenamiento y conservación de la materia prima.
  • Controlar las formas de preparación y elaboración del menú.
  • Hacer cumplir las normas higiénicas sobre la manipulación de alimentos, higiene del medio físico, del personal encargado, vestimenta adecuada, (uso de delantales, guantes, tapa bocas.)
  • Brindar las orientaciones nutricionales a las familias.
  • Todos los planes y recomendaciones de alimentación deben realizarse en base a las recomendaciones de las Guías alimentarias del MSPBS.
  • Deberá verificar y realizar seguimiento al estado nutricional registrado en la libreta de salud del niño/a y comunicar a los padres. Los datos deberán ser registrados en el legajo del niño.
  • Informar de manera semanal o mensual sobre los puntos anteriormente citados.

 

LICENCIADA EN ENFERMERÍA:

  • Realizará atenciones a los niños/as de forma individualizada, o en su caso, de forma coordinada dentro del equipo escolar, con los cuidados propios de su competencia.
  • Realizar rutinas establecidas y primeros auxilios en el caso que lo requiera.
  • Encargarse de la administración de los medicamentos y tratamientos de acuerdo a la prescripción médica.
  • Llevar y completar el control de fichas médicas: ficha de temperatura, vacunación, medicación de los niños/as bajo su atención, conocimiento de patologías, alergias y/u otro inconveniente que refieran los padres o responsables con el aval médico correspondiente.
  • Hacer seguimiento de los casos de primeros auxilios.
  • Mantener actualizado y en buen estado los expedientes de los niños.
  • Visitar diariamente las aulas reportando por escrito los casos menores que presenten síntomas de enfermedad, así como la detección de áreas de riesgos potenciales de accidentes.
  • Verificar permanentemente que las condiciones de higiene y seguridad de las instalaciones, mobiliario y equipo del plantel no pongan en peligro la salud o la integridad física de los miembros de la comunidad educativa.

PERSONAL DE SERVICIO:

  • Será responsable de la limpieza integral e higiene del lugar.
  • Los sanitarios, aulas, cocina y comedor deberán ser desinfectados diariamente y/o cuando así se requiera, considerando que son los lugares que reúnen las mayores condiciones para el crecimiento bacteriano, por tanto, la higiene debe ser realizada con productos específicos que eliminen los microorganismos de manera a evitar posibles focos de infección. Aplicándose la normativa de limpieza actualizada emitida por el MSPUBS.
  • Productos de limpieza y desinfectantes: Alcohol en gel, cañerías de baño, cocina, pisos, azulejos, mesas, sillas, juguetes y elementos en contacto con los niños.

PERSONAL DE COCINA:

  • Será responsable en la producción, manipulación, conservación, elaboración y distribución de alimentos.
  • Será responsable de mantener los parámetros de higiene y sanidad establecidos.
  • Utilizar vestimenta adecuada (uniforme, cofia, calzados y en ocasiones especiales guantes de látex si fuese necesario).
  • Cumplir con el plan de alimentación asignada a los niños/as según su sala y edad.
  • Preparar los alimentos en forma higiénica, balanceada y nutritiva utilizando racionalmente los ingredientes.
  • Mantener limpia las instalaciones de la cocina y los utensilios.
  • Cumplir con las normas de higiene personal y del área de cocina.

 

OBSERVACIONES

La empresa adjudicada se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio en relación a su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (salario mínimo, bonificación familiar, reposo, vacaciones, aguinaldo, entre otros), por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.

En caso de ausencia del personal asignado a cualquiera de las tareas, la prestadora de servicios deberá inmediatamente cubrir esas ausencias conforme a lo establecido anteriormente. De no reemplazarse el personal por inasistencia, será motivo de observación en el Acta de Conformidad Mensual que derivará en sanciones pecuniarias.

ALIMENTACIÓN

La alimentación de los niños/as será elaborada y proveída por la prestadora de los servicios, e indefectiblemente debe incluir:

Desayuno, Media Mañana, Almuerzo completo (Comida, jugo de fruta o verdura preparados en el momento y postre) y Merienda. No se permitirán jugos envasados y gaseosas. Los padres deberán de proveer el resto de las comidas que consideren.

 

Será exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicada el correcto almacenamiento, la conservación y suministro de los alimentos; así también, de la frecuencia, modo y cantidad suficiente que será proveída a cada niño/a.

Las dietas alimenticias serán elaboradas por el/la Licenciado/a en Nutrición infantil. Deberá consistir en una dieta sana y equilibrada acorde a las necesidades de cada grupo etario. En caso de que el niño/a tenga una alimentación diferenciada, sea cual fuere el motivo, la dieta alimenticia será elaborada por el nutricionista de cabecera y a cargo de los padres, en base al historial médico del niño/a y deberá ser proveída por la empresa prestadora del servicio, para la elaboración de esta.

Las mesas utilizadas como comedor deberán contar con manteles y servilletas. Se tendrán en cuenta las recomendaciones de la Guía Básica para Servicios de Alimentación del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) y demás disposiciones del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) para cada niño/a.

Faltando cinco (5) días hábiles para la finalización de cada mes, la empresa adjudicada deberá establecer el calendario alimenticio (menú diario) del mes siguiente, de manera a que el mismo sea informado al Administrador del Contrato y a los padres.

El Administrador del Contrato podrá rechazar el menú justificando claramente el motivo de la objeción y solicitará las aclaraciones que considere pertinentes.

El objetivo principal de la alimentación de los niños/as es, a más de su desarrollo físico, que los mismos al terminar el año lectivo, puedan consumir cualquier tipo de alimento sano, es decir que vayan adquiriendo una pauta de alimentación adecuada.

En el caso de los Lactantes, se extremarán cuidados para la preparación de alimentos y/o mamaderas, precaviendo la limpieza y la conservación adecuada para la leche materna en todo momento.

 

Lista de alimentos a ser utilizados

Lácteos: Leche entera, yogurt entero chico y por litro, queso Paraguay fresco, queso rallado, queso sándwich.

Carnes: Pechuga de pollo, carnaza negra, carne molida de primera, bola de lomo.

Verduras: Lechuga, acelga, perejil, kuratu (cilantro), espinaca, zapallito, zapallo, zanahoria, tomate, locote, papa, cebolla, remolacha.

Legumbres: Arvejas, chauchas, poroto, lentejas, feijao.

Cereales: Fideos, arroz, harina de trigo, avena tradicional, maizena, harina de maíz, pan de sándwich, galleta molida, sémola, cereales.

Frutas: Naranja, banana, mamón, manzana, pera, pomelo, mandarina, durazno y cualquier otra de la estación.

Dulces: gelatina, flan de vainilla, chocolate en polvo, dulce de leche, mermelada, azúcar según la indicación de la nutricionista.

Grasas: Aceite de oliva y de girasol, manteca de origen animal.

Especias: Nuez moscada, canela, hojas de laurel, sal, orégano y las que la nutricionista considere.

Observación: Queda totalmente prohibido que los niños/as consuman bebidas carbonatadas (gaseosas, jugos conservantes, refresco y/o sodas).

Plan de alimentación

El plan de alimentación deberá ser presentado por la/el Licenciada/o en Nutrición Infantil, con todas las formalidades que se requiera firma, sello, N° de Registro, a la Coordinadora/or y esta a su vez al Administrador del Contrato, de forma mensual para que esta otorgue su aprobación, aproximadamente 8 (ocho) días hábiles antes de que finalice el mes. Una vez aprobado el plan de alimentación, la empresa adjudicada comunicará a los padres.

Los niños/as menores de 6 meses que consuman leche exclusiva, la misma deberá ser proveída por los padres.

Los niños/as de seis meses de edad en adelante, para iniciar una alimentación sólida deberán contar con la Certificación del Pediatra tratante.

Así mismo la empresa adjudicada se compromete a llevar un registro diario para los grupos etarios Nº 1, Nº 2 y Nº 3, sobre detalles que tengan que ver con el desenvolvimiento del niño/a su cargo: hora en que tomó biberones y/o leche, comida cantidad ingerida, descanso, deposiciones, observaciones importantes, avisos, que deberán ser entregados a los padres diariamente.

Así mismo, se compromete a llevar un registro de alimentación de los niños de Jardín y Pre Jardín, comunicando a los padres si los mismos presentan cambios negativos en la conducta alimenticia y otras observaciones que sean importantes.

Observación: Los productos lácteos con sus derivados, y todos los productos envasados a ser proveídos, deberán contar con lote de elaboración, fecha de elaboración y/o vencimientos impresos en los envases los cuales deberán ser legibles a simple vista, además deberán ser conservados adecuadamente sin perder la cadena de frio según requiera el caso a fin de garantizar la conservación de las propiedades nutritivas de los alimentos.

 

SALUD Y SERVICIO DE EMERGENCIAS

Durante la estadía de los niños/as en el recinto de prestación de los servicios se deberá vigilar permanentemente su estado de salud y deberá contar indefectiblemente con algún seguro que cubra servicio de ambulancia y respuesta rápida de emergencias para el traslado inmediato de los niños/as en caso de accidentes al centro asistencial que será determinado, previa consulta a los padres o encargados.

Además, la empresa adjudicada deberá contar un Botiquín para Primeros Auxilios, el cual, estará a disposición de la Enfermería para los casos de emergencia, el mismo deberá contar con los remedios básicos para atender emergencias tales como: Manual de primeros auxilios, gasa estéril, leucoplast, curitas de varios tamaños, venda elástica, toallas antisépticas, IOP, cabestrillo, algodón estéril, una pera de goma, tijera, termómetro, pinza, alcohol al 70%, guantes quirúrgicos, tapa boca, agua oxigenada, cuchara de medida, rifocina, anti diarreico, antiespasmódico, antihistamínico, analgésico antifebril, descongestionante nasal, crema para picadura de insectos y quemaduras como mínimo.

Se deberá comunicar a los padres cualquier signo o síntoma de enfermedad y/o accidente, en la brevedad posible para que los mismos puedan retirar al niño o niña, si así lo consideran, como así también antes de dar al niño/a cualquier analgésico antifebril.

La empresa adjudicada para el servicio es responsable de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño/a a su cargo, quedando totalmente prohibida la utilización de elementos de uso personal de un niño/a en la atención de otro.

 

INFRAESTRUCTURA EDILICIA

  • En caso de que el oferente no cuente con local propio, deberá presentar con su oferta, una carta compromiso, donde el propietario acepte estar de acuerdo en dar en alquiler al oferente el inmueble para que la misma sea utilizada para las instalaciones del Espacio de Desarrollo Infantil.
  • Contar con un MINIMO de 5 salas cubiertas (Mínimo de 50 m2 c/u) destinadas exclusivamente a los niños/as, con espacios acordes a la cantidad y edad de niños/as por grupo, según recomendaciones Manual NORMATIVA PARA LA AUTORIZACION, FUNCIONAMIENTO, FISCALIZACION, CIERRE Y CLAUSURA DE LOS ESPACIOS DE DESARROLLO PARA NIÑOS DE O A 5 AÑOS elaborado en el año 2017.
  • Contar con una cocina con equipamiento y elementos apropiados para la preparación de alimentos y el cuidado de la higiene del lugar y protocolos expuestos a la vista según recomendaciones y habilitación del INAN. Los utensilios son de material lavable, resistente a las temperaturas y golpes, de colores y formas simples que faciliten su aseo, de uso exclusivo de cada niño/a.
  • Debe contar con una sala multiuso, destinada al juego, estimulación y educación, que puede ser utilizada como comedor cuando las condiciones no permiten la separación de estos espacios.
  • Debe contar con sanitarios sexuados exclusivos para los niños/as. Las dimensiones son de 2,10por 7,50 m Deberá estar comunicado internamente con la sala de actividades y contar con, 1 lavamanos por cada 10 niños, a la altura de 60 cm del NPT, 2 inodoros por cada 25 niños/as. Además, debe contar con 1 inodoro con barras de apoyo para niños con discapacidad, y por lo menos 1 ducha con agua fría y caliente.
  • Todas las salas deben contar con buena iluminación y ventilación, acorde a la edad y necesidades de estimulación oportuna para la rutina diaria.
  • Todos los marcos de puertas, ventanas, paredes y todo lo que pueda convertirse en un potencial riesgo de accidente deben llevar protectores
  • Salas de lactancia equipada conforme a los lineamientos técnicos y administrativos del MSPBS.
  • Cambiador: debe estar en comunicación interna con la sala de actividades y contar con por lo menos una mesada de 80 cm2x 80 cm2, por cada lactante y ubicada a 60 cm sobre el NPT (nivel piso terminado), una bañera por cada 10 lactantes, un lavamanos para adulto a 80 cm sobre el NPT, un lavamanos para lactante a 50 cm del NPT, un casillero de 20 x 20 x 30 cm para cada niño/a, de uso exclusivo para los elementos de los lactantes, instalado a una altura de 1.30m del NPT.
  • Contar con un espacio para la Coordinación, equipado con un escritorio, silla para escritorio, mesa y sillas para reuniones, archivador y equipo informático.
  • Contar con un espacio para la Secretaría, equipado para recibir al usuario y otros visitantes.
  • Contar con un área para guardar elementos de limpieza con un armario cerrado permanentemente con llave.
  • Contar con un espacio para depósito de por lo menos 12 m2 con llave para guardar los materiales didácticos.
  • El local debe contar con línea telefónica fija (permanente) y/o un teléfono celular, para la comunicación con los padres.
  • El local debe tener muralla o rejas seguras que garanticen la seguridad de los niños/as.

 

SUPERFICIE POR NIÑO/A EN METROS CUADRADOS

Los Espacios de Desarrollo Infantil deberán contemplar que las dimensiones de los espacios por niño/a, sean las siguientes:

2,5 m2 por niño/a de 0 a 12 meses

2 m2 por niño/a de 12 a 24 meses

2 m2 por niño/a de 25 a 36 meses

1,20 m2 para niños/as de 4 años

 

EQUIPAMIENTO DEL LOCAL

  • Todas las dependencias (a excepción de los baños) deberán contar con equipos acondicionadores de aire en perfecto estado de funcionamiento, y acordes al espacio en el cual está ubicado cada equipo.
  • Las instalaciones deben contar con circuito cerrado de televisión para el acceso principal y en todas las dependencias del local. En casos de controversia, la Proveedora del servicio deberá permitir el acceso a la grabación realizada. Las instalaciones deben contar con circuito cerrado de cámaras de vigilancia en el acceso principal y en lugares de mayor concurrencia del local, que permitan monitorear las actividades de las personas que visitan el Espacio de Desarrollo Infantil y/o oficina, así como los eventos. En casos de controversia o a petición de la Contratante y/o Padre/Madre o Tutor del niño/a la empresa adjudicad del servicio deberá permitir el acceso a la grabación realizada de dichos circuitos a fin de verificar o comprobar hechos que guardan relación al usufructo del servicio contratado.
  • La cocina debe estar equipada lo necesario para dar cobertura suficiente a las necesidades de elaboración y conservación de alimentos y otras necesidades para los niños/as (refrigeradores, cocina eléctrica, licuadora, entre otros).
  • Toda la vajillería necesaria para cubrir las necesidades de alimentación de los niños/as (los utensilios deben ser de plástico resistente o metal, en ninguna circunstancia deben ser de vidrio u otro material frágil y con posibilidades de quebrarse y causar daño), y debe contar con los enseres necesarios para el desarrollo de las tareas de cocina, tales como ollas, jarras, compoteras, entre otros.
  • El comedor deberá estar debidamente equipado (Mesas, sillas, manteles, servilletas, además de las sillas para bebés).
  • Todas las dependencias deben tener puertas y con un mirador de al menos 10cm de alto x 20cm de largo.
  • El sistema eléctrico del local debe indefectiblemente contar con corta corriente automático, y todas las tomas eléctricas que no serán utilizadas deben estar debidamente bloqueadas, protegidas o anuladas.
  • Todos los marcos de puertas, ventanas, paredes y todo lo que pueda convertirse en un potencial riesgo de accidente deben llevar protectores de goma.
  • Bebedero eléctrico de agua embotellada frío/caliente en el comedor.
  • Esterilizador de biberones.
  • Nebulizador ultrasónico.
  • Botiquín de primeros auxilios.
  • Casilleros para cada niño/a.
  • Juegos didácticos y juguetes para la totalidad de los niños/as.
  • Cambiador de bebé.

 

UNIFORMES, MATERIALES Y OTROS

La empresa adjudicada se compromete a elaborar antes del inicio de las actividades, los elementos personales que los niños/as necesitarán durante el año lectivo el cual deberá ser entregado a los padres junto con una ficha médica a ser llenada por los mismos conjuntamente con el pediatra de cada niño/a, la cual tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser entregada a el/la coodinador/a del Espacio de Desarrollo Infantil, al inicio del año lectivo.

El uniforme deberá ser suministrado por la empresa adjudicada para el servicio para los hijos/as de los servidores públicos, cada año lectivo 2 (dos) uniformes para verano, 2 (dos) uniformes para invierno y 1 (un) delantal para uso ocasional.

La empresa adjudicada deberá suministrar todos los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades los materiales de oficina (hojas, tintas, etc.) y materiales escolares (cuadernos, cartulinas, plastilina, pegamentos, pinceles, crayolas, entre otros). La lista de materiales es enunciativa no limitativa.

Los elementos personales serán proveídos por los padres de cada niño/a.

La empresa adjudicada es la responsable del control de plagas o bacterias en el local de la cocina, evitando la contaminación de alimentos y enseres.

 

 

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

N°. De Artículo

Nombre de los Bienes o Servicios

Especificaciones Técnicas y Normas

1

Servicio integral de guardería, según las especificaciones técnicas

Ver detalle

 

El Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH), suscribirá un contrato por Monto Mínimo y Monto Máximo, lo cual está programado para 24 meses de servicio.

 

Monto Mínimo Gs.

705.000.000

Monto Máximo Gs.

1.410.000.000

 

La cotización del precio unitario se establece por niño/a, considerando, educación, alimentación, etc; de acuerdo a lo establecido en las especificaciones.

No se puede establecer la cantidad exacta a ser beneficiados, tanto por entradas como salidas que puedan ocurrir durante la ejecución contractual por lo que se estima conveniente adoptar la modalidad de contrato abierto asignando monto mínimo o máximo para el presente proceso.

La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescritos en éste.

 

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

Ítem

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida de los servicios

Lugar donde los servicios serán prestados

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

1

Han sido establecidas conforme al Manual Espacios de Desarrollo Infantil Temprano, EDI- Cebinfa, dependiente del MSPyBS, y con el Protocolo y guía operativa vigente para el retorno seguro a instituciones educativas del MEC.

1

Unidad

La guardería deberá estar ubicado a 4.000 metros como máximo de la sede central del MUVH, sito en Independencia Nacional N° 909 esquina Manuel Domínguez.

El servicio integral de guardería se requerirá por el plazo de 24 meses, y comenzará a computarse a partir de la emisión de la orden de servicio emitida por mes por parte de la Administradora del Contrato.

 

  • El plazo máximo para la prestación efectiva de los servicios es de 24 (veinticuatro) meses calendarios contados desde la fecha de recepción efectiva de la orden de servicio por parte del proveedor.
  • Se emitirán órdenes de servicios mensuales solicitando la provisión del servicio, que deberá ser proporcionada sin interrupción durante los meses que dure el servicio según el plazo estipulado en el contrato. Observación: la orden de servicio podrá ser remitida al proveedor vía e-mail, y/o entregado al proveedor de forma física. La misma deberá tener el acuse de recibo correspondiente en cada caso. Se recuerda la obligatoriedad del proveedor de verificar el correo consignado con la oferta.
  • El proveedor se responsabilizará de la eficiente provisión de los servicios adjudicados, tanto en la cantidad como en la calidad de los mismos.
  • El proveedor deberá presentar su factura de manera mensual. Los pagos se realizarán después de haber proveído a la institución los servicios requeridos.

Observación: las notificaciones o reclamos por cortes en el servicio podrán ser realizados a través del correo electrónico institucional al proveedor. La misma deberá tener el acuse de recibo correspondiente en cada caso.

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA 

Orden de Servicio mensual/Acta de Conformidad Satisfactoria/ /Factura

Orden de Servicio mensual/Acta de Conformidad Satisfactoria/ /Factura

Una vez emitida la Orden de servicio mensual/ Acta de conformidad Satisfactoria, se abonará por mes vencido, de conformidad a lo requerido por la Dirección de Desarrollo y Bienestar de las Personas.