Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 FORMULARIO Nº 3 - Formulario de Oferta - Lista de Precios En la Lista de Precios del Formulario de Oferta, se solicita especificar PROCEDENCIA para los items ofertados. Consultamos cual es el criterio de la Convocante para definir el significado de PROCEDENCIA. Se refiere al lugar donde fueron fabricados los bienes ?. Se refiere al pais desde donde son importados los bienes?. Para cualquiera de los casos, que documentacion requiere la Convocante para demostrar la PROCEDENCIA de los bienes ofertados?. Despachos de importacion, Documentacion emitida por el fabricante ?. Favor aclarar. 07-10-2014 08-10-2014
2 Item 21 Con relación al ítem 21, donde el PBC solicita 80 unidades de tóner para impresora Lexmark E120 16SE. Para 2.000pag. Solicitamos aclaración si hace referencia a tóner para impresora Lexmark E120 con numero de parte 12018SL tóner para 2.000 impresiones. 07-10-2014 08-10-2014
3 Especificaciones Tecnicas De nuestra mayor consideración: Tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes con relación al llamado de referencia, con el objeto de solicitar tengan a bien incluir/modificar en las condiciones del llamado, los siguientes puntos: SECCIÓN IV. CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO (CEC) - CGC 14.5 (EL CONTRATANTE DEBERÁ PAGAR INTERÉS AL PROVEEDOR) Se establece en el PBC que “La tasa de interés que se aplicará es del 0,01 % mensual, a ser calculado sobre el importe neto en guaraníes de la factura en mora”, tasa de interés que entendemos es totalmente irrisoria, y se contrapone a lo establecido en la Ley 2051, Artículo 56 – Inc “c”, que establece como derecho de los proveedores y contratistas, “a que se le RECONOZCAN INTERESES FINANCIEROS”, en caso de que las contratantes incurran en mora….y en ese sentido la tasa de interés de 0,05 % del monto adeudado mensual, establecida por la convocante ni remotamente se aproxima tan siquiera, a los valores referenciales del costo del dinero que obra en la web del BCP, para Intereses Bancarios – Adjunto. Como puede apreciarse, el interés bancario del mes de octubre/2014 posee un rango de tasa efectiva mínima de 4,59 anual y máxima de 56,75, que en promedio hacen 30,67 anual, y esto a periodos mensuales equivale a 2,55 % mensual, por lo que entonces el interés financiero que solicitamos sea incluido es del 2%, inferior al promedio de tasas referenciales del BCP, precedentemente explicado, y que sería una tasa razonable comparativamente con el marcado nacional. La no modificación de la mencionada tasa por parte de la convocante, se contrapondría a la Ley 2051 en el sentido ya señalado, a más de contraponerse también al artículo 671 del Código Civil que, en lo que a contratos concierne, establece lo que transcribimos a continuación: Art. 671.- Si uno de los contratantes obtiene una ventaja manifiestamente injustificada, desproporcionada con la que recibe el otro, explotando la necesidad, la ligereza o la inexperiencia de este, podrá el lesionado, dentro de dos años demandar la nulidad del contrato o su modificación equitativa. La notable desproporción entre las prestaciones hace presumir la explotación, salvo prueba en contrario. El demandado podrá evitar la nulidad ofreciendo esa modificación, que será judicialmente establecida, tomando en cuenta las circunstancias al tiempo del contrato y de su modificación. SECCIÓN IV. CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO (CEC) - CGC 26.1 (MULTAS APLICABLES POR RETRASO EN EL SUMINISTRO DE LOS BIENES).- Se establece que “El valor de las multas será del 1% (un por ciento) por semana de atraso en la entrega de los bienes en demora”, tasa y suma que entendemos es absoluta y totalmente de usura, desproporcionada, y ponen en peligro o riesgo de quiebra a cualquier firma que debido a no considerar estas condiciones, se exponen o nos exponemos a los altos riesgos de podrían con llevar el ejecutar estas cláusulas. Por lo que solicitamos que la tasa de la presente clausula quede establecida en 0.5 % (cero coma cinco por ciento) por cada semana de atraso, sobre el valor de los servicios no suministrados o en demora.- 09-10-2014 10-10-2014
4 Items del Nº 16 al 20 (Productos de la Marca XEROX) Como representantes de los productos de la marca XEROX y considerando que ultimamente nos encontramos con casos donde las convocantes solicitan cartuchos "originales de la marca" y que existen empresas que ofertan productos alternativos con otras marcas, solicito a la convocnate confirme y aclare que los insumos requeridos especificamente para los items señalados, deberian ser ORIGINALES DE LA MARCA DE LOS EQUIPOS para los cuales son requeridos. Favor aclarar a fin de evitar tener que retrasar su llamado por los invonenientes que se pudieran ocasionar con posterioridad a la apertura debido a que éstas empresas (que comercializan alternativos) se aprovechan buscando y presionando para vender sus productos cuando los pliegos no aclaran. 09-10-2014 10-10-2014
5 Items Nº 22 al 27 Marca OKI Con el afan de Cumplir plenamente con los contratos de abastecimietno en tiempo y forma que pudieran derivar de éste llamado, teniendo en cuenta que los productos de la marca OKI son importados y la adquisición es directamente del fabricante, habiendo experimentado retrasos en el abastecimiento de ciertos productos de la marca precisamente por las cantidades solicitamos, pido a la convocante extender el plazo de entrega a 60 días, ya que las cantidades solicitadas exceden el potencial de entrega practicamente inmediata del fabricante obligandonos indefectiblemente a caer en retrasos amen de que por fin de año las importaciones aumentan por la temporada y que por la sobre carga de los pedidos tambien se sufren retrasos con las importaciones. 09-10-2014 10-10-2014
6 Items Nº 22 al 27 Marca OKI Favor confirmar que los prodcutos requeridos para los items donde se decribe la marca OKI deben ser originales de la marca de los equipos para los que se requieren, en éste caso, originales de la marca oki. 09-10-2014 10-10-2014
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