en el Lote N°2 - la localidad expresa "San Pedro"
De cual localidad del País se trataría, puesto que existe diferencia entre San Pedro del Parana y San Pedro del Ycuamandiyu (existe una diferencia de kilómetros para calcular el flete)
en el Lote N°3 - la localidad expresa "San Pedro"
De cual localidad del País se trataría, puesto que existe diferencia entre San Pedro del Parana y San Pedro del Ycuamandiyu (existe una diferencia de kilómetros para calcular el flete)
en el Lote N°5 - la localidad expresa "San Pedro"
De cual localidad del País se trataría, puesto que existe diferencia entre San Pedro del Parana y San Pedro del Ycuamandiyu (existe una diferencia de kilómetros para calcular el flete)
en el Lote N°2 - la localidad expresa "San Pedro"
De cual localidad del País se trataría, puesto que existe diferencia entre San Pedro del Parana y San Pedro del Ycuamandiyu (existe una diferencia de kilómetros para calcular el flete)
en el Lote N°3 - la localidad expresa "San Pedro"
De cual localidad del País se trataría, puesto que existe diferencia entre San Pedro del Parana y San Pedro del Ycuamandiyu (existe una diferencia de kilómetros para calcular el flete)
en el Lote N°5 - la localidad expresa "San Pedro"
De cual localidad del País se trataría, puesto que existe diferencia entre San Pedro del Parana y San Pedro del Ycuamandiyu (existe una diferencia de kilómetros para calcular el flete)
Calificacion posterior y Condiciones especiales de contrato
Señor
Presidente de la A.N.D.E.
Ing. Víctor Romero Solís
Presente
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted con referencia a la Licitación Pública Nacional, Subasta la Baja Electrónica, ANDE Nº 1210/2016 para la Adquisición de Postes de Hormigón Armado, bajo la Modalidad de Contrato Abierto con el objeto de formular consultas con respecto al pliego de bases y condiciones, de acuerdo a lo siguiente:
Consulta 1: En el ítem 2. Requisitos para Calificación Posterior, de la hoja Nº72 de la Sección II, para analizar la capacidad financiera se menciona que hay que considerar los años 2012, 2013 y 2014, sin embargo para los índices de liquidez corriente, índice de endeudamiento y la rentabilidad se menciona que hay que considerar el promedio de los 3 últimos años, y en rigor a la fecha los 3 últimos años corresponden al 2013, 2014 y 2015. Favor aclarar cuales hay que considerar.
Consulta 2: En la Sección IV, de las Condiciones Especiales del Contrato, en el ítem CGC 15.1 de la página 58, referente al anticipo se estipula el pago del 30% del monto mínimo del Contrato, entendiéndose que es el monto mínimo de ejecución del Contrato que garantiza la ANDE. Sin embargo y de acuerdo a experiencias anteriores se ejecuta el 100% del Contrato, razón por la cual creemos justo que se considere también un anticipo, sobre el monto a ejecutar, una vez superado el monto mínimo de ejecución.
Consulta 3: En la Sección IV, de las Condiciones Especiales del Contrato, en el ítem CGC 31.1 de la página 55, referente a la prórroga de los plazos, consultamos que tipo de documentos se considerarán válidos para justificar un eventual desabastecimiento de materias primas, ya que las mismas de adquieren de fabricantes y/o proveedores públicos y privados, y que generalmente se niegan a emitir una nota o un documento admitiendo el desabastecimiento.
Sin otro particular aprovechamos la ocasión para saludarle cordialmente.
05-05-2016
12-05-2016
Calificacion posterior y Condiciones especiales de contrato
Señor
Presidente de la A.N.D.E.
Ing. Víctor Romero Solís
Presente
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted con referencia a la Licitación Pública Nacional, Subasta la Baja Electrónica, ANDE Nº 1210/2016 para la Adquisición de Postes de Hormigón Armado, bajo la Modalidad de Contrato Abierto con el objeto de formular consultas con respecto al pliego de bases y condiciones, de acuerdo a lo siguiente:
Consulta 1: En el ítem 2. Requisitos para Calificación Posterior, de la hoja Nº72 de la Sección II, para analizar la capacidad financiera se menciona que hay que considerar los años 2012, 2013 y 2014, sin embargo para los índices de liquidez corriente, índice de endeudamiento y la rentabilidad se menciona que hay que considerar el promedio de los 3 últimos años, y en rigor a la fecha los 3 últimos años corresponden al 2013, 2014 y 2015. Favor aclarar cuales hay que considerar.
Consulta 2: En la Sección IV, de las Condiciones Especiales del Contrato, en el ítem CGC 15.1 de la página 58, referente al anticipo se estipula el pago del 30% del monto mínimo del Contrato, entendiéndose que es el monto mínimo de ejecución del Contrato que garantiza la ANDE. Sin embargo y de acuerdo a experiencias anteriores se ejecuta el 100% del Contrato, razón por la cual creemos justo que se considere también un anticipo, sobre el monto a ejecutar, una vez superado el monto mínimo de ejecución.
Consulta 3: En la Sección IV, de las Condiciones Especiales del Contrato, en el ítem CGC 31.1 de la página 55, referente a la prórroga de los plazos, consultamos que tipo de documentos se considerarán válidos para justificar un eventual desabastecimiento de materias primas, ya que las mismas de adquieren de fabricantes y/o proveedores públicos y privados, y que generalmente se niegan a emitir una nota o un documento admitiendo el desabastecimiento.
Sin otro particular aprovechamos la ocasión para saludarle cordialmente.
1) Con respecto a su consulta le informamos que conforme a las normativas tributarias vigentes en el pais, las empresas deben presentar su Formulario de IRACIS (Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios) a la SET en el periodo del 07 al 25 de abril de cada año de acuerdo al vencimiento de cada RUC en el Calendario Perpetuo.
Por lo tanto considerando que la apertura de esta licitación sería en fecha 17 de mayo del corriente año, para esa fecha todas las empresas ya contarían con los Estados Financieros cerrados del Ejercicio Fiscal 2015, por lo cual correspondería considerar a los ejercicios 2013, 2014 y 2015 para la evaluación de la Capacidad Financiera de los Oferentes.
2) Al respecto, favor remitirse a lo establecido en la Sección IV Condiciones Especiales del Contrato (CEC) ítem CGC. 15.1 Anticipo.
3) Los documentos de respaldo deberán demostrar que el desabastecimiento de materias primas es de público conocimiento y que las gestiones fueron oportunas para la obtención de dichas materias primas.