RESPUESTA: Ver Adenda 2;CONSULTA: Sobre el punto 2.3 b) b8) La Empresa que Oferte medciamentos pot Autorizaciónb del Representante Legal. Si la nuestra Empresa tiene una Habilitación del DNVS IMPORTADORA DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS TERMINAS. ¿Bede presentar Autorización del fabricante?;RESPUESTA: Si se podra ofertar esa formulacion
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Contenido Nacional
El decreto 6225/11 dispone calcular el contenido nacional. Calcular es un computo, una cuenta o una investigacion que se hace de algo por medio de operaciones matematicas. Al efecto solicitamos se requiera, al que pretenda beneficiarse del margen de preferencia nacional, un resumen del programa de produccion en el cual se pueda determinar la correspondencia entre la cantidad de materia prima recibida con la cantidad de productos elaborados, la fecha de elaboracion y numero de lote de fabricacion asignado con caracteristicas similares de volumen a lo ofertado.
El decreto 6225/11 dispone calcular el contenido nacional. Calcular es un computo, una cuenta o una investigacion que se hace de algo por medio de operaciones matematicas. Al efecto solicitamos se requiera, al que pretenda beneficiarse del margen de preferencia nacional, un resumen del programa de produccion en el cual se pueda determinar la correspondencia entre la cantidad de materia prima recibida con la cantidad de productos elaborados, la fecha de elaboracion y numero de lote de fabricacion asignado con caracteristicas similares de volumen a lo ofertado.
Se tendra en cuenta el Registro Sanitario Vigente segun Nota DNVS N° 1396/11
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Margen de Preferencia
A fin de transparentar el proceso, solicitamos a la Convocante requiera en forma obligatoria, ademas del registro sanitario para los oferentes que pretenden ofertar sus productos nacionales, presenten el Certificado de origen emitido por el MIC, ya que dicho documento es el que puede determinar LOS CONTENIDOS NACIONALES E IMPORTADOS, discriminado el valor agregado nacional, el valor de los insumos importados del Mercosur y el valor de los insumos importados de Extrazona.
A fin de transparentar el proceso, solicitamos a la Convocante requiera en forma obligatoria, ademas del registro sanitario para los oferentes que pretenden ofertar sus productos nacionales, presenten el Certificado de origen emitido por el MIC, ya que dicho documento es el que puede determinar LOS CONTENIDOS NACIONALES E IMPORTADOS, discriminado el valor agregado nacional, el valor de los insumos importados del Mercosur y el valor de los insumos importados de Extrazona.
El Ministerio de Industria y Comercio solo emite el Certificado al solo efecto de exportacion y conforme al regimen de regimen de origen de los distintos acuerdos comerciales suscriptos en el Paraguay
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Anexo III Punto 1 Criterios de Evaluación
Considerando que el registro Sanitario individualiza procedencia, más no así contenido nacional o importado, enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para calcular que la mano de obra, materias primas y los insumos provenientes del Paraguay representan un 20% del precio EXW puesto en la fábrica de producción.
Considerando que el registro Sanitario individualiza procedencia, más no así contenido nacional o importado, enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para calcular que la mano de obra, materias primas y los insumos provenientes del Paraguay representan un 20% del precio EXW puesto en la fábrica de producción.
Se tendra en cuenta el Registro Sanitario Vigente segun Nota DNVS N° 1396/11
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Anexo III Punto 1 Criterios de Evaluación
Conforme al Decreto Nº 6225/11 y 6674/11, enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que la fabrica en que se producirán o armaran tales bienes ha estado produciendo o armando los productos de ese tipo por lo menos desde la época en que el oferente presento su oferta.
Conforme al Decreto Nº 6225/11 y 6674/11, enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que la fabrica en que se producirán o armaran tales bienes ha estado produciendo o armando los productos de ese tipo por lo menos desde la época en que el oferente presento su oferta.
Se tendra en cuenta el Registro Sanitario Vigente segun Nota DNVS N° 1396/11
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Anexo III Punto 1 Criterios de Evaluación
Conforme al Decreto Nº 6225/11 y 6674/11, enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que el producto final es obtenido íntegramente a partir de materias primas de origen nacional o empleando materias primas importadas, siempre que estas últimas experimenten una transformación en su composición, forma o estructura original.
Conforme al Decreto Nº 6225/11 y 6674/11, enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que el producto final es obtenido íntegramente a partir de materias primas de origen nacional o empleando materias primas importadas, siempre que estas últimas experimenten una transformación en su composición, forma o estructura original.
Se tendra en cuenta el Registro Sanitario Vigente segun Nota DNVS N° 1396/11
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Anexo III Punto 1 Criterios de Evaluación
Conforme al Decreto Nº 6225/11 y 6674/11, enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que el proceso de transformación confirió una nueva individualidad al producto final.
Conforme al Decreto Nº 6225/11 y 6674/11, enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que el proceso de transformación confirió una nueva individualidad al producto final.
Se tendra en cuenta el Registro Sanitario Vigente segun Nota DNVS N° 1396/11
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Anexo III Punto 1 Criterios de Evaluación
Conforme al Decreto Nº 6225/11 y 6674/11, enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que la nueva individualidad del producto final se encuentre caracterizada por el hecho de estar clasificado en una partida arancelaria (primeros cuatro (4) dígitos de la Nomenclatura Común del MERCOSUR NCM) diferente a la de los insumos y materiales importados (salto de partida arancelaria).
Y en qué condiciones legales de vigencia, inscripción y otro deben ser presentados los documentos más arriba individualizados, para que el comité evaluador considere su validez?
Conforme al Decreto Nº 6225/11 y 6674/11, enumere in extenso cuales serán los documentos que se deberán presentar para demostrar que la nueva individualidad del producto final se encuentre caracterizada por el hecho de estar clasificado en una partida arancelaria (primeros cuatro (4) dígitos de la Nomenclatura Común del MERCOSUR NCM) diferente a la de los insumos y materiales importados (salto de partida arancelaria).
Y en qué condiciones legales de vigencia, inscripción y otro deben ser presentados los documentos más arriba individualizados, para que el comité evaluador considere su validez?
Se tendra en cuenta el Registro Sanitario Vigente segun Nota DNVS N° 1396/11
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Anexo III Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación
Con respecto al Anexo III Cristerios de Evaluación y Requisitos de Calificación:
Solicitamos a la Convocante, en virtud al principio de Transparencia, que requiera en forma obligatoria a los oferentes que pretenden ofertar sus productos como nacionales: además del Registro Sanitario, el Certificado de Origen emitido por el Miniterio de Industria y Comercio, ya que dicho documento es el único que puede determinar los contenidos locales e insumos importados, discriminando el valor agregado nacional, el valor de los insumos importados del Mercosur y el valor de los insumos importados de otras zonas.
22-06-2011
27-06-2011
Anexo III Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación
Con respecto al Anexo III Cristerios de Evaluación y Requisitos de Calificación:
Solicitamos a la Convocante, en virtud al principio de Transparencia, que requiera en forma obligatoria a los oferentes que pretenden ofertar sus productos como nacionales: además del Registro Sanitario, el Certificado de Origen emitido por el Miniterio de Industria y Comercio, ya que dicho documento es el único que puede determinar los contenidos locales e insumos importados, discriminando el valor agregado nacional, el valor de los insumos importados del Mercosur y el valor de los insumos importados de otras zonas.