Consultamos, referente a la no inclusion del pedido de insumos de la marca BROTHER (modelo TN650), solicitados por Uds. en Licitaciones anteriores. En tal sentido si el motivo de la no inclusion de la lista de precios es involuntario u obedece a un motivo especifico.
Gracias
Consultamos, referente a la no inclusion del pedido de insumos de la marca BROTHER (modelo TN650), solicitados por Uds. en Licitaciones anteriores. En tal sentido si el motivo de la no inclusion de la lista de precios es involuntario u obedece a un motivo especifico.
Gracias
No fueron incluidos en el pedido de insumos por razones que contamos en stock, para suministrar a los ambitos del Poder judicial.
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A- GENERALIDADES (IAO. SBE) 1.6 Idioma de los documentos de la Oferta
(IAO. SBE) 1.6 Idioma de los documentos de la Oferta
La Convocante aceptará catálogos, anexos técnicos, folletos y otros textos complementarios solamente en idioma castellano: NO
Considerando que los productos solicitados son insumos y que los mismos no poseen catálogos del fabricante, solicitamos respetuosamente considerar la Carta de autorización del representante del producto como prueba de autenticidad de los mismos, confirmando así la originalidad, de manera a no limitar la participación de oferentes en concordancia con el inciso b del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
11-05-2016
02-06-2016
A- GENERALIDADES (IAO. SBE) 1.6 Idioma de los documentos de la Oferta
(IAO. SBE) 1.6 Idioma de los documentos de la Oferta
La Convocante aceptará catálogos, anexos técnicos, folletos y otros textos complementarios solamente en idioma castellano: NO
Considerando que los productos solicitados son insumos y que los mismos no poseen catálogos del fabricante, solicitamos respetuosamente considerar la Carta de autorización del representante del producto como prueba de autenticidad de los mismos, confirmando así la originalidad, de manera a no limitar la participación de oferentes en concordancia con el inciso b del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
La Convocante no solicita la presentacion de catalogos, anexos tecnicos, folletos y otros textos complementarios. Remitirse a la Adenda N° 03- DOCUMENTOS QUE COMPONEN LA OFERTA
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Autorización del Fabricante
Con relación a la Autorización de Fabricante para Distribuidores y Sub Distribuidores de los insumos y consumibles requeridos, solicitamos comedidamente considerar los términos de la Resolución N° 611/2015 del 02/03/2015, excluyendo dicha restricción del PBC de manera a estimular mayor participación de oferentes y la Institución sea beneficiada con la adquisición de estos bienes en precios sustancialmente mas económicos. Fundamento del Pedido: Existen empresas que ejercen un cuasi-monopolio impugnando Pliegos y Adjudicaciones que no se adecuan a sus intereses. Esta situación traia como consecuencia la demora innecesaria para la provisión efectiva de los insumos; incluso, en algunos casos se procedió a cancelar Llamados debido a sucesivas trabas presentadas durante los procesos respectivos. Ver ID 261.429. Entendemos que ante tales argumentos la Institución ha decido NO APLICAR esta documentación en los llamados LCO PAC Nº 97/2015 y CD PAC Nº 110/2015.
Con relación a la Autorización de Fabricante para Distribuidores y Sub Distribuidores de los insumos y consumibles requeridos, solicitamos comedidamente considerar los términos de la Resolución N° 611/2015 del 02/03/2015, excluyendo dicha restricción del PBC de manera a estimular mayor participación de oferentes y la Institución sea beneficiada con la adquisición de estos bienes en precios sustancialmente mas económicos. Fundamento del Pedido: Existen empresas que ejercen un cuasi-monopolio impugnando Pliegos y Adjudicaciones que no se adecuan a sus intereses. Esta situación traia como consecuencia la demora innecesaria para la provisión efectiva de los insumos; incluso, en algunos casos se procedió a cancelar Llamados debido a sucesivas trabas presentadas durante los procesos respectivos. Ver ID 261.429. Entendemos que ante tales argumentos la Institución ha decido NO APLICAR esta documentación en los llamados LCO PAC Nº 97/2015 y CD PAC Nº 110/2015.
Con relacion a la Autorizacion de Fabricante para Distribuidores y sub-distribuidores de los insumos y consumibles requeridos, se excluyen dicha Restriccion del PBC de manera a estimular mayor participacion de oferentes y la Institucion se beneficia con la adquisicion de estos bienes con precios sustancialmente más económicos. Remitirse a la Adenda N° 03
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Consulta y Solicitud
En nuestro caracter de distribuidor autorizado de marcas de insumos solicitados (MINOLTA - RICOH - solo para uso CSJ), consultamos posibilidad de ampliar el plazo de entrega a 30 días (habiles) a contar desde la fecha de recepcion de la O.C. por el Proveedor.
No hay posibiliad material de cumplir el palzo contractual por ser insumos para impresoras antiguas que tienen tramite espacial de gestion de importacion.
Asi mismo, solicitamos se revise el Contrato (CGC 26.1) porque es imposible asumir tanto riezgo (15% mensual de penalidad).
Gracias
En nuestro caracter de distribuidor autorizado de marcas de insumos solicitados (MINOLTA - RICOH - solo para uso CSJ), consultamos posibilidad de ampliar el plazo de entrega a 30 días (habiles) a contar desde la fecha de recepcion de la O.C. por el Proveedor.
No hay posibiliad material de cumplir el palzo contractual por ser insumos para impresoras antiguas que tienen tramite espacial de gestion de importacion.
Asi mismo, solicitamos se revise el Contrato (CGC 26.1) porque es imposible asumir tanto riezgo (15% mensual de penalidad).
Gracias
Se amplia el plazo de entrega a 30 (treinta) dias habiles a contar desde la fecha de recepcion de la O.C. por el proveedor. Remitirse a la Adenda N° 03
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PLAN DE ENREGAS
Atendiendo que los insumos solicitados, corresponden a impresoras discontinuados por el fabricante y tienen muy poca demanda en nuestro territorio paraguayo, y también implica realizar tramites de gestión de Importación, solicitamos respetuosamente a la Convocante, la posibilidad de extender el plazo de entregas a un plazo máximo de 30 días hábiles?
Atendiendo que los insumos solicitados, corresponden a impresoras discontinuados por el fabricante y tienen muy poca demanda en nuestro territorio paraguayo, y también implica realizar tramites de gestión de Importación, solicitamos respetuosamente a la Convocante, la posibilidad de extender el plazo de entregas a un plazo máximo de 30 días hábiles?
Se amplia el plazo de entrega a 30 (treinta) dias habiles a contar desde la fecha de recepcion de la O.C. por el proveedor. Remitirse a la Adenda N° 03
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Plan de Entregas
ÍTEM 41
Atendiendo que los insumos solicitados corresponden a equipos discontinuados por el fabricante, y no tiene mucha demanda en nuestro territorio paraguayo, y por lo consiguiente implica realizar tramites de gestión de Importación, por no contar con los mismos en plazas. Solicitamos respetuosamente a la Convocante la posibilidad de extender el plazo de entrega a un plazo máximo de 30 días hábiles?
ÍTEM 41
Atendiendo que los insumos solicitados corresponden a equipos discontinuados por el fabricante, y no tiene mucha demanda en nuestro territorio paraguayo, y por lo consiguiente implica realizar tramites de gestión de Importación, por no contar con los mismos en plazas. Solicitamos respetuosamente a la Convocante la posibilidad de extender el plazo de entrega a un plazo máximo de 30 días hábiles?
Se amplia el plazo de entrega a 30 (treinta) dias habiles a contar desde la fecha de recepcion de la O.C. por el proveedor. Remitirse a la Adenda N° 03
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A- GENERALIDADES (IAO. SBE) 1.6 Idioma de los documentos de la Oferta
En el Pliego de Bases y Condiciones.
A- GENERALIDADES
(IAO. SBE) 1.6 Idioma de los documentos de la Oferta
La Convocante aceptará catálogos, anexos técnicos, folletos y otros textos complementarios solamente en idioma castellano: NO
Considerando que los productos solicitados son insumos y que los mismos no poseen catálogos del fabricante, solicitamos respetuosamente considerar la Carta de autorización del representante del producto como prueba de autenticidad de los mismos, confirmando así la originalidad, de manera a no limitar la participación de oferentes en concordancia con el inciso b del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
19-05-2016
02-06-2016
A- GENERALIDADES (IAO. SBE) 1.6 Idioma de los documentos de la Oferta
En el Pliego de Bases y Condiciones.
A- GENERALIDADES
(IAO. SBE) 1.6 Idioma de los documentos de la Oferta
La Convocante aceptará catálogos, anexos técnicos, folletos y otros textos complementarios solamente en idioma castellano: NO
Considerando que los productos solicitados son insumos y que los mismos no poseen catálogos del fabricante, solicitamos respetuosamente considerar la Carta de autorización del representante del producto como prueba de autenticidad de los mismos, confirmando así la originalidad, de manera a no limitar la participación de oferentes en concordancia con el inciso b del Artículo 4º.- de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
La Convocante no solicita la presentacion de catalogos, anexos tecnicos, folletos y otros textos complementarios. Remitirse a la Adenda N° 03
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ITEM 30 - TONER KYOCERA 1370 DN TK 172 negro (original) no genérico no compatible
Con relación al precio referencial del ITEM 30, Tóner para impresora Kyocera 1370 DN TK 172 negro (original) no genérico no compatible. Solicitamos respetuosamente a la convocante atendiendo a la resolución de la DNCP 956/2016, pueda verificar el precio referencial en el mercado, del insumo original de la marca del equipo, ya que el precio referencial cargado y visualizado en el portal para este item está muy por debajo del precio promedio del mercado para lo que se refiere a insumos originales de la marca del equipo no recargado - no re-manufacturado y respaldado por el fabricante conforme lo establece el Artículo 49 del decreto reglamentario 21909/03 de la Ley 2051.
19-05-2016
02-06-2016
ITEM 30 - TONER KYOCERA 1370 DN TK 172 negro (original) no genérico no compatible
Con relación al precio referencial del ITEM 30, Tóner para impresora Kyocera 1370 DN TK 172 negro (original) no genérico no compatible. Solicitamos respetuosamente a la convocante atendiendo a la resolución de la DNCP 956/2016, pueda verificar el precio referencial en el mercado, del insumo original de la marca del equipo, ya que el precio referencial cargado y visualizado en el portal para este item está muy por debajo del precio promedio del mercado para lo que se refiere a insumos originales de la marca del equipo no recargado - no re-manufacturado y respaldado por el fabricante conforme lo establece el Artículo 49 del decreto reglamentario 21909/03 de la Ley 2051.
Ésta convocante realizó la estructura del precio referencial considerando las ofertas realizadas en diversas licitaciones, realizando un promedio en el que se incluyeron los precios de mayor cotización y las adjudicadas, convirtiendo los valores al precio del dólar correspondiente a las respectivas fechas de aertura de sobres, y reconvirtiendolas a guaranies estableciendo como cotizacion estimativa del dólar a Gs. 5.700, raon por la cual sostenemos que el precio estimado para éste item se encuentra dentro del precio del mercado.
Es importante mencionar que si bien el potencial oferente en su consulta refiere que el precio se encuentra fuera del precio de mercado, no aporta ningun mecanismo para probar que dicho valor se encuentra fuera del precio de mercado, raon por la cual ésta Convocante mantiene el valor referencial establecido para éste item.
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Especificaciones Técnicas
SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS se establece: Todos los bienes requeridos tienen que ser originales, NO SE ACEPTARAN PRODUCTOS GENERICOS, COMPATIBLES, REMANUFACTURADOS, ETC
En ese sentido, respetuosamente informamos que desde hace un tiempo y actualmente, en virtud de varias Resoluciones emanadas por la DNCP, entre las cuáles podemos citar una más reciente, la Resolución N° 1.572/2015, que reconfirma una nueva interpretación que da la DNCP a las especificaciones técnicas de Consumibles Originales, dejando en claro que para ellos existen 2 tipos de consumibles originales: 1) Los producidos por los fabricantes de las impresoras (Hp, Epson, Lexmark, Kyosera, Etc) y, 2) Los producidos por terceros,( Multigrafh, Kim, Top Color, Printer, etc.).
Por lo que la única opción y/o manera que tienen las convocantes actualmente de solicitar consumibles originales (entiéndase producidos por los fabricantes de las impresoras), y evitar que se presenten ofertas con insumos producidos por terceros ( Multigrafh, Kim, Top Color, Printer, etc.), es incluyendo en los pliegos la aclaración de que todos los insumos y consumibles informáticos solicitados deberán ser ORIGINALES PRODUCIDOS POR LOS FABRICANTES DE LAS IMPRESORAS.-
SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS se establece: Todos los bienes requeridos tienen que ser originales, NO SE ACEPTARAN PRODUCTOS GENERICOS, COMPATIBLES, REMANUFACTURADOS, ETC
En ese sentido, respetuosamente informamos que desde hace un tiempo y actualmente, en virtud de varias Resoluciones emanadas por la DNCP, entre las cuáles podemos citar una más reciente, la Resolución N° 1.572/2015, que reconfirma una nueva interpretación que da la DNCP a las especificaciones técnicas de Consumibles Originales, dejando en claro que para ellos existen 2 tipos de consumibles originales: 1) Los producidos por los fabricantes de las impresoras (Hp, Epson, Lexmark, Kyosera, Etc) y, 2) Los producidos por terceros,( Multigrafh, Kim, Top Color, Printer, etc.).
Por lo que la única opción y/o manera que tienen las convocantes actualmente de solicitar consumibles originales (entiéndase producidos por los fabricantes de las impresoras), y evitar que se presenten ofertas con insumos producidos por terceros ( Multigrafh, Kim, Top Color, Printer, etc.), es incluyendo en los pliegos la aclaración de que todos los insumos y consumibles informáticos solicitados deberán ser ORIGINALES PRODUCIDOS POR LOS FABRICANTES DE LAS IMPRESORAS.-
Remitirse a la sección III. Suministros requeridos especificaciones técnicas donde se establece en la descripción del que los bienes requeridos deben ser (Original), no genérico, no compatibles.
Además se establece y se aclara en la Observación del PBC que: todos los bienes requeridos tienen que ser originales, no se aceptaran productos genéricos, compatibles, remanufacturados. etc.