Conforme a los terminos y condiciones del Pliego de Bases y Condiciones del referido llamado,atentamente nos dirigimos a ustedes a fin de solicitar las siguientes aclaraciones:
1) SINIESTROS OCURRIDOS (COBRADOS, PENDIENTES DE LIQUIDACIÓN/COBRO Y RECHAZADOS) EN LOS ÚLTIMOS 12 MESES.
2) En el Punto Nº 3 SERVICIO CONEXO (pag. 13 del PBC) dice:
La Aseguradora abonará en concepto de asistencia médica por accidentes hasta el 30 % del Capital Asegurado por el Seguro de Vida, para el total de efectivos hasta en 3 (tres) casos dados en el mismo personal, conforme al cuadro que antecede en la PARTE II - SECCION V punto 1. FAVOR ACLARAR SI LA ASISTENCIA MÉDICA aquí INDICADA ES SOLAMENTE PARA CASOS DE ACCIDENTES.
La aseguradora abonara en concepto de asistencia por invalidez del Personal hasta el 100% de la prima de seguro de acuerdo al cuadro descriptivo a cada personal correspondiente a determinado cargo, para el total de efectivos conforme al cuadro que antecede en la PARTE II - SECCION V punto 1. FAVOR ACLARAR SI LA INVALIDEZ aquí INDICADA ES INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE.
3) En el Punto DOCUMENTACIONES NO SUSTANCIALES (pag. 18 Y 19 del PBC) dice:
Punto 3. Copia de contratos ejecutados de provisión o facturaciones de venta y recepciones finales, similares a lo propuesto, por montos o volúmenes iguales o superiores al 50% del monto a ser asegurado en la presente contratación de los tres (3) últimos años, (2007, 2008 Y 2009). Podrán presentarse la cantidad de contratos y recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el volumen o monto solicitado, siempre que hayan sido formalizados en el periodo mencionado y Punto 18 Copia de los tres últimos Balances (2007, 2008, 2009) presentado a la Autoridad de control. EN ATENCIÓN AL CIERRE DE EJERCICIO AL 30 DE JUNIO DEL 2010 DE COMPAÑÍAS DE SEGUROS LOS TRES (3) ÚLTIMOS AÑOS SON 2008, 2009 Y 2010. POR FAVOR SIRVANSE CORREGIR LOS AÑOS INDICADOS EN ESTOS PUNTOS.
2 (dos)
Punto 10. Copia autenticada de la Certificación del coeficiente que correspondía al margen de solvencia del oferente, correspondiente al corte de los últimos ocho trimestres, expedido por la Superintendencia de Seguros y punto 12. Margen de solvencia de la última publicación de la pagina Web de la Superintendencia de Seguros. DE ACUERDO A LA RESOLUCIÓN SS.SG.N° 011/10 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS LA CERTIFICACIÓN DEL MARGEN DE SOLVENCIA DEJÓ DE SER EXPEDIDA POR LA MISMA DESDE SETIEMBRE DEL 2009 Y CONFORME A NOTA SS.SG. N°079/10 COMUNICADA A LA DNCP, ESTAS SOLICITUDES NO SON APLICABLE, POR FAVOR SIRVASE ELIMINAR ESTOS REQUISITOS.
PUNTO 14. Cuente con una antigüedad mínima de 10 (diez) años y experiencia con seguros de vida colectiva con el Estado. Considerando que la Ley Nº 2051/03 ?De Contrataciones Públicas?, dispone en sus artículos 4° PRINCIPIOS GENERALES que: ?La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios: a) Economía y Eficiencia, b) Igualdad y Libre Competencia??; y 20° BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA in fine, que ?Para la participación ... ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, que las especificaciones técnicas... contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; y deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante?, SOLICITAMOS LA EXPERIENCIA NO SE LIMITE A SEGUROS DE VIDA CON EL ESTADO.
Conforme a los terminos y condiciones del Pliego de Bases y Condiciones del referido llamado,atentamente nos dirigimos a ustedes a fin de solicitar las siguientes aclaraciones:
1) SINIESTROS OCURRIDOS (COBRADOS, PENDIENTES DE LIQUIDACIÓN/COBRO Y RECHAZADOS) EN LOS ÚLTIMOS 12 MESES.
2) En el Punto Nº 3 SERVICIO CONEXO (pag. 13 del PBC) dice:
La Aseguradora abonará en concepto de asistencia médica por accidentes hasta el 30 % del Capital Asegurado por el Seguro de Vida, para el total de efectivos hasta en 3 (tres) casos dados en el mismo personal, conforme al cuadro que antecede en la PARTE II - SECCION V punto 1. FAVOR ACLARAR SI LA ASISTENCIA MÉDICA aquí INDICADA ES SOLAMENTE PARA CASOS DE ACCIDENTES.
La aseguradora abonara en concepto de asistencia por invalidez del Personal hasta el 100% de la prima de seguro de acuerdo al cuadro descriptivo a cada personal correspondiente a determinado cargo, para el total de efectivos conforme al cuadro que antecede en la PARTE II - SECCION V punto 1. FAVOR ACLARAR SI LA INVALIDEZ aquí INDICADA ES INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE.
3) En el Punto DOCUMENTACIONES NO SUSTANCIALES (pag. 18 Y 19 del PBC) dice:
Punto 3. Copia de contratos ejecutados de provisión o facturaciones de venta y recepciones finales, similares a lo propuesto, por montos o volúmenes iguales o superiores al 50% del monto a ser asegurado en la presente contratación de los tres (3) últimos años, (2007, 2008 Y 2009). Podrán presentarse la cantidad de contratos y recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el volumen o monto solicitado, siempre que hayan sido formalizados en el periodo mencionado y Punto 18 Copia de los tres últimos Balances (2007, 2008, 2009) presentado a la Autoridad de control. EN ATENCIÓN AL CIERRE DE EJERCICIO AL 30 DE JUNIO DEL 2010 DE COMPAÑÍAS DE SEGUROS LOS TRES (3) ÚLTIMOS AÑOS SON 2008, 2009 Y 2010. POR FAVOR SIRVANSE CORREGIR LOS AÑOS INDICADOS EN ESTOS PUNTOS.
2 (dos)
Punto 10. Copia autenticada de la Certificación del coeficiente que correspondía al margen de solvencia del oferente, correspondiente al corte de los últimos ocho trimestres, expedido por la Superintendencia de Seguros y punto 12. Margen de solvencia de la última publicación de la pagina Web de la Superintendencia de Seguros. DE ACUERDO A LA RESOLUCIÓN SS.SG.N° 011/10 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS LA CERTIFICACIÓN DEL MARGEN DE SOLVENCIA DEJÓ DE SER EXPEDIDA POR LA MISMA DESDE SETIEMBRE DEL 2009 Y CONFORME A NOTA SS.SG. N°079/10 COMUNICADA A LA DNCP, ESTAS SOLICITUDES NO SON APLICABLE, POR FAVOR SIRVASE ELIMINAR ESTOS REQUISITOS.
PUNTO 14. Cuente con una antigüedad mínima de 10 (diez) años y experiencia con seguros de vida colectiva con el Estado. Considerando que la Ley Nº 2051/03 ?De Contrataciones Públicas?, dispone en sus artículos 4° PRINCIPIOS GENERALES que: ?La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios: a) Economía y Eficiencia, b) Igualdad y Libre Competencia??; y 20° BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA in fine, que ?Para la participación ... ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, que las especificaciones técnicas... contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; y deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante?, SOLICITAMOS LA EXPERIENCIA NO SE LIMITE A SEGUROS DE VIDA CON EL ESTADO.
En referencia a las consultas se realizan las siguientes aclaraciones:
1) SINIESTROS OCURRIDOS (COBRADOS, PENDIENTES DE LIQUIDACIÓN/COBRO Y RECHAZADOS) EN LOS ÚLTIMOS 12 MESES.
RESPUESTA:
La convocante se reserva estos datos considerando que los mismos forman parte de las fojas del personal militar.
2) En el Punto Nº 3 SERVICIO CONEXO (pag. 13 del PBC) dice:
La Aseguradora abonará en concepto de asistencia médica por accidentes hasta el 30 % del Capital Asegurado por el Seguro de Vida, para el total de efectivos hasta en 3 (tres) casos dados en el mismo personal, conforme al cuadro que antecede en la PARTE II - SECCION V punto 1. FAVOR ACLARAR SI LA ASISTENCIA MÉDICA aquí INDICADA ES SOLAMENTE PARA CASOS DE ACCIDENTES.
RESPUESTA:
Si, la asistencia médica es para casos de accidentes
La aseguradora abonara en concepto de asistencia por invalidez del Personal hasta el 100% de la prima de seguro de acuerdo al cuadro descriptivo a cada personal correspondiente a determinado cargo, para el total de efectivos conforme al cuadro que antecede en la PARTE II - SECCION V punto 1. FAVOR ACLARAR SI LA INVALIDEZ aquí INDICADA ES INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE.
RESPUESTA:
Si, es invalidez total y permanente
3) En el Punto DOCUMENTACIONES NO SUSTANCIALES (pag. 18 Y 19 del PBC) dice:
Punto 3. Copia de contratos ejecutados de provisión o facturaciones de venta y recepciones finales, similares a lo propuesto, por montos o volúmenes iguales o superiores al 50% del monto a ser asegurado en la presente contratación de los tres (3) últimos años, (2007, 2008 Y 2009). Podrán presentarse la cantidad de contratos y recepciones finales que fueren necesarios para acreditar el volumen o monto solicitado, siempre que hayan sido formalizados en el periodo mencionado y Punto 18 Copia de los tres últimos Balances (2007, 2008, 2009) presentado a la Autoridad de control. EN ATENCIÓN AL CIERRE DE EJERCICIO AL 30 DE JUNIO DEL 2010 DE COMPAÑÍAS DE SEGUROS LOS TRES (3) ÚLTIMOS AÑOS SON 2008, 2009 Y 2010. POR FAVOR SIRVANSE CORREGIR LOS AÑOS INDICADOS EN ESTOS PUNTOS.
RESPUESTA:
En referencia a esta consulta se emitirá una adenda al PBC indicando los años correspondientes
Punto 10. Copia autenticada de la Certificación del coeficiente que correspondía al margen de solvencia del oferente, correspondiente al corte de los últimos ocho trimestres, expedido por la Superintendencia de Seguros y punto 12. Margen de solvencia de la última publicación de la pagina Web de la Superintendencia de Seguros. DE ACUERDO A LA RESOLUCIÓN SS.SG.N° 011/10 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS LA CERTIFICACIÓN DEL MARGEN DE SOLVENCIA DEJÓ DE SER EXPEDIDA POR LA MISMA DESDE SETIEMBRE DEL 2009 Y CONFORME A NOTA SS.SG. N°079/10 COMUNICADA A LA DNCP, ESTAS SOLICITUDES NO SON APLICABLE, POR FAVOR SIRVASE ELIMINAR ESTOS REQUISITOS.
RESPUESTAS:
En referencia a esta consulta se emitirá una adenda al PBC.
PUNTO 14. Cuente con una antigüedad mínima de 10 (diez) años y experiencia con seguros de vida colectiva con el Estado. Considerando que la Ley Nº 2051/03 ?De Contrataciones Públicas?, dispone en sus artículos 4° PRINCIPIOS GENERALES que: ?La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios: a) Economía y Eficiencia, b) Igualdad y Libre Competencia??; y 20° BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA in fine, que ?Para la participación ... ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas, que las especificaciones técnicas... contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; y deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante?, SOLICITAMOS LA EXPERIENCIA NO SE LIMITE A SEGUROS DE VIDA CON EL ESTADO.
RESPUESTA:
En referencia a esta consulta se emitirá una adenda al P.B.C.
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FORMULARIO LISTA DE PRECIOS (Pag. 28 PBC)
Favor informar que dato es el requerido en la columna denominada ANUAL del Cuadro de Formulario de Lista de Precios.
Lo anterior teniendo presente lo indicado en la Pag. 29 Obs.: La Cantidad Coresponde a meses y al Instructivo cuyas Referencias A,B,C no se especifican en el cuadro del Formulario de Lista de Precios.
Favor informar que dato es el requerido en la columna denominada ANUAL del Cuadro de Formulario de Lista de Precios.
Lo anterior teniendo presente lo indicado en la Pag. 29 Obs.: La Cantidad Coresponde a meses y al Instructivo cuyas Referencias A,B,C no se especifican en el cuadro del Formulario de Lista de Precios.
Hemos observado en los pliegos licitatorios, los siguientes puntos que estable como requisito que la aseguradora cuente con:
? Una antigüedad mínima de 10 años??;
? Un Patrimonio no Comprometido superior a Gs. 7.000.000.000;
? Una Disponibilidad superior a Gs. 5.000.000.000;
? Un Ratio de Liquidez igual o mayor que 1 (uno);
? Un Ratio de Endeudamiento no mayor a 0.80;
? Un Ratio de Rentabilidad no negativo.
Entendemos que dichos requisitos para el proceso licitatorio en cuestión NO resultan significativos, teniendo en cuenta que por normas de la Superintendencia de Seguros, las aseguradoras no pueden retener mas del 5% de los riesgos, trasladando los riesgos a las Reaseguradoras; y dado que es sumo interés por parte de esta Aseguradora, poder presentarnos a cotizar en este proceso licitatorio, y por dichos requisitos y/o limitaciones no estaríamos, bajo ninguna circunstancia siendo adjudicados de la presente licitación.
En virtud de lo expuesto, respetuosamente se solicita se reconsideren los requisitos y/o limitaciones, para que esta y otras aseguradoras del mercado asegurador se puedan presentar a cotizar, en iguales condiciones que las demás colegas.
RESPUESTA:
Aclaramos que el Pliego de Bases y Condiciones en mención se encuentra ajustado al modelo de pliego aprobado por la Dirección Nacional de Contrataciones Publicas, que en los puntos observados establece lo siguiente;
1. Criterios de Evaluación (IAO 31.2)
(Para completar estos criterios, la Convocante tomará en cuenta lo dispuesto en el artículo 26, cuarto párrafo, de la Ley N° 2051/03 que dice: ?Se utilizarán criterios combinados que incluirán factores tales como Precios, cumplimiento de requisitos, cumplimientos con los términos y condiciones de la Superintendencia de Seguros, etc. Los factores ponderados se traducirán en la medida de lo posible en términos monetarios?
Nota: A la hora de evaluar las ofertas la convocante deberá tener en cuenta todos los criterios establecidos en la presente sección.
2. Requisitos para Calificación Posterior (IAO 32.2)
Después de determinar la oferta evaluada como la más baja, la Convocante efectuará la calificación posterior del Oferente de conformidad con lo establecido en la Cláusula 34 de la Sección I, IAO, empleando únicamente los requisitos aquí estipulados. Los requisitos que no estén incluidos en el siguiente texto no podrán ser utilizados para evaluar las calificaciones del Oferente.
Nota: Los criterios de calificación quedan a cargo de la Convocante. Los criterios que se incluyen a continuación son ejemplos referenciales:
(a) Capacidad financiera: Ajustarse a los requerimientos de solvencia, fondo de garantía y Disponibilidad requeridos en el o los niveles elegidos.
(b) Experiencia y Capacidad Técnica
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: [enumerar los requisitos, por ejemplo: las pólizas emitidas en un periodo de tiempo y los siniestros cubiertos a satisfacción.]
Cabe señalar que el objeto de la Licitación Publica Nacional 01/11 es la contratación de Seguros de Vida Colectiva para las Fuerzas Militares y atendiendo al volumen de efectivos militares y su dispersión en el país, por lo tanto requerimos que la compañía aseguradora a ser contratada tenga experiencia, por tanto antigüedad y antecedentes en el manejo de este tipo de coberturas, ya que se pone en riesgo aspectos relacionados con la Seguridad Nacional. Consideramos como tal un requisito y aspecto técnico relacionado a la cobertura, y por ende no lo entendemos que sea una limitante ya que existen varias compañías en el mercado con la experiencia, antigüedad y capacidad técnica para cotizar y presentar oferta en este riesgo.
4
Observaciones al Pliego Licitatorio - NOTA
Segun observaciones realizadas al pliegos, presentadas en nota recepcionada por la UCO en fecha 17/01/2011.-
Hemos observado en los pliegos licitatorios, los siguientes puntos que estable como requisito que la aseguradora cuente con:
? Una antigüedad mínima de 10 años??;
? Un Patrimonio no Comprometido superior a Gs. 7.000.000.000;
? Una Disponibilidad superior a Gs. 5.000.000.000;
? Un Ratio de Liquidez igual o mayor que 1 (uno);
? Un Ratio de Endeudamiento no mayor a 0.80;
? Un Ratio de Rentabilidad no negativo.
Entendemos que dichos requisitos para el proceso licitatorio en cuestión NO resultan significativos, teniendo en cuenta que por normas de la Superintendencia de Seguros, las aseguradoras no pueden retener mas del 5% de los riesgos, trasladando los riesgos a las Reaseguradoras; y dado que es sumo interés por parte de esta Aseguradora, poder presentarnos a cotizar en este proceso licitatorio, y por dichos requisitos y/o limitaciones no estaríamos, bajo ninguna circunstancia siendo adjudicados de la presente licitación.
En virtud de lo expuesto, respetuosamente se solicita se reconsideren los requisitos y/o limitaciones, para que esta y otras aseguradoras del mercado asegurador se puedan presentar a cotizar, en iguales condiciones que las demás colegas.
RESPUESTA:
Aclaramos que el Pliego de Bases y Condiciones en mención se encuentra ajustado al modelo de pliego aprobado por la Dirección Nacional de Contrataciones Publicas, que en los puntos observados establece lo siguiente;
1. Criterios de Evaluación (IAO 31.2)
(Para completar estos criterios, la Convocante tomará en cuenta lo dispuesto en el artículo 26, cuarto párrafo, de la Ley N° 2051/03 que dice: ?Se utilizarán criterios combinados que incluirán factores tales como Precios, cumplimiento de requisitos, cumplimientos con los términos y condiciones de la Superintendencia de Seguros, etc. Los factores ponderados se traducirán en la medida de lo posible en términos monetarios?
Nota: A la hora de evaluar las ofertas la convocante deberá tener en cuenta todos los criterios establecidos en la presente sección.
2. Requisitos para Calificación Posterior (IAO 32.2)
Después de determinar la oferta evaluada como la más baja, la Convocante efectuará la calificación posterior del Oferente de conformidad con lo establecido en la Cláusula 34 de la Sección I, IAO, empleando únicamente los requisitos aquí estipulados. Los requisitos que no estén incluidos en el siguiente texto no podrán ser utilizados para evaluar las calificaciones del Oferente.
Nota: Los criterios de calificación quedan a cargo de la Convocante. Los criterios que se incluyen a continuación son ejemplos referenciales:
(a) Capacidad financiera: Ajustarse a los requerimientos de solvencia, fondo de garantía y Disponibilidad requeridos en el o los niveles elegidos.
(b) Experiencia y Capacidad Técnica
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: [enumerar los requisitos, por ejemplo: las pólizas emitidas en un periodo de tiempo y los siniestros cubiertos a satisfacción.]
Cabe señalar que el objeto de la Licitación Publica Nacional 01/11 es la contratación de Seguros de Vida Colectiva para las Fuerzas Militares y atendiendo al volumen de efectivos militares y su dispersión en el país, por lo tanto requerimos que la compañía aseguradora a ser contratada tenga experiencia, por tanto antigüedad y antecedentes en el manejo de este tipo de coberturas, ya que se pone en riesgo aspectos relacionados con la Seguridad Nacional. Consideramos como tal un requisito y aspecto técnico relacionado a la cobertura, y por ende no lo entendemos que sea una limitante ya que existen varias compañías en el mercado con la experiencia, antigüedad y capacidad técnica para cotizar y presentar oferta en este riesgo.
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Consultas varias.-
Solicitamos esclarecer las sgtes. especificaciones Técnicas, con el fin de obtener una más adecuada y precisa cotización:
1. Listado de asegurables con sus fechas de nacimiento.
2. Cúmulo de vidas por muerte y/o incapacidad vigente en la póliza actual - Siniestralidad por evento.
3. Aclarar SI ES CONDICIÓN EXCLUYENTE LA PARTICIPACIÓN DE UN REASEGURADOR.
4. Aclarar si los gastos por asistencia médica por accidente son contra reintegro de gastos, es decir contra presentación de facturas a conformidad de la aseguradora.
5. Aclarar si la asistencia médica referida en el punto anterior son SIN DEDUCIBLE.
6. Aclarar si la ?asistencia por Invalidez? se refiere a Invalidez Total Permanente; favor detallar en qué consiste la cobertura, Invalidez total permanente o temporarias.
Solicitamos esclarecer las sgtes. especificaciones Técnicas, con el fin de obtener una más adecuada y precisa cotización:
1. Listado de asegurables con sus fechas de nacimiento.
2. Cúmulo de vidas por muerte y/o incapacidad vigente en la póliza actual - Siniestralidad por evento.
3. Aclarar SI ES CONDICIÓN EXCLUYENTE LA PARTICIPACIÓN DE UN REASEGURADOR.
4. Aclarar si los gastos por asistencia médica por accidente son contra reintegro de gastos, es decir contra presentación de facturas a conformidad de la aseguradora.
5. Aclarar si la asistencia médica referida en el punto anterior son SIN DEDUCIBLE.
6. Aclarar si la ?asistencia por Invalidez? se refiere a Invalidez Total Permanente; favor detallar en qué consiste la cobertura, Invalidez total permanente o temporarias.