Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Servicio de resonancia con certificado de funcionamiento de equipo; Solicitamos se aclare que el servicio de resonancia podría ser efectuado y/o aplicado en centros asistenciales o de igual forma en Centros de Imágenes especializados en el rubro, puesto que la exigencia de contar con un Centro Asistencial con el servicio de resonancia (con certificado de funcionamiento de equipo), limita la posibilidad de libre concurrencia de la mayoría de las Medicinas Pre-Pagas del país, atendiendo que por conocimiento común solo existe en Asunción dos sanatorios que disponen de resonador entre los dos sanatorios se encuentra EL BRITANICO, y cada uno de estos dos sanatorios cuentan con su propia Medicina Prepaga, evidenciando automáticamente que tal exigencia viola el Art. 4 de la Ley 2051/03 y concordantes, limitando a la presentación sólo de una o dos empresas del rubro . Por lo expuesto solicitamos se excluya tal exigencia o bien se aclare que los servicios podrían ser efectuados y/o aplicados en los Centros de Imágenes, especializados en el rubro. 21-08-2015 28-08-2015
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