En vista a que el Sistema de Adjudicación de la Licitación de referencia, POR TOTAL,
limita a muchos oferentes a poder presentar sus ofertas ya que se solicita diferentes equipos de diversas índoles, solicitamos respetuosamente que El Sistema de Adjudicación sea POR ÍTEM. Debido a que el mismo, además de eliminar a varios oferentes por no poder ofertar uno de los productos; perjudica a la Convocante, puesto que existen oferentes que podrían contar con mejores precios en ciertas marcas. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
22-11-2018
04-12-2018
En vista a que el Sistema de Adjudicación de la Licitación de referencia, POR TOTAL,
limita a muchos oferentes a poder presentar sus ofertas ya que se solicita diferentes equipos de diversas índoles, solicitamos respetuosamente que El Sistema de Adjudicación sea POR ÍTEM. Debido a que el mismo, además de eliminar a varios oferentes por no poder ofertar uno de los productos; perjudica a la Convocante, puesto que existen oferentes que podrían contar con mejores precios en ciertas marcas. Por estos motivos, y a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas.
Se ha adoptado el Sistema de Adjudicación por el Total, a fin de asegurar la entrega de los ítems solicitados en tiempo y forma en las Sedes del Interior para la puesta en marcha del proyecto.
Por tanto, se precisa garantizar el suministro de los ítems en conjunto por un solo proveedor para ser instalados en cada sede del interior del país, atendiendo a la magnitud del proyecto y de esa manera disminuir el riesgo de un posible incumplimiento en la entrega de cualquiera de ellos, situación que acarrearía la imposibilidad de satisfacer exitosamente la necesidad institucional y la finalidad última de la presente adquisición.
Favor remitirse a lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado.
2
Con relación al ítem 7 UPS donde el PBC solicita en el punto
"Tensión de Salida Igual o mejor a 220VAC +/-10%" Solicitamos respetuosamente sean aceptados "230V +/-10% o superior" considerando que lo mencionado es el estándar para el porte de equipo requerido y teniendo en cuenta que la diferencia es ínfima y de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas
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04-12-2018
Con relación al ítem 7 UPS donde el PBC solicita en el punto
"Tensión de Salida Igual o mejor a 220VAC +/-10%" Solicitamos respetuosamente sean aceptados "230V +/-10% o superior" considerando que lo mencionado es el estándar para el porte de equipo requerido y teniendo en cuenta que la diferencia es ínfima y de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado.
3
Con relación al ítem 7 UPS donde el PBC solicita en el punto
"Frecuencia Igual o mayor a 50/60 Hz ±3Hz" Solicitamos respetuosamente sean aceptados "Frecuencia igual o mayor a 50/60Hz +/-1 Hz" considerando que lo mencionado es el estándar para el porte de equipo requerido y teniendo en cuenta que la diferencia es ínfima y de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas
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Con relación al ítem 7 UPS donde el PBC solicita en el punto
"Frecuencia Igual o mayor a 50/60 Hz ±3Hz" Solicitamos respetuosamente sean aceptados "Frecuencia igual o mayor a 50/60Hz +/-1 Hz" considerando que lo mencionado es el estándar para el porte de equipo requerido y teniendo en cuenta que la diferencia es ínfima y de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado.
4
Con relación al ítem 7 UPS donde el PBC solicita en el punto
"Factor de Cresta Igual o mejor a 3:1" Solicitamos respetuosamente que dicho requerimiento sea "Opcional" teniendo en cuenta que lo requerido es incongruente, ya que dicho requisito es propio de las ups online y que en las mismas especificaciones requieren de una ups tipo de linea interactiva, la cual no cumplen con lo solicitado de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas
22-11-2018
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Con relación al ítem 7 UPS donde el PBC solicita en el punto
"Factor de Cresta Igual o mejor a 3:1" Solicitamos respetuosamente que dicho requerimiento sea "Opcional" teniendo en cuenta que lo requerido es incongruente, ya que dicho requisito es propio de las ups online y que en las mismas especificaciones requieren de una ups tipo de linea interactiva, la cual no cumplen con lo solicitado de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado.
5
Con relación al ítem 7 UPS donde el PBC solicita en el punto
"Tipo de forma de onda Aproximación acompasada de una onda sinusoidal" Solicitamos respetuosamente sea aceptado "Tipo de onda cuasi-senoidal o Onda sinusoidal modificada" , el cual es una variación del tipo de onda Senoidal que utilizan los equipos interactivos (como lo requieren). De manera a no limitar la participación de posibles oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
22-11-2018
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Con relación al ítem 7 UPS donde el PBC solicita en el punto
"Tipo de forma de onda Aproximación acompasada de una onda sinusoidal" Solicitamos respetuosamente sea aceptado "Tipo de onda cuasi-senoidal o Onda sinusoidal modificada" , el cual es una variación del tipo de onda Senoidal que utilizan los equipos interactivos (como lo requieren). De manera a no limitar la participación de posibles oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado.
6
Con relación al ítem 7 UPS donde el PBC solicita en el punto
"Como mínimo: Display o pantalla LCD que despliegue el estado del UPS (Batería Activada, Cambiar batería, Sobrecarga)" Solicitamos respetuosamente sean aceptados UPS con "Indicador Led", debido a que dicha tecnología es menos conflictiva, permite un mayor ahorro de consumo de energía y no altera el monitoreo del estado del ups, ni su respectivo rendimiento, de manera a no limitar la participación de posibles oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
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04-12-2018
Con relación al ítem 7 UPS donde el PBC solicita en el punto
"Como mínimo: Display o pantalla LCD que despliegue el estado del UPS (Batería Activada, Cambiar batería, Sobrecarga)" Solicitamos respetuosamente sean aceptados UPS con "Indicador Led", debido a que dicha tecnología es menos conflictiva, permite un mayor ahorro de consumo de energía y no altera el monitoreo del estado del ups, ni su respectivo rendimiento, de manera a no limitar la participación de posibles oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado.
7
Con relación al ítem 7, donde el PBC solicita
"Cumplimiento de normas ambientales RoHS " y "Cumple con Directiva REACH y Norma REACH" Hemos notados que son propias de las UPS marca APC, no existiendo alguna otra línea de productos en el mercado que cumplan con lo requerido. Esto representa una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones. Solicitamos a la convocante eliminar de las especificaciones técnicas este parámetro que no es sustancial para determinar el porte solicitado, o que se establezcan parámetros estandarizados del mercado en cuanto a "CE, informe de CB (TUV), IEC / EN 62040-2" a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Artículo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto"
"Cumplimiento de normas ambientales RoHS " y "Cumple con Directiva REACH y Norma REACH" Hemos notados que son propias de las UPS marca APC, no existiendo alguna otra línea de productos en el mercado que cumplan con lo requerido. Esto representa una verdadera limitación para otros oferentes interesados en ofertar productos, incluso con mejores prestaciones. Solicitamos a la convocante eliminar de las especificaciones técnicas este parámetro que no es sustancial para determinar el porte solicitado, o que se establezcan parámetros estandarizados del mercado en cuanto a "CE, informe de CB (TUV), IEC / EN 62040-2" a fin de que TODOS los demás oferentes podamos participar en IGUALDAD DE CONDICIONES, según enuncia el Artículo 20 inciso W, de la Ley 2051/03 de Contrataciones públicas: donde cita textualmente "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u otras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Por consiguiente, las Convocante se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley, salvo lo dispuesto por el Título Quinto"
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado.
8
item 6 - Router VPN
Con respecto a las especificaciones técnicas del item 6, Router VPN, se solicita: Autorización del Fabricante o Distribuidor Autorizado. Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor en caso de que la empresa oferente no haya fabricado el producto ofertado, sino sea importador o distribuidor de los bienes acorde al formulario incluido en la Sección VI para importadores y distribuidores de bienes.
Solicitamos a la convocante que dicho requerimiento sea opcional para permitir una mayor participación de oferentes.
Con respecto a las especificaciones técnicas del item 6, Router VPN, se solicita: Autorización del Fabricante o Distribuidor Autorizado. Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor en caso de que la empresa oferente no haya fabricado el producto ofertado, sino sea importador o distribuidor de los bienes acorde al formulario incluido en la Sección VI para importadores y distribuidores de bienes.
Solicitamos a la convocante que dicho requerimiento sea opcional para permitir una mayor participación de oferentes.