Solo una empresa elaboradora de envases logro concluir y obtener el RNE solicitado para envase primario. Por esto solicitamos se establezca la posibilidad de presentar en trámite de Análisis y/o emisión de documento.
Solo una empresa elaboradora de envases logro concluir y obtener el RNE solicitado para envase primario. Por esto solicitamos se establezca la posibilidad de presentar en trámite de Análisis y/o emisión de documento.
Cabe aclarar que el Registro Nacional de Envase se encuentra vigente desde el año 2011 por lo que es responsabilidad de las empresas iniciar los trámites en tiempo y forma, independientemente a lo que exige el presente PBC.
El tiempo que demore el INTN en realidad es responsabilidad de la empresa solicitante, siendo esta, la que debe de proveer toda la información requerida en tiempo y forma para que dicha dependencia inicie sus procesos.
Por lo expuesto no es factible presentar el RNE en trámite.
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SECCION II - DE LAS DOCUMENTACIONES.
En el inciso e. precisamos sea clara la solicitud ya que menciona un documento según corresponda. Favor aclarar cuando corresponde el Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento.
En el inciso e. precisamos sea clara la solicitud ya que menciona un documento según corresponda. Favor aclarar cuando corresponde el Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento.
Las Buenas Prácticas de almacenamiento serán requeridas a aquellas empresas que almacenarán el producto requerido en el llamado.
Cabe resaltar que las Buenas Prácticas de Almacenamiento forman parte de las Buenas Prácticas de Manufactura, dicho requisito será exigido a aquellas empresas que realizaran solo el almacenamiento del producto licitado.
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SECCION II - DE LAS DOCUMENTACIONES.
En ambos documentos de Origen Nacional tanto de Ministerio de Industria y Comercio como de SENACSA solicita un documento con vigencia 31/12/2016, inciso g. y h., entendemos esto es un error ya que todas las demás documentaciones solicitan vigencia 2015 y además estos entes no emiten documentación nueva antes del vencimiento.
En ambos documentos de Origen Nacional tanto de Ministerio de Industria y Comercio como de SENACSA solicita un documento con vigencia 31/12/2016, inciso g. y h., entendemos esto es un error ya que todas las demás documentaciones solicitan vigencia 2015 y además estos entes no emiten documentación nueva antes del vencimiento.
El documento mencionado en el inciso h. el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal No emite. Este servicio otorga una Constancia de utilizar producto nacional, entendemos que no corresponde solicitar una documentación que no emite en este caso SENACSA.
El documento mencionado en el inciso h. el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal No emite. Este servicio otorga una Constancia de utilizar producto nacional, entendemos que no corresponde solicitar una documentación que no emite en este caso SENACSA.
El Certificado de Origen nacional solicitado en el PBC, se basa en lo dispuesto en el Decreto N° 9649, de fecha 07 de setiembre de 2012, que en su Artículo 4°, establece: ?A los efectos de considerarse productos/s y Servicio/s de origen nacional, conforme al Artículo 3° de la Ley N° 4558/2011, el productor o proveedor deberá presentar ante el Ministerio de Industria y Comercio, declaración Jurada mediante, y conforme al procedimiento que establezca dicha cartera de Estado lo siguiente: ?.. b) En el caso de productos provenientes del reino animal o vegetal, el bien ofertado cosechado, recolectado o nacido en territorio paraguayo, así como los bienes producidos o derivados a partir de estas materias primas, el interesado deberá acompañar constancia o documento similar emitido por la SENACSA o SENAVE, según sea el caso, donde se acredite que el producto ofertado cumple con el requisito citado?.
Además la Ley 5264/14 ?FOMENTO DE LA CADENA LÁCTEA, FORTALECIMIENTO DE LA PRODUCCIÓN NACIONAL Y PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE PRODUCTOS LÁCTEOS? en su Artículo 7° establece que el SENACSA certificará el origen de la leche a ser ofertada conforme al Artículo 6° de la misma
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SECCION II - DE LAS DOCUMENTACIONES.
En cuanto a la DDJJ solicitada en el inciso m. el modelo y diseño de envase primario debe ser proveído por INAN posterior a la adjudicación, dicha etiqueta que sería el Boceto debe acompañar al PBC para que los potenciales proveedores puedan prever todos los costos de la elaboración de dicho envase para ofertar, al menos si no está proveyendo actualmente.
En cuanto a la DDJJ solicitada en el inciso m. el modelo y diseño de envase primario debe ser proveído por INAN posterior a la adjudicación, dicha etiqueta que sería el Boceto debe acompañar al PBC para que los potenciales proveedores puedan prever todos los costos de la elaboración de dicho envase para ofertar, al menos si no está proveyendo actualmente.
La convocante tiene a disposición el boceto para cualquiera de los oferentes interesados en el INAN.
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SECCION II - SOLICITUD DE MUESTRAS.
Solicitamos poder entregar Informe de Ensayos en Copia autenticada, así como todos los demás documentos, el documento Original deben quedar a resguardo del elaborador.
Solicitamos poder entregar Informe de Ensayos en Copia autenticada, así como todos los demás documentos, el documento Original deben quedar a resguardo del elaborador.
La convocante se ratifica en lo establecido en el pliego ?Documento Original del resultado de análisis o Informe de Ensayo emitido por el I.N.T.N. que avale el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, correspondiente a la muestra del producto ofertado?
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SECCION III - ESPECIFICACIONES TECNICAS.
En la pag. 20 del RNE del envase primario y medida dosificadora está incompleta la vigencia que deben tener dichos documentos. Favor aclara o completar.
En la pag. 20 del RNE del envase primario y medida dosificadora está incompleta la vigencia que deben tener dichos documentos. Favor aclara o completar.
La convocante aclara que las entregas son bimestrales (cada 2 meses) por lo tanto el oferente cuenta con tiempo suficiente para realizar los trámites correspondientes.
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SECCION III - PLAN DE ENTREGAS.
Establecen entregas Bimensuales y solo 3 entregas, no dan los tiempos para Certificación y emisión de Órdenes de Compra. Favor aclarar.
Reemplazar productos por alguna irregularidad es imposible realizarlo en 10 días por los tiempos de producción y por sobre todo certificación, se deben otorgar mayor cantidad de días para dicho reemplazo.
Reemplazar productos por alguna irregularidad es imposible realizarlo en 10 días por los tiempos de producción y por sobre todo certificación, se deben otorgar mayor cantidad de días para dicho reemplazo.
Cuál será el mecanismo que aplicara un proveedor que no es una entidad financiera para el cobro de intereses a la Contratante, siendo que el pago es liberado a su vez por otro Ministerio. Se debe aclarar.
Cuál será el mecanismo que aplicara un proveedor que no es una entidad financiera para el cobro de intereses a la Contratante, siendo que el pago es liberado a su vez por otro Ministerio. Se debe aclarar.
La liquidación se realizará de acuerdo a los parámetros y técnicas de Contabilidad Generalmente Aceptadas, las cuales serán coordinadas con el Nivel Central del MSPBS ? Dirección Financiera, Dirección General de Administración y Finanzas para su correspondiente transferencia al beneficiario si fuere el caso.