1- En vista de que no se realizara el acto de apertura de ofertas en presencia de todos los oferentes. Cual seria el procedimiento para que los oferentes puedan verificar la carpeta presentada por el oferente ganador de la subasta ? . En que día, hora y lugar se podría realizar el procedimiento mencionado?
1- En vista de que no se realizara el acto de apertura de ofertas en presencia de todos los oferentes. Cual seria el procedimiento para que los oferentes puedan verificar la carpeta presentada por el oferente ganador de la subasta ? . En que día, hora y lugar se podría realizar el procedimiento mencionado?
No es aplicable lo solicitado en cuanto para la verificación de las carpetas presentadas por los oferentes en la presente Modalidad, ya que la misma se encuentra Reglamentada por del Decreto 12.453 del 04/07/08 el Sistema de Contratación de Subasta a la Baja Electrónica, y conforme a lo estipulado en su Artículo 14: ?El acta mencionada en el párrafo anterior, será entregada a la entidad Convocante al término de la Sesión Pública Virtual, a fin de que el Comité de Evaluación realice la evaluación y proceda a la determinación del oferente adjudicado que será aquel que ofreció el precio más bajo y cumplió con las Condiciones Legales y Técnicas estipuladas en el Pliego de Bases y Condiciones, notificándole dicha adjudicación por medio del sistema y pudiéndose generar ese mismo día la Orden de Compra, Orden Servicio o Contrato en su caso. La evaluación y adjudicación de ofertas se realizará conforme a las disposiciones establecidas en la Ley N° 2.051/2003 Y su Decreto Reglamentario N° 21.909/2003?.
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Pag. 16 - Item 2 - Punto 2.2.15
Es factible que la cuchara dosificadora sea colocada dentro de la caja contenedora de los paquetes junto con los mismos y ni aún adheridos a cada paquete?. Ponemos a consideración que la cuchara dosificadora debería pasar por un proceso especial de esterilización para que sea incluida dentro del paquete pues estaría en contacto directo con el producto y considerando el manipuleo que generalmente sufre es posible que la misma cucharita pueda perforar el envase (los productos que traen cucharitas dosificadoras generalmente son de envases rígidos).
Es factible que la cuchara dosificadora sea colocada dentro de la caja contenedora de los paquetes junto con los mismos y ni aún adheridos a cada paquete?. Ponemos a consideración que la cuchara dosificadora debería pasar por un proceso especial de esterilización para que sea incluida dentro del paquete pues estaría en contacto directo con el producto y considerando el manipuleo que generalmente sufre es posible que la misma cucharita pueda perforar el envase (los productos que traen cucharitas dosificadoras generalmente son de envases rígidos).
Podría considerarse que la medida dosificadora sea colocada dentro de la caja que contenga los 10 paquetes de 1 kilo de leche, siempre y cuando la medida dosificadora este envasada con material que lo proteja de cualquier foco de contaminación (polietileno o polipropileno) y el mecanismo de inclusión dentro de la caja contenedora garantice el buen estado de la misma. Los paquetes individuales de la leche podrían ser entregadas conjuntamente con las cucharas dosificadoras.
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Pag. 19 .- Item 2 - Punto 2.2.4.2
El documento emitido por el CEMIT debe ser indefectiblemente una certificación de calidad o en caso que el CEMIT no emita certificaciones podría ser un resultado de análisis de producto que sea representativo de un lote y que haya sido muestreado por ellos mismos?
El documento emitido por el CEMIT debe ser indefectiblemente una certificación de calidad o en caso que el CEMIT no emita certificaciones podría ser un resultado de análisis de producto que sea representativo de un lote y que haya sido muestreado por ellos mismos?
El CEMIT se encuentra en conocimiento de lo requerido en el PBC, donde se solicita que la empresa deberá presentar por cada lote de productos a entregar al programa, la certificación de conformidad con la presente especificación técnica, emitida por el Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) y/o del CEMIT, por lo cual consideramos que este planteamiento no se presentaría.
En el supuesto caso se podría considerar resultados de análisis toda vez que los mismos contengan conclusiones específicas.
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Pag. 19 .- Item 2 - Punto 2.2.4.2
En el caso de que algunos de los análisis no pudieran hacerse a través de los laboratorios mencionados en el PBC ya sea por motivos de insumos etc., cuál sería el mecanismo de subsanar esa situación?
En el caso de que algunos de los análisis no pudieran hacerse a través de los laboratorios mencionados en el PBC ya sea por motivos de insumos etc., cuál sería el mecanismo de subsanar esa situación?
Fueron consultados a los laboratorios mencionados la factibilidad de realización de los análisis solicitados, por lo que consideramos no se daría el caso planteado. En un supuesto caso, podrían aceptarse análisis realizados por laboratorios oficiales de países del MERCOSUR, ello considerando que en Paraguay no existen laboratorios que trabajen con determinaciones analíticas para alimentos, que estén certificados.
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Pag. 19 - Item 2 - Punto 2.2.6.2
Seria factible utilizar opcionalmente como alternativa al Poliéster (PET) de la capa externa un Polipropileno Biorientado ?
Técnicos expertos del INTN del área de envases fueron consultados específicamente sobre los materiales de envases para los productos alimenticios licitados, y en base a sus sugerencias y recomendaciones solo serán aceptadas las características de los materiales de envases detallados en el PBC.
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Pag. 26 - Punto 1.2
Si es que la Orden de Compra debe emitirse como máximo en 10 días hábiles después de la orden de compra implica que luego de la firma del contrato el oferente adjudicado cuenta solo con diez días para fabricar la cantidad correspondiente para la primera entrega y para certificar la calidad de los lotes de producto fabricados en los laboratorios indicados, lo que consideramos podría resultar inviable para cualquier oferente.. Habría posibilidad de ampliar el plazo para la primera entrega? Mencionamos además que la licitación es AD REFERENDUM por lo que la adjudicación no ofrece suficiente garantía al adjudicado para asumir compromisos, con lo que habría esperar indefectiblemente la firma del contrato para que empiece a correr los plazos.
Si es que la Orden de Compra debe emitirse como máximo en 10 días hábiles después de la orden de compra implica que luego de la firma del contrato el oferente adjudicado cuenta solo con diez días para fabricar la cantidad correspondiente para la primera entrega y para certificar la calidad de los lotes de producto fabricados en los laboratorios indicados, lo que consideramos podría resultar inviable para cualquier oferente.. Habría posibilidad de ampliar el plazo para la primera entrega? Mencionamos además que la licitación es AD REFERENDUM por lo que la adjudicación no ofrece suficiente garantía al adjudicado para asumir compromisos, con lo que habría esperar indefectiblemente la firma del contrato para que empiece a correr los plazos.
Los 10 días hábiles que se mencionan son para emitir la Orden de Compra a partir de la firma del contrato. Luego de la emisión de la Orden, la empresa u oferente cuenta con 20 días hábiles para la entrega del producto (Ver pagina 26 Requisitos para la Entrega de Productos punto 1.3.)
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Pag 38 ? punto 4.2
Se podría emitir la Orden de compra por Región Sanitaria, de manera a que la distribución se realice considerando la logística para el recorrido de los distritos por cada región?
Se podría emitir la Orden de compra por Región Sanitaria, de manera a que la distribución se realice considerando la logística para el recorrido de los distritos por cada región?
Teniendo en cuenta el lapso de aptitud que debe contar el producto ITEM 2 en el momento de la entrega que según establece el PBC debe ser como mínimo de 10 meses. En caso de que por situaciones que podrían presentarse y que sean ajenas a la voluntad de la empresa adjudicada (ej. retraso de los laboratorios en la realización de los análisis, caminos intransitables, cambios en el cronograma, depósitos llenos etc.) se retrasen las entregas y al momento de reestablecerse la distribución el lapso de aptitud del producto sea menor al mínimo requerido, Será igualmente aceptado el producto?
Teniendo en cuenta el lapso de aptitud que debe contar el producto ITEM 2 en el momento de la entrega que según establece el PBC debe ser como mínimo de 10 meses. En caso de que por situaciones que podrían presentarse y que sean ajenas a la voluntad de la empresa adjudicada (ej. retraso de los laboratorios en la realización de los análisis, caminos intransitables, cambios en el cronograma, depósitos llenos etc.) se retrasen las entregas y al momento de reestablecerse la distribución el lapso de aptitud del producto sea menor al mínimo requerido, Será igualmente aceptado el producto?
EL ANTICIPO CUBRIRA YA LOS COSTOS DE LA PRIMERA Y /O SEGUNDA ENTREGA DEL BIEN, SEGÚN LO ADJUDICADO. Y UNA AMORTIZADO TOTALMENTE EL ANTICIPO, SE PROCEDERA AL PAGO POR LAS SIGUIENTES ENTREGAS DE LOS BIENES ENTREGADOS Y RECEPCIONADOS POR LA CONVOCANTE.