Sobre la calificación mínima solicitada de "A", mencionamos que las calificaciones otorgadas a las compañías por parte de las calificadoras no son motivos de restricción al momento de contratar pólizas con Empresas Privadas o Entidades Públicas, según lo establecen las mismas calificadoras de riesgos, además dicho requisito no está contemplado en la circular DNCP 10/09, por lo que solicitamos reducir la misma a BBB al 30 de junio del 2018, además requerimos a la convocante considerar el Fondo de Garantía de Gs. 5.000.000.000., al 30/06/2018, , teniendo en cuenta lo expuesto en la Resolución 132-133/2015, que es de cumplimiento obligatorio y forma parte del mismo punto y la constitución del Fondo requerido de acuerdo a la Resolución SS.SG. N° 174/16 de la Superintendencia de Seguros, sobre el Fondo de Garantía y el Régimen de Inversiones.
Sobre la calificación mínima solicitada de "A", mencionamos que las calificaciones otorgadas a las compañías por parte de las calificadoras no son motivos de restricción al momento de contratar pólizas con Empresas Privadas o Entidades Públicas, según lo establecen las mismas calificadoras de riesgos, además dicho requisito no está contemplado en la circular DNCP 10/09, por lo que solicitamos reducir la misma a BBB al 30 de junio del 2018, además requerimos a la convocante considerar el Fondo de Garantía de Gs. 5.000.000.000., al 30/06/2018, , teniendo en cuenta lo expuesto en la Resolución 132-133/2015, que es de cumplimiento obligatorio y forma parte del mismo punto y la constitución del Fondo requerido de acuerdo a la Resolución SS.SG. N° 174/16 de la Superintendencia de Seguros, sobre el Fondo de Garantía y el Régimen de Inversiones.
La COPACO S.A. ha establecido los niveles de solvencia tomando como mínimo las recomendaciones realizadas por la DNCP en su Circular Nº 10/09 correspondientes a los riesgos del TERCER NIVEL, a fin de obtener una mejor garantía de la correcta ejecución de los contratos, razón por la cual nos mantenemos en los criterios establecidos. En cuanto a la calificación mínima que debe tener la Aseguradora, solicitada para el presente llamado, si bien la misma no se encuentra en la Circular DNCP 10/09, en el Pliego de Bases y Condiciones Estándar para Adquisición de Seguros de Bienes vigente sí se halla señalado, específicamente en la Sección II, Numeral 2, Inciso a) Punto 2. La COPACO S.A. ha establecido la Calificación A, debido a la envergadura de los riesgos a ser asegurados a fin de obtener una mejor garantía de la correcta ejecución de los contratos.
2
Siniestros
Solicitamos tengan a bien indicar los montos de cada siniestro indemnizado, en la planilla de seguros.
El índice de siniestralidad se encuentra detallado en el Documento adjunto al PBC Publicado, con el nombre de DPTO. SEGUROS - Planilla de Siniestros 2015, 2016 y 2017.
3
cobertura
Con respecto a los riesgos cubiertos,observamos que a diferencia de los pliegos anteriores no se menciona los sublimites de suma asegurada con respcto a fibra optica, solicitamos aclarar si dicho riesgo se encuenta excluido del actual pliego.
Con respecto a los riesgos cubiertos,observamos que a diferencia de los pliegos anteriores no se menciona los sublimites de suma asegurada con respcto a fibra optica, solicitamos aclarar si dicho riesgo se encuenta excluido del actual pliego.
Remitirse a la Adenda 4 en la que se adjunta la PLANILLA DE INDICE DE SINIESTRALIDAD, CON MONTOS INDEMNIZADOS EN EL AÑO 2018 que complementa la Planilla de Siniestros 2015, 2016 y 2017, correspondiente al archivo, DPTO. SEGUROS, publicado con el PBC.
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Siniestralidad
Favor indicar sinistralidad actualizada con apertura de monto y causa de los ultimos 5 años
Remitirse a la Adenda 4 en la que se adjunta la PLANILLA DE INDICE DE SINIESTRALIDAD, CON MONTOS INDEMNIZADOS EN EL AÑO 2018 que complementa la Planilla de Siniestros 2015, 2016 y 2017, correspondiente al archivo, DPTO. SEGUROS, publicado con el PBC.